Diario Oficial de Galicia, 19-12-2005, Núm. 241, Páx. 19795
Resolución de 2 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por la que se fijan las normas de los sorteos de permisos de pesca en cotos para la temporada 2006.
Según establece el artículo 34 del Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales (Decreto 130/1997, de 14 de mayo), los sorteos de permisos de pesca en cotos se realizarán en los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza según la normativa que fije la Dirección General de Conservación de la Naturaleza para cada temporada.
De conformidad con lo anterior, las normas de los sorteos de permisos de pesca en cotos para la temporada 2006 serán las siguientes:
Número de sorteos.
En cada servicio provincial de Conservación de la Naturaleza se realizarán dos sorteos, uno para permisos de salmón y otro para permisos de trucha, incluyéndose en este último, en su caso, los permisos de reo. De esta forma, el número total de sorteos será de ocho.
Tipos de solicitudes.
Podrán presentarse solicitudes individuales o en grupo, con un máximo de tres pescadores por solicitud.
En el sorteo de permisos de salmón de la provincia de Lugo sólo se admitirán solicitudes en grupos de tres pescadores.
Los modelos de solicitud son los que figuran en los anexos de la presente resolución. Asimismo, los impresos de solicitud estarán a disposición de los interesados en los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza o en esta dirección general.
Número máximo de solicitudes.
Cada interesado sólo podrá figurar en una solicitud para cada uno de los sorteos. De esta forma, un pescador podrá figurar en un máximo de ocho solicitudes, una para cada uno de los ocho sorteos que se realizarán.
Para un sorteo concreto, si un pescador figura en más de una solicitud serán anuladas todas ellas. En el caso de solicitudes en grupo se anulará únicamente al solicitante repetido, excepto en el caso del sorteo de salmón de Lugo, en el que se deberá anular a todo el grupo.
Presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta resolución y acabará el 10 de enero de 2006 a las 14.00 horas.
Las solicitudes se presentarán en el servicio provincial de Conservación de la Naturaleza que corresponda, o mediante cualquiera de los procedimientos descritos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
En el caso de que la solicitud no se presente directamente en el servicio provincial, deberán constar con total claridad la provincia y el sorteo que se solicitan.
Cuando la solicitud no se presente directamente en el servicio provincial sólo se admitirán aquellas que, presentadas dentro del plazo establecido, sean recibidas por el servicio provincial antes de la fecha de celebración de los sorteos.
Tanto en las solicitudes individuales como en las solicitudes en grupo, deberá figurar la firma de cada uno de los solicitantes. Asimismo, a cada solicitud se le adjuntará una copia del DNI de cada uno de los solicitantes.
Realización de los sorteos.
En cada sorteo, las solicitudes se numerarán correlativamente, comenzando por el 1, según el orden de entrada en el servicio provincial.
Los sorteos serán públicos. En cada sorteo se dispondrá de un conjunto de números coincidentes con los de las solicitudes. Del conjunto de números se extraerá uno aleatoriamente. La solicitud que se corresponda con el número extraído será la primera en elegir, continuándose la elección por orden correlativo.
Los sorteos tendrán lugar en los servicios provinciales de Conservación da Natureza el día 20 de enero de 2006 a las 12.00 de la mañana.
Elección de permisos.
A cada solicitante se le notificará el día y la hora en la que podrá escoger los permisos. En el caso de solicitudes en grupo sólo recibirá la notificación el primer solicitante.
Para la elección de permisos, los servicios provinciales establecerán grupos de cotos. El listado de los grupos de cotos será expuesto en el tablón de anuncios de cada servicio provincial y será remitido a los solicitantes junto con las notificaciones de los resultados de los sorteos.
A la hora de la elección, cada solicitante sólo podrá seleccionar dos permisos en cada grupo de cotos, de los que sólo uno podrá corresponderse con un sábado, domingo o festivo. En los sorteos de salmón de Lugo y Pontevedra sólo se podrá escoger un permiso por cada grupo de cotos.
La elección podrá realizarse personalmente en el servicio provincial, mediante representante acreditado o mediante llamada telefónica al número que se indique en la notificación, en la que también se señalarán la fecha y rango horario en el que deberá realizarse esta llamada.
