Resolución de 16 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Obras Públicas, por la que se hace pública la declaración de impacto ambiental formulada por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de 11 de agosto de 2004, relativa al proyecto de trazado del acondicionamiento de la carretera Quiroga-Seoane do Courel. Tramo: Quiroga-Folgoso, en los ayuntamientos de Quiroga y Folgoso do Courel (LU/01/087.01).

Diario Oficial de Galicia, 28-09-2004, Núm. 189, Páx. 13227
Resolución de 16 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Obras Públicas, por la que se hace pública la declaración de impacto ambiental formulada por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de 11 de agosto de 2004, relativa al proyecto de trazado del acondicionamiento de la carretera Quiroga-Seoane do Courel. Tramo: Quiroga-Folgoso, en los ayuntamientos de Quiroga y Folgoso do Courel (LU/01/087.01). En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia, así como lo dispuesto en el Real decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, se hace pública la resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de 11 de agosto de 2004, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto de trazado del acondicionamiento de la carretera Quiroga-Seoane do Courel. Tramo: Quiroga-Folgoso, en los ayuntamientos de Quiroga y Folgoso do Courel (LU/01/087.01), promovido por la Dirección General de Obras Públicas, y que se transcribe como anexo a esta resolución. Santiago de Compostela, 16 de septiembre de 2004. Agustín Hernández Fernández de Rojas Director general de Obras Públicas Declaración de impacto ambiental de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 11 de agosto de 2004, relativa al proyecto de trazado del acondicionamiento de la carretera Quiroga-Seoane do courel. Tramo: Quiroga-Folgoso en los ayuntamientos de Quiroga y Folgoso do Courel. (LU/01/087.01), promovido por la Dirección General de Obras Publicas. Clave: 2004/0201. La Dirección General de Obras Públicas, como órgano sustantivo por razón de la materia, en su Resolución de 17 de diciembre de 2003 aprobó provisionalmente el proyecto de trazado y estudio de impacto ambiental del acondicionamiento de la carretera Quiroga-Seoane do Courel. Tramo: Quiroga-Folgoso, en los municipios de Quiroga y Folgoso do Courel (Lugo). La finalidad de este proyecto es el acondicionamiento de la carretera LU-651, mediante la modificación de las características geométricas del trazado existente, con actuaciones tendentes a mejorar los tiempos de recorrido, la seguridad vial y, si es posible, el nivel de servicio. En el anexo I se resume el contenido del proyecto de trazado y en el anexo II se resumen las medidas correctoras propuestas en el estudio de impacto ambiental (EsIA). Dado que el proyecto se encuentra comprendido en el grupo 6.a del anexo I de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, dentro del procedimiento de aprobación sustantiva se somete al trámite de evaluación de impacto ambiental. En cumplimiento de lo establecido reglamentariamente, con fecha de publicación en el Diario Oficial de Galicia nº 43, del 2 de marzo de 2003, se publica la Resolución de 23 de febrero de 2003, de la Subdirección General de Carreteras, por la que se somete a información pública el estudio informativo y el estudio de impacto ambiental del acondicionamiento de la carretera Quiroga-Seoane do Courel. Tramo: Quiroga-Folgoso. En fecha 2 de agosto de 2004 tiene entrada el expediente ambiental, remitido por la Dirección General de Obras Públicas, en el que se incluyen los certificados de exposición al público del Servicio Provincial de Carreteras de Lugo, de la Dirección General de Obras Públicas y de los municipios de Quiroga y Folgoso do Courel, copia de las alegaciones presentadas en este período, y los informes de Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia, y de las direcciones generales de Salud Pública, Conservación de la Naturaleza y Patrimonio Cultural. Cumplimentada la tramitación, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, como órgano ambiental y en el ejercicio de las competencias que le concede el Decreto 14/2002, de 24 de enero, modificado por el Decreto 333/2002, de 22 de noviembre, formula a los solos efectos ambientales, la declaración de impacto ambiental (DIA) del proyecto de trazado y estudio de impacto ambiental acondicionamiento de la carretera Quiroga-Seoane do Courel. Tramo: Quiroga-Folgoso, en los municipios de Quiroga y Folgoso do Courel (Lugo), promovido por la Dirección General de Obras Públicas. Declaración de impacto ambiental. Examinada la documentación que constituye el expediente, esta Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental considera que el proyecto es ambientalmente viable siempre que se cumplan las condiciones que se establecen en la presente DIA, además de las incluidas en el estudio de impacto ambiental y restante documentación evaluada, teniendo en cuenta que, en caso de que exista contradicción entre lo indicado en la documentación presentada por el promotor y lo establecido en la presente declaración, prevalecerá lo dispuesto en esta última. Además del obligado cumplimiento de las citadas condiciones, si se manifiesta cualquier tipo de impacto, no considerado hasta el momento, este órgano -a iniciativa propia o a propuesta del órgano sustantivo-, podrá dictar a los solos efectos ambientales condicionados adicionales a los anteriores. Las condiciones establecidas podrán ser revisadas de oficio o a solicitud del promotor al objeto de incorporar medidas que aporten una mayor protección del medio. Además de esto, el promotor podrá solicitar su revisión en aquellos supuestos que tecnológicamente presenten graves dificultades para su implantación o impliquen modificaciones importantes en la actividad, siempre y cuando las nuevas medidas permitan alcanzar los objetivos y fines de ésta. En este último caso, el promotor remitirá esta solicitud, aportando documentación técnica que justifique estas medidas, en el plazo máximo de un (1) mes después de serle notificada la presente declaración, no pudiendo comenzar las obras antes de contar con una comunicación de esta dirección general. A. Ámbito de la declaración. La presente declaración de impacto ambiental se refiere a las obras proyectadas en el proyecto de trazado acondicionamiento de la carretera Quiroga-Seoane do Courel. Tramo: Quiroga-Folgoso, en los municipios de Quiroga y Folgoso do Courel (Lugo), en la configuración correspondiente al plano nº 4 planta y perfil del p.k. 0 al p.k. 21610 recogido en el estudio ambiental de dicho proyecto. B. Condiciones generales. B.1) Fase de redacción del proyecto constructivo 1. Se localizarán las zonas destinadas a instalaciones auxiliares, acopios de materiales, almacenamiento de residuos, etcétera, primando el uso de los espacios ocupados por la traza frente a cualquier otro, procurando que se sitúen en espacios carentes de valores ambientales relevantes. 2. Además, en las zonas para la realización de actividades de mantenimiento, reparación y lavado de maquinaria, se habilitará en los hormigonados un sistema de recogida, condución y sedimentación del agua mezclada con hormigón procedente de la zona de obra, evitando que se produzca algún vertido de esta mezcla a corrientes de agua. Asimismo, en las zonas para la realización de actividades de mantenimiento, reparación y lavado de la maquinaria se protegerá el suelo con materiales impermeables. 3. Se definirán las vías auxiliares a utilizar en el proceso constructivo, primando el uso de la traza frente a las vías locales preexistentes y, de ambos, frente a la apertura de nuevas vías. 4. Se redactará un programa de vigilancia ambiental al objeto de garantizar a lo largo del tiempo el cumplimiento de las medidas protectoras y correctoras contempladas en el estudio ambiental y en el condicionado de la presente declaración, así como incorporar procedimientos de autocontrol por parte del promotor. El programa debe permitir detectar, cuantificar y corregir diferentes alteraciones que no se pudiesen prever en el estudio o en el condicionado de esta DIA, y llevar a cabo nuevas medidas correctoras acordes con las nuevas problemáticas surgidas. En la redacción de este programa se fijarán, según la fase (obras o explotación) la periodicidad, indicadores y umbrales (admisibles y de alerta) que se vayan a utilizar en cada caso. En la realización del control y seguimiento ambiental se tendrá en cuenta que: Al objeto de conseguir la máxima coordinación y eficacia en el cumplimiento de la presente declaración, se nombrará un responsable de ésta. El cronograma será actualizado para cada informe, y siempre deberá contemplar las labores de restauración y revegetación. Las tomas de muestras y las mediciones deberán ser representativas; por tanto, se realizarán en aquellos momentos en los que pueda existir una afección sobre los aspectos a controlar. Las tomas de muestras, analíticas y mediciones deberán ser realizadas por entidades homologadas y/o acreditadas, y deberán venir acompañadas del informe firmado por el técnico competente. Se incorporará en los informes copia de la documentación acreditativa de la obtención de los permisos que sea necesario requerir. B.2) Fase de replanteo. 