Boletín Oficial de Navarra, 28-05-2007, Núm. 66, Páx. 6148
RESOLUCION 1464/2007, de 16 de mayo, del Director General de Industria y Comercio, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones correspondientes al Plan Renove de Electrodomésticos 2007.
El Gobierno puso en marcha a finales de 2003 la "Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España 2004-2012" con el objetivo de consumir energía de forma eficiente, la cual se concretó para el periodo 2005-2007 en un "Plan de Acción".
Dentro de este Plan de Acción 2005-2007, el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE) y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra suscribieron, el pasado 17 de abril, un Convenio de colaboración para poner en práctica una serie de actuaciones encaminadas a promover el ahorro y la eficiencia energética.
Entre estas medidas se encuentra el "Plan Renove de Electrodomésticos 2007" cuyas subvenciones son objeto de esta convocatoria.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Foral de Subvenciones, el Gobierno de Navarra autorizó por acuerdo de 31 de julio de 2006 la concesión en régimen de evaluación individualizada de las subvenciones correspondientes al citado Plan.
En virtud de lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
RESUELVO:
1. Aprobar la convocatoria de subvenciones correspondientes al Plan Renove de Electrodomésticos 2007.
2. Aprobar las bases reguladoras de la concesión de la subvención, que se recogen en el Anexo I de esta Resolución.
3. Autorizar un gasto de 560.000,00 euros, con cargo a la partida de los Presupuestos de Gastos de 2007: 810003-81140-7800-425200 "Actuaciones de ahorro y eficiencia energética. Convenio IDAE", y un gasto de 14.000,00 euros, con cargo a la partida de los Presupuestos de Gastos de 2007: 810003-81140-2276-425200 "Gastos diversos derivados de las medidas de ahorro y eficiencia energética. Convenio IDAE" para atender los compromisos derivados de esta Resolución.
Estos fondos son aportados por el IDAE en virtud del Convenio de colaboración citado en la parte expositiva.
Asimismo, en caso de que existieran disponibilidades presupuestarias en estas partidas a lo largo del ejercicio 2007, podrán incorporarse a las inicialmente previstas en la convocatoria.
4. Publicar esta Resolución y sus Anexos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Contra esta Resolución que no agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación.
Pamplona, 16 de mayo de 2007._El Director General de Industria y Comercio, Enrique Díaz Moreno.
ANEXO I
Bases reguladoras de la concesión de la subvención del Plan Renove de Electrodomésticos 2007
Base 1.ª Objeto.
La finalidad de utilidad pública de esta subvención es la reducción del consumo de energía eléctrica en los hogares mediante la sustitución de frigoríficos, congeladores, aparatos frigoríficos combinados (combis), lavadoras y lavavajillas, por equipos con etiquetado energético de clase A o superior.
Base 2.ª Equipos subvencionables e importe de la subvención.
1. Será objeto de subvención la compra de los siguientes electrodomésticos de clase energética A o superior (A+ o A++, también denominados AA o AAA), que impliquen la sustitución de un aparato antiguo del mismo tipo (Plan Renove):
a) Frigoríficos y combis.
b) Congeladores.
c) Lavadoras.
d) Lavavajillas.
En caso de duda a la hora de establecer si un aparato está o no incluido en alguno de los tipos definidos en este apartado, prevalecerá el criterio del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo.
2. El importe de la subvención por cada aparato de clasificación energética A o superior de los descritos en esta base, es de 80 euros.
Base 3.ª Beneficiarios.
1. Para obtener la condición de beneficiario, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser persona física residente en Navarra.
Para acreditar el cumplimiento de este requisito el solicitante deberá presentar copia del DNI y, en el supuesto de que manifestara residir en Navarra y su DNI no reflejara tal circunstancia, certificado de empadronamiento de la localidad de residencia.
b) Adquirir, como máximo, un único aparato de cada uno de los tipos indicados en la base 2.ª con etiqueta energética de clase A o superior, en sustitución de un aparato antiguo del mismo tipo (Plan Renove).
c) Destinar los electrodomésticos a uso propio y ser instalados en su residencia habitual y permanente.
2. Asimismo, deberán cumplir los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento se acredita mediante la declaración responsable realizada en la "Solicitud de subvención".
Base 4.ª Adhesión de los comercios al Plan Renove de Electrodomésticos 2007.
