Los residuos de las empresas adheridas a un SIG están identificados por un símbolo como garantía de que cumplen con la normativa en materia de gestión de residuos
¿Qué es un sistema integrado de gestión SIG / sistema de responsabilidad ampliada del productor SRAP?
La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados dedica el título IV a la “Responsabilidad del productor del producto”, donde se definen, en aplicación del principio de “quien contamina paga”, las obligaciones de los productores de productos que con su uso se convierten en residuos, pudiendo dar cumplimiento de dos maneras:
- De manera individual, montando un sistema propio de gestión de sus propios residuos.
- De manera colectiva, adhiriéndose a un sistema integrado de gestión (SIG).
La segunda opción es la práctica más habitual para casi todos los flujos de residuos obligados por la legislación. Estos sistemas están gestionados por entidades sin ánimo de lucro que pueden adoptar diferentes formas jurídicas. Las empresas que deciden cumplir sus obligaciones legales a través de estos deben colaborar en la financiación para el funcionamiento de este sistema.
Dado que la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados establece un nuevo modelo y marco jurídico para los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada (SCRAP), tras la revisión de las normas específicas de cada flujo de residuos para hacerlas coherentes con la nueva ley, los sistemas vigentes en la actualidad (sistemas integrados de gestión-SIG) tendrán que adaptarse y cumplir con los nuevos requisitos que se establezcan.
Cómo funciona el Sistema Integrado de Gestión (SIG)
Los SIG organizan, diseñan y gestionan los sistemas de recogida de residuos específicos para su posterior tratamiento y valorización, tal y como se muestra en el siguiente esquema.

Ciclo de funcionamiento de los SIG
Los SIG creados en virtud de las legislaciones específicas actuales para cada flujo de residuos y actualmente autorizados en nuestra comunidad autónoma son los que se indican en los apartados posteriores.