1. Se procederá al balizado o, en su caso, a la señalización de todos aquellos elementos de interés situados en el entorno del proyecto, básicamente todas aquellas masas y formaciones vegetales de interés ambiental y elementos del patrimonio cultural, al objeto de evitar afecciones innecesarias sobre ellos. B.3) Fase de obras y explotación. 1. A fin de evitar posibles alteraciones de la calidad del aire por emisión de polvo a la atmósfera durante la fase de obras debido a la acción de la maquinaria y a los movimientos de tierra, se aplicarán medidas correctoras y minimizadoras consistentes en la realización de riegos de caminos y zonas de obra. Asimismo, se procederá al recubrimiento con un toldo impermeable de los camiones que transporten material y al lavado de las ruedas de los camiones a la salida de la zona de obras. 2. Se cumplirá con lo dispuesto en la Ley 7/1997, de 11 de agosto, de protección contra la contaminación acústica, así como lo estipulado, en el caso de que dispongan de ella, en las ordenanzas municipales de los ayuntamientos de Quiroga y Folgoso do Courel. 3. Para los vertidos que se realicen al medio natural, ya sean aguas de percolación, sanitarias y/o pluviales, así como para la realización de captaciones de agua, será preceptiva la autorización administrativa otorgada por la Confederación Hidrográfica del Norte. En caso de que el vertido se realice hacia la red de saneamiento de la zona, se deberá disponer de la autorización del gestor de dicha red. 4. Se prohíbe verter en los propios lechos de los cursos fluviales restos de hormigón o cemento, o lavar materiales o herramientas que estuviesen en contacto con ellos, así como los cambios de aceite de maquinaria de construcción. 5. Al finalizar las obras, todas las instalaciones auxiliares, zonas de almacenamiento de materiales y residuos, etcétera, deberán ser desmanteladas y, en el caso de que éstas no se encuentren emplazadas sobre la propia traza, los espacios ocupados por ellas deben ser restaurados a su situación preoperacional. Lo mismo es aplicable para el caso de vías de obra que no vayan a ser utilizadas posteriormente a la finalización de aquéllas. 6. No estando definida, en el estudio presentado, la reserva de una zona para la fabricación de hormigón o aglomerado asfáltico, éstos serán provistos desde planta o plantas fuera de la obra, y que cuenten con las debidas autorizaciones, salvo que se solicite revisión de la declaración con la inclusión de la planta o plantas. 7. Teniendo en cuenta la política de gestión de residuos de construcción y demolición que se está llevando a cabo en esta dirección general, se estudiará la posibilidad de que, en caso de que se generen este tipo de residuos (demolición de edificaciones, restos de obras de fábrica, etcétera) sean reciclados a fin de utilizarlos en la obra, en caso de que esto no sea posible serán entregados al gestor autorizado. 8. En caso de que se precise material procedente de cantera para el desarrollo de las obras, éste deberá proceder de canteras autorizadas. 9. Asimismo, se estudiará la posibilidad de que parte de los materiales a usar para la construcción de la vía (para bases o subbases, para la fabricación de hormigonados, para pavimentar las vías auxiliares, para rellenos poco exigentes geotécnicamente, etcétera) procedan de plantas de reciclaje de residuos de construcción y demolición. 10. La gestión de las tierras vegetales a utilizar en la restauración de las zonas degradadas, y retirada previamente al proceso de movimiento de tierras, se realizará conforme a las prácticas habituales. En caso de que el período de almacenamiento sea prolongado, se procederá a realizar labores de mantenimiento consistentes en riegos y remociones periódicas, aportes de abonos minerales y semillas de herbáceas (gramíneas y leguminosas) con aportes de mulch suficiente para mantener entre un 5% y un 6 % de materia orgánica. 11. En caso de tener que realizar tareas de mantenimiento y reparación de la maquinaria no apta para circular por carretera en la zona de obras, se protegerá el suelo con materiales impermeables y se dispondrán los medios necesarios para la recogida de posibles vertidos. 12. Todos los residuos que se generen como consecuencia de la ejecución y explotación de la nueva vía deberán ser gestionados en función de su natu raleza y conforme a la legislación vigente, primando el reciclaje o la reutilización frente al vertido. Estos residuos se almacenarán en contenedores que estarán situados en las zonas de instalaciones auxiliares a las obras y a la explotación, hasta su entrega al gestor autorizado, atendiendo a los criterios de almacenamiento establecidos en la legislación vigente y señalizando claramente su situación. Al finalizar las obras y antes del inicio de la fase de explotación, deberá haberse retirado y gestionado adecuadamente la totalidad de los residuos de obra. 13. Se respetará sistemáticamente todo tipo de vegetación existente que no resulte afectada directamente por la ejecución de la obra y, si técnicamente resulta posible, no se eliminarán los tocones; sobre todo si están en la ribera de los cursos fluviales. Así, la corta de vegetación se ceñirá a lo estrictamente necesario para la ejecución de la obra, y a fin de evitar el deterioro así como cualquier influencia negativa sobre los hábitats fluviales, protegiendo en todo momento la vegetación de ribera. 14. Los restos vegetales que se produzcan deberán ser gestionados adecuadamente, prevaleciendo siempre su valorización. En caso de depositarlos en el terreno, deberán ser triturados y esparcidos homogéneamente, para permitir una rápida incorporación al suelo. 15. En aquellas zonas afectadas por movimientos de tierra, excavaciones y, en general, todas aquellas operaciones de obra que supongan la aparición de superficies desnudas, se procederá a su estabilización y revegetación a la mayor brevedad posible, al objeto de evitar la aparición de fenómenos erosivos. En caso de ser precisas, se adoptarán medidas correctoras adicionales para corregir la erosión, como puede ser el extendido de mantas de fibras naturales. 16. Se extremarán las precauciones en la ejecución de las obras en las zonas de afección a la red hidrológica, adoptando todas las medidas protectoras y correctoras necesarias para su preservación. 17. Se mantendrá la permeabilidad territorial de la zona, conservando los servicios y servidumbres de paso que actualmente existen. Si durante las obras fuese preciso cortar el paso de alguna vía, se deberán implementar rutas alternativas que presten el mismo servicio. 18. Se realizará un control del correcto funcionamiento de los dispositivos de drenaje y de las condiciones de incorporación de las aguas a la red hidrológica, adoptando todas las medidas protectoras y correctoras necesarias para su preservación. En las labores de mantenimiento de cunetas y sistemas de drenaje, se evitará el empleo de herbicidas, realizando dichas labores exclusivamente por medios mecánicos. 19. En el caso de que como resultado de llevar a cabo el Programa de vigilancia ambiental se detecten impactos imprevistos o alteraciones que superen los umbrales establecidos en esta DIA o en a legislación aplicable, la Dirección General de Obras Públicas propondrá las medidas correctoras precisas para corregirlas. Si se manifiesta la existencia de impactos ambientales severos o críticos, el órgano sustantivo pondrá este hecho en conocimiento de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. 20. En caso de producirse o demostrarse algún imprevisto que ocasione una afección al medio natural, se tomarán inmediatamente las medidas adecuadas para paliar dicha afección, siendo el servicio provincial correspondiente quien decidirá sobre la conveniencia de la solución a adoptar, así como las actuaciones precisas para corregir los efectos provocados. Asimismo, cualquier modificación del proyecto que tenga alguna afección sobre el medio natural requerirá el informe correspondiente. C. Condiciones específicas. C.1) Fase de redacción del proyecto constructivo. 