Boletín Oficial del País Vasco, 10-04-2007, Núm. 68, Páx. 8359
ORDEN de 1 de marzo de 2007, del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se convocan pruebas de acreditación de la aptitud para el ejercicio de la caza en el año 2007 y se aprueba el programa para su preparación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 124/1990, de 2 de mayo, por el que se regula el procedimiento para la obtención del requisito de aptitud para el ejercicio de la caza, se procede, mediante la presente Orden, a convocar, para el año 2007, la celebración de pruebas para la acreditación de dicha aptitud.
Asimismo, en virtud de la Disposición Final Primera de dicho Decreto, se procede a la aprobación del programa que contiene las materias sobre las que versarán las pruebas, así como el cuestionario que deberá contestarse.
En su virtud,
RESUELVO:
Primero.– Convocar para el año 2007 pruebas de acreditación de la aptitud para el ejercicio de la caza en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Segundo.– Las referidas pruebas versarán sobre las materias contenidas en el programa que figura como anexo I a la presente Orden y consistirán en la contestación de un cuestionario de 31 preguntas tipo test, en un tiempo máximo de 45 minutos. Para su superación se exigirá el acierto de al menos 24 preguntas.
Tercero.– El lugar, fecha y hora de celebración de las pruebas será el siguiente:
a) Prueba de mayo:
Aava Bizkaia Gipuzkoa
Lugar Facultad de Filología, Geografía Facultad de Ciencias Económicas Escuela Universitaria de Estudios e Historia. y Empresariales (Facultad de Sarriko) Empresariales.
C/ Paseo de la Universidad n.º 5 Edificio Blanco Garrido. Plaza de Oñati, n.º 1.
(antes Marqués de Urquijo s/n). C/ Avda. Lehendakari Agirre, n.º 83. Donostia- San Sebastián
Vitoria-Gasteiz Bilbao
Día 26 de mayo de 2007
Hora 10:00 h
b) Prueba de setiembre:
Día: 22 de setiembre de 2007.
Hora: 10:00 h.
Lugar: Escuela Universitaria de Estudios Empresariales.
Plaza de Oñate, n.º 1.– Donostia-San Sebastián.
Cuarto.– El plazo de presentación de solicitudes para la prueba de mayo comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y terminará el día 11 de mayo de 2007, ambos inclusive; y para la prueba de setiembre comenzará el día 7 de agosto de 2007 y terminará el 7 de setiembre, ambos inclusive.
Quinto.
1.– Las solicitudes se formalizarán en el modelo que figura en el anexo II, adjuntando la documentación que, con carácter general, se indica en el mismo.
2.– Quien desee presentarse a la prueba de setiembre deberá inscribirse necesariamente en el plazo previsto para ella, aun en el caso de que ya se hubiera inscrito para la prueba de mayo.
3.– Se dirigirán al Director de Innovación y Desarrollo Tecnológico del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno Vasco, y se presentarán en el Departamento correspondiente al servicio responsable de caza de la Diputación Foral de cualquiera de los tres Territorios Históricos, bien sea directamente o por cualquiera de los medios previstos en el apartado 4 del artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sexto.– Las Diputaciones Forales remitirán a la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno Vasco la relación de las solicitudes presentadas para la prueba de mayo antes del día 19 de mayo de 2007; y para la prueba de septiembre, antes del día 15 de septiembre de 2007.
Séptimo.– Los Tribunales encargados de juzgar las pruebas, de los que se constituirá uno por cada Territorio Histórico para la prueba de mayo, y solamente el de Gipuzkoa para la prueba de septiembre, tendrán la siguiente composición:
Territorio Histórico de Álava:
Presidente titular: D. Luis Carlos Cabanas Mur, Ingeniero-Jefe de la Sección de Caza y Pesca del Servicio de Montes del Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava.
Presidente suplente: D. José Ramón Aguirrezabal Sanz, Técnico del Servicio de Montes del Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava.
Vocal titular: D. Aitor Martínez Pozuelo, Presidente de la Federación Territorial de Caza de Álava.
