Diario Oficial de Galicia, 16-02-2021, Núm. 31, Páx. 9863
Data norma
Organismo
CONSELLERIA DE MEDIO RURAL
Ámbito Normativo
Galicia
Rango legal
Orde
Clasificación
AXUDAS E SUBVENCIÓNS
Destinatario
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas titulares de montes vecinales en mano común, sus agrupaciones y mancomunidades, y las Sofor, siempre que no incurran en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Obxecto
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones que las personas titulares de montes vecinales en mano común (MVMC), sus agrupaciones y las sociedades de fomento forestal (Sofor) podrán percibir para la puesta en marcha de actuaciones preventivas contempladas en la legislación gallega sobre incendios forestales y su convocatoria para el año 2021 en régimen de concurrencia competitiva.
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