Los comercios que deseen participar en el Plan Renove de Electrodomésticos 2007 deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Realizar una actividad comercial minorista de venta al público en general.
b) Tener su domicilio fiscal en la Navarra.
c) Cumplir los requisitos que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, para obtener la condición de entidad colaboradora.
El plazo para realizar la adhesión, mediante el procedimiento que se especifica en el Anexo II de esta convocatoria, será el comprendido entre el 28 de mayo y el 8 de junio de 2007.
Excepcionalmente, podrán admitirse solicitudes de colaboración de comercios que comiencen su actividad una vez concluido el plazo señalado, lo que deberán acreditar mediante fotocopia de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Con los comercios adheridos al Plan Renove se firmará un convenio de colaboración donde se recogerán los compromisos y obligaciones asumidas por los mismos, en su condición de entidad colaboradora en la gestión de la subvención.
Base 5.ª Procedimiento de actuación.
Los solicitantes de la subvención y los comercios colaboradores deberán actuar conforme al procedimiento que se señala a continuación:
1. El comprador se dirigirá a un comercio colaborador y elegirá un electrodoméstico que cumpla con los requisitos indicados en la base 2.ª
Se puede consultar el "Listado de comercios colaboradores" en la aplicación para la gestión de este Plan Renove a la que se accede desde la página web del Gobierno de Navarra (www.navarra.es).
Para facilitar los trámites, se recomienda al comprador llevar la documentación que acredite su residencia en Navarra señalada en la base 3.ª (fotocopia del DNI y, en su caso, certificado de empadronamiento) y el número de la cuenta corriente en la que desea recibir la subvención.
2. El comerciante, una vez comprobado que el comprador es residente en Navarra, cumplimenta y envía el formulario de "Solicitud de subvención" a través de la aplicación informática habilitada al efecto (en "Comercios, Acceso de comercios colaboradores, Nueva venta").
3. El comprador firma la conformidad en el formulario de "Solicitud de subvención" (en 3 ejemplares, quedándose con uno de ellos) y entrega una fotocopia del DNI y, en su caso, del certificado de empadronamiento.
4. El comerciante cobra el precio íntegro del electrodoméstico y se responsabiliza de su instalación, así como de la retirada y reciclaje del aparato sustituido.
5. El comercio presenta en el Registro del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo las solicitudes y demás documentación necesaria para la concesión de la subvención.
Base 6.ª Plazo de tramitación de solicitudes.
El plazo para que los comercios colaboradores con el Plan Renove de Electrodomésticos 2007 realicen las ventas y tramiten las solicitudes, será el comprendido entre el 18 de junio y el 31 de octubre de 2007, inclusive. No se admitirán, en consecuencia, solicitudes y facturas anteriores a la fecha de inicio del Plan.
No obstante, en caso de agotarse con anterioridad a dicha fecha de finalización los fondos destinados a esta convocatoria, el plazo concluirá en el momento de la venta del último electrodoméstico objeto de subvención. Hecho que se anunciará en la aplicación informática habilitada al efecto y en los medios que se estime oportuno.
La aplicación telemática para la gestión de esta subvención permitirá consultar el número de electrodomésticos que en cada momento existen susceptibles de ser subvencionados.
Base 7.ª Criterios objetivos para la concesión de la subvención.
Las solicitudes de subvención se resolverán, en tanto exista crédito presupuestario, conforme al orden de presentación de las mismas con los requisitos y documentación señalados en estas bases reguladoras.
A este respecto, el orden de presentación de las solicitudes será el correspondiente al envío del formulario de "Solicitud de subvención" a través de la aplicación telemática habilitada para la tramitación del Plan Renove de Electrodomésticos 2007.
Base 8.ª Resolución de concesión y abono de la subvención.
La Sección de Energía del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo evaluará las solicitudes conforme a los criterios establecidos en estas bases, y elevará propuesta de resolución al órgano competente en la que hará constar que los beneficiarios cumplen todos los requisitos exigidos para acceder a la subvención.
El Director General de Industria y Comercio será el órgano competente para resolver sobre la concesión y abono de la subvención. La resolución se dictará y publicará en el plazo máximo de tres meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se haya publicado la misma, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.
La publicación de la resolución se realizará en la página Web del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo según expuesto en la base 12.ª, como en la aplicación telemática habilitada para la tramitación del Plan Renove de Electrodomésticos 2007.
Contra la desestimación expresa o presunta los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, conforme a lo dispuesto en la legislación sobre el procedimiento administrativo común.
