Diario Oficial de Galicia, 08-01-2024, Núm. 5, Páx. 948
Data norma
Organismo
VICEPRESIDENCIA SEGUNDA E CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, TERRITORIO E VIVENDA
Ámbito Normativo
Galicia
Rango legal
Orde
Clasificación
AXUDAS E SUBVENCIÓNS
Destinatario
Podrán acogerse a estas ayudas tanto las personas titulares de terrenos cinegéticos ordenados (tecor) de Galicia, regulados en el artículo 13 de la Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de caza de Galicia, como las agrupaciones de estos que, aun careciendo de personalidad jurídica, hagan una solicitud conjunta. En este último caso los terrenos cinegéticos deberán ser colindantes y estar situados en una misma provincia. Para cada tecor solo será admisible una única solicitud.
Obxecto
a) Línea de actuaciones en los terrenos cinegéticamente ordenados con la finalidad de mejora de hábitats cinegéticos mediante el desbroce y trituración mecánica del matorral, pase de grada, la enmienda y/o fertilización y siembra de cereal y/o leguminosas, de acuerdo con las indicaciones contenidas en el anexo II.
b) Línea de actuación para la construcción de vivares artificiales en terrenos cinegéticamente ordenados, de acuerdo con las indicaciones contenidas en el anexo II.
b) Línea de actuación para la construcción de vivares artificiales en terrenos cinegéticamente ordenados, de acuerdo con las indicaciones contenidas en el anexo II.
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