Diario Oficial de Galicia, 17-01-2007, Núm. 9, Páx. 22
Decreto 106/2006, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el Plan especial para hacer frente al riesgo de fenómenos meteoro¬lógicos adversos
Los planes de protección civil fijan el marco orgánico y funcional de las autoridades, los órganos y los organismos, así como los mecanismos de movili¬zación de los medios materiales y personales, tanto públicos como privados, necesarios para la protección de la integridad física de las personas, los bienes y el patrimonio colectivo y ambiental ante situaciones de emergencia extraordi¬naria.
El artículo 20 de la Ley 3/2006, de 30 de marzo, de gestión de emergen¬cias de las Illes Balears, establece que los planes de protección civil pueden ser territoriales o especiales, definidos éstos últimos como aquellos planes de pro¬tección civil que se elaboran para hacer frente en el ámbito autonómico a situa¬ciones de emergencia concretas, la naturaleza de las cuales requiere una meto¬dología técnico-científica específica, bien por sectores de actividad, bien por tipos de emergencia, bien por actividades concretas.
El artículo 22.1 de la mencionada Ley dispone que serán objeto de un plan especial de protección civil las situaciones de emergencia provocadas por ries¬go de inundaciones, de sismos, de incendios forestales y de transporte de mer¬cancías peligrosas, de acuerdo con las Directrices Básicas aprobadas por el Gobierno Central. En cumplimiento de estos mandatos (recogidos también en la normativa estatal) el Govern de las Illes Balears aprobó en el año 2005 los pla¬nes especiales para hacer frente a los riesgos antes enumerados.
De la misma manera, el punto 2 de este mismo artículo añade que también serán objeto de un plan especial todas aquellas situaciones de riesgo que la con¬sejería competente en materia de emergencias considere de interés autonómico. En este sentido el Govern de las Illes Balears ha considerado de interés autonó¬mico elaborar un plan especial para hacer frente al riesgo de fenómenos meteo¬rológicos adversos.
Según dispone el artículo 25 de la Ley 3/2006, el contenido mínimo de todos los planes es el siguiente:
a) Características del territorio.
b) Análisis de los riesgos presentes.
c) Actuaciones para hacer frente a los riesgos existentes: medidas de pre¬vención y actuaciones en caso de emergencias.
d) Dirección del plan.
e) Medios y recursos disponibles.
f) Infraestructuras operativas.
g) Niveles de aplicación del plan.
h) Procedimiento de activación del plan.
i) Medidas de información y protección de la población.
j) Medidas de rehabilitación de los servicios esenciales.
k) Programa de simulacros.
l) Planificación para el mantenimiento, la actualización y la revisión del plan.
Por lo que se refiere a la aprobación de estos planes, el artículo 26.5 de la Ley 3/2006, de 30 de marzo, de gestión de emergencias de las Illes Balears, dis¬pone que los planes de ámbito autonómico serán aprobados por decreto del Gobierno de las Illes Balears, con el informe previo de la Comisión de Emergencias y Protección de las Illes Balears y homologación por parte de la Comisión Nacional de Protección Civil, excepto los que no estén regulados por
Visto lo anterior, una vez homologado por el Pleno de la Comisión de Emergencias y Protección de las Illes Balears en su sesión de 28 de julio de 2006, a propuesta del Consejero de Interior, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 15 de diciembre de 2006,
DECRETO
Artículo 1.
Aprobar el Plan especial para hacer frente al riesgo de fenómenos meteo¬rológicos adversos que se transcribe como anexo único de este Decreto.
Artículo 2.
Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Marratxí, 15 de diciembre de 2006
EL PRESIDENTE,
Jaume Matas Palou
El Consejero de Interior
José María Rodríguez Barberá
PLAN ESPECIAL PARA HACER FRENTE AL RIESGO DE FENÓMENOS METEOROLÓGICOS ADVERSOS
1. INTRODUCCIÓN
1.1. Consideraciones generales
La complejidad y diversidad de la sociedad moderna hacen que ésta sea muy sensible a las adversidades meteorológicas y, en particular, cuando estas pueden encuadrarse dentro de la categoría de Fenómenos Meteorológicos Adversos.
Por Fenómeno Meteorológico Adverso (desde ahora FMA), se entiende cualquier evento atmosférico capaz de producir de modo directo o indirecto daños de consideración a personas y bienes. También pueden considerarse como FMA cualquier fenómeno capaz de alterar sustancialmente la actividad humana en un ámbito territorial determinado aunque no tengan estricta naturaleza mete¬orológica.
Por ello, se necesita disponer de información precisa que permita a los órganos responsables de emergencias conocer con anticipación suficiente la eventual ocurrencia de un fenómeno meteorológico adverso y adoptar las medi¬das que eviten o disminuyan las consecuencias negativas del mismo. Ello es lo que ha ocurrido con la evolución de las técnicas meteorológicas que, sin duda, han permitido una mayor cuantificación espacial y temporal de las ocurrencias de los FMA y, en consecuencia, la generación de una información mucho más fiable.
Consecuentemente, no es de extrañar que tanto desde el Ministerio de Medio Ambiente, responsable de la información meteorológica, como para los organismos responsables de la Protección Civil y de Emergencias, que son los que deben velar para que las vidas y bienes de los ciudadanos corran el menor peligro posible, se hayan puesto en marcha mecanismos de actuación.
1.2. Antecedentes históricos
El Instituto Nacional de Meteorología (INM) desarrolló desde la década de los 80 diversos planes operativos, aprovechados por los responsables de Protección Civil en las distintas Comunidades Autónomas que han ido evolu¬cionando hasta la actualidad y que han dado y están dando lugar a la aparición de los Protocolos de Actuación y Planes Especiales Autonómicos.
A los Planes de Predicción y Vigilancia Meteorológica (PREVIMET), de los años 80, les sucedió desde mitad de los 90 el Plan Nacional de Predicción y Vigilancia de Fenómenos Adversos (PNPVFA) que, ahora una vez revisado a partir de la experiencia acumulada y la necesidad de satisfacer los requerimien¬tos del Proyecto Europeo EMMA, ha dado lugar al Plan Nacional de Predicción y Vigilancia de Meteorología Adversa (METEOALERTA)
Conclusión
En este marco, la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, que está lle¬vando a cabo una ingente labor de planificación en el área de emergencias, ha decidido protocolizar las actuaciones en caso de FMA con la finalidad de opti¬mizar las actuaciones que permitan mitigar en todo lo posible sus efectos.
El resultado de esta actuación es el Plan Especial ante Fenómenos Meteorológicos Adversos contenido en el presente documento.
2. MARCO LEGAL
2.1. Legislación estatal
* Artículo 12.4 de la Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears.
* Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre protección civil (BOE núm. 22, de 25de enero de 1985).
* Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la NormaBásica de Protección Civil (BOE núm. 105, de 1 de mayo de 1992).
* Resolución de 31 de enero de 1995, de la Secretaría de Estado deInterior, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de protec¬ción civil ante el Riesgo de Inundaciones.
* Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla laestructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente.
* Real Decreto 1124/2005, de 26 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente
2.2. Legislación autonómica
* Ley 2/1998, de 13 de marzo, de Ordenación de Emergencias en las Illes Balears.
* Ley 3/2006, de 30 de marzo de Gestión de Emergencias en las Illes Balears
* Decreto 50/1998, de 8 de mayo, por el cual se aprueba el Plan Territorial de las Illes Balears (PLATERBAL) en materia de Protección Civil.
* Decreto 8/2004, de 23 de enero, por el que se desarrollan determinadosaspectos de la Ley de Ordenación de Emergencias en las Illes Balears.
* Decreto 40/2005 de 22 de abril por el que se aprueba el Plan especialfrente al riesgo de inundaciones (INUNBAL).
3. METEOROLOGÍAEN LAS ILLES BALEARS
3.1. Datos generales
3.1.1. Tablas.
Como resumen e ilustración general de la climatología en las Illes Balears, se reproducen a continuación tablas explicativas de los datos climato¬lógicos de las Illes Balears
Los datos se acompañan de la tabla de leyenda para su interpretación.
l clima de las Illes Balears se caracteriza por su régimen termométrico templado, aunque a lo largo del año el territorio isleño se puede ver afectado por masas de aire de origen polar en la estación fría y tropical en verano, de mane-ra que dentro de los valores medios moderados puede haber momentos con valores extremos marcadamente bajos o elevados.
Temperaturas medias anuales
La temperatura a lo largo del año es moderada en todo el archipiélago, sobretodo respecto a las mínimas diurnas y a la temperatura media durante el invierno, como consecuencia del efecto regulador del mar.
La temperatura media anual oscila entre los 16 y los 17ºC. Durante el invierno el valor medio mensual es de unos 10º, excepto en la zona montañosa de Mallorca, más fría y donde no se sobrepasan los 6ºC. En verano la media mensual está alrededor de los 20ºC.
3.2.1.1. Mallorca
La isla de Mallorca tiene una temperatura media anual comprendida entre los 16 y los 17ºC. Se pueden distinguir dos áreas con valores inferiores: la Sierra de Tramuntana, con valores medios menores de 16ºC, en las cimas las tempera¬turas medias son de sólo 10ºC, y las sierras de Levante y la depresión de Campos, que también tienen medias ligeramente más frías, alrededor de los 15ºC.
3.2.1.2. Menorca
En Menorca se aprecian pocas diferencias en la distribución territorial de las temperaturas medias anuales y toda la isla tiene alrededor de 16 a 17ºC. Hay dos áreas reducidas con valores ligeramente inferiores que corresponden a losrelieves de El Toro y de Santa Àgueda-S’Enclusa.
3.2.1.3. Eivissa-Formentera
En Eivissa y en Formentera la temperatura media anual es superior a la de Mallorca y Menorca. Casi toda la isla de Eivissa tiene unos valores entorno a los 17ºC. Formentera es la zona más cálida de las Illes Balears, con una media anual superior a los 18ºC.
3.2.2. Temperaturas extremas
Tanto las olas de frío como de calor extremo son poco frecuentes, aunque ocasionalmente se pueden registrar valores notablemente extremos, tanto res¬pecto a las máximas como a las mínimas absolutas.
3.2.2.1. Ola de frío
Las olas de frío, responsables de las temperaturas mínimas más bajas, están provocadas por invasiones de aire polar continental del NE. La más impor¬tante registrada en el siglo XX sucedió en febrero de 1956, con una mínima absoluta de -5ºC en Palma de Mallorca.
3.2.2.2. Ola de calor
Las situaciones que provocan las temperaturas máximas absolutas corres¬ponden a invasiones de aire del Sahara que llegan con viento del SE. Una de las más importantes del siglo XX se produjo desde el 18 al 31 de julio de 1983, cuando en Palma se registró una temperatura máxima absoluta de 40,6ºC.
3.3. Precipitaciones
El clima de las Illes Balears se caracteriza por unas precipitaciones medias anuales moderadas o escasas, con una marcada irregularidad en su reparto tem¬poral y espacial. Tienen una significación especial los episodios con aguaceros muy intensos, mayoritariamente en otoño.
3.3.1. Precipitaciones medias anuales
El régimen anual de precipitación en las Illes está caracterizado por un máximo en otoño, generalmente centrado en el mes de octubre, aunque el invier¬no también es lluvioso. A lo largo de la primavera hay una disminución de los registros hasta llegar al verano, cuando las precipitaciones son prácticamente inexistentes, sobretodo en julio.
La distribución territorial de la precipitación es muy diferente entre islas.
3.3.1.1. Mallorca
La isla de Mallorca recibe un total anual de entorno a 650 mm. El máxi¬mo suele ser en octubre, excepto en la parte central de la Sierra donde es en diciembre.
La variación espacial de los valores medios es muy destacable a causa de la orografía. Destaca el máximo, superior a los 1.400 mm anuales, en las zonas más elevadas de la Sierra de Tramuntana, y el mínimo en el litoral meridional donde no se superan los 300 mm.
3.3.1.2. Menorca
El total anual de precipitación en Menorca es entorno a 600 mm. El máxi¬mo de octubre es muy destacado respecto a los meses de invierno. El reparto espacial es muy regular, atendiendo a la poca altitud de los relieves. Se puede destacar la zona central con unos valores un poco superiores a los 700 mm.
3.3.1.3. Eivissa-Formentera
En Eivissa y Formentera el total anual de precipitación está alrededor de los 450 mm, con un régimen ligeramente diferente al de las otras islas, con un doble máximo de octubre. Respecto a la distribución espacial, en Eivissa hay un máximo en las zonas montañosas, donde se superan los 600 mm. En contraste, en el litoral sur ibicenco y en el norte de Formentera no se superan los 300 mm.
3.3.2. Precipitaciones intensas
En nuestro territorio son posibles los aguaceros que dejan cantidades importantes de precipitación en 24 horas, que han llegado a valores extremos de hasta 500 mm en la Sierra de Tramuntana de Mallorca, 400 mm en el litoral oriental y meridional de esta isla y a más de 200 mm en los otros territorios.
3.3.2.1. Mallorca, Serra de Tramuntana
El temporal del 21 al 23 de octubre de 1959, el más intenso registrado ins¬trumentalmente en Mallorca, dejó más de 700 mm en un solo episodio en los observatorios de la parte central de la Sierra de Tramuntana.
3.3.2.2. Mallorca, (Es Pla)
El 4 de octubre de 1957, un conjunto de aguaceros localizados en el Levante de Mallorca y en Menorca dejaron precipitaciones de hasta 400 mm en Santanyí y 191 mm en el área de Maó.
3.3.2.3. Menorca
La precipitación en 24 horas más intensa registrada nunca en Menorca fue la del 8 de octubre de 1958, durante un temporal que afectó al conjunto de las Illes Balears y que en el faro de Punta Nati, en Ciutadella, dejó 201 mm.
3.3.2.4. Eivissa
El 15 de noviembre de 1985 un gran núcleo tempestuoso afectó a Formentera y Eivissa, con la precipitación más intensa nunca registrada en las Pitiüses. El observatorio de Santa Eulària recogió 281 mm.
3.3.2.5. Formentera
El área de la Mola es el espacio de Formentera con una mayor probabili¬dad de precipitaciones intensas. Aquí, el 26 de octubre de 1975, en una sola jor¬nada cayeron 202 mm de precipitación.
3.4. Vientos
Las direcciones e intensidades predominantes de los vientos en las Illes varían en los diferentes observatorios en función del relieve y de la situación. No obstante, en todas se puede detectar un predominio de los vientos de com¬ponente norte en la época fría y de componente este y las brisas locales en vera-no.
Se puede establecer una diferenciación entre el régimen general de vien¬tos y los vientos locales.
3.4.1. Vientos generales
3.4.1.1. Mallorca
En la isla de Mallorca se aprecia un predominio de vientos del sudoeste en la Bahía de Palma, mientras que en las bahías de Alcúdia y de Pollença el viento predominante es del noreste. Esto se puede explicar por el efecto panta¬lla de los Pirineos y de la Sierra de Tramuntana, que impiden que el viento de Tramuntana llegue al sur de la isla.
3.4.1.2. Menorca
En Menorca se da un marcado predominio del viento del norte (Tramuntana), a causa de la situación geográfica y de la ausencia de relieves importantes.
3.4.1.3. Eivissa-Formentera
En Eivissa y en Formentera destaca la importancia de los vientos de com¬ponente Sudoeste y este. Los primeros se establecen con relación a los tiempos de invierno con circulación zonal. Los vientos del Este predominan en verano por influencia de las masas continentales cercanas.
3.4.2. Vientos locales
3.4.2.1. Mallorca
El régimen de embat se establece diariamente a consecuencia de la varia¬ción de la temperatura. El viento sopla de mar a tierra durante las horas de máxi¬ma insolación y la su dirección se invierte, con menor intensidad, durante la noche. A Mallorca, en la época cálida del año se desarrolla un régimen de embats de origen marítimo convergentes en el centro de la isla, cosa que favo¬rece una moderación de les temperaturas y determina la formación de nubosi¬dad y, ocasionalmente, precipitaciones.
La persistencia del embat en Mallorca ha permitido la utilización de la energía eólica para mover los molinos que extraen agua en los huertos de las lla¬nuras litorales de Mallorca.
3.4.2.2. Menorca
Menorca y el extremo oriental de Mallorca están situadas casi en el cen¬tro de la cuenca mediterránea y quedan expuestas a las entradas de viento del norte, que se canalizan entre los Alpes y los Pirineos y dan paso a la Tramuntana. La frecuente formación de depresiones en el golfo de Génova pro¬voca que las situaciones del norte proliferen durante la época fría del año.
El viento de Tramuntana transporta el aerosol salino que provocan las olas en el litoral septentrional de Menorca y el efecto de este viento salinizado expli¬ca las singulares formas del arbolado en las zonas que quedan expuestas.
4. FENÓMENOS METEOROLÓGICOS ADVERSOS
4.1. Fenómenos adversos en las Illes Balears
4.1.1. Introducción
Los FMA en las Illes Balears no son un suceso aislado. Son numerosos los boletines emitidos por el Centro Meteorológico Territorial de las Illes Balears (CMTIB) que hacen referencia, sobretodo a cuatro tipos de fenómenos:
.* Lluvias
.* Nieve
.* Viento
.* Viento en el mar
A continuación se presentan las estadísticas de FMA desde el 1 de enero de 2002 hasta el 31 de diciembre de 2005 que ha facilitado el CMTIB
4.1.2. FMAobservados en las Illes Balears por tipos desde el 1-01-2002 al 31-12-2005
4.1.2.1. Distribución global de FMAdurante el período
FMA Lluvia Viento Tierra Nieve Mar Días 567526 305
En total, como puede observarse, son 462 los días que las Illes Balears han estado bajo un régimen de posibilidad de FMA según el CMTI, o, lo que es lo mismo, durante un 31,62% del período transcurrido.
4.1.3. Distribución anual de FMAdurante el período de tiempo observado
4.1.3.1. Año 2002
FMA lluvia viento Tierra nieve Mar Días 1613 1 64
4.1.3.2. Año 2003
FMA lluvia viento Tierra nieve Mar Días 1426 7 98
4.1.3.3. Año 2004
FMA lluvia viento Tierra nieve Mar Días 1516 3 83
4.1.3.4. Año 2005
FMA lluvia viento Tierra nieve Mar Días 1120 15 60
4.1.4. Distribución mensual de FMAen el período de tiempo obser¬vado
4.1.4.1. Año 2002
lluvia viento Tierra nieve Mar
enero 1 6
febrero 2 5
marzo 1 1 8
abril 2 1 3
mayo 1 1 5
junio 3
julio 2 4
agosto 5
septiembre 2
octubre 1 7
noviembre 5 14
diciembre 1 3 1 9
4.1.4.2. Año 2003
lluvia viento Tierra nieve Mar
enero 8 3 19
febrero 2 5 4 14
marzo 1
abril 1 3 10
mayo 5
junio 2
julio 1 2
agosto 1 2
septiembre 3 1 9
octubre 3 3 11
noviembre 2 1 11
diciembre 1 5 12
4.1.4.3. Año 2004
lluvia viento Tierra nieve Mar
enero 4 11
febrero 1 1 8
marzo 2 9
abril 1 7
mayo 1 2 6
junio
julio 2
agosto 5
septiembre 2 10
octubre 8
noviembre 3 2 8
diciembre 4 4 2 14
4.1.4.4. Año 2005
lluvia viento Tierra nieve Mar
enero 4 6 10
febrero 1 7 6 11
marzo 2 3 5
abril 2 5
mayo 2
junio 2
julio
agosto 1
septiembre 4 1 3
octubre 3 1
noviembre 2 6
diciembre 4 15
4.2. Concepto
Un fenómeno meteorológico adverso es todo evento atmosférico capaz, de producir directa o indirectamente daños a las personas o daños materiales de consideración, o bien, de forma más extensa, cualquier fenómeno suscepti¬ble de alterar la actividad humana de forma significativa, en un ámbito espa¬cial determinado.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, pueden considerarse como fenómenos adversos:
.* Los intrínsecamente meteorológicos. Lluvias; nevadas; vientos; tor-mentas; olas de frío; olas de calor; viento y oleaje en la mar, en zonas costeras; galernas; deshielos; nieblas; polvo en suspensión; olas de calor; ris¬sagues.
.* Los ligados a factores meteorológicos. Contaminación atmosférica;aludes en montaña; incendios forestales.
.* Los ocurridos como consecuencia o con el refuerzo de fenómenosmeteorológicos. Cualquier adversidad derivada de sucesos, en los cuales la meteorología pueda ser un factor coadyuvante en el desarrollo y evolución de la situación de crisis
4.3. Fenómenos adversos objeto del presente protocolo
Se considerarán objeto del presente protocolo aquellas adversidades de origen intrínsecamente meteorológicas de interés significativo que darán ori¬gen a boletines de aviso.