Base 9.ª Obligaciones de los beneficiarios y efectos de su incumplimiento.
Los beneficiarios de esta subvención deberán cumplir las siguientes obligaciones:
a) Ser los propietarios y mantener en uso los electrodomésticos objeto de subvención durante un período mínimo de 5 años, a contar desde su instalación.
b) Las obligaciones generales establecidas en el artículo 9 de la Ley Foral de Subvenciones.
Con el fin de acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la "Solicitud de subvención" se informa al solicitante de la autorización que otorga al Departamento para consultar, en el momento en que se dicta la propuesta de resolución de concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia.
El incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en estas bases reguladoras o en la Ley Foral de Subvenciones, dará lugar al reintegro de la subvención concedida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la citada Ley Foral.
Asimismo, el incumplimiento parcial de alguna de las obligaciones anteriores, podrá dar lugar al reintegro de la cantidad correspondiente en aplicación del principio de proporcionalidad.
Base 10. Compatibilidad de la subvención.
Las subvenciones de esta convocatoria son compatibles con otras de la propia Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales.
Base 11. Recurso contra las bases reguladoras.
Contra estas bases reguladoras los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Base 12. Publicidad de las subvenciones concedidas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Foral de Subvenciones, el Servicio de Promoción Industrial hará pública en la página Web del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo las subvenciones concedidas, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputan, beneficiario, cantidad concedida y finalidad de la subvención.
Asimismo, y a fin de facilitar la consulta a los solicitantes de subvención, dicha información también se facilitará en la aplicación informática habilitada al efecto (en "Compradores, Beneficiarios de subvención").
ANEXO II
Procedimiento de adhesión de los comercios al Plan Renove de Electrodomésticos 2007
1. El comercio accederá en la aplicac ión de Internet habilitada para la gestión del Plan Renove de Electrodomésticos 2007 en la página web del Gobierno de Navarra (www.navarra.es), a la sección "Comercios, Solicitud de colaboración", cumplimentará la "Solicitud de colaboración" y pulsará el botón "Enviar" que aparece al final del formulario.
2. A continuación, el comercio deberá presentar en el Registro del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo (Parque Tomás Caballero, número 1 de Pamplona) el "Convenio de colaboración" firmado y sellado (2 copias) junto con la siguiente documentación:
_Fotocopia del DNI de la persona firmante (que debe ser representante del comercio y tener poderes legales para dicha representación).
_Fotocopia del último recibo del IAE o, en caso contrario, fotocopia del Alta en el mismo.
3. El plazo de adhesión será el comprendido entre el 28 de mayo y el 8 de junio de 2007, inclusive. Excepcionalmente, podrán admitirse solicitudes de colaboración de comercios que comiencen su actividad una vez concluido el plazo señalado, lo que deberán acreditar mediante fotocopia de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
4. El comercio recibirá un email indicándole que se ha aceptado su colaboración y comunicándole el "código del comercio" y la "contraseña". Una vez recibido este email, el comercio ya estará habilitado para, a partir del 18 de junio de 2007 y hasta la finalización de la campaña, realizar ventas de electrodomésticos acogidas al Plan Renove de Electrodomésticos 2007.
5. Asimismo, el comercio recibirá una carta de bienvenida al cItado Plan junto con todo el material promocional, y la copia del "Convenio de colaboración" firmado por el Director General de Industria y Comercio.
El Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo se reserva la posibilidad de denegar las solicitudes de colaboración a aquellos comercios que, a juicio del Departamento, no reúnan los requisitos necesarios para participar en éste Plan Renove.
Asimismo, si se detectan irregularidades en la tramitación de las solicitudes de subvención de los compradores, el Departamento podrá inhabilitar a los comercios para tramitar nuevas solicitudes en el periodo que reste para la finalización de la campaña, sin perjuicio de las demás efectos por incumplimiento previstos en el "Convenio de colaboración".
Los comercios colaboradores con el Plan podrán realizar el curso gratuito sobre "Etiquetado energético de electrodomésticos" que el IDAE ofrece on-line a través de la página http://www.cursosweb.com/acceso/idae/.
Data norma
Organismo
OUTRAS ADMINISTRACIÓNS
Rango legal
Resolución
Clasificación
AXUDAS E SUBVENCIÓNS
RESOLUCION 1464/2007, de 16 de mayo, del Director General de Industria y Comercio, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones correspondientes al Plan Renove de Electrodomésticos 2007.
