Diario Oficial de Galicia, 16-02-2022, Núm. 32, Páx. 11518
Data norma
Organismo
VICEPRESIDENCIA PRIMEIRA E CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, XUSTIZA E TURISMO
Ámbito Normativo
Galicia
Rango legal
Resolución
Clasificación
AXUDAS E SUBVENCIÓNS
Destinatario
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los requisitos establecidos en estas bases, los ayuntamientos de Galicia de hasta 10.000 habitantes, según las cifras de población acordes con lo establecido en el Real decreto 1147/2020, de 15 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal referidas a 1 de enero de 2020.
Obxecto
Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto el fomento de la recuperación, de la accesibilidad y de la señalización de los recursos turísticos en ayuntamientos de hasta 10.000 habitantes hacia la consolidación de la oferta turística en las zonas rurales a través de la puesta en valor de su riqueza histórica, cultural, patrimonial y paisajística.
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