Modificación del apartado 2 del artículo 21 de la Orden de 26 de noviembre de 2024 que queda así:
«El plazo máximo para presentar la justificación de los gastos finalizará el día 19 de octubre de 2025. Sin embargo, se podrá conceder, a petición justificada de la persona física o jurídica interesada realizada antes de la finalización del plazo establecido siempre que no se perjudiquen derechos de terceros, una ampliación del plazo de justificación de las ayudas que no excederá de la mitad del plazo inicialmente previsto».
Modificación del apartado 2 del artículo 21 de la Orden de 26 de noviembre de 2024 que queda así:
«El plazo máximo para presentar la justificación de los gastos finalizará el día 19 de octubre de 2025. Sin embargo, se podrá conceder, a petición justificada de la persona física o jurídica interesada realizada antes de la finalización del plazo establecido siempre que no se perjudiquen derechos de terceros, una ampliación del plazo de justificación de las ayudas que no excederá de la mitad del plazo inicialmente previsto».
| TÍTULO | DATA PUBLICACIÓN | Sen datos dispoñibles |
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