Resolución de 2 de junio de 2005, de la Dirección General de Recursos Marinos, por la que se hace pública la declaración de impacto ambiental relativa al proyecto de puesta en funcionamiento y explotación de un criadero de moluscos en Outes (A Coruña), promovido por la Cofradía de Pescadores de Noia.

Diario Oficial de Galicia, 28-07-2005, Núm. 144, Páx. 13370
Resolución de 2 de junio de 2005, de la Dirección General de Recursos Marinos, por la que se hace pública la declaración de impacto ambiental relativa al proyecto de puesta en funcionamiento y explotación de un criadero de moluscos en Outes (A Coruña), promovido por la Cofradía de Pescadores de Noia. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5, punto 7º, del Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia, se hace pública la declaración de impacto ambiental emitida por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental relativa al proyecto de puesta en funcionamiento y explotación de un criadero de moluscos en Outes (A Coruña), promovido por la Cofradía de Pescadores de Noia. A los efectos oportunos, se informa que dicha declaración de impacto ambiental se encuentra en las dependencias de la Dirección General de Recursos Marinos (Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos, calle de O Valiño 63-65. San Lázaro, 15781 Santiago de Compostela) y en el siguiente enlace: www.siam-cma.org/expaval/listadoexpedientes.asp?e=2003/0166 Santiago de Compostela, 2 de junio de 2005. Carmen Bouso Montero Directora general de Recursos Marinos ANEXO - Resumen del proyecto Las instalaciones del criadero se situarán, excepto las de captación de agua y de vertido, en una finca de unos 5.000 m localizada en el lugar de Estivada da Marta-O Freixo (ayuntamiento de Outes-A Coruña), de los que unos 2.000 m serán superficie construida. La finca linda con terrenos del dominio público marítimo terrestre de la playa de Cotarín, en la ría de Muros-Noia. La finca cuenta con acceso desde la carretera C-550, tramo Noia-Muros, p.k. 19.200, a través de un camino forestal. Un punto de localización de la finca es el definido por las coordenadas UTM X:503906, Y:4736888. En la finca se distinguirán dos edificios principales: nave-criadero y nave invernadero, destinado al cultivo de microalgas para alimento. La fase de cría de los moluscos consistirá en el acondicionamiento y estabulación de los progenitores para la obtención de huevos fecundados, que a los pocos días se transformarán en larvas, en el caso de las almejas, y de larvas en el caso de las ostras. Todas las larvas serán alimentadas con fitoplancton o microalgas cultivados en el criadero, hasta que alcancen el tamaño mínimo de semilla. Los progenitores provendrán de los bancos naturales de la ría de Noia, principalmente de los bancos de Picouso y Pedras. El lugar de captación y de vertido de agua de mar se situará en la LIC Es1110011 Esteiro do Tambre incluido en el anexo I del Decreto 72/2004, de 2 de abril, por el que se declaran determinados espacios como zonas de especial protección de los valores naturales. Además, este LIC está incluido en el Inventario Gallego de Humedales. En la zona de colocación de los tubos se encuentra el habitat 1130 Esteiros recogido en el anexo I de la Directiva 92/43/CEE. El punto de localización del lugar de aspiración de agua está definido por las coordenadas UTM X:503955, Y:4736817, y del lugar de vertido por X:504051, Y:4736920. La captación será directa, mediante la instalación de dos bombas de impulsión, que funcionarán de forma alterna (cada una de 125 m/h), sumergidas bajo un pantalán flotante de unos 3x3 m fondeado mediante dos pesos. Dos mangueras de goma, conectadas a dos tubos, conducirán directamente el agua hasta los dos tanques de cabecera del criadero, que tendrán una capacidad unitaria de 500 m y que se situarán en la parte más elevada pretendiendo así garantizar el suministro de agua para el cultivo aún en caso de fallo eléctrico. La conducción de aspiración será flotante y ocupará una longitud de unos 5,5 m en la LIC. El agua pasará por sistemas de filtrado (30, 10 y 1l) hasta tanques de almacenamiento, a un sistema de esterilización, y al laboratorio y zonas de cultivo propiamente dichas (todo esto mediante tubos). El emisario submarino, que discurrirá