Diario Oficial de Galicia, 08-11-2004, Núm. 217, Páx. 15221
Resolución de 27 de octubre de 2004, de la Dirección General de Obras Públicas, por la que se hace pública la declaración de impacto ambiental formulada por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el 1 de octubre de 2004, relativa al estudio informativo y estudio de impacto ambiental de la Vía de Alta Capacidad Ferrol-Barreiros (conexión A-8). Tramo: O Barqueiro-San Cibrao (LU/00/063.00).
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia, así como lo dispuesto en el Real decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, se hace pública la declaración de impacto ambiental formulada por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental en fecha 1 de octubre de 2004, relativa al estudio informativo y estudio de impacto ambiental de la Vía de Alta Capacidad Ferrol-Barreiros (conexión A-8). Tramo: O Barqueiro-San Cibrao (LU/00/063.00), promovido por la Dirección General de Obras Públicas, y que se transcribe como anexo a esta resolución.
Santiago de Compostela, 27 de octubre de 2004.
Agustín Hernández-Fernández de Rojas
Director general de Obras Públicas
Declaración de impacto ambiental formulada por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 1 de octubre de 2004, relativa al estudio informativo y estudio de impacto ambiental de la Vía de Alta Capacidad Ferrol-Barreiros (conexión A-8), tramo: O Barqueiro-San Cibrao (LU/00/63.0), en los ayuntamientos de Xove, Viveiro y O Vicedo (Lugo), promovido por la Dirección General de Obras Públicas. Clave: 2004/0221.
Antecedentes:
La Dirección General de Obras Públicas, como órgano sustantivo por razón de la materia, en su Resolución de 3 de junio de 2003, aprobó provisionalmente el estudio informativo y el estudio de impacto ambiental de la VAC Ferrol-Barreiros (conexión A-8), tramo: O Barqueiro-San Cibrao, en los ayuntamientos de Xove, Viveiro y O Vicedo (Lugo).
El citado estudio informativo tiene como objeto unir la Autovía del Cantábrico, a su paso por Barreiros, con Ferrol, para conseguir, de este modo, descongestionar la N-642 entre San Cibrao y O Vicedo.
En el anexo I se resume el contenido del estudio informativo y en el anexo II las medidas correctoras y protectoras propuestas en el estudio de impacto ambiental.
Dado que el proyecto se halla comprendido en el grupo 6.a del anexo I de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, dentro del procedimiento de aprobación sustantiva se somete a trámite de evaluación de impacto ambiental.
En cumplimiento de lo establecido reglamentariamente, en fecha 1 de agosto de 2003 se publica en el DOG nº 148 la Resolución de 24 de julio de 2003, de la Subdirección General de Carreteras, por la que se somete a información pública el estudio informativo y el estudio de impacto ambiental de la VAC Ferrol-Barreiros (conexión A-8), tramo: O Barqueiro-San Cibrao.
Se sometió también a información pública en el ayuntamiento de Cervo ya que, aunque el trazado no lo afecta, el final del recorrido propuesto condicionará el trazado del tramo siguiente que sí afectará a este ayuntamiento.
Durante este período fueron presentadas alegaciones por parte de los ayuntamientos de Cervo, Xove, O Vicedo y Viveiro, de diversos particulares, asociaciones, comunidades de vecinos y por la Universidad de Santiago de Compostela. De estas alegaciones, una gran parte se referían a los subtramos Covas-Viveiro sur y Viveiro sur-Celeiro que quedan fuera del ámbito de esta DIA; del resto, las que tienen carácter ambiental fueron tenidas en cuenta, en lo que procede, en el condicionado de la DIA.
En fecha 6 de agosto de 2004 tiene entrada el expediente ambiental, remitido por la Dirección General de Obras Públicas, en el que se incluyen los certificados de exposición al público del Servicio Provincial de Carreteras de Lugo, de la Dirección General de Obras Públicas y de los ayuntamientos de Xove, Viveiro, O Vicedo, Cervo, copia de las alegaciones presentadas y los informes de los citados ayuntamientos, de la Demarcación de Costas del Estado en Galicia, de las direcciones generales de Conservación de la Naturaleza, Salud Pública, Patrimonio Cultural y Recursos Marinos, de Aguas de Galicia y de la Diputación Provincial de Lugo.
Cumplimentada la tramitación, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, como órgano ambiental y en el ejercicio de las competencias que le concede el Decreto 14/2002, de 24 de enero, modificado por el Decreto 333/2002, de 22 de noviembre, formula, a los solos efectos ambientales, la declaración de impacto ambiental (DIA) del estudio informativo y estudio de impacto ambiental de la VAC Ferrol-Barreiros, tramo: O Barqueiro-San Cibrao, promovido por la Dirección General de Obras Públicas.
Declaración de impacto ambiental
Examinada la documentación que constituye el expediente, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental considera que la alternativa propuesta por la Dirección General de Obras Públicas para el trazado de la VAC Ferrol-Barreiros (conexión A-8), para el tramo entre O Barqueiro y San Cibrao es ambientalmente viable siempre que se cumplan las condiciones que se establecen en la presente DIA, además de las incluidas en el estudio de impacto ambiental y restante documentación evaluada, teniendo en cuenta que, en caso de que exista contradicción entre lo indicado en la documentación presentada por el promotor y lo establecido en la presente declaración, prevalecerá lo dispuesto en esta última.
Además del obligado cumplimiento de las citadas condiciones, si se manifiesta cualquier tipo de impacto no considerado hasta el momento, este órgano -a iniciativa propia o a propuesta del órgano sustantivo-, podrá dictar, a los sólos efectos ambientales, condicionados adicionales a los anteriores.
Las condiciones establecidas podrán ser revisadas de oficio o a solicitud del promotor al objeto de incorporar medidas que aporten una mayor protección del medio. Además de esto, el promotor podrá solicitar su revisión en aquellos supuestos que tecnológicamente presenten graves dificultades para su implantación o impliquen modificaciones importantes en la actividad, siempre y cuando las nuevas medidas permitan alcanzar los objetivos y fines de ésta. En este último caso, el promotor remitirá esta solicitud, aportando documentación técnica que justifique estas medidas, en el plazo máximo de un (1) mes después de serle notificada la presente declaración, no pudiendo comenzar las obras antes de contar con una comunicación de esta dirección general.
A) Ámbito de la declaración.
El trazado ámbito de esta DIA para la VAC Ferrol-Barreiros, en el tramo O Barqueiro-San Cibrao, es el siguiente:
- Subtramo O Barqueiro-Covas: lo configura una combinación de las alternativas A4 y A2, definidas en el documento Estudio informativo e impacto ambiental de la VAC Ferrol-Barreiros (conexión A-8). Tramo: O Barqueiro-San Cibrao (clave: LU/00/063.0). Abril 2003, en una longitud de 9,1 km. El trazado parte de la orilla izquierda del río Sor y lo cruza aprovechando el puente existente; así, entre los p.k. 0+000-3+500 el trazado corresponde a la alternativa A4; entre los p.k. 3+500-5+100 se establece un tramo de conexión entre las alternativas A4 y A2, y a partir del 5+100 se adapta a la alternativa A2 hasta el final de este subtramo.
- Subtramos Covas-Viveiro sur y Viveiro sur-Celeiro: pendientes de definición en el planeamiento urbanístico del ayuntamiento de Viveiro, por lo que queda fuera del ámbito de esta DIA.
-Subtramo Celeiro-Xove: se corresponde con la alternativa D4, definida en el documento Estudio informativo e impacto ambiental de la VAC Ferrol-Barreiros (conexión A-8). Tramo: O Barqueiro-San Cibrao (clave: LU/00/63.0). Abril 2003, con una longitud de 8,4 km.
De acuerdo con la configuración reflejada en el plano nº 2 Propuesta de aprobación de estudio informativo. Tramo: O Barqueiro-San Cibrao, recogido en el Documento de aprobación. Estudio informativo e impacto ambiental de la VAC Ferrol-Barreiros (conexión A-8). Tramo: O Barqueiro-San Cibrao (clave: LU/00/063.0). Julio 2004.
B) Condiciones generales.
B.1) Fase de redacción del proyecto constructivo.
1. Al objeto de cumplir lo estipulado en el punto 8º del artículo 4 de la Ley 7/1997, de 11 de agosto, de protección contra la contaminación acústica, deberá adaptarse el estudio del impacto acústico a la traza definitiva.
Se definirán con detalle las medidas correctoras a implantar en aquellos puntos en los que, según el estudio acústico, se superen los límites establecidos tanto en la citada ley como, en caso de que dispongan de ellas, en las ordenanzas municipales de los ayuntamientos afectados, que garanticen el cumplimiento de dichos límites.
El estudio de impacto acústico se realizará en base a lo establecido en el Decreto 150/1999, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de protección contra la contaminación acústica.
2. Se localizarán las zonas destinadas a instalaciones auxiliares, acopios de materiales, almacenamiento de residuos, etcétera, así como de las vías auxiliares, utilizando para su elección los criterios indicados en el estudio de impacto ambiental.
3. Se diseñará un sistema de recogida, conducción y decantación de las aguas procedentes de la zona de instalaciones auxiliares, de lavado de camiones y maquinaria y de los hormigonados.
4. Se evitará modificar las zonas de escorrentía para no influir en los ecosistemas naturales aguas abajo de la infraestructura. En este sentido, se deberán colocar tantos pasos de agua como vaguadas tenga el terreno, y se dimensionarán adecuadamente para evitar el efecto presa en épocas de máxima precipitación.
Esta medida será utilizada como paso por la pequeña fauna, por lo que dichos pasos se diseñarán con el ancho suficiente y de manera que no se generen saltos o desniveles entre sus embocaduras y los terrenos circundantes. Además, debe ser considerado como paso bidireccional de la fauna, por lo tanto estará desprovisto de estructuras de caída vertical que impidan el retorno, previendo que todas las especies que caigan puedan salir.
5. En caso de existencia de sobrantes procedentes de los movimientos de tierra, se localizarán las zonas de depósito de éstos. Para la elección de estas zonas se utilizarán los criterios indicados en el estudio de impacto ambiental, teniendo en cuenta que, en caso de que existan en el entorno huecos procedentes de actividades extractivas abandonadas o de movimientos de tierras, primará su uso frente a otras zonas, siempre que sea técnica y económicamente viable y no se encuentren naturalizados e integrados en el entorno.
6. Se procurará que la configuración final de los taludes sea lo más tendida posible, y se evitarán las formas angulosas y rectilíneas, a fin de maximizar la integración paisajística de la actuación en el entorno.
7. Se redactará un proyecto de integración paisajística en el que se desarrollen detalladamente las labores de restauración vegetal e integración paisajísticas descritas, de un modo muy general, en el estudio de impacto ambiental; así, en este proyecto se definirán los trabajos según sea la zona a revegetar (taludes de desmonte y terraplén, enlaces, orillas de los cauces fluviales afectados, instalaciones y viales auxiliares, etcétera).
Además, en lo que respecta a las especies a utilizar en la revegetación, se incluirán, siempre que sea técnica y económicamente posible, arbustos y árboles autóctonos de la zona afectada, sobre todo en lo referente a la vegetación de ribera de los cursos fluviales afectados por la traza, a fin de proteger el ecosistema y mejorar la integración paisajística de la actuación.
8. Se desarrollará un nuevo programa de vigilancia ambiental, basado en las líneas generales expuestas en lo propuesto en el estudio de impacto ambiental y adaptándolo a los nuevos condicionantes surgidos de la presente declaración.