El Gobierno puso en marcha a finales de 2003 la "Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España 2004-2012" con el objetivo de consumir energía de forma eficiente, la cual se concretó para el periodo 2005-2007 en un "Plan de Acción".
Dentro de este Plan de Acción 2005-2007, el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE) y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra suscribieron, el pasado 17 de abril, un Convenio de colaboración para poner en práctica una serie de actuaciones encaminadas a promover el ahorro y la eficiencia energética.
Entre estas medidas se encuentra el "Plan Renove de Electrodomésticos 2007" cuyas subvenciones son objeto de esta convocatoria.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Foral de Subvenciones, el Gobierno de Navarra autorizó por acuerdo de 31 de julio de 2006 la concesión en régimen de evaluación individualizada de las subvenciones correspondientes al citado Plan.
En virtud de lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
RESUELVO:
1. Aprobar la convocatoria de subvenciones correspondientes al Plan Renove de Electrodomésticos 2007.
2. Aprobar las bases reguladoras de la concesión de la subvención, que se recogen en el Anexo I de esta Resolución.
3. Autorizar un gasto de 560.000,00 euros, con cargo a la partida de los Presupuestos de Gastos de 2007: 810003-81140-7800-425200 "Actuaciones de ahorro y eficiencia energética. Convenio IDAE", y un gasto de 14.000,00 euros, con cargo a la partida de los Presupuestos de Gastos de 2007: 810003-81140-2276-425200 "Gastos diversos derivados de las medidas de ahorro y eficiencia energética. Convenio IDAE" para atender los compromisos derivados de esta Resolución.
Estos fondos son aportados por el IDAE en virtud del Convenio de colaboración citado en la parte expositiva.
Asimismo, en caso de que existieran disponibilidades presupuestarias en estas partidas a lo largo del ejercicio 2007, podrán incorporarse a las inicialmente previstas en la convocatoria.
4. Publicar esta Resolución y sus Anexos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Contra esta Resolución que no agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación.
Pamplona, 16 de mayo de 2007._El Director General de Industria y Comercio, Enrique Díaz Moreno.
ANEXO I
Bases reguladoras de la concesión de la subvención del Plan Renove de Electrodomésticos 2007
Base 1.ª Objeto.
La finalidad de utilidad pública de esta subvención es la reducción del consumo de energía eléctrica en los hogares mediante la sustitución de frigoríficos, congeladores, aparatos frigoríficos combinados (combis), lavadoras y lavavajillas, por equipos con etiquetado energético de clase A o superior.
Base 2.ª Equipos subvencionables e importe de la subvención.
1. Será objeto de subvención la compra de los siguientes electrodomésticos de clase energética A o superior (A+ o A++, también denominados AA o AAA), que impliquen la sustitución de un aparato antiguo del mismo tipo (Plan Renove):
a) Frigoríficos y combis.
b) Congeladores.
c) Lavadoras.
d) Lavavajillas.
En caso de duda a la hora de establecer si un aparato está o no incluido en alguno de los tipos definidos en este apartado, prevalecerá el criterio del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo.
2. El importe de la subvención por cada aparato de clasificación energética A o superior de los descritos en esta base, es de 80 euros.
Base 3.ª Beneficiarios.
1. Para obtener la condición de beneficiario, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser persona física residente en Navarra.
Para acreditar el cumplimiento de este requisito el solicitante deberá presentar copia del DNI y, en el supuesto de que manifestara residir en Navarra y su DNI no reflejara tal circunstancia, certificado de empadronamiento de la localidad de residencia.
b) Adquirir, como máximo, un único aparato de cada uno de los tipos indicados en la base 2.ª con etiqueta energética de clase A o superior, en sustitución de un aparato antiguo del mismo tipo (Plan Renove).
c) Destinar los electrodomésticos a uso propio y ser instalados en su residencia habitual y permanente.
2. Asimismo, deberán cumplir los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento se acredita mediante la declaración responsable realizada en la "Solicitud de subvención".
Base 4.ª Adhesión de los comercios al Plan Renove de Electrodomésticos 2007.
Los comercios que deseen participar en el Plan Renove de Electrodomésticos 2007 deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Realizar una actividad comercial minorista de venta al público en general.
b) Tener su domicilio fiscal en la Navarra.
c) Cumplir los requisitos que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, para obtener la condición de entidad colaboradora.
El plazo para realizar la adhesión, mediante el procedimiento que se especifica en el Anexo II de esta convocatoria, será el comprendido entre el 28 de mayo y el 8 de junio de 2007.
Excepcionalmente, podrán admitirse solicitudes de colaboración de comercios que comiencen su actividad una vez concluido el plazo señalado, lo que deberán acreditar mediante fotocopia de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Con los comercios adheridos al Plan Renove se firmará un convenio de colaboración donde se recogerán los compromisos y obligaciones asumidas por los mismos, en su condición de entidad colaboradora en la gestión de la subvención.
Base 5.ª Procedimiento de actuación.
Los solicitantes de la subvención y los comercios colaboradores deberán actuar conforme al procedimiento que se señala a continuación:
1. El comprador se dirigirá a un comercio colaborador y elegirá un electrodoméstico que cumpla con los requisitos indicados en la base 2.ª
Se puede consultar el "Listado de comercios colaboradores" en la aplicación para la gestión de este Plan Renove a la que se accede desde la página web del Gobierno de Navarra (www.navarra.es).
Para facilitar los trámites, se recomienda al comprador llevar la documentación que acredite su residencia en Navarra señalada en la base 3.ª (fotocopia del DNI y, en su caso, certificado de empadronamiento) y el número de la cuenta corriente en la que desea recibir la subvención.
2. El comerciante, una vez comprobado que el comprador es residente en Navarra, cumplimenta y envía el formulario de "Solicitud de subvención" a través de la aplicación informática habilitada al efecto (en "Comercios, Acceso de comercios colaboradores, Nueva venta").
3. El comprador firma la conformidad en el formulario de "Solicitud de subvención" (en 3 ejemplares, quedándose con uno de ellos) y entrega una fotocopia del DNI y, en su caso, del certificado de empadronamiento.
4. El comerciante cobra el precio íntegro del electrodoméstico y se responsabiliza de su instalación, así como de la retirada y reciclaje del aparato sustituido.
5. El comercio presenta en el Registro del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo las solicitudes y demás documentación necesaria para la concesión de la subvención.
Base 6.ª Plazo de tramitación de solicitudes.
El plazo para que los comercios colaboradores con el Plan Renove de Electrodomésticos 2007 realicen las ventas y tramiten las solicitudes, será el comprendido entre el 18 de junio y el 31 de octubre de 2007, inclusive. No se admitirán, en consecuencia, solicitudes y facturas anteriores a la fecha de inicio del Plan.
No obstante, en caso de agotarse con anterioridad a dicha fecha de finalización los fondos destinados a esta convocatoria, el plazo concluirá en el momento de la venta del último electrodoméstico objeto de subvención. Hecho que se anunciará en la aplicación informática habilitada al efecto y en los medios que se estime oportuno.
La aplicación telemática para la gestión de esta subvención permitirá consultar el número de electrodomésticos que en cada momento existen susceptibles de ser subvencionados.
Base 7.ª Criterios objetivos para la concesión de la subvención.
Las solicitudes de subvención se resolverán, en tanto exista crédito presupuestario, conforme al orden de presentación de las mismas con los requisitos y documentación señalados en estas bases reguladoras.
A este respecto, el orden de presentación de las solicitudes será el correspondiente al envío del formulario de "Solicitud de subvención" a través de la aplicación telemática habilitada para la tramitación del Plan Renove de Electrodomésticos 2007.
Base 8.ª Resolución de concesión y abono de la subvención.
La Sección de Energía del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo evaluará las solicitudes conforme a los criterios establecidos en estas bases, y elevará propuesta de resolución al órgano competente en la que hará constar que los beneficiarios cumplen todos los requisitos exigidos para acceder a la subvención.
El Director General de Industria y Comercio será el órgano competente para resolver sobre la concesión y abono de la subvención. La resolución se dictará y publicará en el plazo máximo de tres meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se haya publicado la misma, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.
La publicación de la resolución se realizará en la página Web del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo según expuesto en la base 12.ª, como en la aplicación telemática habilitada para la tramitación del Plan Renove de Electrodomésticos 2007.
Contra la desestimación expresa o presunta los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, conforme a lo dispuesto en la legislación sobre el procedimiento administrativo común.
Base 9.ª Obligaciones de los beneficiarios y efectos de su incumplimiento.