Expedición de permisos.
En el plazo de diez días, contados desde la fecha de la elección, los permisos seleccionados deberán ser recogidos en el servicio provincial previo pago de su importe.
En cada servicio provincial se facilitarán los impresos de liquidación de precios públicos/privados, necesarios para el pago del importe de los permisos en las oficinas bancarias autorizadas. Asimismo, estos impresos serán remitidos junto con las notificaciones de los resultados de los sorteos.
En los casos en los que el solicitante no comparezca personalmente en la elección, el pago se deberá acreditar remitiendo por correo al servicio provincial la copia del impreso de liquidación en la que conste el ingreso. En estos casos, los permisos serán remitidos por correo a la dirección del solicitante.
Otras normas.
En función del número de solicitudes recibidas y de la demanda habida en cada uno de los sorteos, los servicios provinciales podrán realizar una segunda ronda de elección, circunstancia que será debidamente notificada a los interesados. Los permisos no escogidos y aquellos no retirados en los plazos fijados serán puestos a la venta una vez acabada la elección de todos los participantes en los sorteos.
La normativa de funcionamiento de los cotos será la que establezca la orden anual que regula los períodos hábiles de pesca y normas relacionadas con ella en las aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Galicia durante la temporada de 2006. Los permisos serán otorgados con esta condición y sin que los posibles cambios en la normativa puedan dar lugar a cambios de permisos, excepto en el caso concreto de que se prohiba la práctica de la pesca en la fecha o en el coto obtenido.
Según lo establecido en el artículo 7.3º del Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales (Decreto 130/1997), los permisos de pesca tienen carácter personal e intransferible. Después de la expedición de un permiso, no se podrá anular ni transferir a otra persona ni obtener el reintegro de su importe.
Santiago de Compostela, 2 de diciembre de 2005.
Xosé Benito Reza Rodríguez
Director general de Conservación de la Naturaleza
Data norma
Organismo
CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE E DESENVOLVEMENTO SOSTIBLE
Ámbito Normativo
Autonómica
Rango legal
Resolución
Clasificación
CAZA, PESCA E MARISQUEO
Resolución de 2 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por la que se fijan las normas de los sorteos de permisos de pesca en cotos para la temporada 2006.
Según establece el artículo 34 del Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales (Decreto 130/1997, de 14 de mayo), los sorteos de permisos de pesca en cotos se realizarán en los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza según la normativa que fije la Dirección General de Conservación de la Naturaleza para cada temporada.
De conformidad con lo anterior, las normas de los sorteos de permisos de pesca en cotos para la temporada 2006 serán las siguientes:
Número de sorteos.
En cada servicio provincial de Conservación de la Naturaleza se realizarán dos sorteos, uno para permisos de salmón y otro para permisos de trucha, incluyéndose en este último, en su caso, los permisos de reo. De esta forma, el número total de sorteos será de ocho.
Tipos de solicitudes.
Podrán presentarse solicitudes individuales o en grupo, con un máximo de tres pescadores por solicitud.
En el sorteo de permisos de salmón de la provincia de Lugo sólo se admitirán solicitudes en grupos de tres pescadores.
Los modelos de solicitud son los que figuran en los anexos de la presente resolución. Asimismo, los impresos de solicitud estarán a disposición de los interesados en los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza o en esta dirección general.
Número máximo de solicitudes.
Cada interesado sólo podrá figurar en una solicitud para cada uno de los sorteos. De esta forma, un pescador podrá figurar en un máximo de ocho solicitudes, una para cada uno de los ocho sorteos que se realizarán.
Para un sorteo concreto, si un pescador figura en más de una solicitud serán anuladas todas ellas. En el caso de solicitudes en grupo se anulará únicamente al solicitante repetido, excepto en el caso del sorteo de salmón de Lugo, en el que se deberá anular a todo el grupo.
Presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta resolución y acabará el 10 de enero de 2006 a las 14.00 horas.