Vocal suplente: D. Ramón Iglesias Fernández de Luna, Vicepresidente de la Federación Territorial de Caza de Álava.
Secretario titular: D. Rafael Francisco Alvarez Fernández, Jefe del Servicio de Secretaría Técnica del Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava.
Secretaria suplente: Dña. Beatriz Muñoa Murguiondo, Técnico del Servicio de la Secretaría Técnica del Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava.
Territorio Histórico de Bizkaia:
Presidente titular: D. Javier Monge Gómez, Jefe de la Sección de Caza y Pesca Continental del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia.
Presidente suplente: D. Antonio Galera Coleto, Jefe del Servicio de Conservación y Espacios Naturales Protegidos del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia.
Vocal titular: D. Jon Andoni Bengoetxea Rementería, Presidente de la Federación Territorial de Caza de Bizkaia.
Vocal suplente: D. José Andrés Bengoetxea Rementería, Vocal de la Federación Territorial de Caza de Bizkaia.
Secretaria titular: D.ª Maria González Bordagaray, Jefa de la Sección de Información y Asesoría del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia.
Secretario suplente: Ángel Martínez Churiaque, Jefe del Servicio de unidades Periféricas y Organización del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia.
Territorio Histórico de Gipuzkoa:
Presidente titular: D. Iñigo Mendiola Gómez, Jefe de la Sección de Fauna Silvestre del Departamento para el Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Presidente suplente: D. Iñaki Aizpuru Oiarbide, Jefe de la Sección de Parques Naturales del Departamento para el Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Vocal titular: D. José M.ª Usarraga López, Presidente de la Federación Territorial de Caza de Gipuzkoa.
Vocal suplente: D. Ramón García Carbonell, Vicepresidente de la Federación Territorial de Caza de Gipuzkoa.
Secretario titular: D. Alfonso Akarreta Rodríguez, Secretario Técnico del Departamento para el Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Secretario suplente: Lorena Etxezarreta Parriego, Técnico de Administración General del Departamento para el Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Octavo.
1.– A propuesta de los Tribunales, que se emitirá antes del día 2 de junio de 2007 para la prueba de mayo y antes del 6 de octubre de 2007 para la de setiembre, el Director de Innovación y Desarrollo Tecnológico dictará sendas resoluciones en un plazo máximo de 3 meses desde la finalización del correspondiente plazo de presentación de solicitudes.
2.– Dichas resoluciones se publicarán en el Boletín Oficial del País Vasco. Las relaciones de aspirantes considerados aptos y aptas serán expuestas públicamente en los tablones de anuncios de las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.
3.– Contra esta resolución los interesados e interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Política e Industria Alimentaria en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Noveno.– Las asistencias por la participación en los Tribunales encargados de juzgar las pruebas objeto de la presente convocatoria se abonarán de conformidad con lo establecido en el Decreto 16/1993, de 2 de febrero, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
Décimo.– En todo lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación supletoria lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999.
Undécimo.– Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán los interesados e interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el mismo diario oficial.
En Vitoria-Gasteiz, a 1 de marzo de 2007.
El Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación,
GONZALO SÁENZ DE SAMANIEGO BERGANZO.
ANEXO I - Programa de las pruebas para la obtención del requisito de aptitud para el ejercicio de la caza.
Tema 1.– Legislación cinegética y normativa ambiental.
1.1.– Tratados internacionales.
1.2.– Directivas europeas.
1.3.– Normativa estatal.
1.4.– Normativa de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
1.4.1.– Legislación del ámbito autonómico.
1.4.2.– Legislación Foral. Peculiaridades de los Territorios Históricos.
1.4.3.– La caza en los espacios naturales protegidos.
Tema 2.– Regulación y práctica de la caza.
2.1.– ¿Qué es cazar?
2.2.– Requisitos para la práctica de la caza.
2.2.1.– El examen del cazador.
2.2.2.– La licencia de caza.
2.2.3.– Seguro obligatorio del cazador.
2.3.– Especies cazables.
2.4.– Clasificación de los terrenos.
2.4.1.– Clasificación según la ley de caza.