perpendicular a la playa y ocupará en la LIC una longitud de unos 110 m, se ejecutará enterrado solamente en la zona de tierra, mientras que en la zona de agua se colocará sobre el lecho marino anclado con dados de hormigón prefabricado. El movimiento de tierras previsto es de 300 m para la gavia del emisario y unos 3.000 m para la explanación del terreno de la citada finca. El caudal de agua de mar máximo que se estima que demandarán las instalaciones resultó 50 m/h, que aplicando un coeficiente de seguridad de 1,5 se convierte en un caudal final de diseño de la instalación de 75 m/h. El agua salada, salvo la empleada en el cultivo de microalgas e incubación de huevos, se someterá a un proceso de calentamiento. El sistema que se instalará al efecto consistirá en una caldera de fuel e intercambiadores de calor. Para el abastecimiento de combustible se prevé un tanque subterráneo de 10.000 l de capacidad, enterrado en hormigón armado. Resumen de las medidas protectoras y correctoras. Sobre la atmósfera. Fase de obra. * La maquinaria de obra y vehículos empleados contarán con certificación de inspección actualizada. * Tras el inicio de las obras, se realizarán medidas trimestrales durante los momentos de actividad punta, mediante entidad homologada y en base a los criterios establecidos en el Decreto 150/1999 y en la Ley 7/1997, cotejando los valores obtenidos con los preceptos legales y asegurando su cumplimiento. Fase de funcionamiento. * Se efectuarán controles periódicos de ruidos en el entorno para comprobar las afecciones generadas por la instalación al respecto. * Se realizarán medidas semestrales de ruidos durante los momentos de actividad punta, mediante entidad homologada y en base a los criterios establecidos en el Decreto 150/1999 y en la Ley 7/1997, cotejando los valores obtenidos con los preceptos legales, asegurando su cumplimiento. Sobre el agua y el suelo. Fase de obra. * Se pondrá especial cuidado durante las voladuras, evitando cualquier proyección o vertido del material sobrante al medio marino. * Se recomienda, al realizar los trabajos de nivelación del terreno, separar previamente y reservar la mayor parte posible del suelo vegetal, con el fin de emplearlo posteriormente, para recubrir las áreas de rocas descubiertas, al finalizar las obras de implantación. * Se dispondrá de un sistema de drenaje perimetral a base de cunetas que recoja las aguas de escorrentía superficial y las aguas pluviales que incidan directamente en la zona de explanación a fin de conducirlas a una balsa de decantación. * Se dispondrá una barrera anticontaminación flotante de forma que su protección abarque desde la superficie hasta el fondo marino. * Se reservará y preparará una zona de limpieza de las cubas de hormigón de forma que se evite cualquier vertido de cemento al medio. * Para la instalación de las diferentes edificaciones deberán realizarse los pertinentes ensayos geotécnicos de estabilidad y resistencia del terreno una vez establecidos los puntos de emplazamiento final del proyecto y realizados los desmontes de nivelación. * Los residuos, tanto peligrosos como asimilables a urbanos, serán gestionados a través de gestores autorizados. En el caso de los residuos peligrosos, la gestión se realizará de acuerdo con la Ley 10/1998, de residuos, de 20 de abril, el R.D. 83/1988, de 20 de julio por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, básica de residuos tóxicos y peligrosos, y el R.D. 952/1997, de 20 de junio, por el que se modifica el R.D. 833/1988, así como la reglamentación autonómica y local. * Se evitará dejar cualquier tipo de residuo expuesto al ambiente, almacenándolos en lugar cubierto. * Los residuos generados por el mantenimiento de la maquinaria (que se realizará en talleres autorizados o en áreas definidas si no fuera posible su traslado) se entregarán a gestor autorizado. * Los materiales sobrantes de excavaciones se reutilizarán, en la medida de lo posible, para la recuperación de las zonas afectadas y construcción de viales y zonas de aparcamiento. Hasta su reutilización estos materiales se acumularán de ser posible en la zona más apartada del mar y disponiendo de medios (barreras) que eviten el arrastre de materiales al mar o zonas que excedan el límite de la parcela. * Durante