1. Se redactará una memoria en la que se detalle: En el paso del trazado por el núcleo de Folgoso, en el entorno de la iglesia parroquial, el acondicionamiento de los terraplenes originados con la obra, tanto del margen izquierdo como, en especial, el del margen derecho, así como el espacio residual entre la carretera y el muro del atrio parroquial, garantizando, en todo momento, la conservación de este muro. El desmontaje y traslado en el mismo entorno, de las Alvarizas da Granxa (elemento 31). La restitución del camino tradicional de Teso da Rebola (elemento 30). Esta memoria deberá incluir el control y seguimiento arqueológico de las fases de replanteo, ejecución de obra y restitución de los terrenos, para lo que se redactará un proyecto de control y seguimiento arqueológico que deberá ser presentado y aprobado por la Dirección General de Patrimonio Cultural. Además, para asegurar la conservación de los bienes de patrimonio cultural se desarrollarán las medidas correctoras incluidas en la memoria técnica del EsIA, especialmente en lo relativo a la intervención arqueológica del p.k. 2+140 al 2+600, en el lugar conocido como A Gándara Chá, en la caseta de Alto do Boi y en la caseta de Riba de Vidallón, en las que se valoró la existencia de un impacto severo. Cualquier modificación del proyecto de trazado objeto de esta DIA tendrá que ser comunicada, a la mayor brevedad posible, a la Dirección General de Patrimonio Cultural. 2. En caso de afectar a fuentes y/o captaciones de agua existentes en el ámbito de la traza, se establecerán las medidas precisas para procurar mantener sus usos actuales. 3. En el caso de las estructuras de paso sobre la red fluvial configuradas como obras de fábrica, se asegurará en su diseño el hecho de que no se coloque ningún pilar dentro de los lechos y que los estribos se sitúen a más de 5 m a cada lado de aquéllos. 4. En el diseño de las restantes obras de drenaje transversal se considerarán las actuaciones de adaptación de aquéllas al paso de la fauna a través de ellas, consignadas en el EsIA. El diseño de estas infraestructuras debe garantizar que no se generan, en el punto de paso, láminas de agua de poca profundidad y excesiva velocidad, además de minimizar la longitud del paso lo máximo posible. 5. Se incluirá, asimismo, el Programa de vigilancia ambiental consignado en el EsIA incorporando los cambios derivados de la presente DIA y modificando el proceso de control y seguimiento de la contaminación acústica que, además de desarrollarse a lo largo de la explotación de la vía, deberá realizarse también durante las obras; debiendo constar los puntos de muestreo, metodología, periodicidad y límites a imponer. A fin de realizar el adecuado seguimiento ambiental, junto con el Programa de vigilancia ambiental deberá incluirse la siguiente información: Plano a escala 1/5.000 donde se refleje el trazado definitivo. Se completará la representación gráfica con una explicación escrita de las modificaciones efectuadas respecto al trazado definido en el proyecto de trazado. Plano a escala 1/5.000 o mayor detalle donde se refleje la localización de las zonas destinadas a las instalaciones auxiliares, acopios de materiales y de sobrantes de movimientos de tierra, almacenamiento de residuos, etcétera. Se incluirá, en el caso de acopios de sobrantes, información sobre los tratamientos de integración visual que se van a desarrollar. Memoria y planos descriptivos del equipamiento de las instalaciones auxiliares de acuerdo con lo establecido en el punto B.1.2 de esta DIA. Plano a escala 1/5.000 o mayor detalle donde se refleje la localización de las vías auxiliares a utilizar en el proceso constructivo, tal y como señala el punto B.1.3 de esta DIA. Planos justificativos del emplazamiento de pilares y estribos de obras de fábrica para el paso sobre la red fluvial, en su caso, tal y como señala el punto C.1.3 de esta DIA. Planos de las obras de drenaje proyectadas y justificación de su adecuación al paso de fauna de pequeño tamaño, tal y como señala el punto C.1.4 de esta DIA. Proyecto de restauración y acondicionamiento paisajístico de los espacios alterados por las obras consignado en el EsIA, modificando las especies a implantar en las áreas de descanso y miradores, en el sentido de eliminar las plantaciones de Ulex europaeus y, al mismo tiempo, añadir plantaciones de Castanea sativa. Asimismo, se definirá una restauración integradora de los terraplenes del p.k. 20+960 al 21+000, en relación a la iglesia y cementerio de Sta. María de Folgoso teniendo en cuenta lo indicado en el punto C.1.1. C.2) Fase de replanteo. 1. Previamente a cualquier actuación sobre el ámbito del proyecto deberá disponerse de la autorización emitida por la Dirección General de Patrimonio Cultural para la realización del seguimiento arqueológico de las fases de replanteo, ejecución de obra y restitución de los terrenos. 2. Previamente a cualquier actuación sobre el ámbito del proyecto correspondiente al dominio público hidráulico, deberá disponerse de las autorizaciones oportunas emitidas por la Confederación Hidrográfica del Norte. 3. En el control topográfico de los límites de las zonas de obra y de la localización de todas las infraestructuras e instalaciones proyectadas, quedará especialmente clara la delimitación del dominio público hidráulico, por lo que se procederá al balizado o señalización adecuada de los tramos de la totalidad de los cursos fluviales afectados (arroyos de Carrozo da Viña, de Carballido, de Redomas, de Murias, de Rodelín, de Redirexa, de Lastras; arroyos do Inferno, Seco, de Polancas, de Paradelas; Carrozo da Armada y Regueiral), al objeto de preservarlos de afecciones y daños innecesarios, quedando prohibida la utilización de dichos espacios (márgenes, riberas y zonas de servidumbre) como lugar para el depósito de materiales, parques de maquinaria, operaciones de repostaje y, en general, todas aquellas actividades que pudieran suponer la contaminación de las aguas a través de la incorporación de sustancias contaminantes. C.3) Fase de obras. 1. En base a los resultados de las actuaciones arqueológicas en cada una de las fases de obra, o en el caso de que aparezcan nuevos elementos no detectados hasta el momento, la Dirección General de Patrimonio Cultural, como organismo competente en la materia, decidirá sobre la conveniencia de establecer las medidas protectoras y correctoras que se consideren más adecuadas. Se tendrá en cuenta que en la fase de replanteo se revisarán los impactos y se valorará la aplicación de las correspondientes medidas correctoras. Todas las actuaciones arqueológicas tendrán que ser realizadas por técnicos arqueólogos, de acuerdo con el proyecto autorizado por la Dirección General de Patrimonio Cultural. Asimismo, los trabajos arqueológicos se harán con cargo al financiamiento del proyecto. Se informará al equipo de control y seguimiento arqueológico de la localización de las zonas de préstamo, canteras, parques de maquinaria, vías de acceso a las obras, instalaciones auxiliares, escombreras y vertederos. En caso de que puedan afectar a elementos del patrimonio cultural, se deberá comunicar a la Dirección General de Patrimonio Cultural a la mayor brevedad posible. Cualquier modificación del proyecto de trazado objeto de esta DIA tendrá que ser comunicada, a la mayor brevedad posible, a la Dirección General de Patrimonio Cultural. 2. Se desarrollarán labores de integración paisajística vigilando la evolución de la revegetación, procediendo a la reposición de calvas y/o marras que pudieran aparecer en las siembras, hidrosiembras y/o plantaciones previstas. 