2.4.1.1.– Terrenos de aprovechamiento cinegético común.
2.4.1.2.– Terrenos sometidos a régimen cinegético especial.
2.4.2.– Señalización cinegética.
2.4.3.– Clasificación de los terrenos según la norma foral de caza de Álava.
2.4.3.1.– Terrenos no cinegéticos en Álava.
2.4.3.2.– Terrenos cinegéticos en Álava.
2.5.– Cotos de caza.
2.5.1.– Coto privado de caza.
2.5.2.– Coto local de caza.
2.5.3.– Coto social de caza.
2.6.– Zonas de seguridad.
2.7.– Responsabilidad por daños.
2.8.– Modalidades de caza.
2.8.1.– Modalidades de caza mayor.
2.8.2.– Modalidades de caza menor.
2.8.3.– Otras modalidades.
2.9.– Prohibiciones, delitos e infracciones.
2.9.1.– Prohibiciones.
2.9.2.– Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos.
2.9.3.– Infracciones y sanciones.
2.10.– Transporte, comercialización y consumo de piezas de caza.
2.10.1.– Caza viva.
2.10.2.– Caza muerta en época de veda.
2.10.3.– Caza muerta (trofeos) en la época hábil de caza.
2.10.4.– Caza muerta (para consumo) en la época hábil de caza.
2.11.– Otros aspectos de interés: representación de los cazadores y homologación de trofeos.
Tema 3.– Ordenación cinegética.
3.1.– Funcionamiento de poblaciones: evolución anual de una población de perdices y la migración.
3.2.– Periodos de caza.
3.3.– ¿Por qué es necesaria la planificación cinegética?
3.4.– ¿Cómo se hace un plan de caza?
3.5.– Fase A. Inventario.
A.1.– ¿Cómo podemos saber la caza que tenemos?
A.2.– ¿Cómo puede colaborar el cazador en los muestreos de caza?
A.3.– ¿Qué importancia tiene el hábitat?
3.6.– Fase B. Planificación.
B.1.– ¿Cómo calcular cuánto podemos cazar?
B.2.– ¿Cómo podemos mejorar el hábitat?
B.3.– ¿Son los predadores compatibles con el cazador?
B.4.– ¿Para qué sirven las repoblaciones?
3.7.– Fase C. Seguimiento.
C.1.– ¿En qué consiste el seguimiento?
C.2.– ¿Es importante la participación del cazador?
Tema 4.– Especies cinegéticas.
4.1.– Aves.
4.1.1.– Ánsar Común / Ganso • Anser Anser.
4.1.2.– Ánade Azulón / Ánade Real / Azulón • Anas Platyrhynchos.
4.1.3.– Cerceta Común / Corco / Corquete • Anas Crecca.
4.1.4.– Cerceta Carretona • Anas Querquedula.
4.1.5.– Ánade Friso • Anas Strepera.
4.1.6.– Silbón Europeo / Ánade Silbón • Anas Penélope.
4.1.7.– Ánade Rabudo • Anas Acuta.
4.1.8.– Cuchara Común / Pato Cuchara • Anas Clypeata.
4.1.9.– Porrón Moñudo • Aythya Fuligula.
4.1.10.– Porrón Europeo / Porrón Común • Aythya Ferina.
4.1.11.– Pato Colorado • Netta Ru.Na.
4.1.12.– Focha Común • Fulica Atra.
4.1.13.– Becada / Sorda / Chocha Perdiz • Scolopax Rusticola.
4.1.14.– Agachadiza Común / Becacina / Percaza • Gallinago Gallinago.
4.1.15.– Agachadiza Chica / Percaza • Lymnocryptes Minimus.
4.1.16.– Avefría Europea • Vanellus Vanellus.
4.1.17.– Faisán Vulgar • Phasianus Colchicus.
4.1.18.– codorniz Común • Coturnix Coturnix.
4.1.19.– Perdiz Roja • Alectoris Rufa.
4.1.20.– Perdiz Pardilla • Perdix Perdix.
4.1.21.– Perdiz Moruna • Alectoris Barbara.
4.1.22.– Paloma Torcaz • Columba Palumbus.
