ROAGA

En esta página encontrará información sobre las funciones y la labor de ROAGA.

El Decreto 316/2009, de 4 de junio, por el que se establece la estructura orgánica del Ministerio de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, establece las funciones que debe ejercer la Subdirección General de Investigación, Cambio Climático e Información Ambiental en el ámbito de las competencias atribuidas a la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental. Entre otras, se encuentra la gestión de la Red Gallega de Observación Ambiental (ROAGA), que incluye la red de seguimiento del estado ecológico de las aguas gallegas, sin perjuicio de las competencias que corresponden a la Consejería de Innovación e Industria, en el ámbito de aplicación de la Ley 5/1995, de 7 de junio, de regulación de las aguas minerales, termales, de manantial y de los establecimientos termales de la Comunidad Autónoma de Galicia. 

La Red de Observación Ambiental de Galicia forma parte del Laboratorio de Medio Ambiente de Galicia y tiene su sede en la Finca de Lourizán (Pontevedra) en un edificio situado al lado del conocido Pazo de Lourizán. Esta red es una herramienta que nos permite ampliar nuestro conocimiento sobre la dinámica de los ecosistemas y su interacción con las actividades humanas, mejorando así nuestra capacidad de predicción de su evolución. Integra un conjunto coherente de estaciones de muestreo donde se registran permanentemente numerosas variables ambientales.

Entre sus funciones más importantes se encuentra la ejecución de los programas de control de calidad, seguimiento y diagnóstico en el marco de la Directiva 2000/60/CE, conocida como Directiva Marco del Agua (DMA). Esta labor se realiza en colaboración con Augas de Galicia y tiene como objetivo lograr un buen estado ecológico en todas las masas de agua superficiales bajo jurisdicción gallega.

Red de seguimiento del estado ecológico del agua