Traslado transfronterizo de residuos

Normativa que afecta al traslado transfronterizo de residuos

Reglamento (CE) n.º 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos.

Esta disposición legal organiza la vigilancia y control de los traslados de residuos teniendo en cuenta la necesidad de preservar, proteger y mejorar la calidad del medio ambiente. Asimismo, integra en la legislación europea las disposiciones del Convenio de Basilea.

Estas medidas se aplican a los siguientes traslados:

  • Entre Estados miembros de la Unión Europea (UE), con o sin tránsito por terceros países.
  • Residuos importados en la UE desde terceros países.
  • Residuos exportados de la UE a terceros países.
  • Residuos en tránsito por la UE, que van de un tercer país a otro.
Clasificación de residuos

A efectos del transporte entre países de la UE, los residuos se clasifican en:

Listas de residuosAnexo
Residuos sujetos a los requisitos de información general establecidos en el artículo 18 (lista verde)Anexo III Formato PDF. 94 KB
Mezclas de dos o más residuos enumerados en el anexo III que no estén clasificadas en una categoría específica a las que se refiere el artículo 3, apartado 2Anexo III-A. Formato PDF. 82 KB
Otros residuos de la lista “verde” en espera de ser introducidos en los anexos pertinentes del Convenio de Basilea o de la Decisión de la OCDE a los que se refiere el artículo 58, apartado 1, letra b)Anexo III-B (sin datos)
Residuos sujetos al procedimiento de notificación y autorización previas (lista ámbar)Anexo IV. Formato PDF. 88 KB
Residuos enumerados en el anexo III sujetos al procedimiento de notificación y autorización previas por escrito (artículo 3, apartado 3)Anexo IV-A (sin datos)
Residuos sujetos a la prohibición de exportación del artículo 36Anexo V. Formato PDF. 79 KB

En los procedimientos de traslado transfronterizo se utilizan también las siguientes clasificaciones y codificaciones:

  1. Lista Europea de Residuos (LER)
  2. Código de identificación del Real Decreto 952/1997 para los residuos tóxicos y peligrosos
  3. Código Internacional de Identificación de los Residuos. Formato PDF. 112 KB
Agentes implicados en el traslado transfronterizo de residuos

Agentes implicados:

  • Productor: persona física o jurídica que genera los residuos.
  • Notificante: toda persona física o jurídica que se proponga trasladar o hacer que se trasladen residuos. Sobre ella recae la obligación de tramitar el traslado transfronterizo (productor, destinatario, intermediario, consultor, etc.).
  • Destinatario: la persona o la empresa a la que se trasladan los residuos para su eliminación o valorización.
  • Transportista: persona física o jurídica que transporta los residuos desde el productor hasta el destinatario.
  • Autoridad competente de expedición: Administración competente del país de donde salen/exportan el residuo.
  • Autoridad competente de destino: Administración competente del país que recibe/importa el residuo.
  • Autoridad de tránsito: Administración(es) competente(s) del/de los país(es) por donde pasan los residuos sin ser origen ni destino.

Autoridades competentes:

La Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas es la autoridad competente de expedición/destino en el transporte de residuos entre Galicia y el resto de países de la Unión Europea.

El Ministerio de Medio Ambiente del Estado español es la autoridad competente para la importación/exportación de residuos entre Galicia y los países que no pertenecen a la Unión Europea.

Contacto(s) relacionados

  • Ministerio de Medio Ambiente. Secretaría General de Medio Ambiente. Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental: Plaza San Juan de la Cruz, s/n
    08071 - Madrid
    Teléfono: 91 597 57 94
    Fax: 91 597 63 61
Procedimientos para el traslado de residuos en el interior de la Unión Europea
ProcedimientoDestinoResiduosDescarga
Notificación y autorización previasEliminaciónTodosProcedimiento. Formato PDF. 97 KB. Fianza. Formato PDF. 58 KB
ValorizaciónAnexo IV (lista ámbar)
Anexo IV-A
Residuos no clasificados en una categoría específica de los anexos III, III-B, IV o IV-A
Mezclas de residuos no clasificadas en una categoría específica de los anexos III, III-B, IV o IV-A, excepto si figuran en el anexo III-A
Valorización o eliminaciónResiduos municipales mezclados (LER 200301)
Requisitos de información general establecidos en el artículo 18ValorizaciónCuando la cantidad trasladada sobrepase los 20 kg de:
- residuos del anexo III (lista verde)
- residuos del anexo III-B
- mezclas, no clasificadas en una categoría específica del anexo III, de dos o más residuos enumerados en el anexo III
Procedimiento artículo 18. Formato PDF. 69 KB
Análisis de laboratorioResiduos que se trasladan expresamente para evaluar sus características físicas o químicas o para determinar su idoneidad para operaciones de valorización o eliminación (cantidad máxima 25 kg)
Documentos y formularios para el traslado de residuos
Documentos y formulariosAnexoDescarga
Documento de notificación (DN)Anexo I-AFormato PDF. 205 KB.
Solicitar el impreso por
teléfono: 981 541 773
o fax: 981 541 100
Información que debe facilitar en el DN o adjuntar con el mismoAnexo II-parte 1Formato PDF. 66 KB.
Lista de códigos y abreviaturas utilizados en el DNPágs. 39-40Formato PDF. 155 KB.
Documento de movimiento (DM)Anexo I-BFormato PDF. 211 KB.
Información que debe facilitar en el DM o adjuntar con el mismoAnexo II-parte 2Formato PDF. 47 KB.
Lista de códigos y abreviaturas utilizados en el DMPágs. 43-44Formato PDF. 544 KB.
Información adicional que pueden solicitar las autoridades afectadasAnexo II-parte 3Formato PDF. 47 KB.
Información que debe acompañar los traslados de residuos regulados en el artículo 18Anexo VIIFormato PDF. 471 KB.
Previsión semestral (requisitos de información general del artículo 18)Anexo VIIIFormato DOC. 42 KB.
Declaración anual (requisitos de información general del artículo 18)Anexo IXFormato DOC. 36 KB.