la instalación de los tubos de captación y vertido, situados en la zona LIC Estuario do Tambre, estará presente un técnico ambiental con conocimientos adecuados y suficientes para comprobar la buena marcha de las obras y la no afección por parte de estas a especie alguna definitoria de la figura de protección que caracteriza al entorno. * Se utilizarán las tierras excavadas para la colocación de tubos en su enterramiento. * Se realizarán controles mensuales de sólidos en suspensión e hidrocarburos totales en las aguas. * Se dispondrá una caseta-urinario química evitando el vertido de aguas fecales. Fase de funcionamiento. * El preengorde de las especies se realizará en bateas, reduciendo así las dimensiones del criadero y el volumen de agua captada del mar. * La instalación dispondrá de fosa séptica para las aguas residuales domésticas. Estos residuos recibirán siempre una gestión adecuada. * Se realizarán controles del medio receptor tal y como se propone en el Plan de vigilancia y control ambiental incluido en el estudio ambiental, para comprobar la potencial afección del vertido sobre el fondo marino (sedimentos). Fase de abandono. * Todo el material de rechazo de la instalación se almacenará de forma segura hasta el desmantelamiento de la misma y su destino será a gestor autorizado. Sobre el paisaje. * Pintura de las instalaciones con colores acordes a la naturaleza del entorno, minimizando en la medida de lo posible el deterioro de la actual calidad paisajística de la zona del proyecto. * En la instalación del criadero se conservará la primera línea de vegetación formada por eucaliptos y pinos. Una vez finalizadas las obras, los alrededores de la instalación se repoblarán con especies autóctonas, de forma que el criadero quede lo más oculto posible, y la superficie que permanezca sin repoblar sea mínima. Sobre la fauna y la flora. * Se tomarán especiales precauciones durante la instalación de los tubos de captación y vertido, y el correspondiente pantalán flotante, a fin de evitar cualquier daño a especie vegetal o faunística alguna. Sobre el patrimonio cultural. * Informe final. Estudio de impacto cultural de la zona de implantación de un criadero de moluscos en la Estivada da Marta.
Organismo
CONSELLERÍA DE PESCA E ASUNTOS MARÍTIMOS
Ámbito Normativo
Autonómica
Clasificación
AVALIACIÓN DE IMPACTO, EFECTO, INCIDENCIA AMBIENTAL
Resolución de 2 de junio de 2005, de la Dirección General de Recursos Marinos, por la que se hace pública la declaración de impacto ambiental relativa al proyecto de puesta en funcionamiento y explotación de un criadero de moluscos en Outes (A Coruña), promovido por la Cofradía de Pescadores de Noia. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5, punto 7º, del Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia, se hace pública la declaración de impacto ambiental emitida por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental relativa al proyecto de puesta en funcionamiento y explotación de un criadero de moluscos en Outes (A Coruña), promovido por la Cofradía de Pescadores de Noia. A los efectos oportunos, se informa que dicha declaración de impacto ambiental se encuentra en las dependencias de la Dirección General de Recursos Marinos (Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos, calle de O Valiño 63-65. San Lázaro, 15781 Santiago de Compostela) y en el siguiente enlace: www.siam-cma.org/expaval/listadoexpedientes.asp?e=2003/0166 Santiago de Compostela, 2 de junio de 2005. Carmen Bouso Montero Directora general de Recursos Marinos ANEXO - Resumen del proyecto Las instalaciones del criadero se situarán, excepto las de captación de agua y de vertido, en una finca de unos 5.000 m localizada en el lugar de Estivada da Marta-O Freixo (ayuntamiento de Outes-A Coruña), de los que unos 2.000 m serán superficie construida. La finca linda con terrenos del dominio público marítimo terrestre de la playa de Cotarín, en la ría de Muros-Noia. La finca cuenta con acceso desde la carretera C-550, tramo Noia-Muros, p.k. 19.200, a través de un camino forestal. Un punto de localización de la finca es el definido por las coordenadas UTM X:503906, Y:4736888. En la finca se distinguirán dos edificios principales: nave-criadero y nave invernadero, destinado al cultivo de microalgas