1. 1. Lluvias (Acumulaciones en mm./1 hora o período inferior y/o mm/12horas)
.2. Nevadas (Acumulación de nieve en el suelo en 24 horas (cm/24horas)
1. 3. Vientos (Rachas máximas de viento en Km/hora)
2. 4. Tormentas (Ocurrencias y grado de intensidad)
3. 5. Temperaturas máximas (ºC)
4. 6. Temperaturas mínimas (ºC)
5. 7. Fenómenos costeros
6. 7.1. Vientos en zonas costeras (Escala Beaufort)
7. 7.2. Altura del oleaje de la mar de viento (Escala Douglas)
8. 7.3. Altura del oleaje de la mar de fondo (Metros)
9. 8. Polvo en suspensión (Visibilidad en m)
10. 9. Rissagas (Metros)
11. 10. Nieblas
12. 11. Olas de calor
13. 12. Olas de frío
14. 4.4. Valores umbrales y niveles de aviso
Serán los establecidos en el Meteoalerta para les Illes Balears
4.4.1. Niveles de aviso
De acuerdo con el contenido del Meteoalerta, se establecen cuatro nive¬les de aviso.
Estos niveles se ha establecido con arreglo a criterios climatológicos y responden a un planteamiento de adversidad eminentemente meteorológico y cercano al concepto de ‘poco o muy poco frecuente’ y que entrañan riesgos para la población.
Para casos no contemplados en los niveles establecidos y para requerim¬ientos específicos de Protección Civil se establecen avisos específicos. En estos casos, los umbrales y variables adoptados serán establecidos por el Grupo de Predicción y Vigilancia (GPV) correspondiente.
A nivel general, los niveles de aviso establecidos son
4.4.1.1. Nivel verde
No existe ningún riesgo meteorológico
4.4.1.2. Nivel amarillo
No existe riesgo meteorológico para la población en general aunque sí para alguna actividad concreta (FMA habituales pero potencialmente peli¬grosos).
Este nivel no dará lugar a ningún texto específico de aviso sino que lla¬mará la atención y remitirá a la predicción en vigor para la zona.
En los boletines ordinarios de predicción queda recogida toda la informa¬ción de estas situaciones meteorológicas que, aun siendo significativas, no alcanzan los umbrales de adversidad preestablecidos para emitir un boletín específico.
4.4.1.3. Nivel naranja
Existe un riesgo meteorológico importante (FMA no habituales)
4.4.1.4. Nivel rojo
El riego meteorológico es extremo (FMA no habituales de intensidad excepcional)
4.4.2. Valores umbrales
Son aquellos valores de intensidad del fenómeno a partir de los cuales, se considera que existe la posibilidad de que se produzcan daños a las personas y los bienes materiales.
Para la definición de los mencionados umbrales se han tenido en cuenta los criterios de otros servicios meteorológicos europeos de manera que las situa¬ciones de nivel naranja sean aquellos con una frecuencia de ocurrencia de 4 o 5 veces de ocurrencia del FMA al año.
Las situaciones de nivel rojo serán para frecuencias de ocurrencia del FMA de un suceso cada tres o cuatro años además de considerar la existencia de riesgo para la población.
A partir de los valores obtenidos con estos criterios se han considerado posteriormente otros de coherencia espacial y de posibilidades de predicción y se han confeccionado las tablas de umbrales que, para les Illes Balears son
4.4.2.1. Precipitaciones en 12 y 1 horas
.4.2.10. Olas de calor
Además de los avisos de temperaturas máximas que se emitirán en vera-no, el INM emitirá con finalidades generales Avisos Especiales de Ola de Calor. Quedará a criterio del Centro Nacional de Predicción la emisión de este tipo de avisos y se tendrán en cuenta para ellos el concepto de permanencia y las tem¬peraturas máximas extremas que se pueden alcanzar con valores situados entre los umbrales rojo y naranja.
Estos avisos especiales se emitirán sin perjuicio de los avisos del Plan de Prevención de los Excesos de Temperatura sobre la Salud del Ministerio de Sanidad y Consumo, emitidos exclusivamente en relación con la protección de la salud
4.4.2.11. Ola de frío
Dado que, según la definición de ola de frío, a diferencia de las olas de calor, el concepto de permanencia no se tiene en cuenta, este tipo de avisos se emitirá a la vista de las temperaturas extremas mínimas que se puedan alcanzar con valores comprendidos entre l0os umbrales naranja y rojo. Quedará a crite¬rio del Centro Nacional de Predicción la emisión de este tipo de avisos.
5. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL PROTOCOLO
5.1. Objeto
El objeto fundamental del presente Protocolo, es: ‘Establecer el modo de actuación y de aviso a los distintos organismos en las situaciones en que el Instituto Nacional de Meteorología, a través del Centro Meteorológico Territorial de las Illes Balears, prevea que puede producirse un fenómeno mete¬orológico adverso.’
El cumplimiento del objeto enunciado permitirá alcanzar los siguientes objetivos:
.* Realizar una rigurosa valoración del riesgo con una acotación tantoespacial como temporal de sus efectos.
.* Crear un sistema de alerta precoz que permita adoptar medidas preven-tivas para poder actuar en caso de necesidad con mayor eficacia.
.* Contrastar la realidad con la predicción, por medio de la información deretorno
5.2. Ámbito de aplicación
El ámbito de aplicación del presente protocolo será el territorio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
6. BOLETINES
6.1. Concepto
Son documentos a través de los cuales el CMTIB comunica la posibilidad de ocurrencia de un fenómeno adverso, la observación del mismo o las actuali¬zaciones y modificaciones que se suceden en su transcurso así como la focali¬zación del episodio FMA.
6.2. Generación de boletines de aviso
Los motivos por los cuales se debe generará un boletín son las siguientes:
* Cuando se prevea que un FMAalcance los niveles naranja o rojo.
* Cuando se tenga conocimiento de que se hayan alcanzado los umbralesnaranja o rojo pero lo FMA en cuestión no hayan sido previstos (Fenómeno observado).
* En el caso de tormentas, una vez hayan alcanzado los umbrales naranja
o rojo, aún cuando hayan sido previstas con anterioridad.
.* Cuando se produzcan variaciones significativas que aconsejen modifi-car el boletín dado inicialmente.
.* Cuando sea necesario anular un boletín elaborado anteriormente porhaber desaparecido las causas que motivaron su emisión.
.* Cuando se observe o se prevea de forma inmediata el fin del episodioantes de los previsto por el boletín en vigor.
.* Cuando concurran las circunstancias para emitir un aviso especial.
.6.3. Horarios de emisión de los boletines de aviso
.* Boletines de aviso de corto plazo: 10:30 y 19:30 si bien en función delas circunstancias se pueden emitir a cualquier hora
.* Boletines de fenómeno observado: No tiene hora fija de emisión.
.* Boletines de aviso de medio plazo: Aproximadamente a las 13:00.
6.4. Tipos
6.4.1. Boletines a medio plazo.
6.4.1.1. Concepto
Boletín de predicción de FMA, emitido por el Centro Nacional de Predicción (CNP), el período de predicción comprende desde las 00 horas de pasado mañana hasta las 24 horas del mismo día.
Los boletines de medio plazo son de carácter nacional, tomado la Comunidad Autónoma como unidad básica de predicción y especificando las provincias afectadas. Si existe más de un fenómeno adverso previsto se hará referencia a cada uno de ellos de forma separada, aunque dentro del mismo boletín
6.4.1.2. Difusión
La emisión de este boletín se realizará, aproximadamente, a las 13:00 horas.
Se difundirá a los organismos siguientes:
.* GPVafectados
.* Ministerio de Medio Ambiente
.* Ministerio de Fomento
.* Dirección General de Protección Civil
.* Dirección General del Agua
.* Confederaciones Hidrográficas
.* Dirección General de Carreteras
.* Dirección General de Transporte por Carretera
.* Dirección General de Tráfico
.* Sociedad Estatal de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR)
.* Departamento de Infraestructuras y Seguimiento para Situaciones deCrisis
.* Estados Mayores de los Ejércitos de tierra, mar y aire
.* Federación Española de Municipios y Provincias
.* Telefónica
.* Cruz Roja Española
.* Medios de Comunicación
.* Otras entidadesLos GPV afectados, difundirán los boletines a medio plazo a los mismos destinatarios que los de corto o muy corto plazo
Con objeto de conseguir una mayor efectividad los receptores de los bole-tines podrán difundirlos con las siguientes condiciones:
.* Se deberá citar al INM como fuente
.* El texto se transcribirá íntegro
.* La información se mantendrá actualizada
6.4.2. Boletín de predicción de corto y muy corto plazo.
6.4.2.1. Concepto
Boletín de predicción emitido por el CMTIB.
El periodo de predicción puede abarcar desde el momento de emisión, si el fenómeno es observado, hasta las 24 horas del día siguiente.
Los boletines de muy corto y corto plazo son de carácter autonómico si bien tomando la provincia como unidad básica de predicción y especificando las zonas provinciales afectadas. Si existe más de un fenómeno adverso previsto se hará referencia a cada uno de ellos de forma separada, aunque dentro del mismo boletín.
6.4.2.2. Difusión
Normalmente, se emitirán al mismo tiempo que las predicciones ordina¬rias.
Para predicciones de FMA con un plazo inferior a 6 horas, los boletines se difundirán a la hora en que se considere necesario hacerlo.
Los boletines se difundirán, desde el GPV a:
.* Protección Civil de las Comunidades Autónomas de la responsabilidad del GPV emisor.
.* Protección Civil de las Delegaciones de Gobierno de la responsabilidaddel GPV emisor.
.* Protección Civil de las Subdelegaciones del Gobierno.
.* Centros regionales de Salvamento Marítimo.
.* Medios de Comunicación.
.* Otras entidades u organismos.
Desde los servicios centrales, serán difundidos a:
.* Ministerio de Medio Ambiente
.* Ministerio de Fomento
.* Dirección General de Protección Civil
.* Dirección General del Agua
.* Confederaciones Hidrográficas
.* Dirección General de Carreteras
.* Dirección General de Transporte por Carretera
.* Dirección General de Tráfico
.* SASEMAR
.* Departamento de Infraestructuras y Seguimiento para Situaciones deCrisis
.* Estados Mayores de los Ejércitos de tierra, mar y aire
.* Federación Española de Municipios y Provincias
.* Telefónica
.* Cruz Roja Española
.* Medios de Comunicación
.* Otras entidades
Con objeto de conseguir una mayor efectividad los receptores de los bole-tines podrán difundirlos con las siguientes condiciones:
.* Se deberá citar al INM como fuente.
.* El texto se transcribirá íntegro.
.* La información se mantendrá actualizada.
6.4.3. Boletín de aviso especial
6.4.3.1. Concepto
Por el Centro Nacional de Predicción, a criterio del Área de Predicción, cuando la situación así lo aconseje se elaborará un boletín de aviso especial.
A este tipo corresponderán los avisos de olas de calor, de olas de frío y de tormentas tropicales.
Se elaborarán en raras ocasiones, no más de 2 o 3 veces al año, y cuando se cumpla una de las siguientes condiciones:
* Que se puedan producir situaciones meteorológicas que provoquen laaparición de niveles naranja o rojos para varios FMA
* Que el FMAo los FMA previstos se generalicen de forma que afecten a una parte extensa del país o que incluya a varias Comunidades Autónomas
6.4.3.2. Difusión
Este boletín lo elaborará el CNP quien es, además, responsable de la fina¬lización de dicho aviso y de su difusión. El boletín no interferirá con ningún otro boletín.
Se difundirá a:
.* Ministerio de Medio Ambiente
.* Ministerio de Fomento
.* Dirección General de Protección Civil
.* Dirección General del Agua
.* Confederaciones Hidrográficas
.* Dirección General de Carreteras
.* Dirección General de Transporte por Carretera
.* Dirección General de Tráfico
.* SASEMAR
* Departamento de Infraestructuras y Seguimiento para Situaciones deCrisis
.* Estados Mayores de los Ejércitos de tierra, mar y aire
.* Federación Española de Municipios y Provincias
.* Telefónica
.* Cruz Roja Española
.* Medios de Comunicación
.* Otras entidades
Con objeto de conseguir una mayor efectividad los receptores de los bole-tines podrán difundirlos con las siguientes condiciones:
.* Se deberá citar al INM como fuente
.* El texto se transcribirá íntegro
.* La información se mantendrá actualizada
6.4.4. Boletín de aviso específico
6.4.4.1. Concepto
Es un boletín que se emitirá, además de los contemplados en este aparta¬do, respondiendo a nuevos requerimientos de las autoridades responsables de Protección Civil. Los responsables de su emisión serán los GPV
6.4.4.2. Difusión
Los boletines se difundirán a:
.* Protección Civil de las Comunidades Autónomas de la responsabilidad del GPV emisor.
.* Protección Civil de las Delegaciones de Gobierno de la responsabilidaddel GPV emisor.
.* Protección Civil de las Subdelegaciones del Gobierno.
.* Centros regionales de Salvamento Marítimo.
.* Medios de Comunicación.
.* Otras entidades u organismos.
.* Con objeto de conseguir una mayor efectividad los receptores de losboletines podrán difundirlos con las siguientes condiciones:
.* Se deberá citar al INM como fuente.
.* El texto se transcribirá íntegro.
.* La información se mantendrá actualizada.
6.4.5. Otros tipos de boletines
6.4.5.1. Boletín de actualización
Es un boletín que se emite para actualizar la información contenida en un boletín de predicción anterior.
6.4.5.2. Boletín de anulación
Es el boletín que se emite para anular la información de un boletín ante¬rior por cualquier causa procedente.
6.5. Numeración
Los boletines se numerarán correlativamente desde el principio de cada año
Los boletines de corto y muy corto plazo tendrán su propia numeración y los de medio plazo la suya propia. Igualmente, las tablas resumen con la infor¬mación nacional de los avisos en vigor llevarán también una numeración propia independiente.
En el caso de les Illes Balears, a la numeración del boletín le seguirá: /IBB
6.6. Formato y contenido de los boletines
6.6.1. Boletines Autonómicos de corto plazo
Instituto Nacional de Meteorología
Boletín de fenómenos Adversos
C Autónoma de les Illes Balears
Boletín numero …../IBB
Emitido a las horas Hora Oficial del DD/MM/AAAA Válido hasta las 00:00 horas hora oficial del DD+=ó+1/MM/AAAA Fenómenos observados (Si procede)
EL INSTITUTO NACIONAL DE METEOROLOGÍA INFORMA:
Fenómeno: (Se hará constar de acuerdo a la denominación específica que
figura en el Meteoalerta y la intensidad observada del parámetro)
Nivel: (Naranja o Rojo)
Ámbito Geográfico: (Todas las islas afectadas especificando de cada una de
ellas aquellas zonas que proceda)
Hora de comienzo: En curso
Hora de finalización: (Hora prevista)
Evolución: (Texto obligatorio, que aparece en el boletín, donde se da una
predicción)
Probabilidad
Y, si procede:
Fenómeno (2)
Fenómeno:
Nivel:
Ámbito Geográfico:
Hora de comienzo: En curso
Hora de finalización:
Evolución: (Texto obligatorio, que aparece en el boletín, donde se da una
predicción)
Probabilidad
Fenómeno (n)
Fenómeno:
Nivel:
Ámbito Geográfico:
Hora de comienzo: En curso
Hora de finalización:
Evolución: (Texto obligatorio, que aparece en el boletín, donde se da una
predicción)
FENÓMENOS PREVISTOS (Si procede)
Fenómeno (1): (Se hará constar de acuerdo a la denominación específica que
figura en el Meteoalerta y la intensidad observada del parámetro)
Nivel: (Naranja o Rojo)
Ámbito Geográfico: (Todas las islas afectadas especificando de cada una de
ellas aquellas zonas que proceda)
Hora de comienzo: (Hora prevista)
Hora de finalización: (Hora prevista)
Probabilidad
Comentarios adicionales (opcional)
Fenómeno (2)
Fenómeno:
Nivel:
Ámbito Geográfico:
Hora de comienzo:
Hora de finalización:
Probabilidad
Comentarios adicionales (opcional)
Fenómeno (n)
Fenómeno:
Nivel:
Ámbito Geográfico:
Hora de comienzo:
Hora de finalización: (Hora prevista)
Probabilidad
Comentarios adicionales (opcional)
Próxima actualización: Las horas hora oficial salvo que fuese necesaria
una actualización del presente boletín
6.2.2. Boletín nacional a medio plazoInstituto Nacional de Meteorología
Boletín de fenómenos Adversos de medio plazo Boletín numero …../EMP Emitido a las horas Hora Oficial del DD/MM/AAAA Válido de 00:00 del DD+2/MM/AAAA a 00:00 del DD +3/MM/AAAA
EL INSTITUTO NACIONAL DE METEOROLOGÍA INFORMA C Autónoma:_ Fenómenos previstos Fenómeno: Nivel: Islas afectadas: Hora de comienzo:
Hora de finalización:
Probabilidad
Comentarios adicionales (opcional)
7. ESTRUCTURAY ORGANIZACIÓN DEL PLAN
7.1. Estructura organizativa general del Plan
7.1.1. Órgano Gestordel Plan
El órgano gestor del Plan, encargado de su implantación, mejora y man¬tenimiento, será la Dirección General de Emergencias cuyo titular asumirá la máxima responsabilidad del mismo.
7.1.2. Organigrama General del Plan
La estructura de dirección y la operativa del Plan responden al esquema estructural recogido en el gráfico siguiente:
En los apartados siguientes se describen cada uno de los organismos y puestos que figuran en el organigrama
7.1.3. Director del Plan
7.1.3.1. Definición
Es el máximo responsable de la aplicación del Plan.
7.1.3.2. Titular
El Director del Plan es el Consejero de Interior. Por sustitución ostentará la dirección el Director General de Emergencias.
En cada caso el Director del Plan contará como colaboradores con los Consejos Insulares responsables de la emergencia en cada una de las Islas que actuarán como directores territoriales adjuntos.
7.1.3.3. Funciones
.* Declarar la activación del Plan y las fases y situaciones de emergencia previstas en el mismo.
.* Convocar el Consejo Asesor.
.* Actuar en coordinación con el Consejo Insular en materia de emergen¬cias.
.* Designar los responsables de los Grupos de actuación y al responsabledel puesto de mando avanzado.
.* Determinar la estructura organizativa que se activa en cada momento.
.* Determinar las autoridades a las que hay que informar ante la situaciónde emergencia.
.* Ordenar y coordinar las actuaciones a desarrollar para la neutralizaciónde emergencia.
.* Determinar y coordinar la información a la población.
.* Proponer la constitución del Centro de Coordinación CECOP/CECOPIcuando sea necesario.
.* Asegurar el mantenimiento de la operatividad del Plan.
.* Declarar el fin de la emergencia.
7.1.3.4. Relaciones
.* Con el Presidente y el resto de los miembros del Govern
.* Con los representantes de los Consejos Insulares.
.* Con el Delegado del Gobierno en las Illes Balears o persona autoriza-
da.
.* Con los miembros del Consejo Asesor.
.* Con los miembros del CECOP/CECOPI.
.* Con el Jefe de Operaciones.
.* Con el responsable del Gabinete de Información.
7.1.4. CECOP/CECOPI
7.1.4.1. Definición
El CECOP/CECOPI es el organismo de mando de las emergencias, que cuenta con los medios humanos y técnicos que permiten realizar las funciones de dirección y coordinación de recursos, además de asegurar las comunica¬ciones con el/los Puestos de Mando Avanzado (PMA) y en general con los medios externos que pudieran verse implicados en la emergencia.
Es el instrumento de trabajo del Director del Plan, donde se recibe la información de un suceso y desde donde se dirigen y coordinan las actua¬ciones que se han de llevar a cabo.
El Centro de Coordinación Operativa (CECOP) pasará a convertirse en CECOPI (Centro de Coordinación Operativa Integrado) cuando las circunstan¬cias de la emergencia requieran la intervención de otras administraciones.
El CECOP/CECOPI entrará en funcionamiento en los siguientes casos:
.* Cuando se produzca un FMAante el cual resulten insuficientes los medios locales o se considere previsible su extensión.
.* Cuando el FMAy dependiendo de su gravedad afecte a más de un municipio aún cuando los medios locales y supramunicipales sean suficientes para el control de la emergencia y no haya sido activado el plan territorial a nivel insular, supramunicipal o municipal.
.* En cualquier otra situación en la que el Director del Plan juzgue con-veniente que así sea.
7.1.4.2. Funciones generales del CECOP/CECOPI
Serán funciones del CECOP/CECOPI
* Recibir información sobre la situación de la emergencia.
* Dirección y coordinación de las actuaciones que deben llevarse a cabopara la neutralización de la emergencia.
* Seguimiento de la situación de emergencia.
.* Informar sobre la emergencia a las autoridades y organismos perti¬nentes.
* Actuar como órgano de apoyo y soporte del Director del Plan.
* Activar el Plan Director de Comunicaciones o los procedimientos o protocolos que estén establecidos en este ámbito cuando la emergencia lo requiera.
* La elaboración de informes y estadísticas relativas a la emergencia.
7.1.4.3. Relaciones
El CECOP/CECOPI deberá establecer relaciones con:
.* Delegación del Gobierno en les Illes Balears.
.* Delegación Insular del Gobierno en Eivissa.
