Orden de 30 de julio de 2009, de la Consejería de Agricultura
y Agua, por la que se establecen los criterios que se van a
aplicar para llevar a cabo el control de la condicionalidad en los
ámbitos de “Medio Ambiente”, de la “Salud Pública, Zoosanidad
y Fitosanidad”, así como de las “buenas condiciones agrarias y
medio ambientales” y “bienestar animal” que deberán cumplir
los productores que reciban ayudas directas de la política agraria
común y beneficiarios de determinadas ayudas de desarrollo
rural en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia para la campaña 2009 y se establece el sistema de cálculo
para la reducción o exclusión de las mismas.