Diario Oficial de Galicia, 23-02-2022, Núm. 37, Páx. 12949
Data norma
Organismo
VICEPRESIDENCIA E CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMÓNS. PÚBLICAS E XUSTIZA
Ámbito Normativo
Galicia
Rango legal
Resolución
Clasificación
AXUDAS E SUBVENCIÓNS
Destinatario
Consultar Artículo 4. Personas beneficiarias
Obxecto
Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto a mejora paisajística, la búsqueda de la armonía, el orden y respeto, y la coherencia del Camino de Santiago y su paisaje con los valores culturales ligados a las sociedades que a lo largo del tiempo construyeron este espacio (código de procedimiento TU501D).
Las actuaciones deberán realizarse sobre bienes físicos situados en el ámbito de protección de los Caminos de Santiago, y en el campo visual de su recurrido, de tal manera que la actuación sea perfectamente visible desde el Camino.
Las actuaciones deberán realizarse sobre bienes físicos situados en el ámbito de protección de los Caminos de Santiago, y en el campo visual de su recurrido, de tal manera que la actuación sea perfectamente visible desde el Camino.
| TÍTULO | DATA PUBLICACIÓN | Sen datos dispoñibles |
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