.* Delegación Insular del Gobierno en Menorca.
.* Consejerías del Govern de les Illes Balears.
.* Consejos Insulares.
.* Municipios de las Illes Balears afectados por la emergencia.
.* Resto de los Municipios de las Illes Balears.
.* Entidades públicas y privadas dependientes de la CAIB cuya interven-ción esté prevista en este Plan.
.* Organismos no dependientes de la CAIB cuya intervención esté pre-vista en este Plan.
7.1.4.4.Ubicación
7.1.4.4.1. Centro Principal
El CECOP/CECOPI se constituirá en la sede del Centro de Gestión de Emergencias de las Illes Balears (SEIB 112).
7.1.4.4.2. Centros secundarios
Mallorca
Como centro secundario para casos en los que no sea posible la uti¬lización del centro de emergencias, el CECOP/CECOPI se constituirá en la sede de la Dirección General de Emergencias de la Consejería de Interior.
Menorca
Para casos de emergencias que solamente afecten a Menorca, si el Director del Plan lo estima conveniente, el CECOP/CECOPI se constituirá en la sede del Consejo Insular de Menorca.
Eivissa
Para casos de emergencias que solamente afecten a Eivissa, si el Director del Plan lo estima conveniente, el CECOP/CECOPI se constituirá en la sede del Consejo Insular de Eivissa.
Formentera
Para casos de emergencias que solamente afecten a Formentera, si el Director del Plan lo estima conveniente, el CECOP/CECOPI se constituirá en la sede del Ayuntamiento de Formentera.
7.1.4.5. Estructura y composición
El CECOP/CECOPI estará formado por un departamento directivo y un departamento ejecutivo
7.1.4.5.1. Departamento Directivo
Composición
.* Estará constituido por los responsables políticos de los distintos organ¬ismos implicados en la emergencia:
.* Director del Plan, que será el Consejero de Interior.
.* Director General de Emergencias.
.* Director General de Biodiversidad.
.* Director General de Carreteras.
.* Director General de Puertos.
.* Cualquier otro Director General de las Direcciones afectadas por elFMA.
.* Delegado del Gobierno o Autoridad designada que le sustituya.
.* Presidente, o Autoridad designada que le sustituya, de los Consejos Insulares en el ámbito geográfico de su competencia.
.* Alcalde, o Autoridad designada que le sustituya, de los municipios afectados.
.* Representante del Comité Asesor.
.* Representante del Gabinete de Información.
.* Alcalde, de Ciutadella en el caso específico de rissagues.
De los anteriormente citados, en cada caso, se activarán los que estén relacionados con la naturaleza del fenómeno adverso que provoque la acti¬vación del Plan.
El Alcalde de Ciutadella, será siempre miembro del Departamento Directivo del CECOP cuando se trate de rissagues. En el resto de los casos, su presencia en el CECOP estará en relación con el FMA y su afectación al municipio de Ciutadella
Funciones
.* Determinar la aplicación del plan de actuación.
.* Establecer los objetivos prioritarios.
.* Solicitar medios extraordinarios.
.* Determinar la información que haya que dar a la población.
.* Acordar la vuelta a la normalidad.
7.1.4.5.2. Departamento ejecutivoComposición
El departamento ejecutivo se organizará en Grupos de Acción que serán: Grupo de Intervención
.* Grupo Sanitario
.* Grupo Logístico
.* Grupo de Seguridad
.* Grupo de Apoyo Técnico
Al frente del Departamento Ejecutivo, estará el Director de Operaciones que será un técnico de la Dirección General de Emergencias
Funciones
.* Eliminar, reducir y controlar los efectos de la emergencia.
.* Llevar a cabo las acciones de rescate y salvamento.
.* Organizar los dispositivos médicos y sanitarios.
.* Eliminar los focos contaminantes.
.* Organizar y suministrar socorros alimentarios y auxilio a la población.
.* Habilitación y organización de medios de transporte.
.* Organizar las redes de transmisiones.
.* Organizar áreas de recepción y albergue.
7.1.5. Comité asesor
7.1.5.1. Definición
Es un órgano formado por representantes de las distintas entidades afec¬tadas por la emergencia, especialistas y personas que sean convocadas al efec¬to por el Director del Plan para su asesoramiento en la toma de decisiones en virtud de su idoneidad ante la situación de emergencia.
7.1.5.2. Composición
El Comité Asesor lo formarán los miembros que a continuación se rela¬cionan de los cuales, en cada caso y en función de la naturaleza del FMA, se activarán aquellos que el Director del Plan establezca:
* El Jefe del Servicio de Gestión Forestal de la Dirección General deBiodiversidad.
* El Gerente del IBANAT.
.* El Jefe del Servicio de Coordinación de la Dirección General deEmergencias.
.* El Director del SEIB 112.
.* Cualquier otro Jefe de Servicio de la Administración de la CAIB siem¬pre que su dirección General resulte afectada por el FMA.
.* El Director o persona delegada del Centro Meteorológico Territorial de las Illes Balears.
.* El Jefe de Protección Civil de la Delegación del Gobierno.
.* El/los Jefe/s de Bomberos actuante en la emergencia.
.* Representantes de los diferentes Departamentos de los ConsejosInsulares competentes en materia de emergencias.
.* Un representante de GESAy de empresas de telefonía y de otras empresas de servicios esenciales que se considere oportuno por el Director del Plan (empresas de aguas, saneamiento y de servicios municipales).
.* Expertos designados por el Director del Plan o el Gabinete deDirección en función de su idoneidad ante la emergencia.
.* Otros Organismos necesarios que determine el Director del Plan.
.* El Jefe del Servicio de Puertos de la Dirección General de Puertos.
.* Un representante de la Sociedad estatal de Salvamento Marítimo.
.* Un representante de la Demarcación de Costas de las Illes Balears.
.* Un representante de la Autoridad Portuaria de las Illes Balears.
.* El Jefe de la Policía Local de Ciutadella en caso de rissagues o de queel FMA afecte de forma específica al municipio de Ciutadella.
.* El Director del Puerto de Ciutadella.
.7.1.5.3. Funciones
.* Asesoramiento al Directo del Plan en cuestiones estratégicas, tácticas y técnicas
.* Propuesta de medidas concretas para la neutralización de la emergen¬cia
.* La emisión de informes y dictámenes en todas aquellas cuestiones quele sean solicitadas por el Director del Plan
7.1.5.4. Relaciones
Con el Director del Plan
7.1.6. Gabinete de información
7.1.6.1. Definición
Es el departamento encargado de la información integral de la emergen¬cia.
7.1.6.2. Composición
El responsable del Gabinete de Información será el responsable de infor¬mación del SEIB 112 o el Jefe del Gabinete de Prensa de la Consejería de Interior, o, en su caso, persona designada que le sustituya, en colaboración con responsables de Prensa de las diferentes Administraciones afectadas.
En cada caso, el Director del Plan designará un Portavoz oficial único de la emergencia.
7.1.6.3. Funciones
Será el responsable de supervisar y coordinar, en todo momento, la información más completa y exacta posible sobre la emergencia.
* Coordinar la elaboración de informes sobre la emergencia.
.* Actuar como portavoz en las comparecencias públicas sobre la emer¬gencia en caso de que no comparezca el Director del Plan.
.* Coordinar las actuaciones de información sobre la emergencia.
.* Coordinar las actuaciones para mantener informados a los Medios deComunicación.
.* Coordinar las actuaciones para mantener informadas a las Institucionesy organismos intervinientes en el Plan.
.* Coordinar la información a los ciudadanos.
.* Coordinar las actuaciones de aviso a la población.
7.1.6.4. Relaciones
.* Director del Plan.
.* Organizaciones y entidades cívicas.
.* Ciudadanos en general.
.* Medios de comunicación.
.* Organismos e instituciones oficiales
7.1.7. Grupos de acción
Serán los siguientes:
.* Grupo de Intervención Operativa
.* Grupo sanitario
.* Grupo Logístico
.* Grupo de Seguridad
* Grupo de Apoyo Técnico
Al frente de los mismos, y a las órdenes directas del Director del Plan, estará el Director de Operaciones que será un técnico cualificado de la Dirección General de Emergencias.
Serán sus funciones
.* Eliminar, reducir y controlar los efectos de la emergencia.
.* Llevar a cabo las acciones de rescate y salvamento.
.* Organizar los dispositivos médicos y sanitarios.
.* Eliminar los focos contaminantes.
* Organizar y suministrar socorros alimentarios y auxilio a la población, así como áreas de recepción y albergue.
.* Habilitación y organización de medios de transporte.
.* Organizar las redes de transmisiones.
7.1.8. Grupo de intervención
7.1.8.1. Definición
Este grupo es el que debe ejecutar las actuaciones necesarias para con¬trarrestar y mitigar los efectos de la emergencia adoptando para ello las medi¬das que el Jefe de Operaciones le indique.
7.1.8.2. Titular
Al mando del Grupo de Intervención estará un Técnico Director de Emergencias de la Dirección General de Emergencias.
7.1.8.3. Composición
.* Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento dePalma o de los diferentes Consejos Insulares en función de su ámbito geográ¬fico de actuación.
.* Unidad Operativa de la Dirección General de Emergencias.
.* Grupos de intervención (Brigadas) de los municipios afectados por laemergencia.
.* Brigadas del IBANAT y Agentes medioambientales.
.* Personal de la Dirección General de Recursos Hídricos y empresasIBASAN e IBAEN.
.* Brigadas de la Empresa de Transformación Agraria (TRAGSA).
.* Empresas Municipales y contratistas de aguas, limpieza y alcantarilla-do.
.* Servicios de carreteras de los Consejos Insulars.
.* Empresas de servicios básicos (GESA, Empresas de Comunicaciones,etc.).
.* Brigadas municipales.
.* Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil.
.7.1.8.4. Funciones
.* Lucha contra la emergencia y, en particular, en el caso de protección de vidas y e infraestructuras en los que concurran circunstancias que faciliten la evolución desfavorable y la propagación de la emergencia.
.* Búsqueda, rescate y salvamento de víctimas.
.* Colaborar con los otros grupos a la protección de la población.
.* Reconocimiento y evaluación de riesgos.
.* Vigilancia de riesgos latentes.
.* Determinación del área de intervención.
.* Emisión de informes a la Dirección del Plan.
7.1.8.5. Relaciones
.* Jefe del Puesto de Mando Avanzado.
.* Jefe de Operaciones.
.* Otros Grupos de acción.
7.1.9. Grupo sanitario
7.1.9.1. Definición
Es el grupo encargado de la ejecución de las medidas destinadas a la asistencia sanitaria a las personas afectadas por la emergencia (primeros auxil¬ios, estabilización, clasificación, control y transporte sanitario)
7.1.9.2. Titular
Será un técnico cualificado de la Consejería de Salud y Consumo desig¬nado por el Director del Plan.
7.1.9.3. Composición
.* Consejería de Salud y Consumo.
.* 061.
.* Cruz Roja.
.* Empresas concesionarias del Transporte Sanitario.
.* Hospitales públicos y clínicas privadas.
7.1.9.4. Funciones
.* Prestación de primeros auxilios a las víctimas.
.* Colaboración en misiones de rescate y salvamento.
.* Clasificación de heridos.
.* Asistencia Primaria.
.* Evacuación de heridos.
.* Identificación de cadáveres.
.* Control de condiciones sanitarias de aguas y del entorno(Vacunaciones, Contaminación de aguas, vigilancia y lucha contra brotes epidémicos, etc.).
.* Suministro de productos farmacéuticos a la población afectada.
.* Inspección sanitaria de población ilesa y control sanitario de zonas dealojamiento de personal evacuado.
.* Propuesta y ejecución de medidas sanitarias de prevención.
.* Determinación de bases y áreas de socorro.
.* Emisión de informes a la Dirección del Plan.
.* Vigilancia de riesgos latentes.
7.1.9.5. Relaciones
.* Jefe del Puesto de Mando Avanzado.
.* Jefe de Operaciones.
.* Otros Grupos de acción.
7.1.10. Grupo logístico
7.1.10.1. Definición
Es el Grupo responsable de las acciones de aprovisionamiento de recur-sos y suministros de todo tipo necesarios para la lucha contra la emergencia.
Igualmente, es responsable de las actuaciones de abastecimiento, trans-porte evacuación de la población, alojamiento del personal evacuado y aviso a la población.
7.1.10.2. Titular
Será un técnico cualificado de la Dirección General de Emergencias nombrado por el Director del Plan.
7.1.10.3. Composición
* Personal de los Ayuntamientos de los municipios afectados.
.* Fuerzas Armadas si son movilizadas por la Delegación de Gobierno que actuarán bajo las órdenes de sus mandos naturales.
.* Voluntarios de Protección Civil.
.* Personal de empresas de servicios básicos.
.7.1.10.4. Funciones
.* Resolver el abastecimiento y transporte de carburantes y repuestospara los demás Grupos de Acción.
.* Suministro de equipos de iluminación y material técnico.
.* Asegurar la red de comunicaciones del Plan.
.* Suministro y distribución de alimentos y material necesario para elmantenimiento de los Grupos de acción y la población afectada.
.* Albergue y transporte de la población afectada.
.* Evacuación de población afectada.
.* Analizar las necesidades de medios técnicos y recursos extraordinarios y su obtención.
.* Establecimiento de un Centro de recepción de Medios y su control yfuncionamiento.
.* Emisión de informes.
.* Propuesta de medidas preventivas en el campo logístico.
7.1.10.5. Relaciones
.* Jefe del Puesto de Mando Avanzado.
.* Jefe de Operaciones.
.* Otros Grupos de acción.
7.1.11. Grupo de apoyo técnico
7.1.11.1. Definición
Es el Grupo responsable de la determinación y planificación de las medidas necesarias para neutralizar la emergencia o mitigar sus consecuencias y restablecer la normalidad tras los daños producidos por la misma.
7.1.11.1.1. Titular
Debe ser un Técnico de la Dirección General de Emergencias
7.1.1.1.1.2. Componentes
.* Dirección General de Biodiversidad.
.* IBANAT.
.* Servicio de Coordinación de la Dirección General de Emergencias.
.* Centro Meteorológico Territorial de las Illes Balears.
.* Protección Civil de la Delegación del Gobierno.
.* Bomberos actuantes en la emergencia.
.* Dirección General de Puertos.
.* Sociedad estatal de Salvamento Marítimo.
.* Demarcación de Costas de las Illes Balears.
.* Autoridad Portuaria de las Illes Balears.
.* Policía Local de Ciutadella.
.* Puerto de Ciutadella.
.* El Jefe de Bomberos de Menorca.
En cada caso y en función del tipo de emergencia, se activarán para for-mar parte del grupo de apoyo técnico aquellos organismos que estén directa¬mente relacionados con la emergencia
7.1.12. Grupo de seguridad
7.1.12.1. Definición
Es el responsable de asegurar la seguridad ciudadana en la zona de la emergencia y de garantizar la seguridad del personal que trabaja en la neutral¬ización de la emergencia.
7.1.12.2. Titular
Será un técnico cualificado de la Dirección General de Emergencias nombrado por el Director del Plan.
7.1.12.3. Composición
Fuerzas de seguridad que actuarán de acuerdo con los objetivos señala¬dos por el responsable del Grupo de Seguridad y bajo las órdenes de sus man-dos naturales
* Policías Locales de los municipios afectados.
.* Cuerpo Nacional de Policía o Guardia Civil en función de la zonaafectada por el FMA
.7.1.12.4. Funciones
.* Asegurar la seguridad ciudadana y el control de multitudes.
.* Control de accesos a la zona de operaciones y acordonamiento de lazona de intervención.
.* Control de tráfico.
.* Evacuación inmediata de personas en peligro.
.* Colaborar en la búsqueda y rescate de víctimas y en la identificaciónde cadáveres.
.* Apoyo al sistema de comunicaciones.
.* Apoyo a la difusión y aviso a la población.
.* Reconocimiento de la zona afectada al objeto de la evaluación dedaños y necesidades.
* Emisión de informes a la Dirección del Plan.
7.1.12.5. Relaciones
.* Jefe del Puesto de Mando Avanzado.
.* Jefe de Operaciones.
.* Otros Grupos de acción
7.1.13. Director de operaciones
7.1.13.1. Definición
Persona responsable de la dirección táctica de las operaciones de apli¬cación del plan según la estrategia decidida por el Director del Plan
7.1.13.2. Titular
El titular será un técnico cualificado de la Dirección General de Emergencias.
7.1.13.3. Funciones
.* Dirigir tácticamente las actuaciones operativas del Plan en todos susaspectos.
.* Aplicar la estrategia decidida por el Director del Plan.
.* Utilización táctica de los recursos.
.* Coordinación de los Grupos de acción.
.7.1.13.4. Relaciones
.* Director del Plan.
.* Responsable de los organismos y servicios no integrados en el CECOP.
.* Miembros del CECOP.
.* Responsables de grupos de acción.
7.2. Estructura de comunicaciones
7.2.1. Centro de coordinación de comunicaciones
El centro de coordinación de las comunicaciones será el Centro de Emergencias de las Illes Balears.
7.2.2. Comunicaciones de la emergencia
7.2.2.1. Redes
Las redes de comunicaciones que se utilizarán serán las siguientes:
Denominación Organismos
Trunking Dirección General Emergencias
IBANAT
Bomberos de Mallorca
Grupo de Intervención Operativa CAIB
Red radio GIO Grupo de Intervención Operativa CAIB
REMER
REMAN
Redes radio Municipales Policías Locales y organismos municipales
dependientes de cada Ayuntamiento
Red de la Guardia Civil Guardia Civil
Red del Cuerpo Nacional Cuerpo Nacional de Policía
de Policía
7.2.2.2. Grupos
La estructura de comunicaciones del Plan se basa en la configuración de grupos de comunicación que se señalan a continuación.
7.2.2.2.1. Grupo 1: Dirección
Es un grupo de comunicación que incluye:
.* CECOP.
.* Director del Plan.
.* Jefe de Operaciones.
.* Jefes de operaciones Insulares.
.* Jefe del Puesto de Mando Avanzado.
7.2.2.2.2. Grupo 2: Mando Operativo
Es un grupo que incluye:
.* Jefe de Operaciones.
.* Jefe de Operaciones Insular.
.* Jefe del Puesto de Mando Avanzado.
.* Jefe Grupo Intervención.
.* Jefe Grupo Sanitario.
.* Jefe Grupo Apoyo Técnico.
.* Jefe Grupo Logístico.
.* Jefe Grupo Seguridad.
7.2.2.2.3 Grupo 3: Intervención
Es un grupo que incluye:
.* Jefe Grupo Intervención.
.* Jefes unidades operativas de intervención
7.2.2.4 Grupo 4: Sanitario
Es un grupo que incluye:
.* Jefe Grupo Sanitario.
.* Jefes unidades sanitarias operativas.
.* Responsables ambulancias.
7.2.2.2.5 Grupo 5: Logístico
Es un grupo que incluye:
.* Jefe Grupo Logístico.
.* Jefes unidades logísticas en el campo de operaciones.
7.2.2.2.6 Grupo 6: Apoyo técnico
Es un grupo que incluye:
.* Jefe Grupo Apoyo Técnico.
.* Jefes unidades operativas de apoyo técnico.
7.2.2.2.7 Grupo 7: Seguridad
Es un grupo que incluye:
.* Jefe Grupo Seguridad.
.* Jefes unidades operativas de seguridad.
7.2.2.3 Atención e Información
7.2.2.3.1 Atención de llamadas telefónicas relacionadas con la emer¬
gencia 1-1-2
Los puestos de operación del Centro de Emergencias que se destinen a las llamadas propias de la emergencia que ha provocado la activación del plan.
Teléfono de información a autoridades
Líneas telefónicas de atención de llamadas a las autoridades de los organismos implicados en la emergencia y de las restantes autoridades políti-co-administrativas
Teléfono de información a medios de comunicación
Líneas telefónicas de atención de llamadas a los medios de comuni¬cación
Teléfono de información a ciudadanos
Líneas telefónicas de atención de llamadas a los ciudadanos no afectados directamente por la emergencia
Atención de llamadas relacionadas con otras emergencias
Los puestos de operación del Centro de Emergencias que se destinen a las llamadas propias de otras emergencias.
1. 8. OPERATIVIDAD
2. 8.1 Fases y situaciones de emergencia
8.1.1 (A) Fase de preemergencia
En esta fase, y teniendo en cuenta que los fenómenos adversos se pre¬sentan a lo largo de todo el año, el plan permanece activado y es la fase en la cual se permanece en estado de alerta por si se produce una situación que, por evolución desfavorable, puede dar lugar a una situación de riesgo que obligue a pasar a otra situación de emergencia.
El objeto de esta fase es alertar a las autoridades y servicios implicados, así como informar a la población potencialmente afectada.
Se corresponderá a nivel verde
8.1.2 (B) FASE DE EMERGENCIA
Esta fase tendrá su inicio cuando del análisis de los parámetros meteo¬rológicos e hidrológicos se concluya que el FMA es inminente o se dispongan de informaciones relativas a que éste ya ha comenzado, y se prolongará durante todo el desarrollo de la incidencia, hasta que se hayan puesto en prác¬tica todas las medidas necesarias de protección de personas y bienes y se hayan restablecido los servicios básicos en la zona afectada.