4.1.23.– Paloma Bravía • Columba Livia.
4.1.24.– Paloma Zurita • Columba Oenas.
4.1.25.– Tórtola Europea • Streptopelia Turtur.
4.1.26.– Tórtola Turca • Streptopelia Decaocto.
4.1.27.– Zorzal Común / Malviz • Turdus Philomelos.
4.1.28.– Zorzal Charlo • Turdus Viscivorus.
4.1.29.– Zorzal Real • Turdus Pilaris.
4.1.30.– Zorzal Alirrojo • Turdus Iliacus.
4.1.31.– Estornino Negro • Sturnus Unicolor.
4.1.32.– Estornino Pinto • Sturnus Vulgaris.
4.1.33.– Urraca / Picaraza • Pica Pica.
4.1.34.– Grajilla • Corvus Monedula.
4.1.35.– Corneja • Corvus Corone.
4.2.– Mamíferos.
4.2.1.– Liebre • Lepus Sp.
4.2.2.– Conejo • Oryctolagus Cuniculus.
4.2.3.– Zorro / Raposo • Vulpes Vulpes.
4.2.4.– Lobo • Canis Lupus.
4.2.5.– Jabalí • Sus Scrofa.
4.2.6.– Ciervo / Venado • Cervus Elaphus.
4.2.7.– Gamo • Dama Dama.
4.2.8.– Corzo • Capreolus Capreolus.
4.2.9.– Rebeco / Sarrio • Rupicapra Rupicapra.
4.2.10.– Cabra Montés • Capra Pyrenaica.
4.2.11.– Muflón • Ovis Gmelini.
4.2.13.– Arruí • Ammotragus Lervia.
Tema 5.– Problemas de identificación.
5.1.– El cazador en el bosque.
5.2.– El cazador en puesto fijo.
5.3.– El cazador en humedales.
5.4.– El cazador en zonas abiertas.
5.5.– El cazador en la costa.
Tema 6.– Armas y perros de caza.
6.1.– Armas y municiones.
6.1.1.– Categorías de armas.
6.1.2.– Permisos, uso y tenencia de armas.
6.1.3.– Tipos de armas de fuego y munición: escopetas, rifles y elección del arma y la munición.
6.2.– Los perros y la caza.
6.2.1.– Perros de muestra.
6.2.2.– Perros de rastro.
6.2.3.– Perros de acoso y persecución.
6.2.4.– Perros cobradores y levantadores.
6.2.5.– Otros aspectos caninos.
Algunos datos técnicos de interés sobre perros de caza.
Algunos conceptos veterinarios y de manejo – accidentes– de la identificación y el control de los perros.
Tema 7.– Ética, seguridad y comportamiento del cazador.
II. ANEXO - SOLICITUD DE INSCRIPCION EN EL EXAMEN DE ACREDITACION DE LA APTITUD PARA EL EJERCICIO DE LA CAZA
1.er apellido:
2.º apellido:
Nombre:
Domicilio: n.º
Teléfono: DNI:
Localidad:
Municipio:
Territorio Histórico o Provincia:
País:
Territorio Histórico en que realizará el examen:
Sinadura/Firma
* Se adjuntará a la presente solicitud fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, en su caso.
* Los menores desprovistos de DNI aportarán la documentación que puede acreditar suficientemente su identidad.
* Igualmente, será imprescindible la presentación de la documentación identificadora original en el acto del exámen.
* El/la abajo firmante solicita ser inscrito/inscrita en el examen de acreditación de la aptitud para el ejercicio de la caza. Asimismo, declaro bajo mi responsabilidad que los datos presentados son ciertos.
En ................., a...... de.................2007.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación, le informa que sus datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este impreso, van a ser incorporados para su tratamiento en un fichero automatizado. Si lo desea, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, previstos por la Ley, dirigiendo un escrito a la Dirección de Servicios Generales del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno Vasco, como responsable del tratamiento, y con domicilio en c / Donostia-San Sebastián, 1, en Vitoria-Gasteiz.
