Diario Oficial de Galicia, 11-03-2004, Núm. 50, Páx. 3337
Resolución de 4 de marzo de 2004, de la Delegación Territorial de Pontevedra, por la que se hace pública la declaración de impacto ambiental relativa a la ampliación de una granja de rodaballo en Ardia, en el ayuntamiento de O Grove (Pontevedra), promovida por la empresa Insuíña, S.L.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia, se hace pública la Resolución de 2 de febrero de 2004, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental de la granja marina sita en Ardia-ayuntamiento de O Grove (Pontevedra), promovida por la empresa Insuíña, S.L., que se resume como anexo a esta resolución.
Se podrá, además, encontrar una versión de la misma en formato digital en la siguiente página de la Consellería de Medio Ambiente: http://www.siam-cma.org/expaval/ListadoExpedientes.asp?e=2002/1116 así como obtener una copia de la misma en la Delegación Territorial de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos de Pontevedra en Vigo.
ANEXO
RESUMEN DEL PROYECTO
La finalidad del proyecto es ampliar las instalaciones de la granja de engorde de rodaballo que la peticionaria Insuiña, S.L. posee en la localidad de Ardia (O Grove, Pontevedra).
La zona de actuación está comprendida dentro de los límites del lugar propuesto para su inclusión en la Red Europea Natura 2000 Complejo Ons-O Grove, considerada también zona Ramsar e Zepa.
Actualmente, según consta en la prórroga de la concesión administrativa de 5 de febrero de 1996, la capacidad de la instalación es de 120 t/año de rodaballo, para lo que cuentan con 140 estanques (S= 3.157,80 m), toma de agua y desagües.
La ampliación, proyectada exclusivamente para el engorde, precisará de la ejecución de una nueva línea de traída, de reforma de los sistemas de distribución de agua a los tanques y recirculación, y del incremento del número de estanques (total: 158; S=4.600 m). Con estas instalaciones la capacidad de producción de rodaballo conseguirá las 300 t/año. Es conveniente señalar que esta empresa cuenta con una producción suficiente de alevines para abastecer a estas instalaciones, en su criadero de Mougás (Pontevedra).
Esta nueva zona de cultivo se localizará anexa a las instalaciones existentes, en el extremo sur, aprovechándose de este modo áreas operativas (oficinas, laboratorio, almacenes, etc.) y los accesos, sin afectar a la pequeña laguna salina de la parcela. La superficie total afectada ascenderá a 2.700 m2, todo ello en terrenos de la peticionaria.
MEDIDAS PROTECTORAS Y CORRECTORAS
En el estudio de impacto ambiental presentado se propone la adopción de las siguientes medidas:
- Protección de la atmósfera: se recomienda la realización de riegos durante la fase de obras en los períodos de escasez de lluvia.
- Protección del suelo: acondicionamiento y rehabilitación de las superficies afectadas.
- Protección del medio marino: empleo de sistemas de filtración y floculación de sólidos en suspensión, a colocar en la salida de efluentes de la planta.
- Protección de la fauna: control exhaustivo de la generación de gases y ruidos durante la fase de obras, así como reducción al mínimo posible del tiempo de las obras.
- Protección del paisaje: empleo de materiales de colores verdosos y plantaciones de setos que limiten la visibilidad desde las zonas de tránsito.
Vigo, 4 de marzo de 2004.
Paloma Rueda Crespo
Delegada territorial de Pontevedra
Data norma
Organismo
CONSELLERÍA DE PESCA E ASUNTOS MARÍTIMOS
Ámbito Normativo
Autonómica
Rango legal
Resolución
Clasificación
AVALIACIÓN DE IMPACTO, EFECTO, INCIDENCIA AMBIENTAL
Resolución de 4 de marzo de 2004, de la Delegación Territorial de Pontevedra, por la que se hace pública la declaración de impacto ambiental relativa a la ampliación de una granja de rodaballo en Ardia, en el ayuntamiento de O Grove (Pontevedra), promovida por la empresa Insuíña, S.L.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia, se hace pública la Resolución de 2 de febrero de 2004, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental de la granja marina sita en Ardia-ayuntamiento de O Grove (Pontevedra), promovida por la empresa Insuíña, S.L., que se resume como anexo a esta resolución.
Se podrá, además, encontrar una versión de la misma en formato digital en la siguiente página de la Consellería de Medio Ambiente: http://www.siam-cma.org/expaval/ListadoExpedientes.asp?e=2002/1116 así como obtener una copia de la misma en la Delegación Territorial de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos de Pontevedra en Vigo.
ANEXO
RESUMEN DEL PROYECTO
La finalidad del proyecto es ampliar las instalaciones de la granja de engorde de rodaballo que la peticionaria Insuiña, S.L. posee en la localidad de Ardia (O Grove, Pontevedra).
La zona de actuación está comprendida dentro de los límites del lugar propuesto para su inclusión en la Red Europea Natura 2000 Complejo Ons-O Grove, considerada también zona Ramsar e Zepa.
Actualmente, según consta en la prórroga de la concesión administrativa de 5 de febrero de 1996, la capacidad de la instalación es de 120 t/año de rodaballo, para lo que cuentan con 140 estanques (S= 3.157,80 m), toma de agua y desagües.
La ampliación, proyectada exclusivamente para el engorde, precisará de la ejecución de una nueva línea de traída, de reforma de los sistemas de distribución de agua a los tanques y recirculación, y del incremento del número de estanques (total: 158; S=4.600 m). Con estas instalaciones la capacidad de producción de rodaballo conseguirá las 300 t/año. Es conveniente señalar que esta empresa cuenta con una producción suficiente de alevines para abastecer a estas instalaciones, en su criadero de Mougás (Pontevedra).
Esta nueva zona de cultivo se localizará anexa a las instalaciones existentes, en el extremo sur, aprovechándose de este modo áreas operativas (oficinas, laboratorio, almacenes, etc.) y los accesos, sin afectar a la pequeña laguna salina de la parcela. La superficie total afectada ascenderá a 2.700 m2, todo ello en terrenos de la peticionaria.
MEDIDAS PROTECTORAS Y CORRECTORAS
En el estudio de impacto ambiental presentado se propone la adopción de las siguientes medidas:
- Protección de la atmósfera: se recomienda la realización de riegos durante la fase de obras en los períodos de escasez de lluvia.
- Protección del suelo: acondicionamiento y rehabilitación de las superficies afectadas.
- Protección del medio marino: empleo de sistemas de filtración y floculación de sólidos en suspensión, a colocar en la salida de efluentes de la planta.
- Protección de la fauna: control exhaustivo de la generación de gases y ruidos durante la fase de obras, así como reducción al mínimo posible del tiempo de las obras.
- Protección del paisaje: empleo de materiales de colores verdosos y plantaciones de setos que limiten la visibilidad desde las zonas de tránsito.
Vigo, 4 de marzo de 2004.
Paloma Rueda Crespo
Delegada territorial de Pontevedra