3. La Dirección General de Obras Públicas llevará a cabo el Programa de vigilancia ambiental al que se hace referencia en el punto B.1.4 para esta fase y deberá elaborar los siguientes informes, con los contenidos mínimos que se señalan: a) Trimestralmente: Cronograma actualizado de las obras. Memoria del seguimiento realizado de acuerdo con el Programa de vigilancia ambiental que cumpla con los condicionantes de la presente DIA. Se indicarán, en su caso, las variaciones producidas respecto a lo proyectado. Incluirá un reportaje fotográfico que muestre con detalle los aspectos ambientales más relevantes de la actuación, así como de las zonas donde se adoptaron medidas protectoras y correctoras. En las fotografías se indicará la fecha y hora, debiendo ir acompañadas de un plano de localización. En el primer informe trimestral se incluirán mediciones preoperacionales de la presión sonora. Representación en plano de los avances de los trabajos y porcentaje de ejecución de las obras respecto al total, referido a los distintos elementos que las conforman. b) Antes de la emisión del acta de recepción: memoria resumen de la aplicación del Programa de vigilancia ambiental que refleje el cumplimiento de todas las medidas correctoras contempladas en el estudio así como las impuestas por la DIA, en concreto: Informe en el que se refleje el estado de la vía y de los trabajos de integración paisajística llevados a cabo, indicando, en su caso, un resumen de las variaciones producidas a lo largo de las obras respecto a lo proyectado, que deberán venir reflejadas en los informes del apartado anterior. Incluirá un reportaje fotográfico que muestre con detalle los aspectos ambientales más relevantes de la actuación, así como de las zonas donde se efectuaron medidas protectoras y correctoras. En las fotografías se indicará la fecha y hora, debiendo ir acompañadas de un plano de localización. Resultados de un plan de seguimiento de los ruidos, realizando medidas acústicas en los puntos indicados en el Programa de vigilancia ambiental. Incidencias producidas y las medidas adoptadas para su resolución. La duración de la vigilancia ambiental en esta fase se establecerá en función de los resultados obtenidos al llevar a cabo este programa. C.4) Fase de explotación. La Dirección General de Obras Públicas llevará a cabo el Programa de vigilancia ambiental al que se refiere el punto B.1.4 de esta DIA para esta fase y elaborará anualmente una memoria resumen del seguimiento realizado, en la que se incluyan las incidencias producidas y las medidas adoptadas para su resolución. Incluirá un reportaje fotográfico donde se refleje la integración paisajística de la actuación, indicando la fecha y hora de toma, así como la localización de los puntos de toma de las fotografías en un plano. Igualmente, se incluirán los resultados de un plano de seguimiento de los ruidos, realizando medidas acústicas en los puntos indicados en el Programa de vigilancia ambiental a desarrollar de acuerdo con el EsIA y los condicionantes de la presente DIA. La duración de la vigilancia ambiental en esta fase se establecerá en función de los resultados obtenidos al llevar a cabo este programa. Santiago de Compostela, 11 de agosto de 2004. José Manuel Álvarez-Campana Gallo Director general de Calidad y Evaluación Ambiental ANEXO I - Resumen del proyecto Descripción del trazado. Los parámetros de dimensionamento adoptados, teniendo en cuenta el tráfico al que sirve la carretera, la red primaria complementaria, y el tipo de relieve accidentado y muy accidentado, se recogen en la siguiente tabla: Velocidad mínima de proyecto:60 km/h. Sección transversal tipo:7/9 m. Radio mínimo:50 m. Rampa máxima:10%. Kv. convexo (mínimo):694. Kv. cóncavo (mínimo):971. Categoría de tráfico:T32. Tipo de explanada:E-2. El valor del radio mínimo no cumple el valor propuesto por la Subdirección General de Carreteras de 85 m, por la tipología del relieve que obligaría a ejecutar grandes muros, aumentaría la pendiente en general, o haría que el paso por el puerto del Alto do Boi tuviese fuertes desmontes con un impacto ambiental negativo. Se proyecta una variante larga desde el p.k. 1+200 al 1+800 entre San Vitorio y A Ermida, para mejorar el trazado en planta y en alzado, y desde el P.K.. 2+100 al 3+100 para mejora fundamental del trazado en planta. El desarrollo del trazado es de 21.610 m, los radios mínimos adoptados son de 50 m, y las pendientes máximas del 9,52% en el Alto do Boi. Los peraltes considerados se corresponden con los indicados en la norma de trazado 3.1-IC siendo lo máximo del 7% y bombeo del 2%. La sección transversal tipo es la siguiente: Carriles: 2 de 3,50 m = 7.00 m. Arcenes: 2 de 1,00 m = 2.00 m. Según el proyecto se obtienen los siguientes volúmes de desmonte y de terraplén. Desmonte: 757.966 m. Terraplén en traza: 646.388 m. Desmonte sobrante (incluida la tierra y tierra vegetal): 115.578 m. La composición del firme proyectado es: 25 cm de zahorra artificial. 10 cm de macádam bituminoso por penetración de ligantes fluidos. 6 cm de mezcla asfáltica en caliente gruesa, tipo G-20. 5 cm de mezcla asfáltica en caliente semidensa, tipo S-12. Se consideran en el proyecto las obras de drenaje transversal de vaguadas interceptadas de cierta entidad, en los siguientes p.k.: p.k. 1+800 Arroyo de Regueiral, marco de 4x3. P.k. 6+080 Arroyo de Paradelas, marco de 3x2. p.k. 13+840 Arroyo do Inferno, marco de 2x1.50 P.k. 16+820 Arroyo de Santa Eufemia, marco de 3x2,50. p.k. 17+780 Arroyo de Redomas, marco de 2x1,50. p.k. 20+400 Arroyo de Carballido, marco de 4x3. En el resto de las vaguadas interceptadas, se proyectan tubos de hormigón armado de diámetros 150 y 180 cm en función de la longitud de los mismos. Para el desagüe de cunetas, se proyectan tubos colectores de diámetros 60 y 80 cm, cuando las longitudes exceden de la capacidad de transporte de los cunetas proyectadas. En cuanto al drenaje longitudinal, se incluyen en el proyecto las cunetas revestidas en tierra para pendientes menores del 1% y mayor es del 4%, los pasos salvacunetas así como el drenaje subterráneo. ANEXO II: Resumen de medidas correctoras Se exponen a continuación, descompuestas por variables ambientales y aspectos asociados al proyecto, aquellos aspectos u operaciones para los que se proponen medidas de corrección: Atmósfera. Se realizarán riegos con agua para estabilización, control de las emisiones gaseosas y cubrición de transportes. Niveles sonoros. Control de operaciones de carga y descarga, movimientos de la maquinaria y del personal de obra y control de voladuras. Suelos y ocupaciones. Balizamiento de la zona de obra, de las instalaciones auxiliares, realización de un plano viario previo al inicio de las obras, amontonamiento de tierra vegetal y regeneración de suelos. Gestión de residuos. Recogida de residuos asimilables a urbanos, recogida y gestión de aceites, lubricantes usados y otros residuos peligrosos generados por maquinaria y actividades de obra y evacuación de aguas sanitarias. Erosión e inestabilidad. Replanteo, control de acopios de préstamos y del emplazamiento de sobrantes. Calidad de las aguas. Sistemas de protección, cuidados en operaciones de obra y manejo de materiales de riesgo y protección frente a los movimientos de tierras. Fauna. Replanteo, control del emplazamiento de instalaciones auxiliares, parque de maquinaria y zonas de amontonamiento y almacenamiento. Realización de estructuras de paso para la fauna terrestre. Vegetación y paisaje: proyecto de restauración y acondicionamiento paisajístico. El acondicionamiento paisajístico de las obras de acondicionamiento de la carretera LU-651 de Quiroga a Seone do Courel, tramo: Quiroga-Folgoso, se realizará mediante la ejecución del proyecto de restauración diseñado al efecto, con los principales objetivos de conseguir la revegetación de superficies, la integración paisajística de la carretera en el entorno que atraviesa, en especial en el Espacio Natural Ancares - O Courel, y la corrección y/o minimización de los posibles impactos inducidos por la misma. Patrimonio. Medidas correctoras puntuales para los distintos elementos estudiados durante la prospección y que se reflejen en la memoria técnica. Como medida genérica se realizará un control y seguimiento arqueológico de los movimientos de tierras durante la fase de construcción. Medio socioeconómico. Correcta señalización de aviso de obras y del viario alternativo, de forma que sea posible evitar trastornos en la circulación generados por las actividades constructivas y la presencia de maquinaria pesada, durante la fase de construcción. Utilización preferente de la mano de obra local. Utilización preferente de los recursos materiales ofrecidos por el medio inmediato a la obra. Utilización preferente de los materiales de construcción manufacturados en el entorno comarcal. Establecimiento de mecanismos diseñados para informar a los habitantes de los municipios afectados por las obras de naturaleza de las obras, alcance, objetivos, etcétera. Maximizar la realización de los trabajos de movimientos de tierra y transporte de materiales en condiciones atmosféricas favorables, evitando trabajar con vientos fuertes durante períodos secos, para evitar afecciones en las vías respiratorias, pérdida de valor de las cosechas y calidad estética del entorno. Riegos mediante mangueras y/o camiones-cuba, de las zonas afectadas por los movimientos de tierra, prestando especial interés a las zonas de carga y descarga de las tierras y otros materiales que puedan provocar emisiones de polvo. Maximizar el recubrimiento de las materias a transportar mediante lonas, transportes cerrados u otros métodos, principalmente cuando el trayecto se realice en las proximidades de zonas habitadas y/o cuando el transporte del material traspase los límites de la superficie de ejecución. Restauración del viario rural utilizado en el marco de las obras.
