Diario Oficial de Galicia, 12-08-2020, Núm. 161, Páx. 32061
Data norma
Organismo
CONSELLERÍA DE ECONOMÍA, EMPREGO E INDUSTRIA
Ámbito Normativo
Galicia
Rango legal
Resolución
Clasificación
AXUDAS E SUBVENCIÓNS
Destinatario
1. Podrán acceder a la condición de beneficiarios de las presentes subvenciones:
a) Las entidades locales de Galicia y entidades de ella dependientes.
b) Las entidades sin ánimo de lucro.
c) Empresas legalmente constituidas y autónomos.
a) Las entidades locales de Galicia y entidades de ella dependientes.
b) Las entidades sin ánimo de lucro.
c) Empresas legalmente constituidas y autónomos.
Obxecto
1. Aprobar las bases reguladoras de las subvenciones, para proyectos de energía fotovoltaica, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa operativo Feder-Galicia 2014-2020, para el ejercicio 2020-2021, que se adjuntan a esta resolución como anexo I (IN421Y, IN421S).
2. Seleccionar, en régimen de concurrencia no competitiva, las entidades colaboradoras que participarán en su gestión, según la excepción contemplada en el artículo 19.2 da Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. Las solicitudes de adhesión presentadas en plazo y con los requisitos establecidos en estas bases se tramitarán y se resolverán por orden de entrada en el registro de la solicitud, del que se hará publicidad en la aplicación informática que se utiliza en la gestión das ayudas.
2. Seleccionar, en régimen de concurrencia no competitiva, las entidades colaboradoras que participarán en su gestión, según la excepción contemplada en el artículo 19.2 da Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. Las solicitudes de adhesión presentadas en plazo y con los requisitos establecidos en estas bases se tramitarán y se resolverán por orden de entrada en el registro de la solicitud, del que se hará publicidad en la aplicación informática que se utiliza en la gestión das ayudas.
| TÍTULO | DATA PUBLICACIÓN | Sen datos dispoñibles |
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| TÍTULO | DATA PUBLICACIÓN | Sen datos dispoñibles |
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