Diario Oficial de Galicia, 01-10-2004, Núm. 192, Páx. 13453
Resolución de 1 de abril de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se hace pública la modificación de la declaración de impacto ambiental del proyecto del Parque Eólico Touriñán IV (Serra do Moncoso), en los ayuntamientos de Monfero, Irixoa y Aranga (A Coruña), promovido por la empresa Eólicos Touriñán, S.A.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación del impacto ambiental para Galicia, se hace pública la Resolución de 10 de noviembre de 2003 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental por la que se modifica la declaración de impacto ambiental del proyecto de Parque Eólico Touriñán IV (Serra do Moncoso), en los ayuntamientos de Monfero, Irixoa y Aranga (A Coruña), promovido por la empresa Eólicos Touriñán, S.A., que se transcribe como anexo a esta resolución.
Santiago de Compostela, 1 de abril de 2004.
Ramón Ordás Badía
Director general de Industria, Energía y Minas
Con fecha 22 de enero de 2004 se recibe en la Consellería de Medio Ambiente, remitido por la Dirección General de Industria, Energía y Minas, un escrito del promotor en el que señala un error en la transcripción de las coordenadas UTM de los aerogeneradores 14, 15 y 21 en el documento ampliación estudio de impacto ambiental. Parque Eólico Touriñán IV, en el que se basó la modificación de fecha 10 de noviembre de 2003 de la declaración de impacto ambiental del parque eólico de referencia.
Dicho escrito viene acompañado de un nuevo plano que incorpora la tabla de las coordenadas UTM de los aerogeneradores debidamente corregida y en el que se puede observar que la posición de los citados aerogeneradores 14, 15 y 21 no varía físicamente respecto de la reflejada en el plano que se empleó como base para efectuar la citada modificación de la declaración.
En consecuencia, es necesario efectuar la corrección de las coordenadas UTM de los aerogeneradores 14, 15 y 21 que figuran en la modificación de la DIA de fecha 10 de noviembre de 2003, sustituyéndolas por las siguientes:
Aerogenerador UTM X UTM Y
14 582.442 4.792.677
15 582.374 4.792.440
21 581.944 4.790.865
Organismo
CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA E COMERCIO
Ámbito Normativo
Autonómica
Rango legal
Resolución
Clasificación
AVALIACIÓN DE IMPACTO, EFECTO, INCIDENCIA AMBIENTAL
Resolución de 1 de abril de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se hace pública la modificación de la declaración de impacto ambiental del proyecto del Parque Eólico Touriñán IV (Serra do Moncoso), en los ayuntamientos de Monfero, Irixoa y Aranga (A Coruña), promovido por la empresa Eólicos Touriñán, S.A.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación del impacto ambiental para Galicia, se hace pública la Resolución de 10 de noviembre de 2003 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental por la que se modifica la declaración de impacto ambiental del proyecto de Parque Eólico Touriñán IV (Serra do Moncoso), en los ayuntamientos de Monfero, Irixoa y Aranga (A Coruña), promovido por la empresa Eólicos Touriñán, S.A., que se transcribe como anexo a esta resolución.
Santiago de Compostela, 1 de abril de 2004.
Ramón Ordás Badía
Director general de Industria, Energía y Minas
Con fecha 22 de enero de 2004 se recibe en la Consellería de Medio Ambiente, remitido por la Dirección General de Industria, Energía y Minas, un escrito del promotor en el que señala un error en la transcripción de las coordenadas UTM de los aerogeneradores 14, 15 y 21 en el documento ampliación estudio de impacto ambiental. Parque Eólico Touriñán IV, en el que se basó la modificación de fecha 10 de noviembre de 2003 de la declaración de impacto ambiental del parque eólico de referencia.
Dicho escrito viene acompañado de un nuevo plano que incorpora la tabla de las coordenadas UTM de los aerogeneradores debidamente corregida y en el que se puede observar que la posición de los citados aerogeneradores 14, 15 y 21 no varía físicamente respecto de la reflejada en el plano que se empleó como base para efectuar la citada modificación de la declaración.
En consecuencia, es necesario efectuar la corrección de las coordenadas UTM de los aerogeneradores 14, 15 y 21 que figuran en la modificación de la DIA de fecha 10 de noviembre de 2003, sustituyéndolas por las siguientes:
Aerogenerador UTM X UTM Y
14 582.442 4.792.677
15 582.374 4.792.440
21 581.944 4.790.865