El objeto de este programa es el de garantizar a lo largo del tiempo el cumplimiento de las medidas protectoras y correctoras contempladas en el estudio ambiental y en el condicionado de la presente declaración, así como incorporar procedimientos de autocontrol por parte del promotor. El programa debe permitir detectar, cuantificar y corregir diferentes alteraciones que no se pudiesen prever en el estudio o en el condicionado de esta DIA, y llevar a cabo nuevas medidas correctoras acordes con las nuevas problemáticas surgidas.
En la redacción de este programa se fijarán, según la fase (obras o explotación) la periodicidad, indicadores y umbrales (admisibles y de alerta) que se vayan a utilizar en cada caso.
En la realización del control y seguimento ambiental se tendrá en cuenta que:
- El cronograma será actualizado para cada informe, y siempre deberá contemplar las labores de integración paisajística.
- Las tomas de muestras y las mediciones deberán ser representativas; por lo tanto se realizarán en aquellos momentos en los que pueda existir una afección sobre los aspectos a controlar.
- Las tomas de muestras, analíticas y mediciones deberán ser realizadas por entidades homologadas y/o acreditadas, y deberán venir acompañadas de informe firmado por el técnico competente.
B.2) Fase de replanteo.
Tal como se indica en el estudio de impacto ambiental, se realizará el balizado y señalización de las zonas de obra y de todas las infraestructuras e instalaciones proyectadas, lo que deberá mantenerse en perfecto estado durante el transcurso de las obras, siendo retirado cuando éstas finalicen, estando prohibido ocupar terrenos fuera de lo previsto.
Además, también se procederá a balizar y/o señalar todos aquellos elementos de interés situados en el entorno del proyecto, básicamente todas aquellas masas y formaciones vegetales de interés ambiental y elementos del patrimonio cultural, al objeto de evitar afecciones innecesarias sobre ellos.
B.3) Fase de obras y explotación.
1. A fin de evitar posibles alteraciones de la calidad del aire por emisión de polvo a la atmósfera, se procederá al recubrimiento con un toldo impermeable de los camiones que transporten material y al lavado de las ruedas de los camiones a la salida de la zona de obras.
2. Se cumplirá con lo dispuesto en la Ley 7/1997, de 11 de agosto, de protección contra la contaminación acústica, así como lo estipulado, en el caso de que disponga de ella, en las ordenanzas municipales de los ayuntamientos sobre los que discurre el trazado.
3. Para los vertidos que se realicen al medio natural, ya sean aguas de percolación, sanitarias y/o pluviales, así como para la realización de captaciones de agua, será preceptiva la autorización administrativa otorgada por Aguas de Galicia. En caso de que el vertido se realice hacia la red de saneamiento de la zona, se deberá disponer de la autorización del gestor de dicha red.
4. Previamente al depósito de los sobrantes de los movimientos de tierra en los lugares seleccionados de acuerdo con lo indicado en el punto B.1.5, se deberá contar con los correspondientes permisos.
5. Al finalizar las obras, todas las instalaciones auxiliares, zonas de almacenamiento de materiales y residuos, etcétera, deberán ser desmanteladas y, en el caso de que éstas no se encuentren ubicadas sobre la propia traza, los espacios ocupados por ellas deben ser restaurados a su situación preoperacional. Lo mismo es aplicable para el caso de vías de obra que no vayan a ser utilizadas posteriormente a la finalización de aquéllas.
6. No estando definida, en el estudio presentado, la reserva de una zona para la fabricación de hormigón o aglomerado asfáltico, éstos serán provistos desde planta o plantas fuera de la obra, y que cuenten con las debidas autorizaciones, salvo que se solicite revisión de la DIA con la inclusión de la planta o plantas.
7. Teniendo en cuenta la política de gestión de residuos de construcción y demolición que se está llevando a cabo en esta dirección general, se estudiará la posibilidad de que, en caso de que se generen este tipo de residuos (demolición de edificaciones, restos de obras de fábrica, etcétera) sean reciclados a fin de utilizarlos en la obra. En caso de que esto no sea posible, serán entregados a gestor autorizado.
8. En caso de que se precise material procedente de cantera para el desarrollo de las obras, éste deberá proceder de canteras autorizadas.
Asimismo, se estudiará la posibilidad de que, parte de los materiales a usar para la construcción de la vía (para bases o subbases, para la fabricación de hormigonados, para pavimentar las vías auxiliares, para rellenos poco exigentes geotécnicamente, etcétera) procedan de plantas de reciclaje de residuos de construcción y demolición.
9. La gestión de las tierras vegetales a utilizar en la restauración de las zonas degradadas y retirada previamente al proceso de movimiento de tierras se realizará conforme lo propuesto en el estudio de impacto ambiental. En caso de que el período de almacenamiento sea prolongado, se procederá a realizar labores de mantenimiento consistentes en riegos periódicos, remociones periódicas, aportes de abonos minerales y siembras de herbáceas (gramíneas y legumi nosas) con aportes de mulch suficiente para mantener entre un 5% y un 6% de materia orgánica.
10. Tal como se especifica en el estudio de impacto ambiental, en caso de tener que realizar tareas de mantenimiento y reparación de la maquinaria no apta para circular por carretera en la zona de obras, se protegerá el suelo con materiales impermeables y se dispondrán los medios necesarios para la recogida de posibles vertidos. Esta misma medida se llevará a cabo en la zona de lavado de camiones y maquinaria.
11. Se respetará sistemáticamente todo tipo de vegetación existente que no resulte afectada directamente por la ejecución de la obra, y, si técnicamente resulta posible, no se eliminarán los tocones; sobre todo si están en la ribera de los cursos fluviales.
Para la realización de cortas de las especies arbóreas debe tenerse en cuenta lo dispuesto en el Reglamento de montes, teniendo que hacer la correspondiente comunicación de corta o solicitud de autorización, según el caso.
12. Los restos vegetales que se generen deberán ser gestionados adecuadamente, prevaleciendo siempre su valorización. En caso de depositarlos sobre el terreno, deberán ser triturados y esparcidos homogéneamente para permitir una rápida incorporación al suelo.
13. En las labores de mantenimiento de cunetas y sistemas de drenaje, se evitará el empleo de herbicidas, realizando dichas labores exclusivamente por medios mecánicos.
14. En aquellas zonas afectadas por movimientos de tierra, excavaciones y, en general, todas aquellas operaciones de obra que supongan la aparición de superficies denudadas, se procederá a su revegetación a la mayor brevedad posible, al objeto de evitar la aparición de fenómenos erosivos. En caso de ser precisas, se adoptarán medidas correctoras adicionales para corregir la erosión, como puede ser el extendido de mantas de fibras naturales.
15. Se extremarán las precauciones en la ejecución de las obras en las zonas de afección a la red hidrológica, adoptando todas las medidas protectoras y correctoras necesarias para su preservación.
16. Se desarrollarán las labores de integración paisajística indicadas en el punto B.1.7 de esta DIA, vigilando la evolución de la revegetación, procediendo a la reposición de calvas y/o marras que pudieran aparecer en las siembras, hidrosiembras y/o plantaciones previstas.
17. Se mantendrá la permeabilidad territorial de la zona, conservando los servicios y servidumbres de paso que actualmente existen. Si durante las obras fuera preciso cortar el paso de alguna vía, se deberán implementar rutas alternativas que presten el mismo servicio.
18. En caso de afectar a fuentes y/o captaciones de agua existentes en el ámbito de la traza, se establecerán las medidas precisas para procurar mantener los usos actuales.
19. En caso de que, como resultado de llevar a cabo el programa de vigilancia ambiental indicado en el punto B.1.8 de esta DIA, se detecten impactos imprevistos o alteraciones que superen los umbrales establecidos en esta DIA o en la legislación aplicable, la Dirección General de Obras Públicas propondrá las medidas correctoras precisas para corregirlas. Si se pone de manifiesto la existencia de impactos ambientales severos o críticos, el órgano sustantivo pondrá este hecho en conocimiento de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
C) Condiciones específicas.
C.1) Fase de proyecto de trazado previo a la redacción del proyecto constructivo.
Se realizará una prospección arqueológica intensiva de la totalidad de la superficie que se verá afectada por el trazado y en un ámbito de 200 m a cada lado desde el límite exterior de la zona de ocupación. Dicho trabajo tendrá que ser llevado a cabo por técnicos arqueólogos competentes, de acuerdo con un proyecto que deberá aprobar la Dirección General de Patrimonio Cultural.
Se incluirán los resultados de esta prospección arqueológica intensiva, así como las medidas protectoras y correctoras para la protección y conservación de los diferentes elementos del patrimonio cultural, en el proyecto de trazado definitivo que deberá ser remitido a la Dirección General de Patrimonio Cultural, para su informe vinculante.
C.2) Fase de redacción del proyecto constructivo.
1. En el diseño final del proyecto constructivo se tendrá en cuenta el informe emitido por la Dirección General de Patrimonio Cultural, por lo que deberán desarrollarse las medidas correctoras, el programa de actuaciones patrimoniales e incluirse un plan de control y seguimiento arqueológico de las fases de replanteo, de ejecución de obra y de restitución de los terrenos, que debe ser autorizado por la Dirección General de Patrimonio Cultural, para su informe vinculante.
2. Dada la existencia de numerosas entidades de población en el entorno del proyecto, al objeto de minimizar las afecciones sobre la población, en el diseño de las voladuras, así como en la planificación de los métodos de ejecución, se incluirán las medidas protectoras y correctoras necesarias para minimizar las afecciones derivadas del ruido, vibraciones, movilización de polvo y proyección de materiales gruesos.
3. En caso de las estructuras de paso sobre la red fluvial configuradas como obras de fábrica y/o viaductos (viaducto de Cavas, viaducto de A Pena, viaducto de O Guilán, etcétera) se asegurará en su diseño el hecho de que no se coloque ningún pilar dentro del cauce y que los estribos se sitúen a más de 5 m a cada lado del mismo. Asimismo, se retirarán todos los rellenos temporales efectuados para la ejecución de las pilas.
Las restantes obras de drenaje transversal serán de tipo pórtico, evitando en la medida de lo posible adoptar pasos tipo marco o tubo. El diseño de estas infraes tructuras debe garantizar que no se generan, en el punto de paso, láminas de agua de poca profundidad y excesiva velocidad, además de que se minimiza la longitud del paso al máximo posible.
4. Además de cumplir los condicionados indicados en el punto B.1.8, el programa de vigilancia ambiental deberá contemplar específicamente los siguientes aspectos:
- Plan de control de la calidad de agua de los cursos fluviales afectados por las obras, seleccionando puntos de toma de muestras aguas arriba y aguas abajo de la zona del curso fluvial a fin de analizar los siguientes parámetros: temperatura, materias en suspensión, pH, oxígeno disuelto, conductividad y aceites y productos lubricantes.
- Plan de seguimiento de los ruidos, tanto durante las obras como durante la explotación de la vía, debiendo constar los puntos de muestreo, metodología, periodicidad y límites a imponer, eligiendo para la realización de las mediciones puntos localizados en zonas donde la carretera se sitúe próxima a viviendas o edificaciones habitadas. Este plan de seguimiento acústico se basará en lo establecido en el Decreto 150/1999, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de protección contra la contaminación acústica.
- Plan de vigilancia del sistema de drenaje durante la fase de explotación de la vía, comprobando si se llevan a cabo las labores de limpieza y conservación del mismo, de manera que cumpla su función de un modo efectivo.
En todos los casos, se situarán los puntos de muestreo propuestos en un plano a escala 1:5.000 o mayor detalle.
C.3) Fase de replanteo.
