Diario Oficial de Galicia, 08-01-2021, Núm. 4, Páx. 475
Data norma
Organismo
VICEPRESIDENCIA SEGUNDA E CONSELLERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESA E INNOVACIÓN
Ámbito Normativo
Galicia
Rango legal
Orde
Clasificación
AXUDAS E SUBVENCIÓNS
Destinatario
Los beneficiarios de las ayudas serán los ayuntamientos que realicen inversiones, dentro de su ámbito territorial, de acuerdo con el objeto de esta orden, para la habilitación y mejora de infraestructuras de los parques empresariales existentes o en desarrollo en su término municipal o en los términos municipales limítrofes. Las solicitudes se podrán presentar individualmente o de forma conjunta bajo cualquier fórmula (agrupación, asociación, mancomunidad, fusión o cualquier otra similar), a los efectos del establecido en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio , de subvenciones de Galicia.
Obxecto
Estas bases tienen por objeto a mejora de los servicios y el acondicionamiento de infraestructuras existentes o de nueva incorporación con el fin de que las empresas radicadas en los parques empresariales de Galicia puedan disponer de condiciones más competitivas para desarrollar su actividad económica.
Constituyen el objeto de estas ayudas, entre otras, las siguientes tipologías de actuaciones:
la) Plantas de depuración de aguas (la.1); los proyectos podrán incluir o tener como objeto los colectores con vertido a la depuradora municipal (la.2).
b) Gestión de residuos dentro del parque empresarial.
Constituyen el objeto de estas ayudas, entre otras, las siguientes tipologías de actuaciones:
la) Plantas de depuración de aguas (la.1); los proyectos podrán incluir o tener como objeto los colectores con vertido a la depuradora municipal (la.2).
b) Gestión de residuos dentro del parque empresarial.
| TÍTULO | DATA PUBLICACIÓN | Sen datos dispoñibles |
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