La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en relación con el procedimiento (ordinario o simplificado) de evaluación ambiental estratégica de planes y programas, establece la obligación para el órgano ambiental de consultar a las administraciones afectadas y a las personas interesadas
Con el objeto de favorecer la transparencia de la tramitación y la participación ciudadana, esta Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático hace extensivas dichas consultas al público en general. Puede envíarnos sus comentarios y ayudarnos así a mejorar:
Planes con el período de consulta abierto
Contacto/s relacionados
Servizo de Avaliación Ambiental de Plans e Programas :
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