Boletín Oficial del Estado, 01-08-2024, Núm. 185, Páx. 43087
Data norma
Organismo
OUTRAS ADMINISTRACIÓNS
Ámbito Normativo
Estatal
Rango legal
Resolución
Clasificación
AXUDAS E SUBVENCIÓNS
Destinatario
Podrán obtener la consideración de beneficiarios cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas, legal y válidamente constituidas y que conformen una comunidad de energía renovable o una comunidad ciudadana de energía según lo establecido en los artículos 2 y 6 de las bases reguladoras, y deberán cumplir los requisitos y obligaciones recogidos en el artículo 7 de dichas bases reguladoras y convocatoria.
Obxecto
Impulsar y desarrollar la figura de comunidades energéticas, mediante incentivos a proyectos piloto singulares de comunidades energéticas seleccionados en régimen de concurrencia competitiva
| TÍTULO | DATA PUBLICACIÓN | Sen datos dispoñibles |
|---|
| TÍTULO | DATA PUBLICACIÓN | Sen datos dispoñibles |
|---|