1. Previamente a cualquier actuación sobre el ámbito del proyecto, deberá disponerse de la autorización emitida por la Dirección General de Patrimonio Cultural para la realización del seguimiento arqueológico de las fases de replanteo, ejecución de obra y restitución de los terrenos y de las actuaciones arqueológicas que procedan en función de lo establecido en el punto C.1 de la presente DIA.
2. En el control topográfico de los límites de las zonas de obra y de la localización de todas las infraestructuras e instalaciones proyectadas, quedará especialmente clara la delimitación del dominio público hidráulico, por lo que se procederá al balizado o señalización adecuada de los tramos de la totalidad de los cursos fluviales afectados (ríos Sor, de Guilán, de A Rigueira, arroyos de Cavas, de A Pena y otros), al objeto de preservarlos de afecciones y daños innecesarios, quedando prohibida la utilización de dichos espacios (márgenes, riberas y zonas de servidumbre) como lugar para el depósito de materiales, parques de maquinaria, operaciones de repostaje y, en general, todas aquellas actividades que pudieran suponer la contaminación de las aguas a través de la incorporación de sustancias contaminantes.
3. Previamente a cualquier actuación sobre el ámbito del proyecto correspondiente al dominio público hidráulico, deberá disponerse de las autorizaciones oportunas emitidas por Aguas de Galicia. Para ello, se remitirá el proyecto de trazado o constructivo a este organismo a fin de que emita las citadas autorizaciones y para que compruebe las posibles afecciones de derechos de terceros en aprovechamientos hidráulicos.
C.4) Fase de obras.
1. Para cualquier aprovechamiento, utilización o modificación de la vegetación de ribera de los cursos fluviales afectados por la traza (ríos Sor, de Guilán, de A Rigueira, arroyos de Cavas, de A Pena y otros) debe considerarse lo dispuesto en la Resolución de 27 de mayo de 2002 (y posteriores correcciones de errores), de la Consellería de Medio Ambiente, relativa a la tramitación y resolución de los expedientes de autorización para siembras, plantaciones y corta de árboles en terrenos de dominio público hidráulico, y para el aprovechamiento y utilización de la vegetación arbórea o arbustiva de las riberas de los ríos.
2. Se prohibe vertir en los propios lechos de los cursos fluviales, así como sobre las márgenes y láminas de agua asociadas a la ría de O Barqueiro, restos de hormigón o cemento, o lavar materiales o herramientas que hayan estado en contacto con ellos, así como los cambios de aceite de maquinaria de construcción.
3. La Dirección General de Obras Públicas llevará a cabo el programa de vigilancia ambiental desarrollado en el proyecto constructivo según lo indicado en el punto B.1.8 y C.2.4 para esta fase y deberá elaborar los siguientes informes, con los contenidos mínimos que se señalan:
a) Trimestralmente:
- Cronograma actualizado de las obras.
- Memoria del seguimiento realizado de acuerdo con el programa de vigilancia ambiental que cumpla con los condicionantes de la presente DIA. Se indicarán, en su caso, las variaciones producidas con respecto a lo proyectado. Incluirá un reportaje fotográfico que muestre con detalle los aspectos ambientales más relevantes de la actuación, así como de las zonas donde se adoptaron medidas protectoras y correctoras. En las fotografías se indicará la fecha y hora, debiendo ir acompañadas de un plano de localización. En el primer informe trimestral se incluirán mediciones preoperacionales de la presión sonora y de la calidad de las aguas continentales.
- Representación en plano de los avances de los trabajos y porcentaje de ejecución de las obras respecto al total, referido a los distintos elementos que las conforman.
b) Antes de la emisión del acta de recepción: memoria-resumen de la aplicación del programa de vigilancia ambiental que refleje el cumplimiento de todas las medidas correctoras contempladas en el estudio así como las impuestas por la DIA, en concreto:
- Informe en el que se refleje el estado de la vía y de los trabajos de integración paisajística llevados a cabo, indicando, en su caso, un resumen de las variaciones producidas a lo largo de las obras con respecto a lo proyectado, que deberán venir reflejadas en los informes del apartado anterior. Incluirá un reportaje fotográfico que muestre con detalle los aspectos ambientales más relevantes de la actuación, así como de las zonas donde se efectuaron medidas protectoras y correctoras. En las fotografías se indicará la fecha y hora, debiendo ir acompañadas de un plano de localización.
- Incidencias producidas y las medidas adoptadas para su resolución.
C.5) Fase de explotación.
La Dirección General de Obras Públicas elaborará anualmente un informe, incluyendo lo siguiente:
- Memoria del seguimiento realizado, de acuerdo con el programa de vigilancia ambiental desarrollado en el proyecto constructivo, según lo solicitado en los puntos B.1.7 y C.2.4 de esta DIA.
- Reportaje fotográfico donde se refleje la integración paisajística de la actuación, indicando la fecha y hora de toma, así como la localización de los puntos de toma de las fotografías en un plano.
- Incidencias producidas y las medidas adoptadas para su resolución.
La duración de la vigilancia ambiental en esta fase se establecerá en función de los resultados obtenidos al llevar a cabo este programa.
Santiago de Compostela, 1 de octubre de 2004.
José Manuel Álvarez-Campana Gallo
Director general de Calidad y Evaluación Ambiental
ANEXO I - Resumen del estudio informativo
El objeto del presente estudio informativo es estudiar las posibles alternativas para mejorar las comunicaciones de la zona norte de Galicia, uniendo la autovía del Cantábrico a su paso por Barreiros con Ferrol, en el tramo entre O Barqueiro y San Cibrao.
El tramo objeto de este estudio se subdivide a su vez en cuatro subtramos, planteando diferentes alternativas para cada uno de ellos:
- Subtramo A: O Barqueiro-Covas (5 alternativas).
- Subtramo B: Covas-Viveiro sur (5 alternativas).
- Subtramo C: Viveiro sur-Celeiro (3 alternativas).
- Subtramo D: Celeiro-San Cibrao (4 alternativas).
Las características principales de las alternativas planeadas se resumen en la siguiente tabla. Se presentan alternativas en vía rápida (VR80, VR100) y en carretera convencional (C80, C100), con velocidad de proyecto 100 y 80 km/h.
Tramo: O Barqueiro-Covas
Alternativa: A1
Tipo de vía C 100
Características generales:
Longitud: 10,0 km
Nº de enlaces: 0
Longitude viaducto: 0 km
Longitud túnel: --
Alternativa: A2
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 9,1 km
Nº de enlaces: 1
Longitud viaducto: 600 km
Longitud túnel: --
Alternativa: A3
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 8,8 km
Nº de enlaces: 1
Longitud viaducto: 700 km
Longitud túnel: --
Alternativa: A4
Tipo de vía VR100
Características generales:
Longitud: 10,1 km
Nº de enlaces: 2
Longitud viaducto: 170 km
Longitud túnel: --
Alternativa: A5
Tipo de vía C80
Características generales:
Longitud: 10,4 km
Nº de enlaces: 0
Longitud viaducto: 0 km
Longitud túnel: --
Tramo: Covas-Viveiro Sur
Alternativa: B1
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 10,3 km
Nº de enlaces: 1
Longitud viaducto: 1.870 km
Longitud túnel: --
Alternativa: B 2
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 8,4 km
Nº de enlaces: 2
Longitud viaducto: 1.540 km
Longitud túnel: --
Alternativa: b3
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 9,6 km
Nº de enlaces: 2
Longitud viaducto: 1.800 km
Longitud túnel: --
Alternativa: B4
Tipo de vía VR100
Características generales:
Longitud: 8,0 km
Nº de enlaces: 2
Longitud viaducto: 2.230 km
Longitud túnel: --
Alternativa: B5
Tipo de vía C80
Características generales:
Longitud: 2,6 km
Nº de enlaces: 0
Longitud viaducto: 0 km
Longitud túnel: --
Tramo. Viveiro Sur-Celeiro
Alternativa: C1
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 10,9 km
Nº de enlaces: 4
Longitud viaducto: 2.180 km
Longitud túnel: --
Alternativa: C 2
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 10,4 km
Nº de enlaces: 4
Longitud viaducto: 2,120 km
Longitud túnel: 320
Alternativa: C3
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 8,5 km
Nº de enlaces: 3
Longitud viaducto: 2.990 km
Longitud túnel: 250
Tramo: Celeiro-San Cibrao
Alternativa: D1
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 10,3 km
Nº de enlaces: 3
Longitud viaducto: 710 km
Longitud túnel: --
Alternativa: D 2
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 10,8 km
Nº de enlaces: 3
Longitud viaducto: 710 km
Longitud túnel: --
Alternativa: D 2
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 10,8 km
Nº de enlaces: 3
Longitud viaducto: 1.150 km
Longitud túnel: --
Alternativa: D3
Tipo de vía VR100
Características generales:
Longitud: 10,2 km
Nº de enlaces: 3
Longitud viaducto: 760 km
Longitud túnel: --
Alternativa: D4
Tipo de vía VR100
Características generales:
Longitud: 8,4 km
Nº de enlaces: 3
Longitud viaducto: 620 km
Longitud túnel: --
Se propone en el estudio informativo como alternativa seleccionada la conformada por los siguientes subtramos A5-B5-C1-D4.
Sin embargo, como consecuencia del análisis de informes, observaciones y alegaciones presentadas durante la exposición pública, la Dirección General de Obras Públicas propone la aprobación de un trazado conformado de la siguiente manera:
Subtramo A: O Barqueiro-Covas.
En este tramo, la solución elegida procede de la combinación de las alternativas A4 y A2, con una longitud total de 9,1 km.
Entre los p.k. 0+000-3+500, se selecciona la alternativa A4, que se apoya en el itinerario marcado por la actual LU-862 y contiene dos enlaces (puente O Barqueiro, p.k. 1+500 y O Vicedo, p.k. 3+500). El trazado asciende desde la ribera del río Sor por Area Longa hasta el Monte Brañoso, donde inicia la variante al núcleo de O Vicedo. La variante bordea el núcleo por el sur, atravesando Serantes y Valdesuso por un territorio con escasas edificaciones. La variante a O Vicedo concluye en torno al p.k. 3+500 evitando las peligrosas curvas de la zona de As Congostras.
Entre los p.k. 3+500-5+100 se establece un tramo de conexión entre las alternativas A2 y A4, que asciende con una pendiente máxima del 6%. Desde el p.k. 5+100, el trazado se adapta a la alternativa A2, limitando su pendiente máxima al 6% para permitir su futura conversión a autovía. Este último tramo presenta tres viaductos con una longitud total de 600 m. Atraviesa un territorio accidentado mínimamente poblado con un trazado sinuoso. Bordea por el norte los montes Faro y Castilla y se mantiene en paralelo al FEVE Ferrol-Gijón, atravesado en el p.k. 8+210. Cruza los arroyos de A Pena y Cavas y accede a la LU-862 en O Folgueiro, donde se ubica el enlace de O Folgueiro.
Tramos B y C: Covas-Viveiro sur y Viveiro sur-Celeiro.
Este tramo queda pendiente de definición en el planeamiento urbanístico por parte del Ayuntamiento de Viveiro. El planeamiento desarrollará un vial que dé continuidad al trazado de la VAC Ferrol-Barreiros aprobada, que capte de manera adecuada el tráfico interior de Viveiro, y que sea técnica, económica y ambientalmente viable.
Tramo D: Celeiro-Xove.
El trazado de este tramo se ajusta a la alternativa D4 seleccionada en el estudio informativo, con características de corredor de velocidad de proyecto 100 km/h. La pendiente máxima se limitará al 5% para permitir el mantenimiento de la velocidad de proyecto en su desdoblamiento.
Presenta 8,4 km de longitud y tres enlaces en los p.k. 3+400 (Xove oeste), 5+700 (Xove este) y 8+400 (San Cibrao). La longitud total de viaducto es de 620 m.