para alimento. La fase de cría de los moluscos consistirá en el acondicionamiento y estabulación de los progenitores para la obtención de huevos fecundados, que a los pocos días se transformarán en larvas, en el caso de las almejas, y de larvas en el caso de las ostras. Todas las larvas serán alimentadas con fitoplancton o microalgas cultivados en el criadero, hasta que alcancen el tamaño mínimo de semilla. Los progenitores provendrán de los bancos naturales de la ría de Noia, principalmente de los bancos de Picouso y Pedras. El lugar de captación y de vertido de agua de mar se situará en la LIC Es1110011 Esteiro do Tambre incluido en el anexo I del Decreto 72/2004, de 2 de abril, por el que se declaran determinados espacios como zonas de especial protección de los valores naturales. Además, este LIC está incluido en el Inventario Gallego de Humedales. En la zona de colocación de los tubos se encuentra el habitat 1130 Esteiros recogido en el anexo I de la Directiva 92/43/CEE. El punto de localización del lugar de aspiración de agua está definido por las coordenadas UTM X:503955, Y:4736817, y del lugar de vertido por X:504051, Y:4736920. La captación será directa, mediante la instalación de dos bombas de impulsión, que funcionarán de forma alterna (cada una de 125 m/h), sumergidas bajo un pantalán flotante de unos 3x3 m fondeado mediante dos pesos. Dos mangueras de goma, conectadas a dos tubos, conducirán directamente el agua hasta los dos tanques de cabecera del criadero, que tendrán una capacidad unitaria de 500 m y que se situarán en la parte más elevada pretendiendo así garantizar el suministro de agua para el cultivo aún en caso de fallo eléctrico. La conducción de aspiración será flotante y ocupará una longitud de unos 5,5 m en la LIC. El agua pasará por sistemas de filtrado (30, 10 y 1l) hasta tanques de almacenamiento, a un sistema de esterilización, y al laboratorio y zonas de cultivo propiamente dichas (todo esto mediante tubos). El emisario submarino, que discurrirá perpendicular a la playa y ocupará en la LIC una longitud de unos 110 m, se ejecutará enterrado solamente en la zona de tierra, mientras que en la zona de agua se colocará sobre el lecho marino anclado con dados de hormigón prefabricado. El movimiento de tierras previsto es de 300 m para la gavia del emisario y unos 3.000 m para la explanación del terreno de la citada finca. El caudal de agua de mar máximo que se estima que demandarán las instalaciones resultó 50 m/h, que aplicando un coeficiente de seguridad de 1,5 se convierte en un caudal final de diseño de la instalación de 75 m/h. El agua salada, salvo la empleada en el cultivo de microalgas e incubación de huevos, se someterá a un proceso de calentamiento. El sistema que se instalará al efecto consistirá en una caldera de fuel e intercambiadores de calor. Para el abastecimiento de combustible se prevé un tanque subterráneo de 10.000 l de capacidad, enterrado en hormigón armado. Resumen de las medidas protectoras y correctoras. Sobre la atmósfera. Fase de obra. * La maquinaria de obra y vehículos empleados contarán con certificación de inspección actualizada. * Tras el inicio de las obras, se realizarán medidas trimestrales durante los momentos de actividad punta, mediante entidad homologada y en base a los criterios establecidos en el Decreto 150/1999 y en la Ley 7/1997, cotejando los valores obtenidos con los preceptos legales y asegurando su cumplimiento. Fase de funcionamiento. * Se efectuarán controles periódicos de ruidos en el entorno para comprobar las afecciones generadas por la instalación al respecto. * Se realizarán medidas semestrales de ruidos durante los momentos de actividad punta, mediante entidad homologada y en base a los criterios establecidos en el Decreto 150/1999 y en la Ley 7/1997, cotejando los valores obtenidos con los preceptos legales, asegurando su cumplimiento. Sobre el agua y el suelo. Fase de obra. * Se pondrá especial cuidado durante las voladuras, evitando cualquier proyección o vertido del material sobrante al medio marino. * Se recomienda, al realizar los trabajos de nivelación del terreno, separar previamente y reservar la mayor parte posible del suelo vegetal, con el fin de emplearlo posteriormente, para recubrir las áreas de rocas descubiertas, al