La gravedad de la emergencia será determinada por el Director del Plan a propuesta del Jefe de Operaciones según los informes del Centro Meteorológico Territorial de las Illes Balears y, en los casos previstos, previa consulta al Grupo de Apoyo Técnico.
8.1.2.1 SITUACIÓN 0 (IG0)
La emergencia se calificará así cuando la información meteorológica permita prever la inminencia de un FMA habitual pero potencialmente peli¬groso con peligro para alguna actividad concreta y se corresponderá también con fenómenos adversos observados que puedan considerarse como incidentes locales menores y controlables mediante una respuesta local y rápida, sin pro¬ducirse daños.
En esta fase se dará aviso desde el Centro de Emergencias SEIB 112 al Grupo de Apoyo Técnico y a los responsables de los diferentes grupos opera¬tivos del Plan con el fin de informarles de la situación y que puedan adoptar las medidas preventivas que, en su caso, consideren oportunas.
Se corresponderá a, l nivel amarillo.
8.1.2.2 SITUACIÓN 1 (IG1)
Se estará en esta situación cuando la información meteorológica permita prever la inminencia de un FMA no habitual con probabilidad elevada de ries¬go para personas y bienes y también se declarará este nivel en aquella situación en la que se ha producido un FMA en zonas localizadas, cuya aten¬ción puede quedar asegurada mediante el empleo de los medios y recursos disponibles en las zonas afectadas pero cuyo seguimiento debe ser supramu¬nicipal.
En esta fase se reunirá el Grupo de Apoyo Técnico para realizar el seguimiento de la evolución del FMA y se activarán los responsables de Grupos y se efectuará una prealerta general de movilización de medios y recursos con el fin de minimizar las consecuencias del FMA, paliar los posi¬bles daños a bienes y personas y procurar a la mayor brevedad posible la restauración de los servicios esenciales básicos para la comunidad.
En esta fase, también, se activará el Plan de Emergencia Municipal o Plan de Emergencia Territorial Mancomunado, se activarán también el Jefe de Operaciones, y los Jefes de Grupos Operativos definidos en el plan Municipal
o territorial mancomunado. Se corresponderá con nivel naranja.
8.1.2.3 Situación 2 (IG2)
Situación en la que se ha producido un FMA no habitual de intensidad excepcional que supera la capacidad de atención de los medios y recursos locales o, aún sin producirse esta última circunstancia, los datos y las predic¬ciones meteorológicas permiten prever una extensión o agravamiento de la situación. Puede requerir entonces la constitución del CECOP/CECOPI y la activación total del Plan.
Se corresponde con nivel rojo
8.1.2.4 Situación 3 (IG3)
Emergencias en las que, habiéndose producido daños catastróficos no controlables con los recursos propios de la CAIB, se declare el interés nacional o se requiera la intervención de recursos extraordinarios de la Administración del Estado o de otras Comunidades Autónomas. En este caso será necesaria la constitución del CECOPI.
Se corresponde con nivel rojo
8.1.3 Fase de Normalización
8.1.3.1 Definición
Durante esta fase se realizarán las primeras tareas de rehabilitación en las zonas afectadas, consistentes fundamentalmente en la inspección del estado de edificios, la limpieza de viviendas y vías urbanas, la reparación de los daños más relevantes, y la rehabilitación de los servicios básicos fundamen¬tales.
8.1.3.2 Duración
Se prolonga desde la finalización de la situación de emergencia hasta el restablecimiento de las condiciones mínimas imprescindibles para un retorno a la normalidad en las zonas afectadas por el FMA.
8.2 Tipos de procedimiento
Se describen a continuación los procedimientos de operatividad del pre-sente protocolo contemplando dos situaciones:
8.2.1 Fenómenos predichos
Procedimiento que se aplicará en el momento de producirse por parte del GPV (Grupo de Predicción y Vigilancia) del CMTIB (Centro Meteorológico Territorial de las Illes Balears) la emisión de un boletín de predicción a corto, muy corto o medio plazo.
8.2.2 Fenómenos observados
Procedimiento que se aplicará en el momento en el que se haya observa¬do la ocurrencia un fenómeno meteorológico adverso, predicho o no.
8.3 Fases de los procedimientos
8.3.1 Notificación.
Será la fase en la cual el Centro de Emergencias de las Illes Balears ten¬drá la noticia inicial de ocurrencia del fenómeno.
8.3.2 Prealerta y Alerta
Será la fase en la cual el Centro de Emergencias de las Illes Balears pro¬cederá a comunicar a los organismos y entidades implicados la posibilidad de ocurrencia del fenómeno predicho o la ocurrencia del fenómeno observado
8.3.3 Seguimiento y actuación.
Será la fase en la cual el Centro de Emergencias de las Illes Balears, en constante contacto con el CMTIB realizará el seguimiento del fenómeno observado o predicho y procederá a poner en marcha las medidas, los planes y los dispositivos operativos que procedan.
8.3.4 Fin de episodio
Será la fase en la cual, previo boletín de fin de episodio, el Centro de Emergencias de las Illes Balears procederá a decretar el fin del episodio y la vuelta a la normalidad
8.4 Procedimientos correspondientes a los Fenómenos meteorológi¬cos predichos
8.4.1 Notificación
El CMTIB, en el momento de prever la ocurrencia de un Fenómeno meteorológico adverso emitirá un boletín de aviso y lo remitirá por fax o e mail al Centro de Emergencias de las Illes Balears (SEIB 112).
8.4.2 Prealerta y alerta
El centro de Emergencias de las Illes Balears (SEIB 112) procederá a remitir por fax y SMS el boletín de aviso a:
.* Dirección General de Emergencias.
.* Delegación del Gobierno en las Illes Balears.
* Consejos Insulares potencialmente afectados por el FMAque se predice.
.* Ayuntamientos potencialmente afectados por el FMA.
.* Bomberos competentes en las zonas potencialmente afectadas.
.* Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes.
.* Consejería de Medio Ambiente.
.* Consejería de Agricultura y Pesca.
.* Consejería de Salud y Consumo.
.* 061.
.* GESA.
.* Empresas de Telefonía.
.* Autoridad Portuaria.
.* Aeropuertos.
.* Clubes Náuticos.
.* Capitanías de Puertos.
.* Demarcación de Costas de las Illes Balears.
.* Clubes Náuticos de las zonas potencialmente afectadas.
8.4.3 Seguimiento y actuación
El Centro de Emergencias de las Illes Balears (SEIB 112) mantendrá contactos a intervalos de una hora con la finalidad de realizar un seguimiento de la evolución de la predicción. En dichos contactos periódicos, el SEIB 112 y el CMTIB intercambiarán la información que vayan recibiendo acerca del FMA.
En el caso de recibir nuevos boletines que modifiquen la predicción ini¬cial o que anulen algún boletín anterior, la DG de Emergencias remitirá por los mismos medios los boletines recibidos.
También a intervalos de una hora, el SEIB 112 mantendrá contactos con los Ayuntamientos a fin de recabar información sobre la ocurrencia o no del FMA.
Si se materializa el FMA, el SEIB 112 lo pondrá de inmediato en conocimiento del CMTIB y procederá a proponer, en su caso, a la Dirección General de Emergencias la activación del INUNBAL en el nivel de IG corre¬spondiente.
8.4.3.1 Fin de episodio
Al emitirse por parte del CMTIB un boletín de fin de episodio, la Dirección General de Emergencias remitirá el boletín de fin de episodio por fax o SMS a la totalidad de los organismos y entidades a los que se haya envi¬ado el boletín de aviso.
8.5 Fenómenos Meteorológicos Adversos observados
8.5.1 Notificación
1) Si un Ayuntamiento tiene conocimiento de la ocurrencia de un Fenómeno Meteorológico Adverso, lo pondrá inmediatamente en conocimien¬to del Centro de Emergencias de las Illes Balears, SEIB 112, mediante fax o mediante llamada telefónica.
2) Si un operativo de emergencia tiene conocimiento de la ocurrencia de un Fenómeno Meteorológico Adverso, lo pondrá inmediatamente en conocimiento del Centro de Emergencias de las Illes Balears, SEIB 112, medi¬ante fax o mediante llamada telefónica.
3) Si la Delegación del Gobierno, a través de sus operativos o por cualquier otro medio, tiene conocimiento de la ocurrencia de un Fenómeno Meteorológico Adverso, lo pondrá inmediatamente en conocimiento del Centro de Emergencias de las Illes Balears ,SEIB 112, mediante fax o medi¬ante llamada telefónica.
4) Si el CMTIB, por cualquier medio, tiene conocimiento de la ocurren¬cia de un FMA procederá de inmediato a emitir un Boletín de Fenómeno Meteorológico Observado y a ponerlo en conocimiento del Centro de Emergencias de las Illes Balears, SEIB 112, mediante fax.
5) Si el SEIB 112 tiene conocimiento, por cualquier medio, de la ocur¬rencia de un FMA, lo comunicará de inmediato al CMTIB a los fines de que este tome conocimiento y emita un boletín de FMA observado.
8.5.2 Prealerta y alerta
El centro de Emergencias de las Illes Balears, SEIB 112, procederá a remitir el boletín de aviso recibido a:
.* Dirección General de Emergencias.
.* Delegación del Gobierno en las Illes Balears.
* Consejos Insulares potencialmente afectados por el FMAque se predice.
.* Ayuntamientos potencialmente afectados por el FMA.
.* Bomberos competentes en las zonas potencialmente afectadas.
.* Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes.
.* Consejería de Medio Ambiente.
.* Consejería de Agricultura y Pesca.
.* Consejería de Salud y Consumo.
.* 061.
.* GESA.
.* Empresas de Telefonía.
.* Autoridad Portuaria de las Illes Balears.
8.5.3 Seguimiento y actuación
El Centro de Emergencias de las Illes Balears, SEIB 112, mantendrá contactos a intervalos de una hora con la finalidad de realizar un seguimiento de la evolución de la predicción. En dichos contactos periódicos, el SEIB 112 y el CMTIB intercambiarán la información que vayan recibiendo acerca del FMA.
En el caso de recibir nuevos boletines que modifiquen la predicción ini¬cial o que anulen algún boletín anterior, la Dirección General de Emergencias remitirá los mismos a los organismos que procedan.
También a intervalos de una hora, el SEIB 112 mantendrá contactos con los Ayuntamientos a fin de recabar información sobre la evolución del FMA o su ocurrencia si se trata de municipios distintos de aquellos en los cuales se ha observado el FMA pero que están potencialmente afectados por su evolución.
El SEIB 112 procederá a proponer, en su caso, a la Dirección General de Emergencias la activación de los Planes de Contingencia pertinentes en los niveles de IG correspondientes.
8.5.4 Fin de episodio
Al emitirse por parte del CMTIB un boletín de fin de episodio, la Dirección General de Emergencias lo remitirá por fax o SMS a la totalidad de los organismos y entidades a los que se haya enviado el boletín de aviso.
9 GLOSARIO DE TÉRMINOS
9.1 Términos de probabilidad
Serán comunes a todos los FMA excepto al viento y la temperatura.
Posibilidad
o posible Probabilidad de ocurrencia entre el 10 y el 40% Probable Probabilidad entre el 40 y el 70% Muy probable Probabilidad mayor del 70%
9.2 Precipitación
Se considera un hidrometeoro compuesto por agregados partículas acu¬osas, líquidas o sólidas, cristalizadas o amorfas, que caen desde una nube o un grupo de nubes y que alcanzan el suelo.
9.2.1 Tipos de precipitación
Lluvia Precipitación de partículas de agua líquida en forma de gotas de diámetro mayor que 0,5 mm o bien más pequeñas pero muy dispersas
Chubasco Precipitación frecuentemente fuerte y de corta vida, que cae desde nubes convectivas; las gotas o partículas en los chubascos son usualmente mayores que los elementos correspondientes a otro tipo de precipitación. Se caracter¬rizan por su comienzo y final repentinos, generalmente por grandes y rápidos cambios de intensidad
Nieve Precipitación de cristales de hielo en su mayoría ramificados (a veces en forma de estrellas)
Granizo Precipitación de pequeños globos o trozos de hielo (pedrisco) con diámetros entre 5 y 50 mm o algunas veces más y que caen aislados o agrupados irregularmente
9.2.2 Términos de intensidad
9.2.2.1 De lluvias y chubascos
Moderadas Cuando su intensidad es mayor que 2 y menor o igual que 15
mm/hora Fuertes Cuando su intensidad es mayor que 15 y menor o igual a 30 mm/h Muy fuertes Cuando su intensidad es mayor que 30 y menor o igual a 60 mm/h Torrenciales Cuando su intensidad es mayor que 60 mm/h
9.2.2.2 De nevadas
Débiles Los copos son normalmente pequeños y dispersos. Con vien¬to en calma el espesor de la cubierta de nieve aumenta en una cantidad no superior a los 0.5 cm/h.
Moderadas Normalmente consisten en copos de mayor tamaño, cayendo con suficiente densidad como para disminuir la visibilidad sustancialmente. La cubierta de nieve aumenta en una proporción de hasta 4 cm/h. Fuertes Reduce la visibilidad a un valor bajo y aumenta la cubierta de nieve en proporción que excede los 4 cm/h
9.2.3 Términos de distribución espacial
Aisladas o dispersas Cuando afecte a un porcentaje del territorio comprendido entre el 10 y el 30% Generalizadas Cuando el territorio afectado sea mayor del 60%
9.2.4 Términos de evolución temporal
9.2.4.1 Atendiendo a la duración
Ocasionales Duración inferior al 30% de predicción. Persistentes Para duración superior al 60% del período.
9.2.4.2 Atendiendo a la frecuencia
Frecuentes Que se repiten a menudo, de forma que la duración total de la
presencia del fenómeno sea superior a su ausencia Intermitentes Que se producen de manera casi regular, interrumpiéndose durante
cortos intervalos de tiempo. La duración del fenómeno será aproximadamente del 50%.
9.3 Tormentas
En el glosario actual se define una tormenta como una o varias descar¬gas bruscas de electricidad atmosférica que se manifiesta por su brevedad e intensidad (relámpago) o por el ruido seco o un rugido sordo (trueno), sin embargo, dada la imposibilidad de emitir avisos de tormentas según el número de descargas que las acompañan, desde el punto de vista de la aplicación se considerarán las tormentas según su grado de organización.
9.3.1 Intensidad porlos efectos en el suelo
Fuerte Cuando va acompañada de rachas fuertes de viento, preci¬pitación localmente intensa o granizo superior a 1 cm. Organizada Una tormenta está organizada cuando muestra cierto grado de estructura interna.
Ya que la organización no es estrictamente medible en la mayoría de los casos, y menos aún en entornos operativos, se suele estimar indirectamente por su duración e intensidad. Si tomamos como elemento de observación de la tormenta el radar, diremos que una tormenta está organizada cuando su ciclo de vida es superior a la vida media de una tormenta ordinaria, entre 20-30 min. y mantiene los valores de reflectividad significativos para el entorno y la fecha en que se desarrolla.
9.3.2 Distribución espacial y evolución temporal
Se utilizarán los mismos que para las precipitaciones.
9.4 Tornados
Tempestad giratoria muy violenta de pequeño diámetro, es el más vio¬lento de todos los fenómenos meteorológicos. Se produce a causa de una tor-menta de gran violencia y toma la forma de una columna nubosa proyectada de la base de un Cumulonimbus hacia el suelo.
9.5 Temperatura
Se define la temperatura del aire cómo el nivel alcanzado en un ter¬mómetro que está expuesto al aire y protegido de la radiación solar.
9.5.1 Términos de intensidad
Aumento moderado Para aumentos mayores de 2 y menores o iguales a 6ºC. Aumento notable Para aumentos mayores de 6 y menores o iguales a 12ºC. Descenso moderado Cuando se esperan descensos mayores de 2 y menores o iguales a 6ºC. Descenso notable Para descensos mayores de 6 y menores o iguales a 12ºC.
9.5.2 Términos de evolución espacial
En caso necesario se nombrará la zona y el nuevo valor de la evolución de la temperatura.
9.5.3 Términos de evolución temporal
Si se espera la entrada de una masa de aire frío o cálido a lo largo del período de predicción, que altere total o parcialmente la onda térmica diurna, (es decir, la marcha ‘normal’ de la temperatura), se utilizará el término ‘pro¬gresivo’ en relación con la evolución.
9.6 Olas de calor
Calentamiento importante del aire o invasión de aire muy caliente, sobre una zona extensa. Suelen durar unos días a unas semanas. Los términos que las definen corresponden a lo especificado para la temperatura.
9.7 Olas de frío
Se considera como el enfriamiento importante del aire o la invasión de aire muy frío sobre una zona extensa. (Hay que señalar que para la ola de frío no se considera el concepto de permanencia). Los términos que las definen corresponden a lo especificado para la temperatura.
9.8 Temperatura extrema
Temperatura más alta o más baja alcanzada en un tiempo dado. (Dentro de una ola de calor o frío, se debe considerar una temperatura extrema).
9.9 Viento
Movimiento del aire con relación a la superficie terrestre. Caso de no haber especificación contraria, se considera solamente la componente horizon¬tal del vector velocidad. Al ser una magnitud vectorial, su predicción ha de constar de dirección y velocidad.
9.9.1 Dirección
Se usará la rosa de los vientos de ocho direcciones, es decir: N-NE-E-SE-S-SW-W-NW y cuyas equivalencias en grados sexagesimales son: N Dirección entre 337.5 y 22.5º NE Dirección entre 22.5 y 67.5º E Dirección entre 67.5 y 112.5º SE Dirección entre 112.5 y 157.5º S Dirección entre 157.5 y 202.5º SW Dirección entre 202.5 y 247.5º W Dirección entre 247.5 y 292.5º NW Dirección entre 292.5 y 337.5º
Cuando la oscilación de la dirección del viento vaya a ser de más de 45º, esta se definirá en intervalos de 90º de la siguiente manera: Componente Norte Dirección entre 315 y 45º Componente Este Dirección entre 45 y 135º Componente Sur Dirección entre 135 y 225º Componente Oeste Dirección entre 225 y 315º
Finalmente se debe entender por viento de dirección (VRB) aquel cuya dirección oscila frecuentemente en más de 90º, aunque no hay que confundir con un viento que gire de una dirección a otra durante el período considerado.
9.9.2 Velocidad
La predicción de velocidad se hará de sus valores medios (entendidos como media de diez minutos), pero algunas veces se deberá hacer referencia a los valores de velocidad instantánea (generalmente máximos) denominados rachas.
Racha es una desviación transitoria de la velocidad del viento con respecto a su valor medio.
9.9.2.1 Términos de intensidad
Moderados Velocidad media entre 21 y 40 km/h Fuertes Velocidad media entre 41 y 70 km/h Muy fuertes Velocidad media entre 71 y 120 km/h Huracanados Velocidad media mayor que 120 km/h
9.9.3 Términos de distribución espacial
Se nombrarán las zonas y los nuevos valores del viento esperados en ellas.
9.9.4 Términos de evolución temporal
9.9.4.1 En cuanto a la dirección
Para el cambio de dirección se empleará el término girar.
9.9.4.2 En cuanto a la velocidad
9.9.4.2.1 Atendiendo a la intensidad
Aumentar Cuando la velocidad media del viento vaya a ser de un inter¬
valo superior al periodo inicial de la predicción. Disminuir Si la velocidad pasa a un intervalo inferior. Rachas En el caso de que las variaciones sean instantáneas y signi¬
ficativas, de acuerdo con el criterio arriba indicado
9.9.4.2.2 Atendiendo a la duración
Ocasionalmente Cuando la duración del aumento o disminución de la veloci¬dad del viento vaya a ser alrededor del 10% del tiempo total de predicción Intervalos Cuando la duración de los aumentos y disminuciones de la velocidad del viento vayan a ser en total alrededor del 20% del período total.
9.10 Galernas
Ráfaga súbita que, en la costa septentrional de España, suele soplar entre el oeste y el noroeste. Procede del NW y es el viento frío y húmedo que afecta también a las costas atlánticas de Francia.
9.11 Deshielos
Fusión de la nieve o del hielo o ambos en la superficie de la tierra, por acción de factores climáticos o hidrológicos. Influye la altura de la cubierta nivosa, la de la isoterma de 0º y la precipitación caída en 24 horas.
9.12 Nieblas
Suspensión en la atmósfera de gotas muy pequeñas de agua, que reducen la visibilidad horizontal sobre la superficie del globo a menos de 1 kilómetro.
9.12.1 Términos de distribución espacial
Serán los mismos términos que se han aplicado a precipitaciones y tormentas.
9.12.2 Términos de evolución temporal
Espesándose Cuando la visibilidad se vaya reduciendo en el transcurso del
tiempo Disipándose En caso contrario Persistentes Cuando no se espere ninguna de las evoluciones temporales
anteriores
9.13 Cencellada
Depósito de hielo formado, en general, por la congelación de gotitas de niebla o de nubes subfundidas sobre objetos duros, cuya superficie está a una temperatura próxima a los 0ºC.