Data norma
Organismo
CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS E VIVENDA
Ámbito Normativo
Autonómica
Clasificación
AVALIACIÓN DE IMPACTO, EFECTO, INCIDENCIA AMBIENTAL
Resolución de 16 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Obras Públicas, por la que se hace pública la declaración de impacto ambiental formulada por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de 11 de agosto de 2004, relativa al proyecto de trazado del acondicionamiento de la carretera Quiroga-Seoane do Courel. Tramo: Quiroga-Folgoso, en los ayuntamientos de Quiroga y Folgoso do Courel (LU/01/087.01). En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia, así como lo dispuesto en el Real decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, se hace pública la resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de 11 de agosto de 2004, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto de trazado del acondicionamiento de la carretera Quiroga-Seoane do Courel. Tramo: Quiroga-Folgoso, en los ayuntamientos de Quiroga y Folgoso do Courel (LU/01/087.01), promovido por la Dirección General de Obras Públicas, y que se transcribe como anexo a esta resolución. Santiago de Compostela, 16 de septiembre de 2004. Agustín Hernández Fernández de Rojas Director general de Obras Públicas Declaración de impacto ambiental de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 11 de agosto de 2004, relativa al proyecto de trazado del acondicionamiento de la carretera Quiroga-Seoane do courel. Tramo: Quiroga-Folgoso en los ayuntamientos de Quiroga y Folgoso do Courel. (LU/01/087.01), promovido por la Dirección General de Obras Publicas. Clave: 2004/0201. La Dirección General de Obras Públicas, como órgano sustantivo por razón de la materia, en su Resolución de 17 de diciembre de 2003 aprobó provisionalmente el proyecto de trazado y estudio de impacto ambiental del acondicionamiento de la carretera Quiroga-Seoane do Courel. Tramo: Quiroga-Folgoso, en los municipios de Quiroga y Folgoso do Courel (Lugo). La finalidad de este proyecto es el acondicionamiento de la carretera LU-651, mediante la modificación de las características geométricas del trazado existente, con actuaciones tendentes a mejorar los tiempos de recorrido, la seguridad vial y, si es posible, el nivel de servicio. En el anexo I se resume el contenido del proyecto de trazado y en el anexo II se resumen las medidas correctoras propuestas en el estudio de impacto ambiental (EsIA). Dado que el proyecto se encuentra comprendido en el grupo 6.a del anexo I de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, dentro del procedimiento de aprobación sustantiva se somete al trámite de evaluación de impacto ambiental. En cumplimiento de lo establecido reglamentariamente, con fecha de publicación en el Diario Oficial de Galicia nº 43, del 2 de marzo de 2003, se publica la Resolución de 23 de febrero de 2003, de la Subdirección General de Carreteras, por la que se somete a información pública el estudio informativo y el estudio de impacto ambiental del acondicionamiento de la carretera Quiroga-Seoane do Courel. Tramo: Quiroga-Folgoso. En fecha 2 de agosto de 2004 tiene entrada el expediente ambiental, remitido por la Dirección General de Obras Públicas, en el que se incluyen los certificados de exposición al público del Servicio Provincial de Carreteras de Lugo, de la Dirección General de Obras Públicas y de los municipios de Quiroga y Folgoso do Courel, copia de las alegaciones presentadas en este período, y los informes de Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia, y de las direcciones generales de Salud Pública, Conservación de la Naturaleza y Patrimonio Cultural. Cumplimentada la tramitación, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, como órgano ambiental y en el ejercicio de las competencias que le concede el Decreto 14/2002, de 24 de enero, modificado por el Decreto 333/2002, de 22 de noviembre, formula a los solos efectos ambientales, la declaración de impacto ambiental (DIA) del proyecto de trazado y estudio de impacto ambiental acondicionamiento de la carretera Quiroga-Seoane do Courel. Tramo: Quiroga-Folgoso, en los municipios de Quiroga y Folgoso do Courel (Lugo), promovido por la Dirección General de Obras Públicas. Declaración de impacto ambiental. Examinada la documentación que constituye el expediente, esta Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental considera que el proyecto es ambientalmente viable siempre que se cumplan las condiciones que se establecen en la presente DIA, además de las incluidas en el estudio de impacto ambiental y restante documentación evaluada, teniendo en cuenta que, en caso de que exista contradicción entre lo indicado en la documentación presentada por el promotor y lo establecido en la presente declaración, prevalecerá lo dispuesto en esta última. Además del obligado cumplimiento de las citadas condiciones, si se manifiesta cualquier tipo de impacto, no considerado hasta el momento, este órgano -a iniciativa propia o a propuesta del órgano sustantivo-, podrá dictar a los solos efectos ambientales condicionados adicionales a los anteriores. Las condiciones establecidas podrán ser revisadas de oficio o a solicitud del promotor al objeto de incorporar medidas que aporten una mayor protección del medio. Además de esto, el promotor podrá solicitar su revisión en aquellos supuestos que tecnológicamente presenten graves dificultades para su implantación o impliquen modificaciones importantes en la actividad, siempre y cuando las nuevas medidas permitan alcanzar los objetivos y fines de ésta. En este último caso, el promotor remitirá esta solicitud, aportando documentación técnica que justifique estas medidas, en el plazo máximo de un (1) mes después de serle notificada la presente declaración, no pudiendo comenzar las obras antes de contar con una comunicación de esta dirección general. A. Ámbito de la declaración. La presente declaración de impacto ambiental se refiere a las obras proyectadas en el proyecto de trazado acondicionamiento de la carretera Quiroga-Seoane do Courel. Tramo: Quiroga-Folgoso, en los municipios de Quiroga y Folgoso do Courel (Lugo), en la configuración correspondiente al plano nº 4 planta y perfil del p.k. 0 al p.k. 21610 recogido en el estudio ambiental de dicho proyecto. B. Condiciones generales. B.1) Fase de redacción del proyecto constructivo 1. Se localizarán las zonas destinadas a instalaciones auxiliares, acopios de materiales, almacenamiento de residuos, etcétera, primando el uso de los espacios ocupados por la traza frente a cualquier otro, procurando que se sitúen en espacios carentes de valores ambientales relevantes. 2. Además, en las zonas para la realización de actividades de mantenimiento, reparación y lavado de maquinaria, se habilitará en los hormigonados un sistema de recogida, condución y sedimentación del agua mezclada con hormigón procedente de la zona de obra, evitando que se produzca algún vertido de esta mezcla a corrientes de agua. Asimismo, en las zonas para la realización de actividades de mantenimiento, reparación y lavado de la maquinaria se protegerá el suelo con materiales impermeables. 3. Se definirán las vías auxiliares a utilizar en el proceso constructivo, primando el uso de la traza frente a las vías locales preexistentes y, de ambos, frente a la apertura de nuevas vías. 4. Se redactará un programa de vigilancia ambiental al objeto de garantizar a lo largo del tiempo el cumplimiento de las medidas protectoras y correctoras contempladas en el estudio ambiental y en el condicionado de la presente declaración, así como incorporar procedimientos de autocontrol por parte del promotor. El programa debe permitir detectar, cuantificar y corregir diferentes alteraciones que no se pudiesen prever en el estudio o en el condicionado de esta DIA, y llevar a cabo nuevas medidas correctoras acordes con las nuevas problemáticas surgidas. En la redacción de este programa se fijarán, según la fase (obras o explotación) la periodicidad, indicadores y umbrales (admisibles y de alerta) que se vayan a utilizar en cada caso. En la realización del control y seguimiento ambiental se tendrá en cuenta que: Al objeto de conseguir la máxima coordinación y eficacia en el cumplimiento de la presente declaración, se nombrará un responsable de ésta. El cronograma será actualizado para cada informe, y siempre deberá contemplar las labores de restauración y revegetación. Las tomas de muestras y las mediciones deberán ser representativas; por tanto, se realizarán en aquellos momentos en los que pueda existir una afección sobre los aspectos a controlar. Las tomas de muestras, analíticas y mediciones deberán ser realizadas por entidades homologadas y/o acreditadas, y deberán venir acompañadas del informe firmado por el técnico competente. Se incorporará en los informes copia de la documentación acreditativa de la obtención de los permisos que sea necesario requerir. B.2) Fase de replanteo. 