finalizar las obras de implantación. * Se dispondrá de un sistema de drenaje perimetral a base de cunetas que recoja las aguas de escorrentía superficial y las aguas pluviales que incidan directamente en la zona de explanación a fin de conducirlas a una balsa de decantación. * Se dispondrá una barrera anticontaminación flotante de forma que su protección abarque desde la superficie hasta el fondo marino. * Se reservará y preparará una zona de limpieza de las cubas de hormigón de forma que se evite cualquier vertido de cemento al medio. * Para la instalación de las diferentes edificaciones deberán realizarse los pertinentes ensayos geotécnicos de estabilidad y resistencia del terreno una vez establecidos los puntos de emplazamiento final del proyecto y realizados los desmontes de nivelación. * Los residuos, tanto peligrosos como asimilables a urbanos, serán gestionados a través de gestores autorizados. En el caso de los residuos peligrosos, la gestión se realizará de acuerdo con la Ley 10/1998, de residuos, de 20 de abril, el R.D. 83/1988, de 20 de julio por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, básica de residuos tóxicos y peligrosos, y el R.D. 952/1997, de 20 de junio, por el que se modifica el R.D. 833/1988, así como la reglamentación autonómica y local. * Se evitará dejar cualquier tipo de residuo expuesto al ambiente, almacenándolos en lugar cubierto. * Los residuos generados por el mantenimiento de la maquinaria (que se realizará en talleres autorizados o en áreas definidas si no fuera posible su traslado) se entregarán a gestor autorizado. * Los materiales sobrantes de excavaciones se reutilizarán, en la medida de lo posible, para la recuperación de las zonas afectadas y construcción de viales y zonas de aparcamiento. Hasta su reutilización estos materiales se acumularán de ser posible en la zona más apartada del mar y disponiendo de medios (barreras) que eviten el arrastre de materiales al mar o zonas que excedan el límite de la parcela. * Durante la instalación de los tubos de captación y vertido, situados en la zona LIC Estuario do Tambre, estará presente un técnico ambiental con conocimientos adecuados y suficientes para comprobar la buena marcha de las obras y la no afección por parte de estas a especie alguna definitoria de la figura de protección que caracteriza al entorno. * Se utilizarán las tierras excavadas para la colocación de tubos en su enterramiento. * Se realizarán controles mensuales de sólidos en suspensión e hidrocarburos totales en las aguas. * Se dispondrá una caseta-urinario química evitando el vertido de aguas fecales. Fase de funcionamiento. * El preengorde de las especies se realizará en bateas, reduciendo así las dimensiones del criadero y el volumen de agua captada del mar. * La instalación dispondrá de fosa séptica para las aguas residuales domésticas. Estos residuos recibirán siempre una gestión adecuada. * Se realizarán controles del medio receptor tal y como se propone en el Plan de vigilancia y control ambiental incluido en el estudio ambiental, para comprobar la potencial afección del vertido sobre el fondo marino (sedimentos). Fase de abandono. * Todo el material de rechazo de la instalación se almacenará de forma segura hasta el desmantelamiento de la misma y su destino será a gestor autorizado. Sobre el paisaje. * Pintura de las instalaciones con colores acordes a la naturaleza del entorno, minimizando en la medida de lo posible el deterioro de la actual calidad paisajística de la zona del proyecto. * En la instalación del criadero se conservará la primera línea de vegetación formada por eucaliptos y pinos. Una vez finalizadas las obras, los alrededores de la instalación se repoblarán con especies autóctonas, de forma que el criadero quede lo más oculto posible, y la superficie que permanezca sin repoblar sea mínima. Sobre la fauna y la flora. * Se tomarán especiales precauciones durante la instalación de los tubos de captación y vertido, y el correspondiente pantalán flotante, a fin de evitar cualquier daño a especie vegetal o faunística alguna. Sobre el patrimonio cultural. * Informe final. Estudio de impacto cultural de la zona de implantación de un criadero de moluscos en la Estivada da Marta.
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