9.14 Polvo en suspensión
Partículas de polvo o arena fina que permanecen en la atmósfera durante un período de tiempo apreciable y que son transportadas por el viento desde diferentes regiones de la tierra.
9.15 Rissaga
Oscilación del nivel del mar en puertos, calas o bahías, motivadas por cau¬sas meteorológicas en condiciones de resonancia.
9.16 Alud
Masa de nieve y de hielo que se desploma bruscamente por las laderas de una montaña y arrastra, frecuentemente, tierra, rocas y despojos de toda natura¬leza.
1. 9.16.1 Escala europea del riesgo de aludes
2. 9.17 Viento y oleaje en zonas marítimas costeras
Índice de Estabilidad del manto Probabilidad de desenca
riesgo nivoso denamiento
4. Fuerte En la mayoría de las pendientes Se pueden desencadenar aludes suficientemente propicias de los incluso por sobrecargas débiles en la aludes, el manto nivoso está mayoría de las pendientes débilmente estabilizado. suficientemente propicias a los mismos.
En ciertas situaciones son posibles numerosas salidas espontáneas de aludes de dimensiones medias y a veces grandes.
5. Muy fuerte Inestabilidad generalizada del Se esperan numerosos y grandes manto nivoso. aludes originados espontáneamente incluyendo zonas con pendientes poco propicias.
9.17.1 Mar de viento
Oleaje que resulta de la acción del viento (*) en una extensión marítima sobre la cual sopla. Se aplica la escala Douglas.
(*) En los boletines de predicción marítima la velocidad del viento se expresa mediante la escala Beaufort.
1. 9.17.1.1 Fuerza del viento a partirde la escala beaufort
2. 9.17.2 Marde fondo
F Nudos Nombre
5 17-21 Fresquito
6 22-27 Fresco
7 28-33 Frescachón
8 34-40 Temporal
9 41-47 Temporal Fuerte
10 48-55 Temporal Duro
11 56-63 Temporal Muy duro
12 64 Temporal Huracanado
9.17.1.2 Altura de las olas a partirde la escala douglas
S Metros Nombre
4 1.25-2.5 Fuerte Marejada
5 2.5-4 Gruesa
6 4-6 Muy Gruesa
7 6-9 Arbolada
8 9-14 Montañosa
9 14 Enorme
Oleaje que se propaga fuera de la zona donde se ha generado, pudiendo llegar a lugares muy alejados. También recibe el nombre de mar tendida o mar de leva.
10 Avisos a la población
10.1 Consejos en caso de precipitaciones peligrosas
10.1.1 Actuaciones preventivas
* Infórmate del nivel de riesgo de tu municipio y si el lugar en que vives o trabajas está afectado por una zona inundable.
* Ten preparado un botiquín de primeros auxilios.
* Evita las contaminaciones. Pon los productos tóxicos fuera del alcance del agua.
* Resguarda los objetos de valor y los documentos personales.
* Dispón de una radio y linterna de pilas secas y cargadas.
* Revisa la vivienda. Limpia las bajantes y canalizaciones.
10.1.2 Al iniciarse las precipitaciones
* Cuando se notifique una preemergencia, procura estar informado de la evolución de la situación. Sintoniza las emisoras de radio y televisión que den noticias de ello.
* Retira los vehículos de las zonas que puedan inundarse.
* Aléjate de las riberas de los ríos y barrancos y no permanezcas en los puentes. Pueden desmoronarse y arrastrarte en la caída.
* Usa de manera razonable el teléfono. No colapses las líneas.
* Prepárate para abandonar la vivienda si la situación lo requiere,haciendo caso de los consejos de las autoridades competentes.
* En este caso desconecta la electricidad, el gas y el agua de la casa y cierra y asegura todas las puertas y accesos.
* Nunca propagues rumores o noticias exageradas de daño.
10.1.3 Recomendaciones para los automovilistas
* Usa el vehículo sólo si es absolutamente imprescindible.
* Infórmate de la situación antes de iniciar el viaje.
* Circula preferentemente por carreteras principales y autopistas.
* No intentes nunca cruzar un vado, un lugar inundado o un puente que ofrezca dudas sobre su resistencia.
* Piensa siempre que tu vida es lo más valioso.
10.1.4 Volviendo a la normalidad
* Efectúa una revisión de la vivienda para ver que no hay daños.
* Comprueba que dispones de electricidad, agua, teléfono, etc.
* Sigue las normas sanitarias y de higiene en la limpieza que indiquenlas autoridades competentes.
* Seamos solidarios en las tareas de limpieza y vuelta a la normalidad.
10.2 Consejos en caso de nieve y olas de frío
10.2.1 Antes de las nieves o las olas de frío
* Almacena alimentos y combustibles para un período de aislamiento de una semana.
* Adquiere pilas de repuesto para los aparatos de radio.
* Prepara un botiquín de primeros auxilios y aquellos medicamentos que sean utilizados permanente o esporádicamente por todos o alguno de los miembros de la unidad familiar.
* Dispón de ropa y calzado adecuados para estas contingencias.
* Controla todos aquellos puntos por donde haya contacto con el exterior: cierres de ventanas, puertas, etc.
* Revisa tejados y bajadas de agua.
* Si la calefacción no se va a usar o está averiada, procura que el circuito de agua no tenga mucha presión.
10.2.2 Durante las olas de frío
* Presta atención a las emisoras de radio o T.V. para obtener información del Instituto Meteorológico o de Protección Civil.
* Si pasas mucho tiempo en el exterior, es mejor llevar varias prendas ligeras y cálidas superpuestas que una sola prenda de tejido grueso.
* Las manoplas proporcionan más calor que los guantes.
* El peligro máximo se produce cuando hay ventisca. Evita las salidas o desplazamientos en estos casos.
* Evita la entrada de aire extremadamente frío en los pulmones. Protégete rostro y cabeza.
* Utiliza el teléfono para las llamadas imprescindibles.
* Ten cuidado con las estufas de carbón, eléctricas y de gas, procurando que no estén próximas a visillos y cortinas.
* Toma precauciones para evitar el envenenamiento producido por el uso de braseros de picón o estufas de leña, carbón o gas en lugares cerrados sin renovación de aire. Ten a mano un extintor ante la posibilidad de incendio.
* Desconecta todos los aparatos eléctricos que no sean necesarios. Ten a mano velas, linternas y pilas.
* Mantén un grifo ligeramente abierto en casa, a fin de evitar la rotura por congelación de las tuberías.
10.2.3 Automóvil
* Viaja únicamente si es imprescindible y procura no hacerlo solo. Utiliza, a ser posible, transporte público.
* Si vas a emprender un viaje llena el depósito de gasolina, lleva radio, pala, cuerda, cadenas, una linterna y ropa de abrigo. También algún alimento rico en calorías (chocolate, frutos secos,...).
* Procura no agotar el combustible.
10.3 Consejos en caso de tormentas
10.3.1 Tormentas en el campo
Ante una situación de riesgo provocada por una tormenta en el campo, es recomendable:
* Evitar permanecer en lo alto de las colinas y no refugiarse debajo de árboles, sobre todo, si están solitarios.
* Alejarse de alambradas, verjas y otros objetos metálicos.
* Si va conduciendo y se ve sorprendido por una tormenta, recuerde que un vehículo cerrado puede ser un buen refugio. En todo caso, disminuya la velocidad, extreme las precauciones y no se detenga en zonas donde pueda discurrir gran cantidad de agua.
10.3.2 Tormentas en la ciudad
El peligro de las tormentas para las personas se produce, fundamentalmente, en campo abierto. No obstante, dentro de los núcleos urbanos también hay peligro de rayos. Por tanto, conviene tener presente que:
* En la calle, el abrigo de los edificios protege del riesgo de las descargas.
* Dentro de casa, hay que cuidar que no se produzcan corrientes de aire, pues éstas atraen los rayos. De ahí la recomendación de cerrar puertas y ventanas en caso de tormenta.
* También conviene proteger los electrodomésticos, ordenadores, etc. ... desenchufándolos para evitar que sean dañados por una subida de tensión o que ocasionen descargas eléctricas.
10.3.3 Trombas de agua
Si le sorprende una tormenta y empieza a llover de manera torrencial, piense que el riesgo de inundación existe y, por tanto, es recomendable tomar determinadas precauciones.
En caso de que el aguacero le sorprenda conduciendo en la carretera, no atraviese con su vehículo los tramos que estén inundados. La fuerza del agua puede arrastrarle al hacer flotar el vehículo.
También es importante localizar los puntos más altos de la zona donde se encuentre, ya que puede necesitar dirigirse a ellos en caso de posible inundación.
Si es posible, intente sintonizar las emisoras de radio locales, que seguramente le informarán de las predicciones meteorológicas para la zona en que se encuentre.
10.4 Consejos en caso de calor
10.4.1 Consideraciones para personas obligadas a permaneceren ambientes o en exteriores muy calurosos desarrollando alguna actividad física o trabajo
* Conozca los signos y síntomas de enfermedades causadas por el calor y que se comprenda que debe pararse la actividad cuando se presentan sín¬tomas y tomar rápidamente medidas preventivas.
* Organice el trabajo más pesado en las horas más frescas del día.
* Durante la aclimatación (puede durar hasta 2 semanas) se hace una exposición al calor paulatina, realizando pausas de recuperación frecuentes.
* Procure estar acompañado.
* Tome suficiente agua fresca (un vaso pequeño cada 15-20 minutos, en razón de la sudoración) incluso sin sed.
* Use ropa ligera, floja, y transpirable (por ej: algodón...). Si se está al sol, cubrir la cabeza.
* Tome descansos frecuentes y cortos en lugares frescos y con sombra (que permitan que el cuerpo se refresque).
* Haga comidas frecuentes y ligeras.
* Evite cafeína y bebidas alcohólicas (estas bebidas hacen que el cuerpo pierda agua y aumente el riesgo de desarrollar enfermedades causadas por el calor).
10.4.2 Medidas para el domicilio
* Durante el día, mantenga las ventanas y persianas cerradas para proteger la vivienda del calor.
* Aproveche a ventilar su casa por la noche, cuando las temperaturas han descendido.
* El uso de ventiladores puede aliviar hasta cierto punto los efectos del calor pero no implican un descenso de la temperatura. Para ello puede ser necesario, en su caso, la utilización de aparatos de refrigeración.
10.4.3 Cuidados personales
* Beba mucha agua sin esperar a tener sed. Evite todo tipo de bebidas alcohólicas.
* Si usted está tomando de forma crónica alguna medicación, consulte con su médico; él le recomendará la cantidad de líquidos que puede beber al día de acuerdo con su edad y su estado.
* Evite las comidas calientes o pesadas. Recuerde la dieta tradicional deverano basada en platos fríos, ensaladas y frutas.
* Use ropa apropiada: ligera, no apretada, de colores claros y preferentemente de algodón, evitando la ropa sintética. Utilice sombrero o gorra para protegerse del sol.
* Use protección para los rayos solares. Unos 30 minutos antes de saliral sol aplíquese crema protectora con Factor de Protección mayor de 15 y repita la operación a menudo.
Precauciones en sus actividades cotidianas:
* No es recomendable realizar actividades que exijan esfuerzo físicoimportante cuando está haciendo mucho calor. Si es necesario, realice una hidratación previa al ejercicio y beba de 2 a 4 vasos de agua fresca cada hora. Las bebidas que contienen sales minerales pueden ayudar a reponer lo que se pierden con el sudor (cuidando que no existan contraindicaciones medicas). Si se siente cansado o se marea, interrumpa su actividad y trate de ir a un lugar fresco o con sombra.
* Planee las actividades en la mañana o en el atardecer cuando las temperaturas no son tan altas.
* No deje a niños, ancianos o animales en coches con las ventanas cerradas. Cuide a los mayores y niños.
* Si se encuentran a su cargo personas mayores, vigile estrechamente su situación física, animándoles a beber líquidos aunque no manifiesten sed, supervisando la aparición de algún posible síntoma de deshidratación.
* Preste atención a los familiares mayores que vivan solos.
* Cuide que los niños no realicen ejercicios o juegos expuestos al sol enlas horas punta de calor.
* Si usted vive sólo, trate de mantener contacto periódico con vecinos o familiares.
10.5 Consejos en caso de vientos fuertes
10.5.1 En el hogar
* Revisar las viviendas para que no haya cornisas, balcones y fachadasen mal estado que puedan producir caídas de cascotes y escombros.
* Cerrar puertas y ventanas para evitar corrientes de aire que puedan llevar a la rotura y caída de cristales.
* Asegurar elementos como los toldos, persianas y antenas.
* Retirar macetas, jaulas y cualquier objeto que pueda caer a la calle.
10.5.2 En el campo
* No salgas si no es necesario.
* Aléjate de casas viejas o en mal estado.
* Evita los muros y las vallas publicitarias.
* Los árboles ofrecen el peligro de caída y rotura de grandes ramas. No transites por parques o avenidas arboladas.
* No pases por debajo de andamios o edificios en construcción.
* Los postes de luz y torres de alta tensión son muy peligrosos. Aléjate y en caso de caída avisa al 1•1•2.
10.5.3 En carretera
* Si es posible evita circular. Usa preferentemente el transporte público y en caso de tener que salir, infórmate de la predicción meteorológica.
* Reduce la velocidad a límites de seguridad. Un golpe de viento puede desviarte de la trayectoria.
* Las motos y los vehículos de grandes dimensiones que ofrecen una gran superficie de contacto con el viento (camiones, furgonetas, vehículos con remolque o roulottes) corren el peligro de volcar ante vientos transversales.
* En caso de necesidad, párate en una zona segura y espera a que amaine el viento.
10.5.4 En zonas marítimas
* Protege tu vivienda ante la posible invasión del agua del mar.
* Si estás en un camping permanece atento a la posibilidad de evacuación.
* No te acerques a paseos marítimos, espigones o acantilados. La fuerza del agua te puede arrastrar.
* No circules con vehículos por carreteras cercanas a la línea de playa.
* Abstente de practicar cualquier tipo de deporte náutico. Si dispones de embarcación procura asegurar su amarre en un lugar resguardado.
10.6 Consejos en caso de oleaje en el marpara navegación deportiva
10.6.1 Prevención
* Evitar navegar en estas condiciones siempre que sea posible.
* Infórmese de las previsiones meteorológicas para la zona donde pretenda navegar, evitando la salida en caso de mal tiempo o mala visibilidad.
* El Instituto Nacional de Meteorología (INM), las Estaciones Radiocosteras de Telefónica y los Centros de Salvamento Marítimo difunden Boletines Meteorológicos de forma permanente: acuda a ellos a través del teléfono o de las emisiones radio.
* Mantenga y revise cuidadosamente su embarcación utilizando la listade comprobación o ‘check list’, principalmente: carburante, motor, sistema eléctrico, equipos de navegación y comunicaciones, aparejos, sistemas de seguridad, etc.
* Recuerde que más del 50% de las emergencias provocadas por las embarcaciones de recreo están motivadas por fallos mecánicos o estructurales.
* Deje información en tierra de sus planes de navegación y de las características de su embarcación: en la Capitanía Marítima, en su Club Náutico, a familiares o amigos.
* No altere este plan salvo caso de fuerza mayor.
* Asegure su embarcación y sus tripulantes.
10.6.1.1 Durante la navegación.
* Mantenga una vigilancia constante y respete las Normas del Reglamento Internacional para prevenir los abordajes en la mar.
* Permanezca atento a la evolución del clima. En caso de empeoramiento inesperado no asuma riesgos y busque refugio.
* Haga que su tripulación lleve arneses de seguridad y puestos los chalecos salvavidas.
* Respete el uso del Canal 16 VHF y mantenga una escucha permanente.
10.6.1.2 Ante una situación de emergencia.
* Si la embarcación se encuentra en grave e inminente situación de peli-gro, transmita la señal de socorro MAYDAY, MAYDAY, MAYDAY, mediante el Canal 16VHF o de frecuencia 2.182 KHZ de onda media. Si dispone de radiobaliza, actívela manualmente.
* Si necesita ayuda urgente, pero no está en peligro inminente, deberá emitir la señal PAN, PAN, PAN, en las mismas frecuencias antes citadas.
* El teléfono móvil no es una alternativa cuando el VHF es obligatorio, además tiene el inconveniente de su limitado alcance y difícil localización.
* Si utiliza el VHF, los sistemas de radiogoniometría podrán localizar su posición exacta de manera automática.
* Si no dispone de medios de comunicación (algo que debería hacerle reflexionar sobre su seguridad), utilice las señales de socorro reglamentarias: bengalas, banderas, botes de humo, señales acústicas, etc.
* En caso de solucionar la emergencia por sus propios medios, después de haber hecho la llamada de socorro, avise a los medios de salvamento para poner fin a la emergencia: puede haber desencadenado una compleja y costosa operación de búsqueda y salvamento.
* Si no ha podido resolver la situación, no abandone el barco si no es encaso extremo. En caso de vuelco permanezca en las proximidades para ser localizado más fácilmente. No intente ganar la costa a nado.
10.6.1.3 Si avista o recibe señales de otra embarcación en peligro.
* Acuda rápidamente en su auxilio, siempre que no ponga en peligro su propia seguridad.
* Póngase en contacto (Canal 16VHF ó 2.182 KHZ) con el Centro deSalvamento Marítimo o Estación Radiocostera más próxima y contacte con otros buques en sus proximidades.
* Si no dispone de medios de comunicación, advierta a otras embarcaciones cercanas por medio de señales de socorro. Si no puede prestar ayuda, Diríjase al puerto más cercano para informar de la situación.
10.7 Consejos para la conducción en caso de nieblas
10.7.1 Visibilidad
* La prioridad es ver y ser vistos.
* Encender las luces de corto alcance y las de niebla. Nunca las de largo alcance porque rebotan en la niebla y deslumbran.
* Eliminar el vaho interior con la ventilación hacia el parabrisas.
* Prestar atención a la marcación vial que sirve de guía.
10.7.2 Neumáticos
* Mantenerlos en buen estado (presión correcta y dibujo adecuado).
* Aumentar la distancia de frenado.
10.7.3 Conducción
* Frenar con suavidad.
* Comprobar la eficacia de los frenos con frecuencia.
* Aumentar la distancia de seguridad para evitar accidentes en cadena.
* No adelantar.
11 Implantación
11.1 Aspectos generales de la implantación
11.1.1 Definición
La implantación comprende las acciones que es necesario llevar a cabo para hacer que el protocolo sea una realidad y asegurar, de esta manera, su operatividad en el caso de producirse un FMA.
11.1.2 Órgano Gestor
Corresponde a la Dirección General de Emergencias, órgano gestor del protocolo, y a los responsables de los organismos implicados en el desarrollo del mismo, llevar a efecto cuantas actuaciones sean precisas para asegurar la adecuada implantación y permanente mantenimiento del mismo.
La Dirección General de Emergencias convocará a todas las entidades comprometidas en el correcto cumplimiento del Protocolo a una sesión de coordinación anual (antes del inicio de la época de peligro) y a una reunión anual de evaluación de resultados.
11.2 Acciones de implantación
11.2.1 Consideraciones generales
Las acciones de implantación se regirán por lo establecido en el Capítulo
8. Implantación y Mantenimiento de los Planes de protección Civil del PLATERBAL (Decreto 50/1998, de 15 de mayo).
11.2.2 Comprobación y asignación de medios
* Comprobación de la disponibilidad de los medios y recursos para la aplicación del protocolo.
* Comprobación y dotación de los medios necesarios, en su caso, paraasegurar las comunicaciones y transmisiones a lo largo de la emergencia.
11.2.3 Aseguramiento del conocimiento del Plan
* Asegurar que los intervinientes en la aplicación del Protocolo lo conocen con el nivel que requiere su intervención en el mismo.
* Comprobación de la eficacia del Protocolo implantado mediante larealización de ejercicios y simulacros totales o parciales en los que intervengan los distintos órganos y grupos de la estructura prevista.
11.2.4 Programa de formación
11.2.4.1 Definición
Comprende las acciones formativas para asegurar el conocimiento del plan por parte de la totalidad de los organismos y operativos intervinientes.
11.2.4.2 Públicos objetivo del programa de formación
Los públicos objetivo del programa de formación del Protocolo serán los siguientes:
* Responsables políticos y técnicos de las distintas administraciones y organismos implicados.
* Responsables de los diferentes Grupos Operativos.
* Medios de comunicación.
11.2.4.3 Calendario
En los doce meses siguientes a la entrada en vigor del Plan se desarrollará el programa de formación previsto en este documento que se llevará a cabo en el plazo de nueve meses a partir de la aprobación del Plan.
11.2.4.4 Contenidos
El plan se estructurará a través de:
11.2.4.1Jornadas de formación de directivos
Dirigido a los responsables políticos y técnicos de las instituciones implicadas en el Protocolo versarán sobre:
* Análisis del riesgo y de sus consecuencias.
* Coordinación entre Instituciones.
* Protocolos y procedimientos.
11.2.4.4.2 Cursos de formación para mandos intermedios
Dirigido a los mandos y cuadros técnicos de las instituciones implicadas en el Protocolo versarán sobre:
* Análisis del riesgo y de sus consecuencias.
* Coordinación entre Instituciones.
* Protocolos y procedimientos.
11.2.4.4.3 Cursos de formación para operativos
Dirigido a los operativos de base y voluntarios versarán sobre:
* Análisis del riesgo y de sus consecuencias.
* Protocolos y procedimientos.
11.2.5 Realización de ejercicios y simulacros.
11.2.5.1 Definición
Son las acciones a realizar para que los distintos responsables y efectivos afectados por la aplicación del Protocolo se familiaricen con el mismo.
11.2.5.2 Periodicidad
* Los ejercicios prácticos se realizarán, como mínimo cada semestre delaño siendo responsabilidad de los responsables de los diferentes operativos su planificación y realización.
* Los simulacros se realizarán como mínimo una vez al año en cada islasiendo responsabilidad de la Dirección General de Emergencias, en colaboración con los servicios de emergencia de cada Consejo Insular su planificación y ejecución.
11.2.6 Mantenimiento
11.2.6.1 Definición
Conjunto de actuaciones destinadas a mantener operativo el Protocolo y a mejorar su aplicabilidad
11.2.6.2 Objetivos
* Matener actualizado el Protocolo.
* Incorporar al plan las actualizaciones y medidas que resulten necesarias para incrementar su aplicabilidad.
11.2.6.3 Periodicidad
La Dirección General de Emergencias procederá al menos una vez al año, a efectuar una comprobación de dicha operatividad.
Data norma
Organismo
OUTRAS ADMINISTRACIÓNS
Ámbito Normativo
Autonómica
Rango legal
Decreto
Clasificación
ATMOSFERA E CLIMA
Decreto 106/2006, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el Plan especial para hacer frente al riesgo de fenómenos meteoro¬lógicos adversos
Los planes de protección civil fijan el marco orgánico y funcional de las autoridades, los órganos y los organismos, así como los mecanismos de movili¬zación de los medios materiales y personales, tanto públicos como privados, necesarios para la protección de la integridad física de las personas, los bienes y el patrimonio colectivo y ambiental ante situaciones de emergencia extraordi¬naria.
El artículo 20 de la Ley 3/2006, de 30 de marzo, de gestión de emergen¬cias de las Illes Balears, establece que los planes de protección civil pueden ser territoriales o especiales, definidos éstos últimos como aquellos planes de pro¬tección civil que se elaboran para hacer frente en el ámbito autonómico a situa¬ciones de emergencia concretas, la naturaleza de las cuales requiere una meto¬dología técnico-científica específica, bien por sectores de actividad, bien por tipos de emergencia, bien por actividades concretas.
El artículo 22.1 de la mencionada Ley dispone que serán objeto de un plan especial de protección civil las situaciones de emergencia provocadas por ries¬go de inundaciones, de sismos, de incendios forestales y de transporte de mer¬cancías peligrosas, de acuerdo con las Directrices Básicas aprobadas por el Gobierno Central. En cumplimiento de estos mandatos (recogidos también en la normativa estatal) el Govern de las Illes Balears aprobó en el año 2005 los pla¬nes especiales para hacer frente a los riesgos antes enumerados.
De la misma manera, el punto 2 de este mismo artículo añade que también serán objeto de un plan especial todas aquellas situaciones de riesgo que la con¬sejería competente en materia de emergencias considere de interés autonómico. En este sentido el Govern de las Illes Balears ha considerado de interés autonó¬mico elaborar un plan especial para hacer frente al riesgo de fenómenos meteo¬rológicos adversos.
Según dispone el artículo 25 de la Ley 3/2006, el contenido mínimo de todos los planes es el siguiente:
a) Características del territorio.
b) Análisis de los riesgos presentes.
c) Actuaciones para hacer frente a los riesgos existentes: medidas de pre¬vención y actuaciones en caso de emergencias.
d) Dirección del plan.
e) Medios y recursos disponibles.
f) Infraestructuras operativas.
g) Niveles de aplicación del plan.
h) Procedimiento de activación del plan.
i) Medidas de información y protección de la población.
j) Medidas de rehabilitación de los servicios esenciales.
k) Programa de simulacros.
l) Planificación para el mantenimiento, la actualización y la revisión del plan.
Por lo que se refiere a la aprobación de estos planes, el artículo 26.5 de la Ley 3/2006, de 30 de marzo, de gestión de emergencias de las Illes Balears, dis¬pone que los planes de ámbito autonómico serán aprobados por decreto del Gobierno de las Illes Balears, con el informe previo de la Comisión de Emergencias y Protección de las Illes Balears y homologación por parte de la Comisión Nacional de Protección Civil, excepto los que no estén regulados por
Visto lo anterior, una vez homologado por el Pleno de la Comisión de Emergencias y Protección de las Illes Balears en su sesión de 28 de julio de 2006, a propuesta del Consejero de Interior, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 15 de diciembre de 2006,
DECRETO
Artículo 1.
Aprobar el Plan especial para hacer frente al riesgo de fenómenos meteo¬rológicos adversos que se transcribe como anexo único de este Decreto.
Artículo 2.
Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Marratxí, 15 de diciembre de 2006
EL PRESIDENTE,
Jaume Matas Palou
El Consejero de Interior
José María Rodríguez Barberá
PLAN ESPECIAL PARA HACER FRENTE AL RIESGO DE FENÓMENOS METEOROLÓGICOS ADVERSOS
1. INTRODUCCIÓN
1.1. Consideraciones generales
La complejidad y diversidad de la sociedad moderna hacen que ésta sea muy sensible a las adversidades meteorológicas y, en particular, cuando estas pueden encuadrarse dentro de la categoría de Fenómenos Meteorológicos Adversos.
Por Fenómeno Meteorológico Adverso (desde ahora FMA), se entiende cualquier evento atmosférico capaz de producir de modo directo o indirecto daños de consideración a personas y bienes. También pueden considerarse como FMA cualquier fenómeno capaz de alterar sustancialmente la actividad humana en un ámbito territorial determinado aunque no tengan estricta naturaleza mete¬orológica.
Por ello, se necesita disponer de información precisa que permita a los órganos responsables de emergencias conocer con anticipación suficiente la eventual ocurrencia de un fenómeno meteorológico adverso y adoptar las medi¬das que eviten o disminuyan las consecuencias negativas del mismo. Ello es lo que ha ocurrido con la evolución de las técnicas meteorológicas que, sin duda, han permitido una mayor cuantificación espacial y temporal de las ocurrencias de los FMA y, en consecuencia, la generación de una información mucho más fiable.
Consecuentemente, no es de extrañar que tanto desde el Ministerio de Medio Ambiente, responsable de la información meteorológica, como para los organismos responsables de la Protección Civil y de Emergencias, que son los que deben velar para que las vidas y bienes de los ciudadanos corran el menor peligro posible, se hayan puesto en marcha mecanismos de actuación.
1.2. Antecedentes históricos
El Instituto Nacional de Meteorología (INM) desarrolló desde la década de los 80 diversos planes operativos, aprovechados por los responsables de Protección Civil en las distintas Comunidades Autónomas que han ido evolu¬cionando hasta la actualidad y que han dado y están dando lugar a la aparición de los Protocolos de Actuación y Planes Especiales Autonómicos.
A los Planes de Predicción y Vigilancia Meteorológica (PREVIMET), de los años 80, les sucedió desde mitad de los 90 el Plan Nacional de Predicción y Vigilancia de Fenómenos Adversos (PNPVFA) que, ahora una vez revisado a partir de la experiencia acumulada y la necesidad de satisfacer los requerimien¬tos del Proyecto Europeo EMMA, ha dado lugar al Plan Nacional de Predicción y Vigilancia de Meteorología Adversa (METEOALERTA)
Conclusión
En este marco, la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, que está lle¬vando a cabo una ingente labor de planificación en el área de emergencias, ha decidido protocolizar las actuaciones en caso de FMA con la finalidad de opti¬mizar las actuaciones que permitan mitigar en todo lo posible sus efectos.
El resultado de esta actuación es el Plan Especial ante Fenómenos Meteorológicos Adversos contenido en el presente documento.
2. MARCO LEGAL
2.1. Legislación estatal
* Artículo 12.4 de la Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears.
* Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre protección civil (BOE núm. 22, de 25de enero de 1985).
* Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la NormaBásica de Protección Civil (BOE núm. 105, de 1 de mayo de 1992).
* Resolución de 31 de enero de 1995, de la Secretaría de Estado deInterior, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de protec¬ción civil ante el Riesgo de Inundaciones.
* Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla laestructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente.
* Real Decreto 1124/2005, de 26 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente
2.2. Legislación autonómica
* Ley 2/1998, de 13 de marzo, de Ordenación de Emergencias en las Illes Balears.
* Ley 3/2006, de 30 de marzo de Gestión de Emergencias en las Illes Balears
* Decreto 50/1998, de 8 de mayo, por el cual se aprueba el Plan Territorial de las Illes Balears (PLATERBAL) en materia de Protección Civil.
* Decreto 8/2004, de 23 de enero, por el que se desarrollan determinadosaspectos de la Ley de Ordenación de Emergencias en las Illes Balears.
* Decreto 40/2005 de 22 de abril por el que se aprueba el Plan especialfrente al riesgo de inundaciones (INUNBAL).
3. METEOROLOGÍAEN LAS ILLES BALEARS
3.1. Datos generales
3.1.1. Tablas.
Como resumen e ilustración general de la climatología en las Illes Balears, se reproducen a continuación tablas explicativas de los datos climato¬lógicos de las Illes Balears
Los datos se acompañan de la tabla de leyenda para su interpretación.
l clima de las Illes Balears se caracteriza por su régimen termométrico templado, aunque a lo largo del año el territorio isleño se puede ver afectado por masas de aire de origen polar en la estación fría y tropical en verano, de mane-ra que dentro de los valores medios moderados puede haber momentos con valores extremos marcadamente bajos o elevados.
Temperaturas medias anuales
La temperatura a lo largo del año es moderada en todo el archipiélago, sobretodo respecto a las mínimas diurnas y a la temperatura media durante el invierno, como consecuencia del efecto regulador del mar.
La temperatura media anual oscila entre los 16 y los 17ºC. Durante el invierno el valor medio mensual es de unos 10º, excepto en la zona montañosa de Mallorca, más fría y donde no se sobrepasan los 6ºC. En verano la media mensual está alrededor de los 20ºC.
3.2.1.1. Mallorca
La isla de Mallorca tiene una temperatura media anual comprendida entre los 16 y los 17ºC. Se pueden distinguir dos áreas con valores inferiores: la Sierra de Tramuntana, con valores medios menores de 16ºC, en las cimas las tempera¬turas medias son de sólo 10ºC, y las sierras de Levante y la depresión de Campos, que también tienen medias ligeramente más frías, alrededor de los 15ºC.
3.2.1.2. Menorca
En Menorca se aprecian pocas diferencias en la distribución territorial de las temperaturas medias anuales y toda la isla tiene alrededor de 16 a 17ºC. Hay dos áreas reducidas con valores ligeramente inferiores que corresponden a losrelieves de El Toro y de Santa Àgueda-S’Enclusa.
3.2.1.3. Eivissa-Formentera
En Eivissa y en Formentera la temperatura media anual es superior a la de Mallorca y Menorca. Casi toda la isla de Eivissa tiene unos valores entorno a los 17ºC. Formentera es la zona más cálida de las Illes Balears, con una media anual superior a los 18ºC.
3.2.2. Temperaturas extremas
Tanto las olas de frío como de calor extremo son poco frecuentes, aunque ocasionalmente se pueden registrar valores notablemente extremos, tanto res¬pecto a las máximas como a las mínimas absolutas.
3.2.2.1. Ola de frío
Las olas de frío, responsables de las temperaturas mínimas más bajas, están provocadas por invasiones de aire polar continental del NE. La más impor¬tante registrada en el siglo XX sucedió en febrero de 1956, con una mínima absoluta de -5ºC en Palma de Mallorca.
3.2.2.2. Ola de calor
Las situaciones que provocan las temperaturas máximas absolutas corres¬ponden a invasiones de aire del Sahara que llegan con viento del SE. Una de las más importantes del siglo XX se produjo desde el 18 al 31 de julio de 1983, cuando en Palma se registró una temperatura máxima absoluta de 40,6ºC.
3.3. Precipitaciones
El clima de las Illes Balears se caracteriza por unas precipitaciones medias anuales moderadas o escasas, con una marcada irregularidad en su reparto tem¬poral y espacial. Tienen una significación especial los episodios con aguaceros muy intensos, mayoritariamente en otoño.
3.3.1. Precipitaciones medias anuales
El régimen anual de precipitación en las Illes está caracterizado por un máximo en otoño, generalmente centrado en el mes de octubre, aunque el invier¬no también es lluvioso. A lo largo de la primavera hay una disminución de los registros hasta llegar al verano, cuando las precipitaciones son prácticamente inexistentes, sobretodo en julio.
La distribución territorial de la precipitación es muy diferente entre islas.
3.3.1.1. Mallorca
La isla de Mallorca recibe un total anual de entorno a 650 mm. El máxi¬mo suele ser en octubre, excepto en la parte central de la Sierra donde es en diciembre.
La variación espacial de los valores medios es muy destacable a causa de la orografía. Destaca el máximo, superior a los 1.400 mm anuales, en las zonas más elevadas de la Sierra de Tramuntana, y el mínimo en el litoral meridional donde no se superan los 300 mm.
3.3.1.2. Menorca
El total anual de precipitación en Menorca es entorno a 600 mm. El máxi¬mo de octubre es muy destacado respecto a los meses de invierno. El reparto espacial es muy regular, atendiendo a la poca altitud de los relieves. Se puede destacar la zona central con unos valores un poco superiores a los 700 mm.
3.3.1.3. Eivissa-Formentera
En Eivissa y Formentera el total anual de precipitación está alrededor de los 450 mm, con un régimen ligeramente diferente al de las otras islas, con un doble máximo de octubre. Respecto a la distribución espacial, en Eivissa hay un máximo en las zonas montañosas, donde se superan los 600 mm. En contraste, en el litoral sur ibicenco y en el norte de Formentera no se superan los 300 mm.
3.3.2. Precipitaciones intensas
En nuestro territorio son posibles los aguaceros que dejan cantidades importantes de precipitación en 24 horas, que han llegado a valores extremos de hasta 500 mm en la Sierra de Tramuntana de Mallorca, 400 mm en el litoral oriental y meridional de esta isla y a más de 200 mm en los otros territorios.
3.3.2.1. Mallorca, Serra de Tramuntana
El temporal del 21 al 23 de octubre de 1959, el más intenso registrado ins¬trumentalmente en Mallorca, dejó más de 700 mm en un solo episodio en los observatorios de la parte central de la Sierra de Tramuntana.
3.3.2.2. Mallorca, (Es Pla)
El 4 de octubre de 1957, un conjunto de aguaceros localizados en el Levante de Mallorca y en Menorca dejaron precipitaciones de hasta 400 mm en Santanyí y 191 mm en el área de Maó.
3.3.2.3. Menorca
La precipitación en 24 horas más intensa registrada nunca en Menorca fue la del 8 de octubre de 1958, durante un temporal que afectó al conjunto de las Illes Balears y que en el faro de Punta Nati, en Ciutadella, dejó 201 mm.
3.3.2.4. Eivissa
El 15 de noviembre de 1985 un gran núcleo tempestuoso afectó a Formentera y Eivissa, con la precipitación más intensa nunca registrada en las Pitiüses. El observatorio de Santa Eulària recogió 281 mm.
3.3.2.5. Formentera
El área de la Mola es el espacio de Formentera con una mayor probabili¬dad de precipitaciones intensas. Aquí, el 26 de octubre de 1975, en una sola jor¬nada cayeron 202 mm de precipitación.
3.4. Vientos
Las direcciones e intensidades predominantes de los vientos en las Illes varían en los diferentes observatorios en función del relieve y de la situación. No obstante, en todas se puede detectar un predominio de los vientos de com¬ponente norte en la época fría y de componente este y las brisas locales en vera-no.
Se puede establecer una diferenciación entre el régimen general de vien¬tos y los vientos locales.
3.4.1. Vientos generales
3.4.1.1. Mallorca
En la isla de Mallorca se aprecia un predominio de vientos del sudoeste en la Bahía de Palma, mientras que en las bahías de Alcúdia y de Pollença el viento predominante es del noreste. Esto se puede explicar por el efecto panta¬lla de los Pirineos y de la Sierra de Tramuntana, que impiden que el viento de Tramuntana llegue al sur de la isla.
3.4.1.2. Menorca
En Menorca se da un marcado predominio del viento del norte (Tramuntana), a causa de la situación geográfica y de la ausencia de relieves importantes.
3.4.1.3. Eivissa-Formentera
En Eivissa y en Formentera destaca la importancia de los vientos de com¬ponente Sudoeste y este. Los primeros se establecen con relación a los tiempos de invierno con circulación zonal. Los vientos del Este predominan en verano por influencia de las masas continentales cercanas.
3.4.2. Vientos locales
3.4.2.1. Mallorca
El régimen de embat se establece diariamente a consecuencia de la varia¬ción de la temperatura. El viento sopla de mar a tierra durante las horas de máxi¬ma insolación y la su dirección se invierte, con menor intensidad, durante la noche. A Mallorca, en la época cálida del año se desarrolla un régimen de embats de origen marítimo convergentes en el centro de la isla, cosa que favo¬rece una moderación de les temperaturas y determina la formación de nubosi¬dad y, ocasionalmente, precipitaciones.
La persistencia del embat en Mallorca ha permitido la utilización de la energía eólica para mover los molinos que extraen agua en los huertos de las lla¬nuras litorales de Mallorca.
3.4.2.2. Menorca
Menorca y el extremo oriental de Mallorca están situadas casi en el cen¬tro de la cuenca mediterránea y quedan expuestas a las entradas de viento del norte, que se canalizan entre los Alpes y los Pirineos y dan paso a la Tramuntana. La frecuente formación de depresiones en el golfo de Génova pro¬voca que las situaciones del norte proliferen durante la época fría del año.
El viento de Tramuntana transporta el aerosol salino que provocan las olas en el litoral septentrional de Menorca y el efecto de este viento salinizado expli¬ca las singulares formas del arbolado en las zonas que quedan expuestas.
4. FENÓMENOS METEOROLÓGICOS ADVERSOS
4.1. Fenómenos adversos en las Illes Balears
4.1.1. Introducción
Los FMA en las Illes Balears no son un suceso aislado. Son numerosos los boletines emitidos por el Centro Meteorológico Territorial de las Illes Balears (CMTIB) que hacen referencia, sobretodo a cuatro tipos de fenómenos:
.* Lluvias
.* Nieve
.* Viento
.* Viento en el mar
A continuación se presentan las estadísticas de FMA desde el 1 de enero de 2002 hasta el 31 de diciembre de 2005 que ha facilitado el CMTIB
4.1.2. FMAobservados en las Illes Balears por tipos desde el 1-01-2002 al 31-12-2005
4.1.2.1. Distribución global de FMAdurante el período
FMA Lluvia Viento Tierra Nieve Mar Días 567526 305
En total, como puede observarse, son 462 los días que las Illes Balears han estado bajo un régimen de posibilidad de FMA según el CMTI, o, lo que es lo mismo, durante un 31,62% del período transcurrido.
4.1.3. Distribución anual de FMAdurante el período de tiempo observado
4.1.3.1. Año 2002
FMA lluvia viento Tierra nieve Mar Días 1613 1 64
4.1.3.2. Año 2003
FMA lluvia viento Tierra nieve Mar Días 1426 7 98
4.1.3.3. Año 2004
FMA lluvia viento Tierra nieve Mar Días 1516 3 83
4.1.3.4. Año 2005
FMA lluvia viento Tierra nieve Mar Días 1120 15 60
4.1.4. Distribución mensual de FMAen el período de tiempo obser¬vado
4.1.4.1. Año 2002
lluvia viento Tierra nieve Mar
enero 1 6
febrero 2 5
marzo 1 1 8
abril 2 1 3
mayo 1 1 5
junio 3
julio 2 4
agosto 5
septiembre 2
octubre 1 7
noviembre 5 14
diciembre 1 3 1 9
4.1.4.2. Año 2003
lluvia viento Tierra nieve Mar
enero 8 3 19
febrero 2 5 4 14
marzo 1
abril 1 3 10
mayo 5
junio 2
julio 1 2
agosto 1 2
septiembre 3 1 9
octubre 3 3 11
noviembre 2 1 11
diciembre 1 5 12
4.1.4.3. Año 2004
lluvia viento Tierra nieve Mar
enero 4 11
febrero 1 1 8
marzo 2 9
abril 1 7
mayo 1 2 6
junio
julio 2
agosto 5
septiembre 2 10
octubre 8
noviembre 3 2 8
diciembre 4 4 2 14
4.1.4.4. Año 2005
lluvia viento Tierra nieve Mar
enero 4 6 10
febrero 1 7 6 11
marzo 2 3 5
abril 2 5
mayo 2
junio 2
julio
agosto 1
septiembre 4 1 3
octubre 3 1
noviembre 2 6
diciembre 4 15
4.2. Concepto
Un fenómeno meteorológico adverso es todo evento atmosférico capaz, de producir directa o indirectamente daños a las personas o daños materiales de consideración, o bien, de forma más extensa, cualquier fenómeno suscepti¬ble de alterar la actividad humana de forma significativa, en un ámbito espa¬cial determinado.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, pueden considerarse como fenómenos adversos:
.* Los intrínsecamente meteorológicos. Lluvias; nevadas; vientos; tor-mentas; olas de frío; olas de calor; viento y oleaje en la mar, en zonas costeras; galernas; deshielos; nieblas; polvo en suspensión; olas de calor; ris¬sagues.
