Orden de 1 de agosto de 2007, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establecen los criterios que se van a aplicar para llevar a cabo el control de la Condicionalidad en los ámbitos de “Medio Ambiente”, de la “Salud Pública, Zoosanidad y Fitosanidad”, así como de las “Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales” y “Bienestar Animal” que deberán cumplir los productores que reciban ayudas directas de la política agraria común y beneficiarios de determinadas ayudas de desarrollo rural en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la campaña 2007 y se establece el sistema de cálculo para la reducción o exclusión de las mismas.

Boletín Oficial de la Región de Murcia, 22-08-2007, Núm. 193, Páx. 25075
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