Boletín Oficial del Estado, 10-02-2023, Núm. 35, Páx. 21617
A la entrada en vigor del presente real decreto queda parcialmente sin efectos, en lo que se refiere al Plan Hidrológico de Galicia-Costa, el Real Decreto 11/2016, de 8 de enero, por el que se aprueban los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas de Galicia-Costa, de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, del Guadalete y Barbate y del Tinto, Odiel y Piedras.
Data norma
Organismo
OUTRAS ADMINISTRACIÓNS
Ámbito Normativo
Estatal
Rango legal
Real decreto
Clasificación
AUGAS CONTINENTAIS
A la entrada en vigor del presente real decreto queda parcialmente sin efectos, en lo que se refiere al Plan Hidrológico de Galicia-Costa, el Real Decreto 11/2016, de 8 de enero, por el que se aprueban los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas de Galicia-Costa, de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, del Guadalete y Barbate y del Tinto, Odiel y Piedras.
