Boletín Oficial del Estado, 09-02-2022, Núm. 34, Páx. 16890
Data norma
Organismo
OUTRAS ADMINISTRACIÓNS
Ámbito Normativo
Estatal
Rango legal
Real decreto
Clasificación
AXUDAS E SUBVENCIÓNS
Destinatario
Podrán ser alguna de las siguientes entidades, de ámbito nacional del sector
agroalimentario y elevada representatividad en el mismo:
a) Organizaciones profesionales agrarias de carácter general y ámbito nacional
representativas según el artículo 5 de la Ley 12/2014, de 9 de julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se crea el Consejo Agrario.
b) Confederaciones intersectoriales de ámbito estatal representativas según
establece el artículo 7 apartado 2 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, que tengan como asociados a entidades de economía social del sector agroalimentario.
c) Otras organizaciones profesionales, independientes, privadas y sin ánimo de
lucro, de ámbito estatal con establecimientos en varias comunidades autónomas o de ámbito de actuación estatal y con vinculación con el sector agroalimentario.
agroalimentario y elevada representatividad en el mismo:
a) Organizaciones profesionales agrarias de carácter general y ámbito nacional
representativas según el artículo 5 de la Ley 12/2014, de 9 de julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se crea el Consejo Agrario.
b) Confederaciones intersectoriales de ámbito estatal representativas según
establece el artículo 7 apartado 2 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, que tengan como asociados a entidades de economía social del sector agroalimentario.
c) Otras organizaciones profesionales, independientes, privadas y sin ánimo de
lucro, de ámbito estatal con establecimientos en varias comunidades autónomas o de ámbito de actuación estatal y con vinculación con el sector agroalimentario.
Obxecto
Este real decreto es de aplicación en todo el territorio nacional y tiene por objeto
establecer las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones contempladas en el Programa Nacional de Desarrollo Rural de España 2014-2020 (PNDR), conforme a los artículos 14 y 15 del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo.
establecer las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones contempladas en el Programa Nacional de Desarrollo Rural de España 2014-2020 (PNDR), conforme a los artículos 14 y 15 del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo.
