La disposición adicional primera del Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado, establece que las comunidades autónomas deberán optar entre la tramitación electrónica de los traslados a través de la plataforma habilitada por el Ministerio o mediante una alternativa autonómica.
La Ley 6/2021, de 17 de febrero, de residuos y suelos contaminados de Galicia establece la obligatoriedad de la tramitación electrónica de la documentación relativa al traslado de residuos a través de la plataforma GAIA.

a) GAIA
El sistema GAIA es una plataforma desarrollada por la Agencia de Modernización Tecnológica de Galicia (Amtega) en el ámbito de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras. GAIA presenta varios módulos, entre ellos eResiduos. Dicho módulo es una aplicación desarrollada para llevar el control de todos los traslados de residuos de Galicia siguiendo el estándar E3L, proporcionando una herramienta de trabajo a Productores, Gestores y Administración para la gestión de los mismos y la llevanza del archivo cronológico, tal y como indica la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
El artículo 29 de la Ley 6/2021, de 17 de febrero, de residuos y suelos contaminados de Galicia indica que TODOS los documentos relacionados con los traslados de residuos dentro del ámbito de la comunidad autónoma serán presentados ante el órgano competente de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia en formato electrónico a través de la plataforma habilitada para ello, de conformidad con lo previsto en esta ley y en la normativa que la desarrolle, en este caso la plataforma GAIA eResiduos.
Están obligados a llevar el archivo cronológico y, por tanto, a registrar TODOS los traslados a través de la plataforma GAIA eResiduos:
- Productores de residuos peligrosos que generen más de 10 t/año
- Productores de residuos no peligrosos que generen más de 1.000 t/año
- Productores de residuos sanitarios independientemente de la cantidad generada
- Gestores de residuos que realicen operaciones de tratamiento: almacenamiento, eliminación o valorización (incluidas las plantas móviles)
El módulo eResiduos se encuentra completamente adaptado a las exigencias en materia de traslados de residuos estipuladas por el Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, siguiendo los esquemas marcados por el estándar E3L.

b) eSIR

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) ha desarrollado un procedimiento para la remisión de la Notificación Previa y de los Documentos de Identificación de forma electrónica mediante la creación de la plataforma eSIR.
En todo caso, el procedimiento electrónico solo es necesario para los traslados de residuos sujetos a Notificación Previa, conforme a los requisitos establecidos en el artículo 3.2 del Real Decreto 553/2020 de traslados. Concretamente:
- Los traslados de residuos, peligrosos y no peligrosos, destinados a eliminación.
- Los traslados de residuos peligrosos, de residuos domésticos mezclados identificados con el código LER 20 03 01 y los que reglamentariamente se determinen, destinados a valorización.
Las Comunidades Autónomas y el MITERD acordaron un protocolo para intercambiar electrónicamente la información sobre producción y gestión de residuos. Así, eSIR permite la interoperabilidad con los sistemas electrónicos o herramientas informáticas disponibles en las comunidades autónomas, permitiendo de este modo el intercambio de la documentación de traslados entre las diferentes administraciones. El lenguaje adoptado para facilitar el intercambio electrónico de información es un estándar XML denominado E3L.
El Registro de Producción y Gestión de Residuos (RPGR) es un Registro único a nivel nacional (artículo 63 de la Ley 7/2022, de 8 de abril) compartido con todas las administraciones públicas, donde constan registradas todas las comunicaciones y autorizaciones de las entidades que gestionan residuos.
El procedimiento de traslados de residuos eSIR realiza validaciones informáticas contrastando la información de los documentos de traslado presentados (notificación previa y documentos de identificación) con el RPGR.
En el caso de traslados con origen en Galicia y destino en otra comunidad autónoma será la propia plataforma GAIA la que tramite con eSIR los documentos, al igual que ocurrirá con los traslados intercomunitarios con destino en Galicia:


