Boletín Oficial del Estado, 25-03-2022, Núm. 72, Páx. 14369
Data norma
Organismo
OUTRAS ADMINISTRACIÓNS
Ámbito Normativo
Estatal
Rango legal
Resolución
Clasificación
AXUDAS E SUBVENCIÓNS
Destinatario
Podrán acceder a estas ayudas las agrupaciones de al menos dos personas, físicas o jurídicas independientes entre sí, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo.
Obxecto
Financiación a agrupaciones de dos o más personas físicas o jurídicas para la ejecución, a través de grupos operativos, de proyectos de innovación de interés general.
Los proyectos deben estar orientados a beneficiar a todo un sector o subsector en el ámbito nacional y sus actuaciones se realizarán en dos o más comunidades autónomas debiendo estar orientados a alguno de los objetivos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas.
También deben contribuir a la recuperación de una economía resiliente, sostenible y digital de las zonas rurales.
Los proyectos deben estar orientados a beneficiar a todo un sector o subsector en el ámbito nacional y sus actuaciones se realizarán en dos o más comunidades autónomas debiendo estar orientados a alguno de los objetivos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas.
También deben contribuir a la recuperación de una economía resiliente, sostenible y digital de las zonas rurales.