Los beneficiarios de esta subvención deberán cumplir las siguientes obligaciones:
a) Ser los propietarios y mantener en uso los electrodomésticos objeto de subvención durante un período mínimo de 5 años, a contar desde su instalación.
b) Las obligaciones generales establecidas en el artículo 9 de la Ley Foral de Subvenciones.
Con el fin de acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la "Solicitud de subvención" se informa al solicitante de la autorización que otorga al Departamento para consultar, en el momento en que se dicta la propuesta de resolución de concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia.
El incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en estas bases reguladoras o en la Ley Foral de Subvenciones, dará lugar al reintegro de la subvención concedida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la citada Ley Foral.
Asimismo, el incumplimiento parcial de alguna de las obligaciones anteriores, podrá dar lugar al reintegro de la cantidad correspondiente en aplicación del principio de proporcionalidad.
Base 10. Compatibilidad de la subvención.
Las subvenciones de esta convocatoria son compatibles con otras de la propia Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales.
Base 11. Recurso contra las bases reguladoras.
Contra estas bases reguladoras los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Base 12. Publicidad de las subvenciones concedidas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Foral de Subvenciones, el Servicio de Promoción Industrial hará pública en la página Web del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo las subvenciones concedidas, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputan, beneficiario, cantidad concedida y finalidad de la subvención.
Asimismo, y a fin de facilitar la consulta a los solicitantes de subvención, dicha información también se facilitará en la aplicación informática habilitada al efecto (en "Compradores, Beneficiarios de subvención").
ANEXO II
Procedimiento de adhesión de los comercios al Plan Renove de Electrodomésticos 2007
1. El comercio accederá en la aplicac ión de Internet habilitada para la gestión del Plan Renove de Electrodomésticos 2007 en la página web del Gobierno de Navarra (www.navarra.es), a la sección "Comercios, Solicitud de colaboración", cumplimentará la "Solicitud de colaboración" y pulsará el botón "Enviar" que aparece al final del formulario.
2. A continuación, el comercio deberá presentar en el Registro del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo (Parque Tomás Caballero, número 1 de Pamplona) el "Convenio de colaboración" firmado y sellado (2 copias) junto con la siguiente documentación:
_Fotocopia del DNI de la persona firmante (que debe ser representante del comercio y tener poderes legales para dicha representación).
_Fotocopia del último recibo del IAE o, en caso contrario, fotocopia del Alta en el mismo.
3. El plazo de adhesión será el comprendido entre el 28 de mayo y el 8 de junio de 2007, inclusive. Excepcionalmente, podrán admitirse solicitudes de colaboración de comercios que comiencen su actividad una vez concluido el plazo señalado, lo que deberán acreditar mediante fotocopia de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
4. El comercio recibirá un email indicándole que se ha aceptado su colaboración y comunicándole el "código del comercio" y la "contraseña". Una vez recibido este email, el comercio ya estará habilitado para, a partir del 18 de junio de 2007 y hasta la finalización de la campaña, realizar ventas de electrodomésticos acogidas al Plan Renove de Electrodomésticos 2007.
5. Asimismo, el comercio recibirá una carta de bienvenida al cItado Plan junto con todo el material promocional, y la copia del "Convenio de colaboración" firmado por el Director General de Industria y Comercio.
El Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo se reserva la posibilidad de denegar las solicitudes de colaboración a aquellos comercios que, a juicio del Departamento, no reúnan los requisitos necesarios para participar en éste Plan Renove.
Asimismo, si se detectan irregularidades en la tramitación de las solicitudes de subvención de los compradores, el Departamento podrá inhabilitar a los comercios para tramitar nuevas solicitudes en el periodo que reste para la finalización de la campaña, sin perjuicio de las demás efectos por incumplimiento previstos en el "Convenio de colaboración".
Los comercios colaboradores con el Plan podrán realizar el curso gratuito sobre "Etiquetado energético de electrodomésticos" que el IDAE ofrece on-line a través de la página http://www.cursosweb.com/acceso/idae/.
| TÍTULO | DATA PUBLICACIÓN | Sen datos dispoñibles |
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| TÍTULO | DATA PUBLICACIÓN |
|---|---|
| RESOLUCION 4607/2007, de 3 de octubre, de la Directora General de Empresa, por la que se amplía el Plan Renove de Electrodomésticos 2007. | 22/10/2007 |
| TÍTULO | DATA PUBLICACIÓN | Sen datos dispoñibles |
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