Data norma
Organismo
CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE E DESENVOLVEMENTO SOSTIBLE
Ámbito Normativo
Autonómica
Rango legal
Orde
Clasificación
CAZA, PESCA E MARISQUEO
ORDEN de 1 de marzo de 2007, del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se convocan pruebas de acreditación de la aptitud para el ejercicio de la caza en el año 2007 y se aprueba el programa para su preparación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 124/1990, de 2 de mayo, por el que se regula el procedimiento para la obtención del requisito de aptitud para el ejercicio de la caza, se procede, mediante la presente Orden, a convocar, para el año 2007, la celebración de pruebas para la acreditación de dicha aptitud.
Asimismo, en virtud de la Disposición Final Primera de dicho Decreto, se procede a la aprobación del programa que contiene las materias sobre las que versarán las pruebas, así como el cuestionario que deberá contestarse.
En su virtud,
RESUELVO:
Primero.– Convocar para el año 2007 pruebas de acreditación de la aptitud para el ejercicio de la caza en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Segundo.– Las referidas pruebas versarán sobre las materias contenidas en el programa que figura como anexo I a la presente Orden y consistirán en la contestación de un cuestionario de 31 preguntas tipo test, en un tiempo máximo de 45 minutos. Para su superación se exigirá el acierto de al menos 24 preguntas.
Tercero.– El lugar, fecha y hora de celebración de las pruebas será el siguiente:
a) Prueba de mayo:
Aava Bizkaia Gipuzkoa
Lugar Facultad de Filología, Geografía Facultad de Ciencias Económicas Escuela Universitaria de Estudios e Historia. y Empresariales (Facultad de Sarriko) Empresariales.
C/ Paseo de la Universidad n.º 5 Edificio Blanco Garrido. Plaza de Oñati, n.º 1.
(antes Marqués de Urquijo s/n). C/ Avda. Lehendakari Agirre, n.º 83. Donostia- San Sebastián
Vitoria-Gasteiz Bilbao
Día 26 de mayo de 2007
Hora 10:00 h
b) Prueba de setiembre:
Día: 22 de setiembre de 2007.
Hora: 10:00 h.
Lugar: Escuela Universitaria de Estudios Empresariales.
Plaza de Oñate, n.º 1.– Donostia-San Sebastián.
Cuarto.– El plazo de presentación de solicitudes para la prueba de mayo comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y terminará el día 11 de mayo de 2007, ambos inclusive; y para la prueba de setiembre comenzará el día 7 de agosto de 2007 y terminará el 7 de setiembre, ambos inclusive.
Quinto.
1.– Las solicitudes se formalizarán en el modelo que figura en el anexo II, adjuntando la documentación que, con carácter general, se indica en el mismo.
2.– Quien desee presentarse a la prueba de setiembre deberá inscribirse necesariamente en el plazo previsto para ella, aun en el caso de que ya se hubiera inscrito para la prueba de mayo.
3.– Se dirigirán al Director de Innovación y Desarrollo Tecnológico del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno Vasco, y se presentarán en el Departamento correspondiente al servicio responsable de caza de la Diputación Foral de cualquiera de los tres Territorios Históricos, bien sea directamente o por cualquiera de los medios previstos en el apartado 4 del artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sexto.– Las Diputaciones Forales remitirán a la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno Vasco la relación de las solicitudes presentadas para la prueba de mayo antes del día 19 de mayo de 2007; y para la prueba de septiembre, antes del día 15 de septiembre de 2007.
Séptimo.– Los Tribunales encargados de juzgar las pruebas, de los que se constituirá uno por cada Territorio Histórico para la prueba de mayo, y solamente el de Gipuzkoa para la prueba de septiembre, tendrán la siguiente composición:
Territorio Histórico de Álava:
Presidente titular: D. Luis Carlos Cabanas Mur, Ingeniero-Jefe de la Sección de Caza y Pesca del Servicio de Montes del Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava.
Presidente suplente: D. José Ramón Aguirrezabal Sanz, Técnico del Servicio de Montes del Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava.
Vocal titular: D. Aitor Martínez Pozuelo, Presidente de la Federación Territorial de Caza de Álava.