El primer tramo difiere de las restantes alternativas ya que se apoya en la actual LU-862, minimizando el terraplén. Por ello es necesario planear la reposición de la actual vía en unos 600 m. Atraviesa la vía FEVE en el p.k. 1+200 y nuevamente la LU-862 en el p.k. 1+700. Desde ahí, el trazado se mantiene al sur de la LU-862.
Desde su inicio, el trazado asciende con una pendiente del 5% hasta atravesar el río Guilán a la altura de O Cruceiro, y presenta el enlace de Xove oeste muy próximo al parque empresarial de Xove. Rodea el núcleo de Xove por el sur, conectándolo con el enlace de Xove este, desde donde inicia un descenso suave hasta el río Rigueira (viaducto 280 m). Una vez cruzado el río, el trazado gira hacia el norte para conectar, en el enlace de San Cibrao, con la LU-540.
Cabe señalar que el presente estudio informativo se plantea con características de corredor (vía rápida desdoblable a autovía). Para ello, los trazados finalmente seleccionados se apoyan en las alternativas estudiadas en el estudio informativo, pero se reducirá la pendiente máxima a un 5% para los tramos de velocidad de proyecto 100 km/h y del 6% para el tramo con velocidad de proyecto 80 km/h. Estos parámetros deberán ser considerados en los proyectos constructivos que desarrollen los tramos propuestos, así como tipología de enlaces y longitud de pasos superiores.
ANEXO II - Resumen de las medidas protectoras y correctoras propuestas en el estudio de impacto ambiental
Medidas protectoras:
* Protección de la atmósfera.
- Se proponen riegos periódicos en épocas de baja pluviometría, con camiones cuba sobre viales y zona de trabajo así como sobre las áreas de acopio de materiales y proximidades de núcleos de viviendas. Estará prohibida la quema de monte bajo, leñas, aceites, plásticos, etcétera y cualquier tipo de hoguera no autorizada por la dirección de la obra.
* Minimización de la contaminación acústica.
- Se llevará a cabo el correcto mantenimiento de la maquinaria de modo que permita el cumplimiento de la legislación vigente en materia de emisión de ruidos. Asimismo, en zonas habitadas se prohibe la actividad de maquinaria fuera del período diurno.
* Control de riesgos geológicos.
Los taludes propuestos han de ser:
- Terraplenes: 3H/2V.
- Desmontes: 4H/5V.
* Protección del paisaje.
Con carácter general, la ubicación de escombreras, vertederos, zonas de préstamos, parques de maquinaria, viarios de acceso a obra, etcétera, atenderá a las siguientes normas:
- Preservación de áreas con elevada calidad natural. Quedarán excluidas para la ubicación de préstamos, vertederos o instalaciones auxiliares los terrenos de alto valor agrológico, las zonas próximas a cursos de agua y, en general, los suelos con especial valor paisajístico, ecológico o con vegetación de ribera.
- Se utilizarán áreas degradadas para evitar nuevos impactos sobre el medio.
- Alejamiento de los núcleos de población.
- Se evitarán áreas afectadas por riesgos naturales (inundación, deslizamientos de laderas) e influencias sobre el drenaje de cuencas naturales.
- Se tendrá en cuenta la reducida cuenca visual y baja calidad paisajística de la zona a afectar.
- Máxima proximidad a la traza para evitar afecciones a áreas naturales e impactos derivados del transporte de materiales.
- Alejamiento de yacimientos seguros o posibles.
- Alejamiento de posibles puntos de paso de fauna vertebrada de interés.
- En los vertederos, evitar pendientes superiores al 20%.
- Facilidad de restauración morfológica y revegetación de la zona afectada por las obras o instalaciones auxiliares.
* Protección y conservación de suelos.
- Delimitación, previa al comienzo de las obras, del terreno afectado por las mismas. Se destinará un espacio a las instalaciones auxiliares a la obra (parque de maquinaria, almacenamiento de materiales, etcétera).
- El mantenimiento de maquinaria se realizará en la zona destinada a tal fin, evitando afecciones al suelo por derrames accidentales. Si es posible, dicho mantenimiento se realizará en talleres autorizados.
- Se realizará un movimiento de tierras selectivo; los suelos fértiles se acopiarán en montones de altura no superior a 1,5 m que luego se utilizarán en la regeneración de nuevas superficies.
- Los residuos generados se gestionarán conforme a la legislación vigente, primando la reutilización y el reciclado frente al vertido. Los sobrantes de tierra serán depositados en vertederos autorizados.
- En caso de almacenamiento temporal de residuos, mientras no sean entregados a gestor autorizado, se localizarán dentro de la zona de obra, en superficies delimitadas y señaladas, en contenedores u otros medios que eviten afeccciones al suelo.
- Para atenuar los procesos erosivos, se dispondrán elementos de desagüe que minimicen la escorrentía sobre los taludes y se implantará una cubierta vegetal sobre las nuevas superficies.
* Protección de la calidad de las aguas.
- Quedan prohibidos vertidos de cualquier tipo de material o sustancia a las aguas superficiales; asimismo, se decantarán las aguas residuales originadas en las instalaciones auxiliares.
- Previamente a la ejecución de las obras, se procederá al replanteo y balizado de la zona de trabajo en el ámbito de los puntos de paso sobre la red fluvial. Se prohibe la utilización de márgenes, riberas y zonas de servidumbre de los cauces como lugar para el depósito de materiales, parque de maquinaria y, en general, todas las actividades que supongan riesgo de contaminación de aguas o alteración de ecosistemas asociados.
- Se dispondrán, en los alrededores de los puntos de paso sobre la red fluvial, barreras de retención de sedimentos en fase de obra y balsas de decantación en fase de explotación. Asimismo, se dispondrán mallas que eviten la proyección de materiales durante las voladuras.
- Se restaurarán los márgenes y zonas que rodean pilas y estribos.
- Para evitar afecciones a aguas subterráneas, las instalaciones de obras y parque de maquinaria se ubicarán en las zonas de mayor impermeabilidad.
* Protección de las formaciones vegetales.
- Previo al desbroce, se procederá al jalonamiento perimetral de las formaciones vegetales de mayor valor ecológico, al objeto de evitar ocupaciones y deterioros innecesarios.
- Se respetará la vegetación existente. En el replanteo se marcarán de forma clara los árboles a proteger y a eliminar, estableciendo protección individual de los árboles y eliminando la vegetación mediante desbroce.
- Se informará a los operarios de la obra del significado de la señalización.
- En las zonas de ribera, se recomienda ajustar las operaciones al espacio estrictamente necesario para la implantación de elementos de drenaje, prohibiéndose a lo largo de la traza la disposición de materiales residuales que se realice en vaguadas y fondos de valle.
* Protección de la comunidad faunística.
- Programar las voladuras fuera del período de reproducción y cría de las especies faunísticas.
- En la medida de lo posible, los pilares y estructuras de apoyo deberán quedar fuera del lecho y sus márgenes.
- Se crearán pasos transversales para fauna, se reforzarán los cierres en las inmediaciones de los pasos y se incluirán dispositivos de escape. Asimismo, se limitarán los vertidos de subproductos de obra.
* Protección de la permeabilidad territorial.
- Se restituirán las vías de comunicación mediante pasos superiores o inferiores y viaductos.
- Se proyectan enlaces de manera que las grandes arterias de comunicación quedan conectadas con la vía de alta capacidad cada 3 km.
- Durante la fase de obra se señalarán convenientemente los itinerarios alternativos y se regarán los viales de rodadura, especialmente en las zonas próximas a las áreas cultivadas y a las viviendas habitadas.
* Protección del patrimonio cultural.
- Se realizará un seguimiento arqueológico durante los trabajos de movimientos de tierras, poniendo especial atención en los puntos próximos al trazado, donde han sido inventariados yacimientos o elementos de interés cultural. Esta medida será contrastada, ratificada o modificada por la Dirección General de Patrimonio Cultural.
Medidas correctoras:
* Afección por ruido.
- Se colocarán pantallas para la protección acústica en aquellos puntos indicados en el estudio de impacto ambiental, vegetales en zonas de baja y media densidad y pantallas absorbentes de fábrica en zonas con alta densidad de edificaciones. Una vez encajada la traza definitiva, se extrapolará el diseño de pantallas a la totalidad de edificaciones afectadas.
* Integración morfológica de la obra.
- Se procederá al redondeo de las aristas.
- Se evitará el refino excesivo de la superficie, que dificulta la colonización vegetal.
- Se evitarán formas acanaladas paralelas que facilitan la formación de cárcavas.
- En los desmontes en roca se dejarán formas irregulares, similares a las existentes en el estado natural del suelo.
* Afección al régimen hídrico.
- Los cauces de mayor entidad se salvan mediante viaductos, cuyas estructuras de apoyo se diseñarán de manera que no afecten el cauce ni a las formaciones de ribera.
- En caso de pequeños cauces de régimen variable, e incluso estacionales, serán restaurados mediante una amplia red de drenaje que resuelva la circulación de dichos cauces y la recogida de pluviales a lo largo de la vía.
* Afección al suelo agrícola.
- Se retirará una capa de 30 cm de suelo fértil que se acopiará a lo largo de la traza en montones que no superen los 1,5 metros de altura, añadiendo cada 50 cm 1 kg/m de compost o estiércol. Estos suelos serán utilizados después en las labores de revegetación.
* Restauración vegetal e integración paisajística.
- Tratamiento de taludes en desmonte y terraplén: se procupará adaptar los taludes a la topografía existente y se revegetarán mediante hidrosiembra, plantación directa, etcétera, siempre que no sean excavados en roca.
- Tratamiento de enlaces: se utilizarán bosquetes arbóreos o arbustivos, hasta alcanzar un 25% de cobertura, así como hidrosiembras o siembras manuales.
- Tratamiento en márgenes de los cursos de agua: se realizarán plantaciones en los estribos de los viaductos para favorecer su integración.
- Tratamiento de las zonas de obra: se realizará al menos un subsolado de los terrenos afectados por la compactación y la plantación de especies arbóreas preexistentes.
- Tratamiento de vertederos: se revegetarán para limitar los procesos erosivos.
* Medidas correctoras para la fauna.
- Se crearán pasos específicos para fauna, cierres y se adecuarán los elementos, , existentes o unidades de obra de nueva instalación (viaductos, drenajes, pasos inferiores) para mejorar la permeabilidad transversal para la fauna.
* Integración y restauración paisajística.
Desde el punto de vista constructivo:
- Limitar al máximo las zonas de ocupación y viario de acceso a obra.
- Redondear las aristas de los taludes y reducir las dimensiones de éstos.
- Definir el acopio de vertederos y préstamos con limitación total de las áreas protegidas o catalogadas y de especial interés.
- Realización de un buen diseño de las estructuras con un sentido estético.
- Adaptación del trazado a las curvas de nivel.
Desde el punto de vista paisajístico:
- Proteger la vegetación que no se vea afectada por las obras.
- Aportar especies autóctonas presentes en el entorno.
- Crear nuevos espacios con árboles y arbustos.
- Integrar la vegetación en todo el conjunto.
- Estudiar con detalle la agrupación de árboles en curvas, en especial las convexas.
- Identificar la vía en el horizonte visual.
- Aportar hitos de orientación en cada cambio de dirección.
- En los puentes poco elevados, dar continuidad a las plantaciones partiendo del suelo natural.
* Patrimonio cultural.
- Se realizará una prospección arqueológica intensiva del área afectada y un control y seguimiento arqueológico de las obras y excavaciones en yacimientos con riesgo de afección.