.* Los ligados a factores meteorológicos. Contaminación atmosférica;aludes en montaña; incendios forestales.
.* Los ocurridos como consecuencia o con el refuerzo de fenómenosmeteorológicos. Cualquier adversidad derivada de sucesos, en los cuales la meteorología pueda ser un factor coadyuvante en el desarrollo y evolución de la situación de crisis
4.3. Fenómenos adversos objeto del presente protocolo
Se considerarán objeto del presente protocolo aquellas adversidades de origen intrínsecamente meteorológicas de interés significativo que darán ori¬gen a boletines de aviso.
1. 1. Lluvias (Acumulaciones en mm./1 hora o período inferior y/o mm/12horas)
.2. Nevadas (Acumulación de nieve en el suelo en 24 horas (cm/24horas)
1. 3. Vientos (Rachas máximas de viento en Km/hora)
2. 4. Tormentas (Ocurrencias y grado de intensidad)
3. 5. Temperaturas máximas (ºC)
4. 6. Temperaturas mínimas (ºC)
5. 7. Fenómenos costeros
6. 7.1. Vientos en zonas costeras (Escala Beaufort)
7. 7.2. Altura del oleaje de la mar de viento (Escala Douglas)
8. 7.3. Altura del oleaje de la mar de fondo (Metros)
9. 8. Polvo en suspensión (Visibilidad en m)
10. 9. Rissagas (Metros)
11. 10. Nieblas
12. 11. Olas de calor
13. 12. Olas de frío
14. 4.4. Valores umbrales y niveles de aviso
Serán los establecidos en el Meteoalerta para les Illes Balears
4.4.1. Niveles de aviso
De acuerdo con el contenido del Meteoalerta, se establecen cuatro nive¬les de aviso.
Estos niveles se ha establecido con arreglo a criterios climatológicos y responden a un planteamiento de adversidad eminentemente meteorológico y cercano al concepto de ‘poco o muy poco frecuente’ y que entrañan riesgos para la población.
Para casos no contemplados en los niveles establecidos y para requerim¬ientos específicos de Protección Civil se establecen avisos específicos. En estos casos, los umbrales y variables adoptados serán establecidos por el Grupo de Predicción y Vigilancia (GPV) correspondiente.
A nivel general, los niveles de aviso establecidos son
4.4.1.1. Nivel verde
No existe ningún riesgo meteorológico
4.4.1.2. Nivel amarillo
No existe riesgo meteorológico para la población en general aunque sí para alguna actividad concreta (FMA habituales pero potencialmente peli¬grosos).
Este nivel no dará lugar a ningún texto específico de aviso sino que lla¬mará la atención y remitirá a la predicción en vigor para la zona.
En los boletines ordinarios de predicción queda recogida toda la informa¬ción de estas situaciones meteorológicas que, aun siendo significativas, no alcanzan los umbrales de adversidad preestablecidos para emitir un boletín específico.
4.4.1.3. Nivel naranja
Existe un riesgo meteorológico importante (FMA no habituales)
4.4.1.4. Nivel rojo
El riego meteorológico es extremo (FMA no habituales de intensidad excepcional)
4.4.2. Valores umbrales
Son aquellos valores de intensidad del fenómeno a partir de los cuales, se considera que existe la posibilidad de que se produzcan daños a las personas y los bienes materiales.
Para la definición de los mencionados umbrales se han tenido en cuenta los criterios de otros servicios meteorológicos europeos de manera que las situa¬ciones de nivel naranja sean aquellos con una frecuencia de ocurrencia de 4 o 5 veces de ocurrencia del FMA al año.
Las situaciones de nivel rojo serán para frecuencias de ocurrencia del FMA de un suceso cada tres o cuatro años además de considerar la existencia de riesgo para la población.
A partir de los valores obtenidos con estos criterios se han considerado posteriormente otros de coherencia espacial y de posibilidades de predicción y se han confeccionado las tablas de umbrales que, para les Illes Balears son
4.4.2.1. Precipitaciones en 12 y 1 horas
.4.2.10. Olas de calor
Además de los avisos de temperaturas máximas que se emitirán en vera-no, el INM emitirá con finalidades generales Avisos Especiales de Ola de Calor. Quedará a criterio del Centro Nacional de Predicción la emisión de este tipo de avisos y se tendrán en cuenta para ellos el concepto de permanencia y las tem¬peraturas máximas extremas que se pueden alcanzar con valores situados entre los umbrales rojo y naranja.
Estos avisos especiales se emitirán sin perjuicio de los avisos del Plan de Prevención de los Excesos de Temperatura sobre la Salud del Ministerio de Sanidad y Consumo, emitidos exclusivamente en relación con la protección de la salud
4.4.2.11. Ola de frío
Dado que, según la definición de ola de frío, a diferencia de las olas de calor, el concepto de permanencia no se tiene en cuenta, este tipo de avisos se emitirá a la vista de las temperaturas extremas mínimas que se puedan alcanzar con valores comprendidos entre l0os umbrales naranja y rojo. Quedará a crite¬rio del Centro Nacional de Predicción la emisión de este tipo de avisos.
5. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL PROTOCOLO
5.1. Objeto
El objeto fundamental del presente Protocolo, es: ‘Establecer el modo de actuación y de aviso a los distintos organismos en las situaciones en que el Instituto Nacional de Meteorología, a través del Centro Meteorológico Territorial de las Illes Balears, prevea que puede producirse un fenómeno mete¬orológico adverso.’
El cumplimiento del objeto enunciado permitirá alcanzar los siguientes objetivos:
.* Realizar una rigurosa valoración del riesgo con una acotación tantoespacial como temporal de sus efectos.
.* Crear un sistema de alerta precoz que permita adoptar medidas preven-tivas para poder actuar en caso de necesidad con mayor eficacia.
.* Contrastar la realidad con la predicción, por medio de la información deretorno
5.2. Ámbito de aplicación
El ámbito de aplicación del presente protocolo será el territorio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
6. BOLETINES
6.1. Concepto
Son documentos a través de los cuales el CMTIB comunica la posibilidad de ocurrencia de un fenómeno adverso, la observación del mismo o las actuali¬zaciones y modificaciones que se suceden en su transcurso así como la focali¬zación del episodio FMA.
6.2. Generación de boletines de aviso
Los motivos por los cuales se debe generará un boletín son las siguientes:
* Cuando se prevea que un FMAalcance los niveles naranja o rojo.
* Cuando se tenga conocimiento de que se hayan alcanzado los umbralesnaranja o rojo pero lo FMA en cuestión no hayan sido previstos (Fenómeno observado).
* En el caso de tormentas, una vez hayan alcanzado los umbrales naranja
o rojo, aún cuando hayan sido previstas con anterioridad.
.* Cuando se produzcan variaciones significativas que aconsejen modifi-car el boletín dado inicialmente.
.* Cuando sea necesario anular un boletín elaborado anteriormente porhaber desaparecido las causas que motivaron su emisión.
.* Cuando se observe o se prevea de forma inmediata el fin del episodioantes de los previsto por el boletín en vigor.
.* Cuando concurran las circunstancias para emitir un aviso especial.
.6.3. Horarios de emisión de los boletines de aviso
.* Boletines de aviso de corto plazo: 10:30 y 19:30 si bien en función delas circunstancias se pueden emitir a cualquier hora
.* Boletines de fenómeno observado: No tiene hora fija de emisión.
.* Boletines de aviso de medio plazo: Aproximadamente a las 13:00.
6.4. Tipos
6.4.1. Boletines a medio plazo.
6.4.1.1. Concepto
Boletín de predicción de FMA, emitido por el Centro Nacional de Predicción (CNP), el período de predicción comprende desde las 00 horas de pasado mañana hasta las 24 horas del mismo día.
Los boletines de medio plazo son de carácter nacional, tomado la Comunidad Autónoma como unidad básica de predicción y especificando las provincias afectadas. Si existe más de un fenómeno adverso previsto se hará referencia a cada uno de ellos de forma separada, aunque dentro del mismo boletín
6.4.1.2. Difusión
La emisión de este boletín se realizará, aproximadamente, a las 13:00 horas.
Se difundirá a los organismos siguientes:
.* GPVafectados
.* Ministerio de Medio Ambiente
.* Ministerio de Fomento
.* Dirección General de Protección Civil
.* Dirección General del Agua
.* Confederaciones Hidrográficas
.* Dirección General de Carreteras
.* Dirección General de Transporte por Carretera
.* Dirección General de Tráfico
.* Sociedad Estatal de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR)
.* Departamento de Infraestructuras y Seguimiento para Situaciones deCrisis
.* Estados Mayores de los Ejércitos de tierra, mar y aire
.* Federación Española de Municipios y Provincias
.* Telefónica
.* Cruz Roja Española
.* Medios de Comunicación
.* Otras entidadesLos GPV afectados, difundirán los boletines a medio plazo a los mismos destinatarios que los de corto o muy corto plazo
Con objeto de conseguir una mayor efectividad los receptores de los bole-tines podrán difundirlos con las siguientes condiciones:
.* Se deberá citar al INM como fuente
.* El texto se transcribirá íntegro
.* La información se mantendrá actualizada
6.4.2. Boletín de predicción de corto y muy corto plazo.
6.4.2.1. Concepto
Boletín de predicción emitido por el CMTIB.
El periodo de predicción puede abarcar desde el momento de emisión, si el fenómeno es observado, hasta las 24 horas del día siguiente.
Los boletines de muy corto y corto plazo son de carácter autonómico si bien tomando la provincia como unidad básica de predicción y especificando las zonas provinciales afectadas. Si existe más de un fenómeno adverso previsto se hará referencia a cada uno de ellos de forma separada, aunque dentro del mismo boletín.
6.4.2.2. Difusión
Normalmente, se emitirán al mismo tiempo que las predicciones ordina¬rias.
Para predicciones de FMA con un plazo inferior a 6 horas, los boletines se difundirán a la hora en que se considere necesario hacerlo.
Los boletines se difundirán, desde el GPV a:
.* Protección Civil de las Comunidades Autónomas de la responsabilidad del GPV emisor.
.* Protección Civil de las Delegaciones de Gobierno de la responsabilidaddel GPV emisor.
.* Protección Civil de las Subdelegaciones del Gobierno.
.* Centros regionales de Salvamento Marítimo.
.* Medios de Comunicación.
.* Otras entidades u organismos.
Desde los servicios centrales, serán difundidos a:
.* Ministerio de Medio Ambiente
.* Ministerio de Fomento
.* Dirección General de Protección Civil
.* Dirección General del Agua
.* Confederaciones Hidrográficas
.* Dirección General de Carreteras
.* Dirección General de Transporte por Carretera
.* Dirección General de Tráfico
.* SASEMAR
.* Departamento de Infraestructuras y Seguimiento para Situaciones deCrisis
.* Estados Mayores de los Ejércitos de tierra, mar y aire
.* Federación Española de Municipios y Provincias
.* Telefónica
.* Cruz Roja Española
.* Medios de Comunicación
.* Otras entidades
Con objeto de conseguir una mayor efectividad los receptores de los bole-tines podrán difundirlos con las siguientes condiciones:
.* Se deberá citar al INM como fuente.
.* El texto se transcribirá íntegro.
.* La información se mantendrá actualizada.
6.4.3. Boletín de aviso especial
6.4.3.1. Concepto
Por el Centro Nacional de Predicción, a criterio del Área de Predicción, cuando la situación así lo aconseje se elaborará un boletín de aviso especial.
A este tipo corresponderán los avisos de olas de calor, de olas de frío y de tormentas tropicales.
Se elaborarán en raras ocasiones, no más de 2 o 3 veces al año, y cuando se cumpla una de las siguientes condiciones:
* Que se puedan producir situaciones meteorológicas que provoquen laaparición de niveles naranja o rojos para varios FMA
* Que el FMAo los FMA previstos se generalicen de forma que afecten a una parte extensa del país o que incluya a varias Comunidades Autónomas
6.4.3.2. Difusión
Este boletín lo elaborará el CNP quien es, además, responsable de la fina¬lización de dicho aviso y de su difusión. El boletín no interferirá con ningún otro boletín.
Se difundirá a:
.* Ministerio de Medio Ambiente
.* Ministerio de Fomento
.* Dirección General de Protección Civil
.* Dirección General del Agua
.* Confederaciones Hidrográficas
.* Dirección General de Carreteras
.* Dirección General de Transporte por Carretera
.* Dirección General de Tráfico
.* SASEMAR
* Departamento de Infraestructuras y Seguimiento para Situaciones deCrisis
.* Estados Mayores de los Ejércitos de tierra, mar y aire
.* Federación Española de Municipios y Provincias
.* Telefónica
.* Cruz Roja Española
.* Medios de Comunicación
.* Otras entidades
Con objeto de conseguir una mayor efectividad los receptores de los bole-tines podrán difundirlos con las siguientes condiciones:
.* Se deberá citar al INM como fuente
.* El texto se transcribirá íntegro
.* La información se mantendrá actualizada
6.4.4. Boletín de aviso específico
6.4.4.1. Concepto
Es un boletín que se emitirá, además de los contemplados en este aparta¬do, respondiendo a nuevos requerimientos de las autoridades responsables de Protección Civil. Los responsables de su emisión serán los GPV
6.4.4.2. Difusión
Los boletines se difundirán a:
.* Protección Civil de las Comunidades Autónomas de la responsabilidad del GPV emisor.
.* Protección Civil de las Delegaciones de Gobierno de la responsabilidaddel GPV emisor.
.* Protección Civil de las Subdelegaciones del Gobierno.
.* Centros regionales de Salvamento Marítimo.
.* Medios de Comunicación.
.* Otras entidades u organismos.
.* Con objeto de conseguir una mayor efectividad los receptores de losboletines podrán difundirlos con las siguientes condiciones:
.* Se deberá citar al INM como fuente.
.* El texto se transcribirá íntegro.
.* La información se mantendrá actualizada.
6.4.5. Otros tipos de boletines
6.4.5.1. Boletín de actualización
Es un boletín que se emite para actualizar la información contenida en un boletín de predicción anterior.
6.4.5.2. Boletín de anulación
Es el boletín que se emite para anular la información de un boletín ante¬rior por cualquier causa procedente.
6.5. Numeración
Los boletines se numerarán correlativamente desde el principio de cada año
Los boletines de corto y muy corto plazo tendrán su propia numeración y los de medio plazo la suya propia. Igualmente, las tablas resumen con la infor¬mación nacional de los avisos en vigor llevarán también una numeración propia independiente.
En el caso de les Illes Balears, a la numeración del boletín le seguirá: /IBB
6.6. Formato y contenido de los boletines
6.6.1. Boletines Autonómicos de corto plazo
Instituto Nacional de Meteorología
Boletín de fenómenos Adversos
C Autónoma de les Illes Balears
Boletín numero …../IBB
Emitido a las horas Hora Oficial del DD/MM/AAAA Válido hasta las 00:00 horas hora oficial del DD+=ó+1/MM/AAAA Fenómenos observados (Si procede)
EL INSTITUTO NACIONAL DE METEOROLOGÍA INFORMA:
Fenómeno: (Se hará constar de acuerdo a la denominación específica que
figura en el Meteoalerta y la intensidad observada del parámetro)
Nivel: (Naranja o Rojo)
Ámbito Geográfico: (Todas las islas afectadas especificando de cada una de
ellas aquellas zonas que proceda)
Hora de comienzo: En curso
Hora de finalización: (Hora prevista)
Evolución: (Texto obligatorio, que aparece en el boletín, donde se da una
predicción)
Probabilidad
Y, si procede:
Fenómeno (2)
Fenómeno:
Nivel:
Ámbito Geográfico:
Hora de comienzo: En curso
Hora de finalización:
Evolución: (Texto obligatorio, que aparece en el boletín, donde se da una
predicción)
Probabilidad
Fenómeno (n)
Fenómeno:
Nivel:
Ámbito Geográfico:
Hora de comienzo: En curso
Hora de finalización:
Evolución: (Texto obligatorio, que aparece en el boletín, donde se da una
predicción)
FENÓMENOS PREVISTOS (Si procede)
Fenómeno (1): (Se hará constar de acuerdo a la denominación específica que
figura en el Meteoalerta y la intensidad observada del parámetro)
Nivel: (Naranja o Rojo)
Ámbito Geográfico: (Todas las islas afectadas especificando de cada una de
ellas aquellas zonas que proceda)
Hora de comienzo: (Hora prevista)
Hora de finalización: (Hora prevista)
Probabilidad
Comentarios adicionales (opcional)
Fenómeno (2)
Fenómeno:
Nivel:
Ámbito Geográfico:
Hora de comienzo:
Hora de finalización:
Probabilidad
Comentarios adicionales (opcional)
Fenómeno (n)
Fenómeno:
Nivel:
Ámbito Geográfico:
Hora de comienzo:
Hora de finalización: (Hora prevista)
Probabilidad
Comentarios adicionales (opcional)
Próxima actualización: Las horas hora oficial salvo que fuese necesaria
una actualización del presente boletín
6.2.2. Boletín nacional a medio plazoInstituto Nacional de Meteorología
Boletín de fenómenos Adversos de medio plazo Boletín numero …../EMP Emitido a las horas Hora Oficial del DD/MM/AAAA Válido de 00:00 del DD+2/MM/AAAA a 00:00 del DD +3/MM/AAAA
EL INSTITUTO NACIONAL DE METEOROLOGÍA INFORMA C Autónoma:_ Fenómenos previstos Fenómeno: Nivel: Islas afectadas: Hora de comienzo:
Hora de finalización:
Probabilidad
Comentarios adicionales (opcional)
7. ESTRUCTURAY ORGANIZACIÓN DEL PLAN
7.1. Estructura organizativa general del Plan
7.1.1. Órgano Gestordel Plan
El órgano gestor del Plan, encargado de su implantación, mejora y man¬tenimiento, será la Dirección General de Emergencias cuyo titular asumirá la máxima responsabilidad del mismo.
7.1.2. Organigrama General del Plan
La estructura de dirección y la operativa del Plan responden al esquema estructural recogido en el gráfico siguiente:
En los apartados siguientes se describen cada uno de los organismos y puestos que figuran en el organigrama
7.1.3. Director del Plan
7.1.3.1. Definición
Es el máximo responsable de la aplicación del Plan.
7.1.3.2. Titular
El Director del Plan es el Consejero de Interior. Por sustitución ostentará la dirección el Director General de Emergencias.
En cada caso el Director del Plan contará como colaboradores con los Consejos Insulares responsables de la emergencia en cada una de las Islas que actuarán como directores territoriales adjuntos.
7.1.3.3. Funciones
.* Declarar la activación del Plan y las fases y situaciones de emergencia previstas en el mismo.
.* Convocar el Consejo Asesor.
.* Actuar en coordinación con el Consejo Insular en materia de emergen¬cias.
.* Designar los responsables de los Grupos de actuación y al responsabledel puesto de mando avanzado.
.* Determinar la estructura organizativa que se activa en cada momento.
.* Determinar las autoridades a las que hay que informar ante la situaciónde emergencia.
.* Ordenar y coordinar las actuaciones a desarrollar para la neutralizaciónde emergencia.
.* Determinar y coordinar la información a la población.
.* Proponer la constitución del Centro de Coordinación CECOP/CECOPIcuando sea necesario.
.* Asegurar el mantenimiento de la operatividad del Plan.
.* Declarar el fin de la emergencia.
7.1.3.4. Relaciones
.* Con el Presidente y el resto de los miembros del Govern
.* Con los representantes de los Consejos Insulares.
.* Con el Delegado del Gobierno en las Illes Balears o persona autoriza-
da.
.* Con los miembros del Consejo Asesor.
.* Con los miembros del CECOP/CECOPI.
.* Con el Jefe de Operaciones.
.* Con el responsable del Gabinete de Información.
7.1.4. CECOP/CECOPI
7.1.4.1. Definición
El CECOP/CECOPI es el organismo de mando de las emergencias, que cuenta con los medios humanos y técnicos que permiten realizar las funciones de dirección y coordinación de recursos, además de asegurar las comunica¬ciones con el/los Puestos de Mando Avanzado (PMA) y en general con los medios externos que pudieran verse implicados en la emergencia.