Las solicitudes se presentarán en el servicio provincial de Conservación de la Naturaleza que corresponda, o mediante cualquiera de los procedimientos descritos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
En el caso de que la solicitud no se presente directamente en el servicio provincial, deberán constar con total claridad la provincia y el sorteo que se solicitan.
Cuando la solicitud no se presente directamente en el servicio provincial sólo se admitirán aquellas que, presentadas dentro del plazo establecido, sean recibidas por el servicio provincial antes de la fecha de celebración de los sorteos.
Tanto en las solicitudes individuales como en las solicitudes en grupo, deberá figurar la firma de cada uno de los solicitantes. Asimismo, a cada solicitud se le adjuntará una copia del DNI de cada uno de los solicitantes.
Realización de los sorteos.
En cada sorteo, las solicitudes se numerarán correlativamente, comenzando por el 1, según el orden de entrada en el servicio provincial.
Los sorteos serán públicos. En cada sorteo se dispondrá de un conjunto de números coincidentes con los de las solicitudes. Del conjunto de números se extraerá uno aleatoriamente. La solicitud que se corresponda con el número extraído será la primera en elegir, continuándose la elección por orden correlativo.
Los sorteos tendrán lugar en los servicios provinciales de Conservación da Natureza el día 20 de enero de 2006 a las 12.00 de la mañana.
Elección de permisos.
A cada solicitante se le notificará el día y la hora en la que podrá escoger los permisos. En el caso de solicitudes en grupo sólo recibirá la notificación el primer solicitante.
Para la elección de permisos, los servicios provinciales establecerán grupos de cotos. El listado de los grupos de cotos será expuesto en el tablón de anuncios de cada servicio provincial y será remitido a los solicitantes junto con las notificaciones de los resultados de los sorteos.
A la hora de la elección, cada solicitante sólo podrá seleccionar dos permisos en cada grupo de cotos, de los que sólo uno podrá corresponderse con un sábado, domingo o festivo. En los sorteos de salmón de Lugo y Pontevedra sólo se podrá escoger un permiso por cada grupo de cotos.
La elección podrá realizarse personalmente en el servicio provincial, mediante representante acreditado o mediante llamada telefónica al número que se indique en la notificación, en la que también se señalarán la fecha y rango horario en el que deberá realizarse esta llamada.
Expedición de permisos.
En el plazo de diez días, contados desde la fecha de la elección, los permisos seleccionados deberán ser recogidos en el servicio provincial previo pago de su importe.
En cada servicio provincial se facilitarán los impresos de liquidación de precios públicos/privados, necesarios para el pago del importe de los permisos en las oficinas bancarias autorizadas. Asimismo, estos impresos serán remitidos junto con las notificaciones de los resultados de los sorteos.
En los casos en los que el solicitante no comparezca personalmente en la elección, el pago se deberá acreditar remitiendo por correo al servicio provincial la copia del impreso de liquidación en la que conste el ingreso. En estos casos, los permisos serán remitidos por correo a la dirección del solicitante.
Otras normas.
En función del número de solicitudes recibidas y de la demanda habida en cada uno de los sorteos, los servicios provinciales podrán realizar una segunda ronda de elección, circunstancia que será debidamente notificada a los interesados. Los permisos no escogidos y aquellos no retirados en los plazos fijados serán puestos a la venta una vez acabada la elección de todos los participantes en los sorteos.
La normativa de funcionamiento de los cotos será la que establezca la orden anual que regula los períodos hábiles de pesca y normas relacionadas con ella en las aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Galicia durante la temporada de 2006. Los permisos serán otorgados con esta condición y sin que los posibles cambios en la normativa puedan dar lugar a cambios de permisos, excepto en el caso concreto de que se prohiba la práctica de la pesca en la fecha o en el coto obtenido.
Según lo establecido en el artículo 7.3º del Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales (Decreto 130/1997), los permisos de pesca tienen carácter personal e intransferible. Después de la expedición de un permiso, no se podrá anular ni transferir a otra persona ni obtener el reintegro de su importe.
Santiago de Compostela, 2 de diciembre de 2005.
Xosé Benito Reza Rodríguez
Director general de Conservación de la Naturaleza