Data norma
Organismo
CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS E VIVENDA
Rango legal
Resolución
Clasificación
AVALIACIÓN DE IMPACTO, EFECTO, INCIDENCIA AMBIENTAL
Resolución de 27 de octubre de 2004, de la Dirección General de Obras Públicas, por la que se hace pública la declaración de impacto ambiental formulada por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el 1 de octubre de 2004, relativa al estudio informativo y estudio de impacto ambiental de la Vía de Alta Capacidad Ferrol-Barreiros (conexión A-8). Tramo: O Barqueiro-San Cibrao (LU/00/063.00).
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia, así como lo dispuesto en el Real decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, se hace pública la declaración de impacto ambiental formulada por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental en fecha 1 de octubre de 2004, relativa al estudio informativo y estudio de impacto ambiental de la Vía de Alta Capacidad Ferrol-Barreiros (conexión A-8). Tramo: O Barqueiro-San Cibrao (LU/00/063.00), promovido por la Dirección General de Obras Públicas, y que se transcribe como anexo a esta resolución.
Santiago de Compostela, 27 de octubre de 2004.
Agustín Hernández-Fernández de Rojas
Director general de Obras Públicas
Declaración de impacto ambiental formulada por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 1 de octubre de 2004, relativa al estudio informativo y estudio de impacto ambiental de la Vía de Alta Capacidad Ferrol-Barreiros (conexión A-8), tramo: O Barqueiro-San Cibrao (LU/00/63.0), en los ayuntamientos de Xove, Viveiro y O Vicedo (Lugo), promovido por la Dirección General de Obras Públicas. Clave: 2004/0221.
Antecedentes:
La Dirección General de Obras Públicas, como órgano sustantivo por razón de la materia, en su Resolución de 3 de junio de 2003, aprobó provisionalmente el estudio informativo y el estudio de impacto ambiental de la VAC Ferrol-Barreiros (conexión A-8), tramo: O Barqueiro-San Cibrao, en los ayuntamientos de Xove, Viveiro y O Vicedo (Lugo).
El citado estudio informativo tiene como objeto unir la Autovía del Cantábrico, a su paso por Barreiros, con Ferrol, para conseguir, de este modo, descongestionar la N-642 entre San Cibrao y O Vicedo.
En el anexo I se resume el contenido del estudio informativo y en el anexo II las medidas correctoras y protectoras propuestas en el estudio de impacto ambiental.
Dado que el proyecto se halla comprendido en el grupo 6.a del anexo I de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, dentro del procedimiento de aprobación sustantiva se somete a trámite de evaluación de impacto ambiental.
En cumplimiento de lo establecido reglamentariamente, en fecha 1 de agosto de 2003 se publica en el DOG nº 148 la Resolución de 24 de julio de 2003, de la Subdirección General de Carreteras, por la que se somete a información pública el estudio informativo y el estudio de impacto ambiental de la VAC Ferrol-Barreiros (conexión A-8), tramo: O Barqueiro-San Cibrao.
Se sometió también a información pública en el ayuntamiento de Cervo ya que, aunque el trazado no lo afecta, el final del recorrido propuesto condicionará el trazado del tramo siguiente que sí afectará a este ayuntamiento.
Durante este período fueron presentadas alegaciones por parte de los ayuntamientos de Cervo, Xove, O Vicedo y Viveiro, de diversos particulares, asociaciones, comunidades de vecinos y por la Universidad de Santiago de Compostela. De estas alegaciones, una gran parte se referían a los subtramos Covas-Viveiro sur y Viveiro sur-Celeiro que quedan fuera del ámbito de esta DIA; del resto, las que tienen carácter ambiental fueron tenidas en cuenta, en lo que procede, en el condicionado de la DIA.
En fecha 6 de agosto de 2004 tiene entrada el expediente ambiental, remitido por la Dirección General de Obras Públicas, en el que se incluyen los certificados de exposición al público del Servicio Provincial de Carreteras de Lugo, de la Dirección General de Obras Públicas y de los ayuntamientos de Xove, Viveiro, O Vicedo, Cervo, copia de las alegaciones presentadas y los informes de los citados ayuntamientos, de la Demarcación de Costas del Estado en Galicia, de las direcciones generales de Conservación de la Naturaleza, Salud Pública, Patrimonio Cultural y Recursos Marinos, de Aguas de Galicia y de la Diputación Provincial de Lugo.
Cumplimentada la tramitación, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, como órgano ambiental y en el ejercicio de las competencias que le concede el Decreto 14/2002, de 24 de enero, modificado por el Decreto 333/2002, de 22 de noviembre, formula, a los solos efectos ambientales, la declaración de impacto ambiental (DIA) del estudio informativo y estudio de impacto ambiental de la VAC Ferrol-Barreiros, tramo: O Barqueiro-San Cibrao, promovido por la Dirección General de Obras Públicas.
Declaración de impacto ambiental
Examinada la documentación que constituye el expediente, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental considera que la alternativa propuesta por la Dirección General de Obras Públicas para el trazado de la VAC Ferrol-Barreiros (conexión A-8), para el tramo entre O Barqueiro y San Cibrao es ambientalmente viable siempre que se cumplan las condiciones que se establecen en la presente DIA, además de las incluidas en el estudio de impacto ambiental y restante documentación evaluada, teniendo en cuenta que, en caso de que exista contradicción entre lo indicado en la documentación presentada por el promotor y lo establecido en la presente declaración, prevalecerá lo dispuesto en esta última.
Además del obligado cumplimiento de las citadas condiciones, si se manifiesta cualquier tipo de impacto no considerado hasta el momento, este órgano -a iniciativa propia o a propuesta del órgano sustantivo-, podrá dictar, a los sólos efectos ambientales, condicionados adicionales a los anteriores.
Las condiciones establecidas podrán ser revisadas de oficio o a solicitud del promotor al objeto de incorporar medidas que aporten una mayor protección del medio. Además de esto, el promotor podrá solicitar su revisión en aquellos supuestos que tecnológicamente presenten graves dificultades para su implantación o impliquen modificaciones importantes en la actividad, siempre y cuando las nuevas medidas permitan alcanzar los objetivos y fines de ésta. En este último caso, el promotor remitirá esta solicitud, aportando documentación técnica que justifique estas medidas, en el plazo máximo de un (1) mes después de serle notificada la presente declaración, no pudiendo comenzar las obras antes de contar con una comunicación de esta dirección general.
A) Ámbito de la declaración.
El trazado ámbito de esta DIA para la VAC Ferrol-Barreiros, en el tramo O Barqueiro-San Cibrao, es el siguiente:
- Subtramo O Barqueiro-Covas: lo configura una combinación de las alternativas A4 y A2, definidas en el documento Estudio informativo e impacto ambiental de la VAC Ferrol-Barreiros (conexión A-8). Tramo: O Barqueiro-San Cibrao (clave: LU/00/063.0). Abril 2003, en una longitud de 9,1 km. El trazado parte de la orilla izquierda del río Sor y lo cruza aprovechando el puente existente; así, entre los p.k. 0+000-3+500 el trazado corresponde a la alternativa A4; entre los p.k. 3+500-5+100 se establece un tramo de conexión entre las alternativas A4 y A2, y a partir del 5+100 se adapta a la alternativa A2 hasta el final de este subtramo.
- Subtramos Covas-Viveiro sur y Viveiro sur-Celeiro: pendientes de definición en el planeamiento urbanístico del ayuntamiento de Viveiro, por lo que queda fuera del ámbito de esta DIA.
-Subtramo Celeiro-Xove: se corresponde con la alternativa D4, definida en el documento Estudio informativo e impacto ambiental de la VAC Ferrol-Barreiros (conexión A-8). Tramo: O Barqueiro-San Cibrao (clave: LU/00/63.0). Abril 2003, con una longitud de 8,4 km.
De acuerdo con la configuración reflejada en el plano nº 2 Propuesta de aprobación de estudio informativo. Tramo: O Barqueiro-San Cibrao, recogido en el Documento de aprobación. Estudio informativo e impacto ambiental de la VAC Ferrol-Barreiros (conexión A-8). Tramo: O Barqueiro-San Cibrao (clave: LU/00/063.0). Julio 2004.
B) Condiciones generales.
B.1) Fase de redacción del proyecto constructivo.
1. Al objeto de cumplir lo estipulado en el punto 8º del artículo 4 de la Ley 7/1997, de 11 de agosto, de protección contra la contaminación acústica, deberá adaptarse el estudio del impacto acústico a la traza definitiva.
Se definirán con detalle las medidas correctoras a implantar en aquellos puntos en los que, según el estudio acústico, se superen los límites establecidos tanto en la citada ley como, en caso de que dispongan de ellas, en las ordenanzas municipales de los ayuntamientos afectados, que garanticen el cumplimiento de dichos límites.
El estudio de impacto acústico se realizará en base a lo establecido en el Decreto 150/1999, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de protección contra la contaminación acústica.
2. Se localizarán las zonas destinadas a instalaciones auxiliares, acopios de materiales, almacenamiento de residuos, etcétera, así como de las vías auxiliares, utilizando para su elección los criterios indicados en el estudio de impacto ambiental.
3. Se diseñará un sistema de recogida, conducción y decantación de las aguas procedentes de la zona de instalaciones auxiliares, de lavado de camiones y maquinaria y de los hormigonados.
4. Se evitará modificar las zonas de escorrentía para no influir en los ecosistemas naturales aguas abajo de la infraestructura. En este sentido, se deberán colocar tantos pasos de agua como vaguadas tenga el terreno, y se dimensionarán adecuadamente para evitar el efecto presa en épocas de máxima precipitación.
Esta medida será utilizada como paso por la pequeña fauna, por lo que dichos pasos se diseñarán con el ancho suficiente y de manera que no se generen saltos o desniveles entre sus embocaduras y los terrenos circundantes. Además, debe ser considerado como paso bidireccional de la fauna, por lo tanto estará desprovisto de estructuras de caída vertical que impidan el retorno, previendo que todas las especies que caigan puedan salir.
5. En caso de existencia de sobrantes procedentes de los movimientos de tierra, se localizarán las zonas de depósito de éstos. Para la elección de estas zonas se utilizarán los criterios indicados en el estudio de impacto ambiental, teniendo en cuenta que, en caso de que existan en el entorno huecos procedentes de actividades extractivas abandonadas o de movimientos de tierras, primará su uso frente a otras zonas, siempre que sea técnica y económicamente viable y no se encuentren naturalizados e integrados en el entorno.
6. Se procurará que la configuración final de los taludes sea lo más tendida posible, y se evitarán las formas angulosas y rectilíneas, a fin de maximizar la integración paisajística de la actuación en el entorno.
7. Se redactará un proyecto de integración paisajística en el que se desarrollen detalladamente las labores de restauración vegetal e integración paisajísticas descritas, de un modo muy general, en el estudio de impacto ambiental; así, en este proyecto se definirán los trabajos según sea la zona a revegetar (taludes de desmonte y terraplén, enlaces, orillas de los cauces fluviales afectados, instalaciones y viales auxiliares, etcétera).
Además, en lo que respecta a las especies a utilizar en la revegetación, se incluirán, siempre que sea técnica y económicamente posible, arbustos y árboles autóctonos de la zona afectada, sobre todo en lo referente a la vegetación de ribera de los cursos fluviales afectados por la traza, a fin de proteger el ecosistema y mejorar la integración paisajística de la actuación.
8. Se desarrollará un nuevo programa de vigilancia ambiental, basado en las líneas generales expuestas en lo propuesto en el estudio de impacto ambiental y adaptándolo a los nuevos condicionantes surgidos de la presente declaración.
