Con la aprobación, por decreto de la Xunta de Galicia, del procedimiento para el seguimiento de las Directrices de Ordenación del Territorio de Galicia y de la sostenibilidad territorial, se inicia un ambicioso proyecto que permitirá, tanto a la Administración como a la ciudadanía, disponer de una herramienta capaz de evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos de sostenibilidad enunciados en las DOT y, por lo tanto, conocer si el rumbo de las políticas implementadas es coherente con dichos objetivos.
El modelo territorial definido por las DOT lleva implícita la realización de un seguimiento constante del cumplimiento de los objetivos de los instrumentos que las desarrollan, a través de la evolución del estado de las variables y elementos considerados estratégicos en el proceso de evaluación ambiental estratégica.
En este sentido, la función del plan de seguimiento de las determinaciones y objetivos de las DOT responde a las siguientes necesidades objetivas:
- Valorar el grado de cumplimiento, es decir, si hacemos lo que establecemos en las DOT.
- Valorar los efectos de las determinaciones de las DOT, es decir, si resultan eficaces para la sostenibilidad.
- Conocer la percepción de la ciudadanía, o cómo percibe la ciudadanía ese desarrollo.
Órganos y procesos
A los efectos de llevar a cabo el seguimiento de las Directrices de ordenación del territorio, la Consellería aprueba el Decreto 156/2012, de 12 de julio, que crea la Comisión de Seguimiento de las DOT como órgano de coordinación técnica de los departamentos, organismos y entes de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, que será la responsable de desarrollar y adaptar el sistema de seguimiento a los objetivos y determinaciones de las DOT.
Este decreto prevé un sistema de trabajo interdisciplinar e interdepartamental, mediante la constitución de grupos técnicos de trabajo, que analicen, propongan y validen las herramientas que constituyan el plan de seguimiento.
En él, se señala al Instituto de Estudios del Territorio (IET) como el soporte técnico para el desarrollo de las funciones de la Comisión de Seguimiento, que llevará a cabo labores de coordinación entre los GTT y la Comisión. Estas tareas están incardinadas en el cometido de prestar apoyo a la consellería competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio, en la realización de la evaluación continua de los instrumentos de ordenación territorial, que le atribuyen los estatutos (Decreto 244/2011, de 29 de diciembre).

El punto de partida para la elaboración de las herramientas del seguimiento de la sostenibilidad territorial es el plan de seguimiento de la Memoria ambiental del procedimiento de EAE de las DOT y lo indicado en su ISA.
En él se propone un sistema de indicadores que permita evaluar la sostenibilidad de la planificación territorial derivada de las DOT mediante el seguimiento de su evolución y la verificación del cumplimiento de los objetivos generales propuestos, así como de los objetivos específicos establecidos para cada una de las variables de sostenibilidad identificadas.
El sistema de indicadores contempla una doble evaluación del cumplimiento de los objetivos de las DOT; por una parte, lo que se refiere al desarrollo de los instrumentos de ordenación del territorio que en ellas se citan, y por otra, una batería de indicadores que midan la evolución hacia una sociedad sostenible.
De modo análogo al sistema de indicadores, se formula la inclusión, en el seguimiento que se realice, de un instrumento que permita conocer la percepción de la ciudadanía sobre los efectos de los instrumentos de ordenación del territorio y urbanismo en la calidad de vida; para lo cual se propone la realización de una encuesta.

Los resultados obtenidos se recogerán anualmente en un informe según se establece en el propio decreto: Informe del plan de seguimiento.
- Normativa
El artículo 10 de la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia establece que, por Decreto del Consello de la Xunta de Galicia se determinará el procedimiento que regule el seguimiento y puesta al día de los objetivos y determinaciones de las Directrices de ordenación del territorio.
La determinación 10.1.19 de las DOT, asimismo, establece que:
"La Xunta de Galicia impulsará un sistema de seguimiento de la sostenibilidad territorial y de las DOT atendiendo a las orientaciones recogidas en el Informe de sostenibilidad ambiental y a las determinaciones de la Memoria ambiental emitida por el órgano ambiental del procedimiento de AAE y con el objetivo de emprender una gestión dinámica del territorio. Este sistema de seguimiento deberá ser aprobado por Decreto del Consello de la Xunta".
Con fecha 21 de noviembre de 2013, el Consello de la Xunta dio cumplimiento al artículo 10 de la Ley de ordenación del territorio, aprobando el Plan de seguimiento de las Directrices de ordenación del territorio de Galicia y de la sostenibilidad territorial, mediante el Decreto 176/2013.