1. Se procederá al balizado o, en su caso, a la señalización de todos aquellos elementos de interés situados en el entorno del proyecto, básicamente todas aquellas masas y formaciones vegetales de interés ambiental y elementos del patrimonio cultural, al objeto de evitar afecciones innecesarias sobre ellos. B.3) Fase de obras y explotación. 1. A fin de evitar posibles alteraciones de la calidad del aire por emisión de polvo a la atmósfera durante la fase de obras debido a la acción de la maquinaria y a los movimientos de tierra, se aplicarán medidas correctoras y minimizadoras consistentes en la realización de riegos de caminos y zonas de obra. Asimismo, se procederá al recubrimiento con un toldo impermeable de los camiones que transporten material y al lavado de las ruedas de los camiones a la salida de la zona de obras. 2. Se cumplirá con lo dispuesto en la Ley 7/1997, de 11 de agosto, de protección contra la contaminación acústica, así como lo estipulado, en el caso de que dispongan de ella, en las ordenanzas municipales de los ayuntamientos de Quiroga y Folgoso do Courel. 3. Para los vertidos que se realicen al medio natural, ya sean aguas de percolación, sanitarias y/o pluviales, así como para la realización de captaciones de agua, será preceptiva la autorización administrativa otorgada por la Confederación Hidrográfica del Norte. En caso de que el vertido se realice hacia la red de saneamiento de la zona, se deberá disponer de la autorización del gestor de dicha red. 4. Se prohíbe verter en los propios lechos de los cursos fluviales restos de hormigón o cemento, o lavar materiales o herramientas que estuviesen en contacto con ellos, así como los cambios de aceite de maquinaria de construcción. 5. Al finalizar las obras, todas las instalaciones auxiliares, zonas de almacenamiento de materiales y residuos, etcétera, deberán ser desmanteladas y, en el caso de que éstas no se encuentren emplazadas sobre la propia traza, los espacios ocupados por ellas deben ser restaurados a su situación preoperacional. Lo mismo es aplicable para el caso de vías de obra que no vayan a ser utilizadas posteriormente a la finalización de aquéllas. 6. No estando definida, en el estudio presentado, la reserva de una zona para la fabricación de hormigón o aglomerado asfáltico, éstos serán provistos desde planta o plantas fuera de la obra, y que cuenten con las debidas autorizaciones, salvo que se solicite revisión de la declaración con la inclusión de la planta o plantas. 7. Teniendo en cuenta la política de gestión de residuos de construcción y demolición que se está llevando a cabo en esta dirección general, se estudiará la posibilidad de que, en caso de que se generen este tipo de residuos (demolición de edificaciones, restos de obras de fábrica, etcétera) sean reciclados a fin de utilizarlos en la obra, en caso de que esto no sea posible serán entregados al gestor autorizado. 8. En caso de que se precise material procedente de cantera para el desarrollo de las obras, éste deberá proceder de canteras autorizadas. 9. Asimismo, se estudiará la posibilidad de que parte de los materiales a usar para la construcción de la vía (para bases o subbases, para la fabricación de hormigonados, para pavimentar las vías auxiliares, para rellenos poco exigentes geotécnicamente, etcétera) procedan de plantas de reciclaje de residuos de construcción y demolición. 10. La gestión de las tierras vegetales a utilizar en la restauración de las zonas degradadas, y retirada previamente al proceso de movimiento de tierras, se realizará conforme a las prácticas habituales. En caso de que el período de almacenamiento sea prolongado, se procederá a realizar labores de mantenimiento consistentes en riegos y remociones periódicas, aportes de abonos minerales y semillas de herbáceas (gramíneas y leguminosas) con aportes de mulch suficiente para mantener entre un 5% y un 6 % de materia orgánica. 11. En caso de tener que realizar tareas de mantenimiento y reparación de la maquinaria no apta para circular por carretera en la zona de obras, se protegerá el suelo con materiales impermeables y se dispondrán los medios necesarios para la recogida de posibles vertidos. 12. Todos los residuos que se generen como consecuencia de la ejecución y explotación de la nueva vía deberán ser gestionados en función de su natu raleza y conforme a la legislación vigente, primando el reciclaje o la reutilización frente al vertido. Estos residuos se almacenarán en contenedores que estarán situados en las zonas de instalaciones auxiliares a las obras y a la explotación, hasta su entrega al gestor autorizado, atendiendo a los criterios de almacenamiento establecidos en la legislación vigente y señalizando claramente su situación. Al finalizar las obras y antes del inicio de la fase de explotación, deberá haberse retirado y gestionado adecuadamente la totalidad de los residuos de obra. 13. Se respetará sistemáticamente todo tipo de vegetación existente que no resulte afectada directamente por la ejecución de la obra y, si técnicamente resulta posible, no se eliminarán los tocones; sobre todo si están en la ribera de los cursos fluviales. Así, la corta de vegetación se ceñirá a lo estrictamente necesario para la ejecución de la obra, y a fin de evitar el deterioro así como cualquier influencia negativa sobre los hábitats fluviales, protegiendo en todo momento la vegetación de ribera. 14. Los restos vegetales que se produzcan deberán ser gestionados adecuadamente, prevaleciendo siempre su valorización. En caso de depositarlos en el terreno, deberán ser triturados y esparcidos homogéneamente, para permitir una rápida incorporación al suelo. 15. En aquellas zonas afectadas por movimientos de tierra, excavaciones y, en general, todas aquellas operaciones de obra que supongan la aparición de superficies desnudas, se procederá a su estabilización y revegetación a la mayor brevedad posible, al objeto de evitar la aparición de fenómenos erosivos. En caso de ser precisas, se adoptarán medidas correctoras adicionales para corregir la erosión, como puede ser el extendido de mantas de fibras naturales. 16. Se extremarán las precauciones en la ejecución de las obras en las zonas de afección a la red hidrológica, adoptando todas las medidas protectoras y correctoras necesarias para su preservación. 17. Se mantendrá la permeabilidad territorial de la zona, conservando los servicios y servidumbres de paso que actualmente existen. Si durante las obras fuese preciso cortar el paso de alguna vía, se deberán implementar rutas alternativas que presten el mismo servicio. 18. Se realizará un control del correcto funcionamiento de los dispositivos de drenaje y de las condiciones de incorporación de las aguas a la red hidrológica, adoptando todas las medidas protectoras y correctoras necesarias para su preservación. En las labores de mantenimiento de cunetas y sistemas de drenaje, se evitará el empleo de herbicidas, realizando dichas labores exclusivamente por medios mecánicos. 19. En el caso de que como resultado de llevar a cabo el Programa de vigilancia ambiental se detecten impactos imprevistos o alteraciones que superen los umbrales establecidos en esta DIA o en a legislación aplicable, la Dirección General de Obras Públicas propondrá las medidas correctoras precisas para corregirlas. Si se manifiesta la existencia de impactos ambientales severos o críticos, el órgano sustantivo pondrá este hecho en conocimiento de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. 20. En caso de producirse o demostrarse algún imprevisto que ocasione una afección al medio natural, se tomarán inmediatamente las medidas adecuadas para paliar dicha afección, siendo el servicio provincial correspondiente quien decidirá sobre la conveniencia de la solución a adoptar, así como las actuaciones precisas para corregir los efectos provocados. Asimismo, cualquier modificación del proyecto que tenga alguna afección sobre el medio natural requerirá el informe correspondiente. C. Condiciones específicas. C.1) Fase de redacción del proyecto constructivo. 