Vocal suplente: D. Ramón Iglesias Fernández de Luna, Vicepresidente de la Federación Territorial de Caza de Álava.
Secretario titular: D. Rafael Francisco Alvarez Fernández, Jefe del Servicio de Secretaría Técnica del Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava.
Secretaria suplente: Dña. Beatriz Muñoa Murguiondo, Técnico del Servicio de la Secretaría Técnica del Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava.
Territorio Histórico de Bizkaia:
Presidente titular: D. Javier Monge Gómez, Jefe de la Sección de Caza y Pesca Continental del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia.
Presidente suplente: D. Antonio Galera Coleto, Jefe del Servicio de Conservación y Espacios Naturales Protegidos del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia.
Vocal titular: D. Jon Andoni Bengoetxea Rementería, Presidente de la Federación Territorial de Caza de Bizkaia.
Vocal suplente: D. José Andrés Bengoetxea Rementería, Vocal de la Federación Territorial de Caza de Bizkaia.
Secretaria titular: D.ª Maria González Bordagaray, Jefa de la Sección de Información y Asesoría del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia.
Secretario suplente: Ángel Martínez Churiaque, Jefe del Servicio de unidades Periféricas y Organización del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia.
Territorio Histórico de Gipuzkoa:
Presidente titular: D. Iñigo Mendiola Gómez, Jefe de la Sección de Fauna Silvestre del Departamento para el Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Presidente suplente: D. Iñaki Aizpuru Oiarbide, Jefe de la Sección de Parques Naturales del Departamento para el Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Vocal titular: D. José M.ª Usarraga López, Presidente de la Federación Territorial de Caza de Gipuzkoa.
Vocal suplente: D. Ramón García Carbonell, Vicepresidente de la Federación Territorial de Caza de Gipuzkoa.
Secretario titular: D. Alfonso Akarreta Rodríguez, Secretario Técnico del Departamento para el Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Secretario suplente: Lorena Etxezarreta Parriego, Técnico de Administración General del Departamento para el Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Octavo.
1.– A propuesta de los Tribunales, que se emitirá antes del día 2 de junio de 2007 para la prueba de mayo y antes del 6 de octubre de 2007 para la de setiembre, el Director de Innovación y Desarrollo Tecnológico dictará sendas resoluciones en un plazo máximo de 3 meses desde la finalización del correspondiente plazo de presentación de solicitudes.
2.– Dichas resoluciones se publicarán en el Boletín Oficial del País Vasco. Las relaciones de aspirantes considerados aptos y aptas serán expuestas públicamente en los tablones de anuncios de las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.
3.– Contra esta resolución los interesados e interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Política e Industria Alimentaria en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Noveno.– Las asistencias por la participación en los Tribunales encargados de juzgar las pruebas objeto de la presente convocatoria se abonarán de conformidad con lo establecido en el Decreto 16/1993, de 2 de febrero, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
Décimo.– En todo lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación supletoria lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999.
Undécimo.– Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán los interesados e interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el mismo diario oficial.
En Vitoria-Gasteiz, a 1 de marzo de 2007.
El Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación,
GONZALO SÁENZ DE SAMANIEGO BERGANZO.
ANEXO I - Programa de las pruebas para la obtención del requisito de aptitud para el ejercicio de la caza.
Tema 1.– Legislación cinegética y normativa ambiental.
1.1.– Tratados internacionales.
1.2.– Directivas europeas.
1.3.– Normativa estatal.
1.4.– Normativa de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
1.4.1.– Legislación del ámbito autonómico.
1.4.2.– Legislación Foral. Peculiaridades de los Territorios Históricos.
1.4.3.– La caza en los espacios naturales protegidos.
Tema 2.– Regulación y práctica de la caza.
2.1.– ¿Qué es cazar?
2.2.– Requisitos para la práctica de la caza.
2.2.1.– El examen del cazador.
2.2.2.– La licencia de caza.
2.2.3.– Seguro obligatorio del cazador.
2.3.– Especies cazables.
2.4.– Clasificación de los terrenos.
