Se amplía el plazo para justificar las ayudas concedidas hasta el 30 de junio de 2021, para propietarios particulares de forma individual, sociedades y agrupaciones de propietarios particulares, cooperativas agrícolas, pro indivisos, comunidades de bienes y otras personas jurídicas (S.A., S.L., …), y el 30 de agosto de 2021 para CMVMC y montes de varas, abertales, de voces, de vocerío y fabeo.
Se amplía el plazo para justificar las ayudas concedidas hasta el 30 de junio de 2021, para propietarios particulares de forma individual, sociedades y agrupaciones de propietarios particulares, cooperativas agrícolas, pro indivisos, comunidades de bienes y otras personas jurídicas (S.A., S.L., …), y el 30 de agosto de 2021 para CMVMC y montes de varas, abertales, de voces, de vocerío y fabeo.
| TÍTULO | DATA PUBLICACIÓN | Sen datos dispoñibles |
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