El objeto de este programa es el de garantizar a lo largo del tiempo el cumplimiento de las medidas protectoras y correctoras contempladas en el estudio ambiental y en el condicionado de la presente declaración, así como incorporar procedimientos de autocontrol por parte del promotor. El programa debe permitir detectar, cuantificar y corregir diferentes alteraciones que no se pudiesen prever en el estudio o en el condicionado de esta DIA, y llevar a cabo nuevas medidas correctoras acordes con las nuevas problemáticas surgidas.
En la redacción de este programa se fijarán, según la fase (obras o explotación) la periodicidad, indicadores y umbrales (admisibles y de alerta) que se vayan a utilizar en cada caso.
En la realización del control y seguimento ambiental se tendrá en cuenta que:
- El cronograma será actualizado para cada informe, y siempre deberá contemplar las labores de integración paisajística.
- Las tomas de muestras y las mediciones deberán ser representativas; por lo tanto se realizarán en aquellos momentos en los que pueda existir una afección sobre los aspectos a controlar.
- Las tomas de muestras, analíticas y mediciones deberán ser realizadas por entidades homologadas y/o acreditadas, y deberán venir acompañadas de informe firmado por el técnico competente.
B.2) Fase de replanteo.
Tal como se indica en el estudio de impacto ambiental, se realizará el balizado y señalización de las zonas de obra y de todas las infraestructuras e instalaciones proyectadas, lo que deberá mantenerse en perfecto estado durante el transcurso de las obras, siendo retirado cuando éstas finalicen, estando prohibido ocupar terrenos fuera de lo previsto.
Además, también se procederá a balizar y/o señalar todos aquellos elementos de interés situados en el entorno del proyecto, básicamente todas aquellas masas y formaciones vegetales de interés ambiental y elementos del patrimonio cultural, al objeto de evitar afecciones innecesarias sobre ellos.
B.3) Fase de obras y explotación.
1. A fin de evitar posibles alteraciones de la calidad del aire por emisión de polvo a la atmósfera, se procederá al recubrimiento con un toldo impermeable de los camiones que transporten material y al lavado de las ruedas de los camiones a la salida de la zona de obras.
2. Se cumplirá con lo dispuesto en la Ley 7/1997, de 11 de agosto, de protección contra la contaminación acústica, así como lo estipulado, en el caso de que disponga de ella, en las ordenanzas municipales de los ayuntamientos sobre los que discurre el trazado.
3. Para los vertidos que se realicen al medio natural, ya sean aguas de percolación, sanitarias y/o pluviales, así como para la realización de captaciones de agua, será preceptiva la autorización administrativa otorgada por Aguas de Galicia. En caso de que el vertido se realice hacia la red de saneamiento de la zona, se deberá disponer de la autorización del gestor de dicha red.
4. Previamente al depósito de los sobrantes de los movimientos de tierra en los lugares seleccionados de acuerdo con lo indicado en el punto B.1.5, se deberá contar con los correspondientes permisos.
5. Al finalizar las obras, todas las instalaciones auxiliares, zonas de almacenamiento de materiales y residuos, etcétera, deberán ser desmanteladas y, en el caso de que éstas no se encuentren ubicadas sobre la propia traza, los espacios ocupados por ellas deben ser restaurados a su situación preoperacional. Lo mismo es aplicable para el caso de vías de obra que no vayan a ser utilizadas posteriormente a la finalización de aquéllas.
6. No estando definida, en el estudio presentado, la reserva de una zona para la fabricación de hormigón o aglomerado asfáltico, éstos serán provistos desde planta o plantas fuera de la obra, y que cuenten con las debidas autorizaciones, salvo que se solicite revisión de la DIA con la inclusión de la planta o plantas.
7. Teniendo en cuenta la política de gestión de residuos de construcción y demolición que se está llevando a cabo en esta dirección general, se estudiará la posibilidad de que, en caso de que se generen este tipo de residuos (demolición de edificaciones, restos de obras de fábrica, etcétera) sean reciclados a fin de utilizarlos en la obra. En caso de que esto no sea posible, serán entregados a gestor autorizado.
8. En caso de que se precise material procedente de cantera para el desarrollo de las obras, éste deberá proceder de canteras autorizadas.
Asimismo, se estudiará la posibilidad de que, parte de los materiales a usar para la construcción de la vía (para bases o subbases, para la fabricación de hormigonados, para pavimentar las vías auxiliares, para rellenos poco exigentes geotécnicamente, etcétera) procedan de plantas de reciclaje de residuos de construcción y demolición.
9. La gestión de las tierras vegetales a utilizar en la restauración de las zonas degradadas y retirada previamente al proceso de movimiento de tierras se realizará conforme lo propuesto en el estudio de impacto ambiental. En caso de que el período de almacenamiento sea prolongado, se procederá a realizar labores de mantenimiento consistentes en riegos periódicos, remociones periódicas, aportes de abonos minerales y siembras de herbáceas (gramíneas y legumi nosas) con aportes de mulch suficiente para mantener entre un 5% y un 6% de materia orgánica.
10. Tal como se especifica en el estudio de impacto ambiental, en caso de tener que realizar tareas de mantenimiento y reparación de la maquinaria no apta para circular por carretera en la zona de obras, se protegerá el suelo con materiales impermeables y se dispondrán los medios necesarios para la recogida de posibles vertidos. Esta misma medida se llevará a cabo en la zona de lavado de camiones y maquinaria.
11. Se respetará sistemáticamente todo tipo de vegetación existente que no resulte afectada directamente por la ejecución de la obra, y, si técnicamente resulta posible, no se eliminarán los tocones; sobre todo si están en la ribera de los cursos fluviales.
Para la realización de cortas de las especies arbóreas debe tenerse en cuenta lo dispuesto en el Reglamento de montes, teniendo que hacer la correspondiente comunicación de corta o solicitud de autorización, según el caso.
12. Los restos vegetales que se generen deberán ser gestionados adecuadamente, prevaleciendo siempre su valorización. En caso de depositarlos sobre el terreno, deberán ser triturados y esparcidos homogéneamente para permitir una rápida incorporación al suelo.
13. En las labores de mantenimiento de cunetas y sistemas de drenaje, se evitará el empleo de herbicidas, realizando dichas labores exclusivamente por medios mecánicos.
14. En aquellas zonas afectadas por movimientos de tierra, excavaciones y, en general, todas aquellas operaciones de obra que supongan la aparición de superficies denudadas, se procederá a su revegetación a la mayor brevedad posible, al objeto de evitar la aparición de fenómenos erosivos. En caso de ser precisas, se adoptarán medidas correctoras adicionales para corregir la erosión, como puede ser el extendido de mantas de fibras naturales.
15. Se extremarán las precauciones en la ejecución de las obras en las zonas de afección a la red hidrológica, adoptando todas las medidas protectoras y correctoras necesarias para su preservación.
16. Se desarrollarán las labores de integración paisajística indicadas en el punto B.1.7 de esta DIA, vigilando la evolución de la revegetación, procediendo a la reposición de calvas y/o marras que pudieran aparecer en las siembras, hidrosiembras y/o plantaciones previstas.
17. Se mantendrá la permeabilidad territorial de la zona, conservando los servicios y servidumbres de paso que actualmente existen. Si durante las obras fuera preciso cortar el paso de alguna vía, se deberán implementar rutas alternativas que presten el mismo servicio.
18. En caso de afectar a fuentes y/o captaciones de agua existentes en el ámbito de la traza, se establecerán las medidas precisas para procurar mantener los usos actuales.
19. En caso de que, como resultado de llevar a cabo el programa de vigilancia ambiental indicado en el punto B.1.8 de esta DIA, se detecten impactos imprevistos o alteraciones que superen los umbrales establecidos en esta DIA o en la legislación aplicable, la Dirección General de Obras Públicas propondrá las medidas correctoras precisas para corregirlas. Si se pone de manifiesto la existencia de impactos ambientales severos o críticos, el órgano sustantivo pondrá este hecho en conocimiento de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
C) Condiciones específicas.
C.1) Fase de proyecto de trazado previo a la redacción del proyecto constructivo.
Se realizará una prospección arqueológica intensiva de la totalidad de la superficie que se verá afectada por el trazado y en un ámbito de 200 m a cada lado desde el límite exterior de la zona de ocupación. Dicho trabajo tendrá que ser llevado a cabo por técnicos arqueólogos competentes, de acuerdo con un proyecto que deberá aprobar la Dirección General de Patrimonio Cultural.
Se incluirán los resultados de esta prospección arqueológica intensiva, así como las medidas protectoras y correctoras para la protección y conservación de los diferentes elementos del patrimonio cultural, en el proyecto de trazado definitivo que deberá ser remitido a la Dirección General de Patrimonio Cultural, para su informe vinculante.
C.2) Fase de redacción del proyecto constructivo.
1. En el diseño final del proyecto constructivo se tendrá en cuenta el informe emitido por la Dirección General de Patrimonio Cultural, por lo que deberán desarrollarse las medidas correctoras, el programa de actuaciones patrimoniales e incluirse un plan de control y seguimiento arqueológico de las fases de replanteo, de ejecución de obra y de restitución de los terrenos, que debe ser autorizado por la Dirección General de Patrimonio Cultural, para su informe vinculante.
2. Dada la existencia de numerosas entidades de población en el entorno del proyecto, al objeto de minimizar las afecciones sobre la población, en el diseño de las voladuras, así como en la planificación de los métodos de ejecución, se incluirán las medidas protectoras y correctoras necesarias para minimizar las afecciones derivadas del ruido, vibraciones, movilización de polvo y proyección de materiales gruesos.
3. En caso de las estructuras de paso sobre la red fluvial configuradas como obras de fábrica y/o viaductos (viaducto de Cavas, viaducto de A Pena, viaducto de O Guilán, etcétera) se asegurará en su diseño el hecho de que no se coloque ningún pilar dentro del cauce y que los estribos se sitúen a más de 5 m a cada lado del mismo. Asimismo, se retirarán todos los rellenos temporales efectuados para la ejecución de las pilas.
Las restantes obras de drenaje transversal serán de tipo pórtico, evitando en la medida de lo posible adoptar pasos tipo marco o tubo. El diseño de estas infraes tructuras debe garantizar que no se generan, en el punto de paso, láminas de agua de poca profundidad y excesiva velocidad, además de que se minimiza la longitud del paso al máximo posible.
4. Además de cumplir los condicionados indicados en el punto B.1.8, el programa de vigilancia ambiental deberá contemplar específicamente los siguientes aspectos:
- Plan de control de la calidad de agua de los cursos fluviales afectados por las obras, seleccionando puntos de toma de muestras aguas arriba y aguas abajo de la zona del curso fluvial a fin de analizar los siguientes parámetros: temperatura, materias en suspensión, pH, oxígeno disuelto, conductividad y aceites y productos lubricantes.
- Plan de seguimiento de los ruidos, tanto durante las obras como durante la explotación de la vía, debiendo constar los puntos de muestreo, metodología, periodicidad y límites a imponer, eligiendo para la realización de las mediciones puntos localizados en zonas donde la carretera se sitúe próxima a viviendas o edificaciones habitadas. Este plan de seguimiento acústico se basará en lo establecido en el Decreto 150/1999, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de protección contra la contaminación acústica.
- Plan de vigilancia del sistema de drenaje durante la fase de explotación de la vía, comprobando si se llevan a cabo las labores de limpieza y conservación del mismo, de manera que cumpla su función de un modo efectivo.
En todos los casos, se situarán los puntos de muestreo propuestos en un plano a escala 1:5.000 o mayor detalle.
C.3) Fase de replanteo.