1. Se redactará una memoria en la que se detalle: En el paso del trazado por el núcleo de Folgoso, en el entorno de la iglesia parroquial, el acondicionamiento de los terraplenes originados con la obra, tanto del margen izquierdo como, en especial, el del margen derecho, así como el espacio residual entre la carretera y el muro del atrio parroquial, garantizando, en todo momento, la conservación de este muro. El desmontaje y traslado en el mismo entorno, de las Alvarizas da Granxa (elemento 31). La restitución del camino tradicional de Teso da Rebola (elemento 30). Esta memoria deberá incluir el control y seguimiento arqueológico de las fases de replanteo, ejecución de obra y restitución de los terrenos, para lo que se redactará un proyecto de control y seguimiento arqueológico que deberá ser presentado y aprobado por la Dirección General de Patrimonio Cultural. Además, para asegurar la conservación de los bienes de patrimonio cultural se desarrollarán las medidas correctoras incluidas en la memoria técnica del EsIA, especialmente en lo relativo a la intervención arqueológica del p.k. 2+140 al 2+600, en el lugar conocido como A Gándara Chá, en la caseta de Alto do Boi y en la caseta de Riba de Vidallón, en las que se valoró la existencia de un impacto severo. Cualquier modificación del proyecto de trazado objeto de esta DIA tendrá que ser comunicada, a la mayor brevedad posible, a la Dirección General de Patrimonio Cultural. 2. En caso de afectar a fuentes y/o captaciones de agua existentes en el ámbito de la traza, se establecerán las medidas precisas para procurar mantener sus usos actuales. 3. En el caso de las estructuras de paso sobre la red fluvial configuradas como obras de fábrica, se asegurará en su diseño el hecho de que no se coloque ningún pilar dentro de los lechos y que los estribos se sitúen a más de 5 m a cada lado de aquéllos. 4. En el diseño de las restantes obras de drenaje transversal se considerarán las actuaciones de adaptación de aquéllas al paso de la fauna a través de ellas, consignadas en el EsIA. El diseño de estas infraestructuras debe garantizar que no se generan, en el punto de paso, láminas de agua de poca profundidad y excesiva velocidad, además de minimizar la longitud del paso lo máximo posible. 5. Se incluirá, asimismo, el Programa de vigilancia ambiental consignado en el EsIA incorporando los cambios derivados de la presente DIA y modificando el proceso de control y seguimiento de la contaminación acústica que, además de desarrollarse a lo largo de la explotación de la vía, deberá realizarse también durante las obras; debiendo constar los puntos de muestreo, metodología, periodicidad y límites a imponer. A fin de realizar el adecuado seguimiento ambiental, junto con el Programa de vigilancia ambiental deberá incluirse la siguiente información: Plano a escala 1/5.000 donde se refleje el trazado definitivo. Se completará la representación gráfica con una explicación escrita de las modificaciones efectuadas respecto al trazado definido en el proyecto de trazado. Plano a escala 1/5.000 o mayor detalle donde se refleje la localización de las zonas destinadas a las instalaciones auxiliares, acopios de materiales y de sobrantes de movimientos de tierra, almacenamiento de residuos, etcétera. Se incluirá, en el caso de acopios de sobrantes, información sobre los tratamientos de integración visual que se van a desarrollar. Memoria y planos descriptivos del equipamiento de las instalaciones auxiliares de acuerdo con lo establecido en el punto B.1.2 de esta DIA. Plano a escala 1/5.000 o mayor detalle donde se refleje la localización de las vías auxiliares a utilizar en el proceso constructivo, tal y como señala el punto B.1.3 de esta DIA. Planos justificativos del emplazamiento de pilares y estribos de obras de fábrica para el paso sobre la red fluvial, en su caso, tal y como señala el punto C.1.3 de esta DIA. Planos de las obras de drenaje proyectadas y justificación de su adecuación al paso de fauna de pequeño tamaño, tal y como señala el punto C.1.4 de esta DIA. Proyecto de restauración y acondicionamiento paisajístico de los espacios alterados por las obras consignado en el EsIA, modificando las especies a implantar en las áreas de descanso y miradores, en el sentido de eliminar las plantaciones de Ulex europaeus y, al mismo tiempo, añadir plantaciones de Castanea sativa. Asimismo, se definirá una restauración integradora de los terraplenes del p.k. 20+960 al 21+000, en relación a la iglesia y cementerio de Sta. María de Folgoso teniendo en cuenta lo indicado en el punto C.1.1. C.2) Fase de replanteo. 1. Previamente a cualquier actuación sobre el ámbito del proyecto deberá disponerse de la autorización emitida por la Dirección General de Patrimonio Cultural para la realización del seguimiento arqueológico de las fases de replanteo, ejecución de obra y restitución de los terrenos. 2. Previamente a cualquier actuación sobre el ámbito del proyecto correspondiente al dominio público hidráulico, deberá disponerse de las autorizaciones oportunas emitidas por la Confederación Hidrográfica del Norte. 3. En el control topográfico de los límites de las zonas de obra y de la localización de todas las infraestructuras e instalaciones proyectadas, quedará especialmente clara la delimitación del dominio público hidráulico, por lo que se procederá al balizado o señalización adecuada de los tramos de la totalidad de los cursos fluviales afectados (arroyos de Carrozo da Viña, de Carballido, de Redomas, de Murias, de Rodelín, de Redirexa, de Lastras; arroyos do Inferno, Seco, de Polancas, de Paradelas; Carrozo da Armada y Regueiral), al objeto de preservarlos de afecciones y daños innecesarios, quedando prohibida la utilización de dichos espacios (márgenes, riberas y zonas de servidumbre) como lugar para el depósito de materiales, parques de maquinaria, operaciones de repostaje y, en general, todas aquellas actividades que pudieran suponer la contaminación de las aguas a través de la incorporación de sustancias contaminantes. C.3) Fase de obras. 1. En base a los resultados de las actuaciones arqueológicas en cada una de las fases de obra, o en el caso de que aparezcan nuevos elementos no detectados hasta el momento, la Dirección General de Patrimonio Cultural, como organismo competente en la materia, decidirá sobre la conveniencia de establecer las medidas protectoras y correctoras que se consideren más adecuadas. Se tendrá en cuenta que en la fase de replanteo se revisarán los impactos y se valorará la aplicación de las correspondientes medidas correctoras. Todas las actuaciones arqueológicas tendrán que ser realizadas por técnicos arqueólogos, de acuerdo con el proyecto autorizado por la Dirección General de Patrimonio Cultural. Asimismo, los trabajos arqueológicos se harán con cargo al financiamiento del proyecto. Se informará al equipo de control y seguimiento arqueológico de la localización de las zonas de préstamo, canteras, parques de maquinaria, vías de acceso a las obras, instalaciones auxiliares, escombreras y vertederos. En caso de que puedan afectar a elementos del patrimonio cultural, se deberá comunicar a la Dirección General de Patrimonio Cultural a la mayor brevedad posible. Cualquier modificación del proyecto de trazado objeto de esta DIA tendrá que ser comunicada, a la mayor brevedad posible, a la Dirección General de Patrimonio Cultural. 2. Se desarrollarán labores de integración paisajística vigilando la evolución de la revegetación, procediendo a la reposición de calvas y/o marras que pudieran aparecer en las siembras, hidrosiembras y/o plantaciones previstas. 3. La Dirección General de Obras Públicas llevará a cabo el Programa de vigilancia ambiental al que se hace referencia en el punto B.1.4 para esta fase y deberá elaborar los siguientes informes, con los contenidos mínimos que se señalan: a) Trimestralmente: Cronograma actualizado de las obras. Memoria del seguimiento realizado de acuerdo con el Programa de vigilancia ambiental que cumpla con los condicionantes de la presente DIA. Se indicarán, en su caso, las variaciones producidas respecto a lo proyectado. Incluirá un reportaje fotográfico que muestre con detalle los aspectos ambientales más relevantes de la actuación, así como de las zonas donde se adoptaron medidas protectoras y correctoras. En las fotografías se indicará la fecha y hora, debiendo ir acompañadas de un plano de localización. En el primer informe trimestral se incluirán mediciones preoperacionales de la presión sonora. Representación en plano de los avances de los trabajos y porcentaje de ejecución de las obras respecto al total, referido a los distintos elementos que las conforman. b) Antes de la emisión del acta de recepción: memoria resumen de la aplicación del Programa de vigilancia ambiental que refleje el cumplimiento de todas las medidas correctoras contempladas en el estudio así como las impuestas por la DIA, en