Boletín Oficial del Estado, 19-05-2022, Núm. 119, Páx. 23978
Data norma
Organismo
OUTRAS ADMINISTRACIÓNS
Ámbito Normativo
Estatal
Rango legal
Orde
Clasificación
AXUDAS E SUBVENCIÓNS
Destinatario
a) Quienes sean titulares de explotaciones agrarias, que podrán ser personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica, inscritos en el Registro General de Explotaciones Ganaderas regulado por Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, o en el Registro General de la Producción Agrícola regulado por Real Decreto 9/2015, de 16 de enero, con domicilio social y fiscal en España, que tengan una fecha de constitución anterior a 1 de marzo de 2022 y cuyos ingresos provengan al menos en un 50 por ciento de la actividad agraria en el año anterior al de la presentación de la solicitud, o en los tres años anteriores al de la solicitud teniendo en cuenta el dato medio, salvo que hayan iniciado la actividad agraria dentro de los tres años anteriores a la convocatoria.
b) Quienes sean operadores económicos encuadrados en las divisiones A311 y A32 de la Clasificación Económica de Actividades Económicas (CNAE 2009).
b) Quienes sean operadores económicos encuadrados en las divisiones A311 y A32 de la Clasificación Económica de Actividades Económicas (CNAE 2009).
Obxecto
La ayuda consistirá en la bonificación del 7% del principal de operaciones de financiación formalizadas en la "LINEA ICO-GARTANTIA SGR/SAECA 2022, con una cuantía máxima de 10.000 € de ayudas acumuladas para las operaciones de un mismo beneficiario.
| TÍTULO | DATA PUBLICACIÓN | Sen datos dispoñibles |
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