Diario Oficial de Galicia, 17-01-2023, Núm. 11, Páx. 5963
Data norma
Organismo
VICEPRESIDENCIA SEGUNDA E CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, XUSTIZA E DEPORTES
Ámbito Normativo
Galicia
Rango legal
Orde
Clasificación
AXUDAS E SUBVENCIÓNS
Destinatario
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones convocadas las asociaciones de vecinos,
confederaciones, federaciones o uniones de asociaciones de vecinos de Galicia, comunidades de usuarios de aguas debidamente inscritas en el registro público correspondiente y
asociaciones de mujeres rurales de Galicia.
confederaciones, federaciones o uniones de asociaciones de vecinos de Galicia, comunidades de usuarios de aguas debidamente inscritas en el registro público correspondiente y
asociaciones de mujeres rurales de Galicia.
Obxecto
Podrán ser objeto de subvención los gastos ocasionados como consecuencia de inversiones realizadas en inmuebles de titularidad vecinal o sobre los cuales la entidad solicitante tiene un derecho de uso por convenio o por cualquier otro título, así como equipamientos necesarios para su funcionamiento, todos ellos orientados al cumplimiento de los fines de la entidad, y las obras en las traídas de agua comunitarias.
| TÍTULO | DATA PUBLICACIÓN | Sen datos dispoñibles |
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