2.4.1.– Clasificación según la ley de caza.
2.4.1.1.– Terrenos de aprovechamiento cinegético común.
2.4.1.2.– Terrenos sometidos a régimen cinegético especial.
2.4.2.– Señalización cinegética.
2.4.3.– Clasificación de los terrenos según la norma foral de caza de Álava.
2.4.3.1.– Terrenos no cinegéticos en Álava.
2.4.3.2.– Terrenos cinegéticos en Álava.
2.5.– Cotos de caza.
2.5.1.– Coto privado de caza.
2.5.2.– Coto local de caza.
2.5.3.– Coto social de caza.
2.6.– Zonas de seguridad.
2.7.– Responsabilidad por daños.
2.8.– Modalidades de caza.
2.8.1.– Modalidades de caza mayor.
2.8.2.– Modalidades de caza menor.
2.8.3.– Otras modalidades.
2.9.– Prohibiciones, delitos e infracciones.
2.9.1.– Prohibiciones.
2.9.2.– Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos.
2.9.3.– Infracciones y sanciones.
2.10.– Transporte, comercialización y consumo de piezas de caza.
2.10.1.– Caza viva.
2.10.2.– Caza muerta en época de veda.
2.10.3.– Caza muerta (trofeos) en la época hábil de caza.
2.10.4.– Caza muerta (para consumo) en la época hábil de caza.
2.11.– Otros aspectos de interés: representación de los cazadores y homologación de trofeos.
Tema 3.– Ordenación cinegética.
3.1.– Funcionamiento de poblaciones: evolución anual de una población de perdices y la migración.
3.2.– Periodos de caza.
3.3.– ¿Por qué es necesaria la planificación cinegética?
3.4.– ¿Cómo se hace un plan de caza?
3.5.– Fase A. Inventario.
A.1.– ¿Cómo podemos saber la caza que tenemos?
A.2.– ¿Cómo puede colaborar el cazador en los muestreos de caza?
A.3.– ¿Qué importancia tiene el hábitat?
3.6.– Fase B. Planificación.
B.1.– ¿Cómo calcular cuánto podemos cazar?
B.2.– ¿Cómo podemos mejorar el hábitat?
B.3.– ¿Son los predadores compatibles con el cazador?
B.4.– ¿Para qué sirven las repoblaciones?
3.7.– Fase C. Seguimiento.
C.1.– ¿En qué consiste el seguimiento?
C.2.– ¿Es importante la participación del cazador?
Tema 4.– Especies cinegéticas.
4.1.– Aves.
4.1.1.– Ánsar Común / Ganso • Anser Anser.
4.1.2.– Ánade Azulón / Ánade Real / Azulón • Anas Platyrhynchos.
4.1.3.– Cerceta Común / Corco / Corquete • Anas Crecca.
4.1.4.– Cerceta Carretona • Anas Querquedula.
4.1.5.– Ánade Friso • Anas Strepera.
4.1.6.– Silbón Europeo / Ánade Silbón • Anas Penélope.
4.1.7.– Ánade Rabudo • Anas Acuta.
4.1.8.– Cuchara Común / Pato Cuchara • Anas Clypeata.
4.1.9.– Porrón Moñudo • Aythya Fuligula.
4.1.10.– Porrón Europeo / Porrón Común • Aythya Ferina.
4.1.11.– Pato Colorado • Netta Ru.Na.
4.1.12.– Focha Común • Fulica Atra.
4.1.13.– Becada / Sorda / Chocha Perdiz • Scolopax Rusticola.
4.1.14.– Agachadiza Común / Becacina / Percaza • Gallinago Gallinago.
4.1.15.– Agachadiza Chica / Percaza • Lymnocryptes Minimus.
4.1.16.– Avefría Europea • Vanellus Vanellus.
4.1.17.– Faisán Vulgar • Phasianus Colchicus.
4.1.18.– codorniz Común • Coturnix Coturnix.
4.1.19.– Perdiz Roja • Alectoris Rufa.
4.1.20.– Perdiz Pardilla • Perdix Perdix.
4.1.21.– Perdiz Moruna • Alectoris Barbara.