1. Previamente a cualquier actuación sobre el ámbito del proyecto, deberá disponerse de la autorización emitida por la Dirección General de Patrimonio Cultural para la realización del seguimiento arqueológico de las fases de replanteo, ejecución de obra y restitución de los terrenos y de las actuaciones arqueológicas que procedan en función de lo establecido en el punto C.1 de la presente DIA.
2. En el control topográfico de los límites de las zonas de obra y de la localización de todas las infraestructuras e instalaciones proyectadas, quedará especialmente clara la delimitación del dominio público hidráulico, por lo que se procederá al balizado o señalización adecuada de los tramos de la totalidad de los cursos fluviales afectados (ríos Sor, de Guilán, de A Rigueira, arroyos de Cavas, de A Pena y otros), al objeto de preservarlos de afecciones y daños innecesarios, quedando prohibida la utilización de dichos espacios (márgenes, riberas y zonas de servidumbre) como lugar para el depósito de materiales, parques de maquinaria, operaciones de repostaje y, en general, todas aquellas actividades que pudieran suponer la contaminación de las aguas a través de la incorporación de sustancias contaminantes.
3. Previamente a cualquier actuación sobre el ámbito del proyecto correspondiente al dominio público hidráulico, deberá disponerse de las autorizaciones oportunas emitidas por Aguas de Galicia. Para ello, se remitirá el proyecto de trazado o constructivo a este organismo a fin de que emita las citadas autorizaciones y para que compruebe las posibles afecciones de derechos de terceros en aprovechamientos hidráulicos.
C.4) Fase de obras.
1. Para cualquier aprovechamiento, utilización o modificación de la vegetación de ribera de los cursos fluviales afectados por la traza (ríos Sor, de Guilán, de A Rigueira, arroyos de Cavas, de A Pena y otros) debe considerarse lo dispuesto en la Resolución de 27 de mayo de 2002 (y posteriores correcciones de errores), de la Consellería de Medio Ambiente, relativa a la tramitación y resolución de los expedientes de autorización para siembras, plantaciones y corta de árboles en terrenos de dominio público hidráulico, y para el aprovechamiento y utilización de la vegetación arbórea o arbustiva de las riberas de los ríos.
2. Se prohibe vertir en los propios lechos de los cursos fluviales, así como sobre las márgenes y láminas de agua asociadas a la ría de O Barqueiro, restos de hormigón o cemento, o lavar materiales o herramientas que hayan estado en contacto con ellos, así como los cambios de aceite de maquinaria de construcción.
3. La Dirección General de Obras Públicas llevará a cabo el programa de vigilancia ambiental desarrollado en el proyecto constructivo según lo indicado en el punto B.1.8 y C.2.4 para esta fase y deberá elaborar los siguientes informes, con los contenidos mínimos que se señalan:
a) Trimestralmente:
- Cronograma actualizado de las obras.
- Memoria del seguimiento realizado de acuerdo con el programa de vigilancia ambiental que cumpla con los condicionantes de la presente DIA. Se indicarán, en su caso, las variaciones producidas con respecto a lo proyectado. Incluirá un reportaje fotográfico que muestre con detalle los aspectos ambientales más relevantes de la actuación, así como de las zonas donde se adoptaron medidas protectoras y correctoras. En las fotografías se indicará la fecha y hora, debiendo ir acompañadas de un plano de localización. En el primer informe trimestral se incluirán mediciones preoperacionales de la presión sonora y de la calidad de las aguas continentales.
- Representación en plano de los avances de los trabajos y porcentaje de ejecución de las obras respecto al total, referido a los distintos elementos que las conforman.
b) Antes de la emisión del acta de recepción: memoria-resumen de la aplicación del programa de vigilancia ambiental que refleje el cumplimiento de todas las medidas correctoras contempladas en el estudio así como las impuestas por la DIA, en concreto:
- Informe en el que se refleje el estado de la vía y de los trabajos de integración paisajística llevados a cabo, indicando, en su caso, un resumen de las variaciones producidas a lo largo de las obras con respecto a lo proyectado, que deberán venir reflejadas en los informes del apartado anterior. Incluirá un reportaje fotográfico que muestre con detalle los aspectos ambientales más relevantes de la actuación, así como de las zonas donde se efectuaron medidas protectoras y correctoras. En las fotografías se indicará la fecha y hora, debiendo ir acompañadas de un plano de localización.
- Incidencias producidas y las medidas adoptadas para su resolución.
C.5) Fase de explotación.
La Dirección General de Obras Públicas elaborará anualmente un informe, incluyendo lo siguiente:
- Memoria del seguimiento realizado, de acuerdo con el programa de vigilancia ambiental desarrollado en el proyecto constructivo, según lo solicitado en los puntos B.1.7 y C.2.4 de esta DIA.
- Reportaje fotográfico donde se refleje la integración paisajística de la actuación, indicando la fecha y hora de toma, así como la localización de los puntos de toma de las fotografías en un plano.
- Incidencias producidas y las medidas adoptadas para su resolución.
La duración de la vigilancia ambiental en esta fase se establecerá en función de los resultados obtenidos al llevar a cabo este programa.
Santiago de Compostela, 1 de octubre de 2004.
José Manuel Álvarez-Campana Gallo
Director general de Calidad y Evaluación Ambiental
ANEXO I - Resumen del estudio informativo
El objeto del presente estudio informativo es estudiar las posibles alternativas para mejorar las comunicaciones de la zona norte de Galicia, uniendo la autovía del Cantábrico a su paso por Barreiros con Ferrol, en el tramo entre O Barqueiro y San Cibrao.
El tramo objeto de este estudio se subdivide a su vez en cuatro subtramos, planteando diferentes alternativas para cada uno de ellos:
- Subtramo A: O Barqueiro-Covas (5 alternativas).
- Subtramo B: Covas-Viveiro sur (5 alternativas).
- Subtramo C: Viveiro sur-Celeiro (3 alternativas).
- Subtramo D: Celeiro-San Cibrao (4 alternativas).
Las características principales de las alternativas planeadas se resumen en la siguiente tabla. Se presentan alternativas en vía rápida (VR80, VR100) y en carretera convencional (C80, C100), con velocidad de proyecto 100 y 80 km/h.
Tramo: O Barqueiro-Covas
Alternativa: A1
Tipo de vía C 100
Características generales:
Longitud: 10,0 km
Nº de enlaces: 0
Longitude viaducto: 0 km
Longitud túnel: --
Alternativa: A2
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 9,1 km
Nº de enlaces: 1
Longitud viaducto: 600 km
Longitud túnel: --
Alternativa: A3
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 8,8 km
Nº de enlaces: 1
Longitud viaducto: 700 km
Longitud túnel: --
Alternativa: A4
Tipo de vía VR100
Características generales:
Longitud: 10,1 km
Nº de enlaces: 2
Longitud viaducto: 170 km
Longitud túnel: --
Alternativa: A5
Tipo de vía C80
Características generales:
Longitud: 10,4 km
Nº de enlaces: 0
Longitud viaducto: 0 km
Longitud túnel: --
Tramo: Covas-Viveiro Sur
Alternativa: B1
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 10,3 km
Nº de enlaces: 1
Longitud viaducto: 1.870 km
Longitud túnel: --
Alternativa: B 2
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 8,4 km
Nº de enlaces: 2
Longitud viaducto: 1.540 km
Longitud túnel: --
Alternativa: b3
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 9,6 km
Nº de enlaces: 2
Longitud viaducto: 1.800 km
Longitud túnel: --
Alternativa: B4
Tipo de vía VR100
Características generales:
Longitud: 8,0 km
Nº de enlaces: 2
Longitud viaducto: 2.230 km
Longitud túnel: --
Alternativa: B5
Tipo de vía C80
Características generales:
Longitud: 2,6 km
Nº de enlaces: 0
Longitud viaducto: 0 km
Longitud túnel: --
Tramo. Viveiro Sur-Celeiro
Alternativa: C1
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 10,9 km
Nº de enlaces: 4
Longitud viaducto: 2.180 km
Longitud túnel: --
Alternativa: C 2
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 10,4 km
Nº de enlaces: 4
Longitud viaducto: 2,120 km
Longitud túnel: 320
Alternativa: C3
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 8,5 km
Nº de enlaces: 3
Longitud viaducto: 2.990 km
Longitud túnel: 250
Tramo: Celeiro-San Cibrao
Alternativa: D1
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 10,3 km
Nº de enlaces: 3
Longitud viaducto: 710 km
Longitud túnel: --
Alternativa: D 2
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 10,8 km
Nº de enlaces: 3
Longitud viaducto: 710 km
Longitud túnel: --
Alternativa: D 2
Tipo de vía VR80
Características generales:
Longitud: 10,8 km
Nº de enlaces: 3
Longitud viaducto: 1.150 km
Longitud túnel: --
Alternativa: D3
Tipo de vía VR100
Características generales:
Longitud: 10,2 km
Nº de enlaces: 3
Longitud viaducto: 760 km
Longitud túnel: --
Alternativa: D4
Tipo de vía VR100
Características generales:
Longitud: 8,4 km
Nº de enlaces: 3
Longitud viaducto: 620 km
Longitud túnel: --
Se propone en el estudio informativo como alternativa seleccionada la conformada por los siguientes subtramos A5-B5-C1-D4.
Sin embargo, como consecuencia del análisis de informes, observaciones y alegaciones presentadas durante la exposición pública, la Dirección General de Obras Públicas propone la aprobación de un trazado conformado de la siguiente manera:
Subtramo A: O Barqueiro-Covas.
En este tramo, la solución elegida procede de la combinación de las alternativas A4 y A2, con una longitud total de 9,1 km.
Entre los p.k. 0+000-3+500, se selecciona la alternativa A4, que se apoya en el itinerario marcado por la actual LU-862 y contiene dos enlaces (puente O Barqueiro, p.k. 1+500 y O Vicedo, p.k. 3+500). El trazado asciende desde la ribera del río Sor por Area Longa hasta el Monte Brañoso, donde inicia la variante al núcleo de O Vicedo. La variante bordea el núcleo por el sur, atravesando Serantes y Valdesuso por un territorio con escasas edificaciones. La variante a O Vicedo concluye en torno al p.k. 3+500 evitando las peligrosas curvas de la zona de As Congostras.
Entre los p.k. 3+500-5+100 se establece un tramo de conexión entre las alternativas A2 y A4, que asciende con una pendiente máxima del 6%. Desde el p.k. 5+100, el trazado se adapta a la alternativa A2, limitando su pendiente máxima al 6% para permitir su futura conversión a autovía. Este último tramo presenta tres viaductos con una longitud total de 600 m. Atraviesa un territorio accidentado mínimamente poblado con un trazado sinuoso. Bordea por el norte los montes Faro y Castilla y se mantiene en paralelo al FEVE Ferrol-Gijón, atravesado en el p.k. 8+210. Cruza los arroyos de A Pena y Cavas y accede a la LU-862 en O Folgueiro, donde se ubica el enlace de O Folgueiro.
Tramos B y C: Covas-Viveiro sur y Viveiro sur-Celeiro.
Este tramo queda pendiente de definición en el planeamiento urbanístico por parte del Ayuntamiento de Viveiro. El planeamiento desarrollará un vial que dé continuidad al trazado de la VAC Ferrol-Barreiros aprobada, que capte de manera adecuada el tráfico interior de Viveiro, y que sea técnica, económica y ambientalmente viable.
Tramo D: Celeiro-Xove.
El trazado de este tramo se ajusta a la alternativa D4 seleccionada en el estudio informativo, con características de corredor de velocidad de proyecto 100 km/h. La pendiente máxima se limitará al 5% para permitir el mantenimiento de la velocidad de proyecto en su desdoblamiento.