concreto: Informe en el que se refleje el estado de la vía y de los trabajos de integración paisajística llevados a cabo, indicando, en su caso, un resumen de las variaciones producidas a lo largo de las obras respecto a lo proyectado, que deberán venir reflejadas en los informes del apartado anterior. Incluirá un reportaje fotográfico que muestre con detalle los aspectos ambientales más relevantes de la actuación, así como de las zonas donde se efectuaron medidas protectoras y correctoras. En las fotografías se indicará la fecha y hora, debiendo ir acompañadas de un plano de localización. Resultados de un plan de seguimiento de los ruidos, realizando medidas acústicas en los puntos indicados en el Programa de vigilancia ambiental. Incidencias producidas y las medidas adoptadas para su resolución. La duración de la vigilancia ambiental en esta fase se establecerá en función de los resultados obtenidos al llevar a cabo este programa. C.4) Fase de explotación. La Dirección General de Obras Públicas llevará a cabo el Programa de vigilancia ambiental al que se refiere el punto B.1.4 de esta DIA para esta fase y elaborará anualmente una memoria resumen del seguimiento realizado, en la que se incluyan las incidencias producidas y las medidas adoptadas para su resolución. Incluirá un reportaje fotográfico donde se refleje la integración paisajística de la actuación, indicando la fecha y hora de toma, así como la localización de los puntos de toma de las fotografías en un plano. Igualmente, se incluirán los resultados de un plano de seguimiento de los ruidos, realizando medidas acústicas en los puntos indicados en el Programa de vigilancia ambiental a desarrollar de acuerdo con el EsIA y los condicionantes de la presente DIA. La duración de la vigilancia ambiental en esta fase se establecerá en función de los resultados obtenidos al llevar a cabo este programa. Santiago de Compostela, 11 de agosto de 2004. José Manuel Álvarez-Campana Gallo Director general de Calidad y Evaluación Ambiental ANEXO I - Resumen del proyecto Descripción del trazado. Los parámetros de dimensionamento adoptados, teniendo en cuenta el tráfico al que sirve la carretera, la red primaria complementaria, y el tipo de relieve accidentado y muy accidentado, se recogen en la siguiente tabla: Velocidad mínima de proyecto:60 km/h. Sección transversal tipo:7/9 m. Radio mínimo:50 m. Rampa máxima:10%. Kv. convexo (mínimo):694. Kv. cóncavo (mínimo):971. Categoría de tráfico:T32. Tipo de explanada:E-2. El valor del radio mínimo no cumple el valor propuesto por la Subdirección General de Carreteras de 85 m, por la tipología del relieve que obligaría a ejecutar grandes muros, aumentaría la pendiente en general, o haría que el paso por el puerto del Alto do Boi tuviese fuertes desmontes con un impacto ambiental negativo. Se proyecta una variante larga desde el p.k. 1+200 al 1+800 entre San Vitorio y A Ermida, para mejorar el trazado en planta y en alzado, y desde el P.K.. 2+100 al 3+100 para mejora fundamental del trazado en planta. El desarrollo del trazado es de 21.610 m, los radios mínimos adoptados son de 50 m, y las pendientes máximas del 9,52% en el Alto do Boi. Los peraltes considerados se corresponden con los indicados en la norma de trazado 3.1-IC siendo lo máximo del 7% y bombeo del 2%. La sección transversal tipo es la siguiente: Carriles: 2 de 3,50 m = 7.00 m. Arcenes: 2 de 1,00 m = 2.00 m. Según el proyecto se obtienen los siguientes volúmes de desmonte y de terraplén. Desmonte: 757.966 m. Terraplén en traza: 646.388 m. Desmonte sobrante (incluida la tierra y tierra vegetal): 115.578 m. La composición del firme proyectado es: 25 cm de zahorra artificial. 10 cm de macádam bituminoso por penetración de ligantes fluidos. 6 cm de mezcla asfáltica en caliente gruesa, tipo G-20. 5 cm de mezcla asfáltica en caliente semidensa, tipo S-12. Se consideran en el proyecto las obras de drenaje transversal de vaguadas interceptadas de cierta entidad, en los siguientes p.k.: p.k. 1+800 Arroyo de Regueiral, marco de 4x3. P.k. 6+080 Arroyo de Paradelas, marco de 3x2. p.k. 13+840 Arroyo do Inferno, marco de 2x1.50 P.k. 16+820 Arroyo de Santa Eufemia, marco de 3x2,50. p.k. 17+780 Arroyo de Redomas, marco de 2x1,50. p.k. 20+400 Arroyo de Carballido, marco de 4x3. En el resto de las vaguadas interceptadas, se proyectan tubos de hormigón armado de diámetros 150 y 180 cm en función de la longitud de los mismos. Para el desagüe de cunetas, se proyectan tubos colectores de diámetros 60 y 80 cm, cuando las longitudes exceden de la capacidad de transporte de los cunetas proyectadas. En cuanto al drenaje longitudinal, se incluyen en el proyecto las cunetas revestidas en tierra para pendientes menores del 1% y mayor es del 4%, los pasos salvacunetas así como el drenaje subterráneo. ANEXO II: Resumen de medidas correctoras Se exponen a continuación, descompuestas por variables ambientales y aspectos asociados al proyecto, aquellos aspectos u operaciones para los que se proponen medidas de corrección: Atmósfera. Se realizarán riegos con agua para estabilización, control de las emisiones gaseosas y cubrición de transportes. Niveles sonoros. Control de operaciones de carga y descarga, movimientos de la maquinaria y del personal de obra y control de voladuras. Suelos y ocupaciones. Balizamiento de la zona de obra, de las instalaciones auxiliares, realización de un plano viario previo al inicio de las obras, amontonamiento de tierra vegetal y regeneración de suelos. Gestión de residuos. Recogida de residuos asimilables a urbanos, recogida y gestión de aceites, lubricantes usados y otros residuos peligrosos generados por maquinaria y actividades de obra y evacuación de aguas sanitarias. Erosión e inestabilidad. Replanteo, control de acopios de préstamos y del emplazamiento de sobrantes. Calidad de las aguas. Sistemas de protección, cuidados en operaciones de obra y manejo de materiales de riesgo y protección frente a los movimientos de tierras. Fauna. Replanteo, control del emplazamiento de instalaciones auxiliares, parque de maquinaria y zonas de amontonamiento y almacenamiento. Realización de estructuras de paso para la fauna terrestre. Vegetación y paisaje: proyecto de restauración y acondicionamiento paisajístico. El acondicionamiento paisajístico de las obras de acondicionamiento de la carretera LU-651 de Quiroga a Seone do Courel, tramo: Quiroga-Folgoso, se realizará mediante la ejecución del proyecto de restauración diseñado al efecto, con los principales objetivos de conseguir la revegetación de superficies, la integración paisajística de la carretera en el entorno que atraviesa, en especial en el Espacio Natural Ancares - O Courel, y la corrección y/o minimización de los posibles impactos inducidos por la misma. Patrimonio. Medidas correctoras puntuales para los distintos elementos estudiados durante la prospección y que se reflejen en la memoria técnica. Como medida genérica se realizará un control y seguimiento arqueológico de los movimientos de tierras durante la fase de construcción. Medio socioeconómico. Correcta señalización de aviso de obras y del viario alternativo, de forma que sea posible evitar trastornos en la circulación generados por las actividades constructivas y la presencia de maquinaria pesada, durante la fase de construcción. Utilización preferente de la mano de obra local. Utilización preferente de los recursos materiales ofrecidos por el medio inmediato a la obra. Utilización preferente de los materiales de construcción manufacturados en el entorno comarcal. Establecimiento de mecanismos diseñados para informar a los habitantes de los municipios afectados por las obras de naturaleza de las obras, alcance, objetivos, etcétera. Maximizar la realización de los trabajos de movimientos de tierra y transporte de materiales en condiciones atmosféricas favorables, evitando trabajar con vientos fuertes durante períodos secos, para evitar afecciones en las vías respiratorias, pérdida de valor de las cosechas y calidad estética del entorno. Riegos mediante mangueras y/o camiones-cuba, de las zonas afectadas por los movimientos de tierra, prestando especial interés a las zonas de carga y descarga de las tierras y otros materiales que puedan provocar emisiones de polvo. Maximizar el recubrimiento de las materias a transportar mediante lonas, transportes cerrados u otros métodos, principalmente cuando el trayecto se realice en las proximidades de zonas habitadas y/o cuando el transporte del material traspase los límites de la superficie de ejecución. Restauración del viario rural utilizado en el marco de las obras.
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