Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas que estén inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (Reaga) y que lleven a cabo actividades silvopastorís con ganadería extensiva, contribuyendo de esta forma a la prevención y defensa contra los incendios forestales en Galicia.
También podrán ser beneficiarias las asociaciones o federaciones en las que estas se integren, legalmente constituídas, de productores de ganado cabrino, ovino o porcino que fomenten entre sus asociados o silvopastoreo preventivo, mediante la formación y el asesoramiento técnico.
Las presentes bases tienen como objeto la ordenación del procedemiento para la concesión de subvenciones, en régimen de concorrencia competitiva, en el marco del Programa “O que non arde”, de ayudas dirigidas a personas físicas y/o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas de la provincia de Lugo, que lleven a cabo actuaciones de silvicultura preventiva de fuegos, mediante silvopastoreo o pastoreo en extensivo, para lo que se incentivará la adquisición de elementos capaces de limitar los daños que pueda ocasionar la fauna salvaje al ganado, al objeto de contribuír a prevenir y minorar las consecuencias y los impactos negativos que los incendios forestales purdan provocar sobre la capacidad potencial de desarrollo y producción de los montes.
La Ordenanza General de Subvenciones de la Deputación de Lugo, se puede consultar en la web de la entidad, en el correo electrónico: https://www.deputacionlugo.gal/subvencions
EXCMA. DEPUTACIÓN PROVINCIAL DE LUGO
Veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOP.
