Son requisitos aplicables a todos los traslados de residuos, según el Real Decreto 553/2020, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado :
- Disponer, con carácter previo al inicio de un traslado, de un contrato de tratamiento o de una declaración si el traslado se realiza entre instalaciones gestionadas por la misma entidad.
- Que los residuos vayan acompañados de un documento de identificación desde el origen hasta su recepción en la instalación de destino.
- En los casos en los que corresponda, que se presente una notificación previa con anterioridad al traslado.
El Real Decreto también precisa una serie de casuísticas que no tienen la consideración de traslado de residuos, al entenderse que se trata de actividades de transporte destinadas al depósito inicial de residuos:
- Transporte de residuos de empresas de instalación o mantenimiento, desde el lugar donde se produjeron dichos residuos hasta sus propias instalaciones.
- Traslado de residuos en los procesos de logística inversa.
- Transporte de residuos por particulares hasta puntos de recogida (por ejemplo, puntos limpios).