Presenta 8,4 km de longitud y tres enlaces en los p.k. 3+400 (Xove oeste), 5+700 (Xove este) y 8+400 (San Cibrao). La longitud total de viaducto es de 620 m.
El primer tramo difiere de las restantes alternativas ya que se apoya en la actual LU-862, minimizando el terraplén. Por ello es necesario planear la reposición de la actual vía en unos 600 m. Atraviesa la vía FEVE en el p.k. 1+200 y nuevamente la LU-862 en el p.k. 1+700. Desde ahí, el trazado se mantiene al sur de la LU-862.
Desde su inicio, el trazado asciende con una pendiente del 5% hasta atravesar el río Guilán a la altura de O Cruceiro, y presenta el enlace de Xove oeste muy próximo al parque empresarial de Xove. Rodea el núcleo de Xove por el sur, conectándolo con el enlace de Xove este, desde donde inicia un descenso suave hasta el río Rigueira (viaducto 280 m). Una vez cruzado el río, el trazado gira hacia el norte para conectar, en el enlace de San Cibrao, con la LU-540.
Cabe señalar que el presente estudio informativo se plantea con características de corredor (vía rápida desdoblable a autovía). Para ello, los trazados finalmente seleccionados se apoyan en las alternativas estudiadas en el estudio informativo, pero se reducirá la pendiente máxima a un 5% para los tramos de velocidad de proyecto 100 km/h y del 6% para el tramo con velocidad de proyecto 80 km/h. Estos parámetros deberán ser considerados en los proyectos constructivos que desarrollen los tramos propuestos, así como tipología de enlaces y longitud de pasos superiores.
ANEXO II - Resumen de las medidas protectoras y correctoras propuestas en el estudio de impacto ambiental
Medidas protectoras:
* Protección de la atmósfera.
- Se proponen riegos periódicos en épocas de baja pluviometría, con camiones cuba sobre viales y zona de trabajo así como sobre las áreas de acopio de materiales y proximidades de núcleos de viviendas. Estará prohibida la quema de monte bajo, leñas, aceites, plásticos, etcétera y cualquier tipo de hoguera no autorizada por la dirección de la obra.
* Minimización de la contaminación acústica.
- Se llevará a cabo el correcto mantenimiento de la maquinaria de modo que permita el cumplimiento de la legislación vigente en materia de emisión de ruidos. Asimismo, en zonas habitadas se prohibe la actividad de maquinaria fuera del período diurno.
* Control de riesgos geológicos.
Los taludes propuestos han de ser:
- Terraplenes: 3H/2V.
- Desmontes: 4H/5V.
* Protección del paisaje.
Con carácter general, la ubicación de escombreras, vertederos, zonas de préstamos, parques de maquinaria, viarios de acceso a obra, etcétera, atenderá a las siguientes normas:
- Preservación de áreas con elevada calidad natural. Quedarán excluidas para la ubicación de préstamos, vertederos o instalaciones auxiliares los terrenos de alto valor agrológico, las zonas próximas a cursos de agua y, en general, los suelos con especial valor paisajístico, ecológico o con vegetación de ribera.
- Se utilizarán áreas degradadas para evitar nuevos impactos sobre el medio.
- Alejamiento de los núcleos de población.
- Se evitarán áreas afectadas por riesgos naturales (inundación, deslizamientos de laderas) e influencias sobre el drenaje de cuencas naturales.
- Se tendrá en cuenta la reducida cuenca visual y baja calidad paisajística de la zona a afectar.
- Máxima proximidad a la traza para evitar afecciones a áreas naturales e impactos derivados del transporte de materiales.
- Alejamiento de yacimientos seguros o posibles.
- Alejamiento de posibles puntos de paso de fauna vertebrada de interés.
- En los vertederos, evitar pendientes superiores al 20%.
- Facilidad de restauración morfológica y revegetación de la zona afectada por las obras o instalaciones auxiliares.
* Protección y conservación de suelos.
- Delimitación, previa al comienzo de las obras, del terreno afectado por las mismas. Se destinará un espacio a las instalaciones auxiliares a la obra (parque de maquinaria, almacenamiento de materiales, etcétera).
- El mantenimiento de maquinaria se realizará en la zona destinada a tal fin, evitando afecciones al suelo por derrames accidentales. Si es posible, dicho mantenimiento se realizará en talleres autorizados.
- Se realizará un movimiento de tierras selectivo; los suelos fértiles se acopiarán en montones de altura no superior a 1,5 m que luego se utilizarán en la regeneración de nuevas superficies.
- Los residuos generados se gestionarán conforme a la legislación vigente, primando la reutilización y el reciclado frente al vertido. Los sobrantes de tierra serán depositados en vertederos autorizados.
- En caso de almacenamiento temporal de residuos, mientras no sean entregados a gestor autorizado, se localizarán dentro de la zona de obra, en superficies delimitadas y señaladas, en contenedores u otros medios que eviten afeccciones al suelo.
- Para atenuar los procesos erosivos, se dispondrán elementos de desagüe que minimicen la escorrentía sobre los taludes y se implantará una cubierta vegetal sobre las nuevas superficies.
* Protección de la calidad de las aguas.
- Quedan prohibidos vertidos de cualquier tipo de material o sustancia a las aguas superficiales; asimismo, se decantarán las aguas residuales originadas en las instalaciones auxiliares.
- Previamente a la ejecución de las obras, se procederá al replanteo y balizado de la zona de trabajo en el ámbito de los puntos de paso sobre la red fluvial. Se prohibe la utilización de márgenes, riberas y zonas de servidumbre de los cauces como lugar para el depósito de materiales, parque de maquinaria y, en general, todas las actividades que supongan riesgo de contaminación de aguas o alteración de ecosistemas asociados.
- Se dispondrán, en los alrededores de los puntos de paso sobre la red fluvial, barreras de retención de sedimentos en fase de obra y balsas de decantación en fase de explotación. Asimismo, se dispondrán mallas que eviten la proyección de materiales durante las voladuras.
- Se restaurarán los márgenes y zonas que rodean pilas y estribos.
- Para evitar afecciones a aguas subterráneas, las instalaciones de obras y parque de maquinaria se ubicarán en las zonas de mayor impermeabilidad.
* Protección de las formaciones vegetales.
- Previo al desbroce, se procederá al jalonamiento perimetral de las formaciones vegetales de mayor valor ecológico, al objeto de evitar ocupaciones y deterioros innecesarios.
- Se respetará la vegetación existente. En el replanteo se marcarán de forma clara los árboles a proteger y a eliminar, estableciendo protección individual de los árboles y eliminando la vegetación mediante desbroce.
- Se informará a los operarios de la obra del significado de la señalización.
- En las zonas de ribera, se recomienda ajustar las operaciones al espacio estrictamente necesario para la implantación de elementos de drenaje, prohibiéndose a lo largo de la traza la disposición de materiales residuales que se realice en vaguadas y fondos de valle.
* Protección de la comunidad faunística.
- Programar las voladuras fuera del período de reproducción y cría de las especies faunísticas.
- En la medida de lo posible, los pilares y estructuras de apoyo deberán quedar fuera del lecho y sus márgenes.
- Se crearán pasos transversales para fauna, se reforzarán los cierres en las inmediaciones de los pasos y se incluirán dispositivos de escape. Asimismo, se limitarán los vertidos de subproductos de obra.
* Protección de la permeabilidad territorial.
- Se restituirán las vías de comunicación mediante pasos superiores o inferiores y viaductos.
- Se proyectan enlaces de manera que las grandes arterias de comunicación quedan conectadas con la vía de alta capacidad cada 3 km.
- Durante la fase de obra se señalarán convenientemente los itinerarios alternativos y se regarán los viales de rodadura, especialmente en las zonas próximas a las áreas cultivadas y a las viviendas habitadas.
* Protección del patrimonio cultural.
- Se realizará un seguimiento arqueológico durante los trabajos de movimientos de tierras, poniendo especial atención en los puntos próximos al trazado, donde han sido inventariados yacimientos o elementos de interés cultural. Esta medida será contrastada, ratificada o modificada por la Dirección General de Patrimonio Cultural.
Medidas correctoras:
* Afección por ruido.
- Se colocarán pantallas para la protección acústica en aquellos puntos indicados en el estudio de impacto ambiental, vegetales en zonas de baja y media densidad y pantallas absorbentes de fábrica en zonas con alta densidad de edificaciones. Una vez encajada la traza definitiva, se extrapolará el diseño de pantallas a la totalidad de edificaciones afectadas.
* Integración morfológica de la obra.
- Se procederá al redondeo de las aristas.
- Se evitará el refino excesivo de la superficie, que dificulta la colonización vegetal.
- Se evitarán formas acanaladas paralelas que facilitan la formación de cárcavas.
- En los desmontes en roca se dejarán formas irregulares, similares a las existentes en el estado natural del suelo.
* Afección al régimen hídrico.
- Los cauces de mayor entidad se salvan mediante viaductos, cuyas estructuras de apoyo se diseñarán de manera que no afecten el cauce ni a las formaciones de ribera.
- En caso de pequeños cauces de régimen variable, e incluso estacionales, serán restaurados mediante una amplia red de drenaje que resuelva la circulación de dichos cauces y la recogida de pluviales a lo largo de la vía.
* Afección al suelo agrícola.
- Se retirará una capa de 30 cm de suelo fértil que se acopiará a lo largo de la traza en montones que no superen los 1,5 metros de altura, añadiendo cada 50 cm 1 kg/m de compost o estiércol. Estos suelos serán utilizados después en las labores de revegetación.
* Restauración vegetal e integración paisajística.
- Tratamiento de taludes en desmonte y terraplén: se procupará adaptar los taludes a la topografía existente y se revegetarán mediante hidrosiembra, plantación directa, etcétera, siempre que no sean excavados en roca.
- Tratamiento de enlaces: se utilizarán bosquetes arbóreos o arbustivos, hasta alcanzar un 25% de cobertura, así como hidrosiembras o siembras manuales.
- Tratamiento en márgenes de los cursos de agua: se realizarán plantaciones en los estribos de los viaductos para favorecer su integración.
- Tratamiento de las zonas de obra: se realizará al menos un subsolado de los terrenos afectados por la compactación y la plantación de especies arbóreas preexistentes.
- Tratamiento de vertederos: se revegetarán para limitar los procesos erosivos.
* Medidas correctoras para la fauna.
- Se crearán pasos específicos para fauna, cierres y se adecuarán los elementos, , existentes o unidades de obra de nueva instalación (viaductos, drenajes, pasos inferiores) para mejorar la permeabilidad transversal para la fauna.
* Integración y restauración paisajística.
Desde el punto de vista constructivo:
- Limitar al máximo las zonas de ocupación y viario de acceso a obra.
- Redondear las aristas de los taludes y reducir las dimensiones de éstos.
- Definir el acopio de vertederos y préstamos con limitación total de las áreas protegidas o catalogadas y de especial interés.
- Realización de un buen diseño de las estructuras con un sentido estético.
- Adaptación del trazado a las curvas de nivel.
Desde el punto de vista paisajístico:
- Proteger la vegetación que no se vea afectada por las obras.
- Aportar especies autóctonas presentes en el entorno.
- Crear nuevos espacios con árboles y arbustos.
- Integrar la vegetación en todo el conjunto.
- Estudiar con detalle la agrupación de árboles en curvas, en especial las convexas.
- Identificar la vía en el horizonte visual.
- Aportar hitos de orientación en cada cambio de dirección.
- En los puentes poco elevados, dar continuidad a las plantaciones partiendo del suelo natural.
* Patrimonio cultural.
- Se realizará una prospección arqueológica intensiva del área afectada y un control y seguimiento arqueológico de las obras y excavaciones en yacimientos con riesgo de afección.
