Boletín Oficial del Estado, 05-05-2022, Núm. 107, Páx. 63016
Data norma
Organismo
OUTRAS ADMINISTRACIÓNS
Ámbito Normativo
Estatal
Rango legal
Orde
Clasificación
AXUDAS E SUBVENCIÓNS
Destinatario
En los términos que establezcan las correspondientes convocatorias efectuadas al amparo de esta orden y siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso, podrán tener la condición de beneficiarios todas aquellas personas físicas o jurídicas establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea que hayan realizado el pago del flete marítimo correspondiente a la actividad subvencionable, ya se trate del cargador, del transportista o del operador de transporte.
Obxecto
El programa de eco-incentivos descrito en estas bases reguladoras tiene por objeto subvencionar el uso de servicios de transporte marítimo de mercancías de forma proporcional a un mérito ambiental y socioeconómico demostrado, medido como reducción de costes externos del modo marítimo respecto del modo carretera, contribuyendo indirectamente a la consolidación, desarrollo y mejora del desempeño ambiental de los citados servicios de transporte marítimo.