4.1.22.– Paloma Torcaz • Columba Palumbus.
4.1.23.– Paloma Bravía • Columba Livia.
4.1.24.– Paloma Zurita • Columba Oenas.
4.1.25.– Tórtola Europea • Streptopelia Turtur.
4.1.26.– Tórtola Turca • Streptopelia Decaocto.
4.1.27.– Zorzal Común / Malviz • Turdus Philomelos.
4.1.28.– Zorzal Charlo • Turdus Viscivorus.
4.1.29.– Zorzal Real • Turdus Pilaris.
4.1.30.– Zorzal Alirrojo • Turdus Iliacus.
4.1.31.– Estornino Negro • Sturnus Unicolor.
4.1.32.– Estornino Pinto • Sturnus Vulgaris.
4.1.33.– Urraca / Picaraza • Pica Pica.
4.1.34.– Grajilla • Corvus Monedula.
4.1.35.– Corneja • Corvus Corone.
4.2.– Mamíferos.
4.2.1.– Liebre • Lepus Sp.
4.2.2.– Conejo • Oryctolagus Cuniculus.
4.2.3.– Zorro / Raposo • Vulpes Vulpes.
4.2.4.– Lobo • Canis Lupus.
4.2.5.– Jabalí • Sus Scrofa.
4.2.6.– Ciervo / Venado • Cervus Elaphus.
4.2.7.– Gamo • Dama Dama.
4.2.8.– Corzo • Capreolus Capreolus.
4.2.9.– Rebeco / Sarrio • Rupicapra Rupicapra.
4.2.10.– Cabra Montés • Capra Pyrenaica.
4.2.11.– Muflón • Ovis Gmelini.
4.2.13.– Arruí • Ammotragus Lervia.
Tema 5.– Problemas de identificación.
5.1.– El cazador en el bosque.
5.2.– El cazador en puesto fijo.
5.3.– El cazador en humedales.
5.4.– El cazador en zonas abiertas.
5.5.– El cazador en la costa.
Tema 6.– Armas y perros de caza.
6.1.– Armas y municiones.
6.1.1.– Categorías de armas.
6.1.2.– Permisos, uso y tenencia de armas.
6.1.3.– Tipos de armas de fuego y munición: escopetas, rifles y elección del arma y la munición.
6.2.– Los perros y la caza.
6.2.1.– Perros de muestra.
6.2.2.– Perros de rastro.
6.2.3.– Perros de acoso y persecución.
6.2.4.– Perros cobradores y levantadores.
6.2.5.– Otros aspectos caninos.
Algunos datos técnicos de interés sobre perros de caza.
Algunos conceptos veterinarios y de manejo – accidentes– de la identificación y el control de los perros.
Tema 7.– Ética, seguridad y comportamiento del cazador.
II. ANEXO - SOLICITUD DE INSCRIPCION EN EL EXAMEN DE ACREDITACION DE LA APTITUD PARA EL EJERCICIO DE LA CAZA
1.er apellido:
2.º apellido:
Nombre:
Domicilio: n.º
Teléfono: DNI:
Localidad:
Municipio:
Territorio Histórico o Provincia:
País:
Territorio Histórico en que realizará el examen:
Sinadura/Firma
* Se adjuntará a la presente solicitud fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, en su caso.
* Los menores desprovistos de DNI aportarán la documentación que puede acreditar suficientemente su identidad.
* Igualmente, será imprescindible la presentación de la documentación identificadora original en el acto del exámen.
* El/la abajo firmante solicita ser inscrito/inscrita en el examen de acreditación de la aptitud para el ejercicio de la caza. Asimismo, declaro bajo mi responsabilidad que los datos presentados son ciertos.
En ................., a...... de.................2007.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación, le informa que sus datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este impreso, van a ser incorporados para su tratamiento en un fichero automatizado. Si lo desea, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, previstos por la Ley, dirigiendo un escrito a la Dirección de Servicios Generales del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno Vasco, como responsable del tratamiento, y con domicilio en c / Donostia-San Sebastián, 1, en Vitoria-Gasteiz.
