Orden de 27 de octubre de 2005 por la que se amplía el plazo para la presentación de la justificación del final de las inversiones y del pago de los conceptos correspondientes a ellas, en la tramitación de ayudas a entidades colaboradoras de pesca para el fomento de la riqueza piscícola, recogidas en la Orden de 22 de diciembre de 2004.

Diario Oficial de Galicia, 31-10-2005, Núm. 209, Páx. 17499
Orden de 27 de octubre de 2005 por la que se amplía el plazo para la presentación de la justificación del final de las inversiones y del pago de los conceptos correspondientes a ellas, en la tramitación de ayudas a entidades colaboradoras de pesca para el fomento de la riqueza piscícola, recogidas en la Orden de 22 de diciembre de 2004. Por orden de esta consellería de 31 de agosto pasado, se amplió el plazo para la presentación de la justificación del final de las inversiones y del pago de los conceptos correspondientes a ellas, en la tramitación de las ayudas a las entidades colaboradoras de pesca para el fomento de la riqueza piscícola, recogidas en la orden de esta consellería de 22 de diciembre del pasado año (DOG nº 254, del 31 de diciembre). Como quiera que persisten las dificultades que justificaron en su día la ampliación del referido plazo, se concede una nueva ampliación que posibilite el cumplimiento de dichas obligaciones a las sociedades colaboradoras de pesca. En consecuencia, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 34.6º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y de su presidente, modificada parcialmente por la Ley 11/1998, de 20 de octubre, DISPONGO: Artículo único.- Se le dá nueva redacción al artículo 19 de la orden de la Consellería de Medio Ambiente de 22 de diciembre del pasado año (DOG nº 254, del 31 de diciembre), modificado por la Orden de 26 de septiembre de 2005, que quedará redactado como sigue: «Artículo 19º.- Plazo de justificación de las inversiones. Con carácter general y salvo que la resolución de concesión de la ayuda disponga lo contrario, la justificación del final de las inversiones y del pago de conceptos correspondientes a ellas, deberá realizarse antes del 1 de diciembre de 2005». Santiago de Compostela, 27 de octubre de 2005. Manuel Vázquez Fernández Conselleiro de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible
Data norma
Organismo
AUGAS DE GALICIA
Ámbito Normativo
Autonómica
Clasificación
AXUDAS E SUBVENCIÓNS
CAZA, PESCA E MARISQUEO
Orden de 27 de octubre de 2005 por la que se amplía el plazo para la presentación de la justificación del final de las inversiones y del pago de los conceptos correspondientes a ellas, en la tramitación de ayudas a entidades colaboradoras de pesca para el fomento de la riqueza piscícola, recogidas en la Orden de 22 de diciembre de 2004. Por orden de esta consellería de 31 de agosto pasado, se amplió el plazo para la presentación de la justificación del final de las inversiones y del pago de los conceptos correspondientes a ellas, en la tramitación de las ayudas a las entidades colaboradoras de pesca para el fomento de la riqueza piscícola, recogidas en la orden de esta consellería de 22 de diciembre del pasado año (DOG nº 254, del 31 de diciembre). Como quiera que persisten las dificultades que justificaron en su día la ampliación del referido plazo, se concede una nueva ampliación que posibilite el cumplimiento de dichas obligaciones a las sociedades colaboradoras de pesca. En consecuencia, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 34.6º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y de su presidente, modificada parcialmente por la Ley 11/1998, de 20 de octubre, DISPONGO: Artículo único.- Se le dá nueva redacción al artículo 19 de la orden de la Consellería de Medio Ambiente de 22 de diciembre del pasado año (DOG nº 254, del 31 de diciembre), modificado por la Orden de 26 de septiembre de 2005, que quedará redactado como sigue: «Artículo 19º.- Plazo de justificación de las inversiones. Con carácter general y salvo que la resolución de concesión de la ayuda disponga lo contrario, la justificación del final de las inversiones y del pago de conceptos correspondientes a ellas, deberá realizarse antes del 1 de diciembre de 2005». Santiago de Compostela, 27 de octubre de 2005. Manuel Vázquez Fernández Conselleiro de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible
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