Es el instrumento de trabajo del Director del Plan, donde se recibe la información de un suceso y desde donde se dirigen y coordinan las actua¬ciones que se han de llevar a cabo.
El Centro de Coordinación Operativa (CECOP) pasará a convertirse en CECOPI (Centro de Coordinación Operativa Integrado) cuando las circunstan¬cias de la emergencia requieran la intervención de otras administraciones.
El CECOP/CECOPI entrará en funcionamiento en los siguientes casos:
.* Cuando se produzca un FMAante el cual resulten insuficientes los medios locales o se considere previsible su extensión.
.* Cuando el FMAy dependiendo de su gravedad afecte a más de un municipio aún cuando los medios locales y supramunicipales sean suficientes para el control de la emergencia y no haya sido activado el plan territorial a nivel insular, supramunicipal o municipal.
.* En cualquier otra situación en la que el Director del Plan juzgue con-veniente que así sea.
7.1.4.2. Funciones generales del CECOP/CECOPI
Serán funciones del CECOP/CECOPI
* Recibir información sobre la situación de la emergencia.
* Dirección y coordinación de las actuaciones que deben llevarse a cabopara la neutralización de la emergencia.
* Seguimiento de la situación de emergencia.
.* Informar sobre la emergencia a las autoridades y organismos perti¬nentes.
* Actuar como órgano de apoyo y soporte del Director del Plan.
* Activar el Plan Director de Comunicaciones o los procedimientos o protocolos que estén establecidos en este ámbito cuando la emergencia lo requiera.
* La elaboración de informes y estadísticas relativas a la emergencia.
7.1.4.3. Relaciones
El CECOP/CECOPI deberá establecer relaciones con:
.* Delegación del Gobierno en les Illes Balears.
.* Delegación Insular del Gobierno en Eivissa.
.* Delegación Insular del Gobierno en Menorca.
.* Consejerías del Govern de les Illes Balears.
.* Consejos Insulares.
.* Municipios de las Illes Balears afectados por la emergencia.
.* Resto de los Municipios de las Illes Balears.
.* Entidades públicas y privadas dependientes de la CAIB cuya interven-ción esté prevista en este Plan.
.* Organismos no dependientes de la CAIB cuya intervención esté pre-vista en este Plan.
7.1.4.4.Ubicación
7.1.4.4.1. Centro Principal
El CECOP/CECOPI se constituirá en la sede del Centro de Gestión de Emergencias de las Illes Balears (SEIB 112).
7.1.4.4.2. Centros secundarios
Mallorca
Como centro secundario para casos en los que no sea posible la uti¬lización del centro de emergencias, el CECOP/CECOPI se constituirá en la sede de la Dirección General de Emergencias de la Consejería de Interior.
Menorca
Para casos de emergencias que solamente afecten a Menorca, si el Director del Plan lo estima conveniente, el CECOP/CECOPI se constituirá en la sede del Consejo Insular de Menorca.
Eivissa
Para casos de emergencias que solamente afecten a Eivissa, si el Director del Plan lo estima conveniente, el CECOP/CECOPI se constituirá en la sede del Consejo Insular de Eivissa.
Formentera
Para casos de emergencias que solamente afecten a Formentera, si el Director del Plan lo estima conveniente, el CECOP/CECOPI se constituirá en la sede del Ayuntamiento de Formentera.
7.1.4.5. Estructura y composición
El CECOP/CECOPI estará formado por un departamento directivo y un departamento ejecutivo
7.1.4.5.1. Departamento Directivo
Composición
.* Estará constituido por los responsables políticos de los distintos organ¬ismos implicados en la emergencia:
.* Director del Plan, que será el Consejero de Interior.
.* Director General de Emergencias.
.* Director General de Biodiversidad.
.* Director General de Carreteras.
.* Director General de Puertos.
.* Cualquier otro Director General de las Direcciones afectadas por elFMA.
.* Delegado del Gobierno o Autoridad designada que le sustituya.
.* Presidente, o Autoridad designada que le sustituya, de los Consejos Insulares en el ámbito geográfico de su competencia.
.* Alcalde, o Autoridad designada que le sustituya, de los municipios afectados.
.* Representante del Comité Asesor.
.* Representante del Gabinete de Información.
.* Alcalde, de Ciutadella en el caso específico de rissagues.
De los anteriormente citados, en cada caso, se activarán los que estén relacionados con la naturaleza del fenómeno adverso que provoque la acti¬vación del Plan.
El Alcalde de Ciutadella, será siempre miembro del Departamento Directivo del CECOP cuando se trate de rissagues. En el resto de los casos, su presencia en el CECOP estará en relación con el FMA y su afectación al municipio de Ciutadella
Funciones
.* Determinar la aplicación del plan de actuación.
.* Establecer los objetivos prioritarios.
.* Solicitar medios extraordinarios.
.* Determinar la información que haya que dar a la población.
.* Acordar la vuelta a la normalidad.
7.1.4.5.2. Departamento ejecutivoComposición
El departamento ejecutivo se organizará en Grupos de Acción que serán: Grupo de Intervención
.* Grupo Sanitario
.* Grupo Logístico
.* Grupo de Seguridad
.* Grupo de Apoyo Técnico
Al frente del Departamento Ejecutivo, estará el Director de Operaciones que será un técnico de la Dirección General de Emergencias
Funciones
.* Eliminar, reducir y controlar los efectos de la emergencia.
.* Llevar a cabo las acciones de rescate y salvamento.
.* Organizar los dispositivos médicos y sanitarios.
.* Eliminar los focos contaminantes.
.* Organizar y suministrar socorros alimentarios y auxilio a la población.
.* Habilitación y organización de medios de transporte.
.* Organizar las redes de transmisiones.
.* Organizar áreas de recepción y albergue.
7.1.5. Comité asesor
7.1.5.1. Definición
Es un órgano formado por representantes de las distintas entidades afec¬tadas por la emergencia, especialistas y personas que sean convocadas al efec¬to por el Director del Plan para su asesoramiento en la toma de decisiones en virtud de su idoneidad ante la situación de emergencia.
7.1.5.2. Composición
El Comité Asesor lo formarán los miembros que a continuación se rela¬cionan de los cuales, en cada caso y en función de la naturaleza del FMA, se activarán aquellos que el Director del Plan establezca:
* El Jefe del Servicio de Gestión Forestal de la Dirección General deBiodiversidad.
* El Gerente del IBANAT.
.* El Jefe del Servicio de Coordinación de la Dirección General deEmergencias.
.* El Director del SEIB 112.
.* Cualquier otro Jefe de Servicio de la Administración de la CAIB siem¬pre que su dirección General resulte afectada por el FMA.
.* El Director o persona delegada del Centro Meteorológico Territorial de las Illes Balears.
.* El Jefe de Protección Civil de la Delegación del Gobierno.
.* El/los Jefe/s de Bomberos actuante en la emergencia.
.* Representantes de los diferentes Departamentos de los ConsejosInsulares competentes en materia de emergencias.
.* Un representante de GESAy de empresas de telefonía y de otras empresas de servicios esenciales que se considere oportuno por el Director del Plan (empresas de aguas, saneamiento y de servicios municipales).
.* Expertos designados por el Director del Plan o el Gabinete deDirección en función de su idoneidad ante la emergencia.
.* Otros Organismos necesarios que determine el Director del Plan.
.* El Jefe del Servicio de Puertos de la Dirección General de Puertos.
.* Un representante de la Sociedad estatal de Salvamento Marítimo.
.* Un representante de la Demarcación de Costas de las Illes Balears.
.* Un representante de la Autoridad Portuaria de las Illes Balears.
.* El Jefe de la Policía Local de Ciutadella en caso de rissagues o de queel FMA afecte de forma específica al municipio de Ciutadella.
.* El Director del Puerto de Ciutadella.
.7.1.5.3. Funciones
.* Asesoramiento al Directo del Plan en cuestiones estratégicas, tácticas y técnicas
.* Propuesta de medidas concretas para la neutralización de la emergen¬cia
.* La emisión de informes y dictámenes en todas aquellas cuestiones quele sean solicitadas por el Director del Plan
7.1.5.4. Relaciones
Con el Director del Plan
7.1.6. Gabinete de información
7.1.6.1. Definición
Es el departamento encargado de la información integral de la emergen¬cia.
7.1.6.2. Composición
El responsable del Gabinete de Información será el responsable de infor¬mación del SEIB 112 o el Jefe del Gabinete de Prensa de la Consejería de Interior, o, en su caso, persona designada que le sustituya, en colaboración con responsables de Prensa de las diferentes Administraciones afectadas.
En cada caso, el Director del Plan designará un Portavoz oficial único de la emergencia.
7.1.6.3. Funciones
Será el responsable de supervisar y coordinar, en todo momento, la información más completa y exacta posible sobre la emergencia.
* Coordinar la elaboración de informes sobre la emergencia.
.* Actuar como portavoz en las comparecencias públicas sobre la emer¬gencia en caso de que no comparezca el Director del Plan.
.* Coordinar las actuaciones de información sobre la emergencia.
.* Coordinar las actuaciones para mantener informados a los Medios deComunicación.
.* Coordinar las actuaciones para mantener informadas a las Institucionesy organismos intervinientes en el Plan.
.* Coordinar la información a los ciudadanos.
.* Coordinar las actuaciones de aviso a la población.
7.1.6.4. Relaciones
.* Director del Plan.
.* Organizaciones y entidades cívicas.
.* Ciudadanos en general.
.* Medios de comunicación.
.* Organismos e instituciones oficiales
7.1.7. Grupos de acción
Serán los siguientes:
.* Grupo de Intervención Operativa
.* Grupo sanitario
.* Grupo Logístico
.* Grupo de Seguridad
* Grupo de Apoyo Técnico
Al frente de los mismos, y a las órdenes directas del Director del Plan, estará el Director de Operaciones que será un técnico cualificado de la Dirección General de Emergencias.
Serán sus funciones
.* Eliminar, reducir y controlar los efectos de la emergencia.
.* Llevar a cabo las acciones de rescate y salvamento.
.* Organizar los dispositivos médicos y sanitarios.
.* Eliminar los focos contaminantes.
* Organizar y suministrar socorros alimentarios y auxilio a la población, así como áreas de recepción y albergue.
.* Habilitación y organización de medios de transporte.
.* Organizar las redes de transmisiones.
7.1.8. Grupo de intervención
7.1.8.1. Definición
Este grupo es el que debe ejecutar las actuaciones necesarias para con¬trarrestar y mitigar los efectos de la emergencia adoptando para ello las medi¬das que el Jefe de Operaciones le indique.
7.1.8.2. Titular
Al mando del Grupo de Intervención estará un Técnico Director de Emergencias de la Dirección General de Emergencias.
7.1.8.3. Composición
.* Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento dePalma o de los diferentes Consejos Insulares en función de su ámbito geográ¬fico de actuación.
.* Unidad Operativa de la Dirección General de Emergencias.
.* Grupos de intervención (Brigadas) de los municipios afectados por laemergencia.
.* Brigadas del IBANAT y Agentes medioambientales.
.* Personal de la Dirección General de Recursos Hídricos y empresasIBASAN e IBAEN.
.* Brigadas de la Empresa de Transformación Agraria (TRAGSA).
.* Empresas Municipales y contratistas de aguas, limpieza y alcantarilla-do.
.* Servicios de carreteras de los Consejos Insulars.
.* Empresas de servicios básicos (GESA, Empresas de Comunicaciones,etc.).
.* Brigadas municipales.
.* Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil.
.7.1.8.4. Funciones
.* Lucha contra la emergencia y, en particular, en el caso de protección de vidas y e infraestructuras en los que concurran circunstancias que faciliten la evolución desfavorable y la propagación de la emergencia.
.* Búsqueda, rescate y salvamento de víctimas.
.* Colaborar con los otros grupos a la protección de la población.
.* Reconocimiento y evaluación de riesgos.
.* Vigilancia de riesgos latentes.
.* Determinación del área de intervención.
.* Emisión de informes a la Dirección del Plan.
7.1.8.5. Relaciones
.* Jefe del Puesto de Mando Avanzado.
.* Jefe de Operaciones.
.* Otros Grupos de acción.
7.1.9. Grupo sanitario
7.1.9.1. Definición
Es el grupo encargado de la ejecución de las medidas destinadas a la asistencia sanitaria a las personas afectadas por la emergencia (primeros auxil¬ios, estabilización, clasificación, control y transporte sanitario)
7.1.9.2. Titular
Será un técnico cualificado de la Consejería de Salud y Consumo desig¬nado por el Director del Plan.
7.1.9.3. Composición
.* Consejería de Salud y Consumo.
.* 061.
.* Cruz Roja.
.* Empresas concesionarias del Transporte Sanitario.
.* Hospitales públicos y clínicas privadas.
7.1.9.4. Funciones
.* Prestación de primeros auxilios a las víctimas.
.* Colaboración en misiones de rescate y salvamento.
.* Clasificación de heridos.
.* Asistencia Primaria.
.* Evacuación de heridos.
.* Identificación de cadáveres.
.* Control de condiciones sanitarias de aguas y del entorno(Vacunaciones, Contaminación de aguas, vigilancia y lucha contra brotes epidémicos, etc.).
.* Suministro de productos farmacéuticos a la población afectada.
.* Inspección sanitaria de población ilesa y control sanitario de zonas dealojamiento de personal evacuado.
.* Propuesta y ejecución de medidas sanitarias de prevención.
.* Determinación de bases y áreas de socorro.
.* Emisión de informes a la Dirección del Plan.
.* Vigilancia de riesgos latentes.
7.1.9.5. Relaciones
.* Jefe del Puesto de Mando Avanzado.
.* Jefe de Operaciones.
.* Otros Grupos de acción.
7.1.10. Grupo logístico
7.1.10.1. Definición
Es el Grupo responsable de las acciones de aprovisionamiento de recur-sos y suministros de todo tipo necesarios para la lucha contra la emergencia.
Igualmente, es responsable de las actuaciones de abastecimiento, trans-porte evacuación de la población, alojamiento del personal evacuado y aviso a la población.
7.1.10.2. Titular
Será un técnico cualificado de la Dirección General de Emergencias nombrado por el Director del Plan.
7.1.10.3. Composición
* Personal de los Ayuntamientos de los municipios afectados.
.* Fuerzas Armadas si son movilizadas por la Delegación de Gobierno que actuarán bajo las órdenes de sus mandos naturales.
.* Voluntarios de Protección Civil.
.* Personal de empresas de servicios básicos.
.7.1.10.4. Funciones
.* Resolver el abastecimiento y transporte de carburantes y repuestospara los demás Grupos de Acción.
.* Suministro de equipos de iluminación y material técnico.
.* Asegurar la red de comunicaciones del Plan.
.* Suministro y distribución de alimentos y material necesario para elmantenimiento de los Grupos de acción y la población afectada.
.* Albergue y transporte de la población afectada.
.* Evacuación de población afectada.
.* Analizar las necesidades de medios técnicos y recursos extraordinarios y su obtención.
.* Establecimiento de un Centro de recepción de Medios y su control yfuncionamiento.
.* Emisión de informes.
.* Propuesta de medidas preventivas en el campo logístico.
7.1.10.5. Relaciones
.* Jefe del Puesto de Mando Avanzado.
.* Jefe de Operaciones.
.* Otros Grupos de acción.
7.1.11. Grupo de apoyo técnico
7.1.11.1. Definición
Es el Grupo responsable de la determinación y planificación de las medidas necesarias para neutralizar la emergencia o mitigar sus consecuencias y restablecer la normalidad tras los daños producidos por la misma.
7.1.11.1.1. Titular
Debe ser un Técnico de la Dirección General de Emergencias
7.1.1.1.1.2. Componentes
.* Dirección General de Biodiversidad.
.* IBANAT.
.* Servicio de Coordinación de la Dirección General de Emergencias.
.* Centro Meteorológico Territorial de las Illes Balears.
.* Protección Civil de la Delegación del Gobierno.
.* Bomberos actuantes en la emergencia.
.* Dirección General de Puertos.
.* Sociedad estatal de Salvamento Marítimo.
.* Demarcación de Costas de las Illes Balears.
.* Autoridad Portuaria de las Illes Balears.
.* Policía Local de Ciutadella.
.* Puerto de Ciutadella.
.* El Jefe de Bomberos de Menorca.
En cada caso y en función del tipo de emergencia, se activarán para for-mar parte del grupo de apoyo técnico aquellos organismos que estén directa¬mente relacionados con la emergencia
7.1.12. Grupo de seguridad
7.1.12.1. Definición
Es el responsable de asegurar la seguridad ciudadana en la zona de la emergencia y de garantizar la seguridad del personal que trabaja en la neutral¬ización de la emergencia.
7.1.12.2. Titular
Será un técnico cualificado de la Dirección General de Emergencias nombrado por el Director del Plan.
7.1.12.3. Composición
Fuerzas de seguridad que actuarán de acuerdo con los objetivos señala¬dos por el responsable del Grupo de Seguridad y bajo las órdenes de sus man-dos naturales
* Policías Locales de los municipios afectados.
.* Cuerpo Nacional de Policía o Guardia Civil en función de la zonaafectada por el FMA
.7.1.12.4. Funciones
.* Asegurar la seguridad ciudadana y el control de multitudes.
.* Control de accesos a la zona de operaciones y acordonamiento de lazona de intervención.
.* Control de tráfico.
.* Evacuación inmediata de personas en peligro.
.* Colaborar en la búsqueda y rescate de víctimas y en la identificaciónde cadáveres.
.* Apoyo al sistema de comunicaciones.
.* Apoyo a la difusión y aviso a la población.
.* Reconocimiento de la zona afectada al objeto de la evaluación dedaños y necesidades.
* Emisión de informes a la Dirección del Plan.
7.1.12.5. Relaciones
.* Jefe del Puesto de Mando Avanzado.
.* Jefe de Operaciones.
.* Otros Grupos de acción
7.1.13. Director de operaciones
7.1.13.1. Definición
Persona responsable de la dirección táctica de las operaciones de apli¬cación del plan según la estrategia decidida por el Director del Plan
7.1.13.2. Titular
El titular será un técnico cualificado de la Dirección General de Emergencias.
7.1.13.3. Funciones
.* Dirigir tácticamente las actuaciones operativas del Plan en todos susaspectos.
.* Aplicar la estrategia decidida por el Director del Plan.
.* Utilización táctica de los recursos.
.* Coordinación de los Grupos de acción.
.7.1.13.4. Relaciones
.* Director del Plan.
.* Responsable de los organismos y servicios no integrados en el CECOP.
.* Miembros del CECOP.
.* Responsables de grupos de acción.
7.2. Estructura de comunicaciones
7.2.1. Centro de coordinación de comunicaciones
El centro de coordinación de las comunicaciones será el Centro de Emergencias de las Illes Balears.
7.2.2. Comunicaciones de la emergencia
7.2.2.1. Redes
Las redes de comunicaciones que se utilizarán serán las siguientes:
Denominación Organismos
Trunking Dirección General Emergencias
IBANAT
Bomberos de Mallorca
Grupo de Intervención Operativa CAIB
Red radio GIO Grupo de Intervención Operativa CAIB
REMER
REMAN
Redes radio Municipales Policías Locales y organismos municipales
dependientes de cada Ayuntamiento
Red de la Guardia Civil Guardia Civil
Red del Cuerpo Nacional Cuerpo Nacional de Policía
de Policía
7.2.2.2. Grupos
La estructura de comunicaciones del Plan se basa en la configuración de grupos de comunicación que se señalan a continuación.
7.2.2.2.1. Grupo 1: Dirección
Es un grupo de comunicación que incluye:
.* CECOP.
.* Director del Plan.
.* Jefe de Operaciones.
.* Jefes de operaciones Insulares.
.* Jefe del Puesto de Mando Avanzado.
7.2.2.2.2. Grupo 2: Mando Operativo
Es un grupo que incluye:
.* Jefe de Operaciones.
.* Jefe de Operaciones Insular.
.* Jefe del Puesto de Mando Avanzado.
.* Jefe Grupo Intervención.
.* Jefe Grupo Sanitario.
.* Jefe Grupo Apoyo Técnico.
.* Jefe Grupo Logístico.
.* Jefe Grupo Seguridad.
7.2.2.2.3 Grupo 3: Intervención
Es un grupo que incluye:
.* Jefe Grupo Intervención.
.* Jefes unidades operativas de intervención
7.2.2.4 Grupo 4: Sanitario
Es un grupo que incluye:
.* Jefe Grupo Sanitario.
.* Jefes unidades sanitarias operativas.
.* Responsables ambulancias.
7.2.2.2.5 Grupo 5: Logístico
Es un grupo que incluye:
.* Jefe Grupo Logístico.
.* Jefes unidades logísticas en el campo de operaciones.
7.2.2.2.6 Grupo 6: Apoyo técnico
Es un grupo que incluye:
.* Jefe Grupo Apoyo Técnico.
.* Jefes unidades operativas de apoyo técnico.
7.2.2.2.7 Grupo 7: Seguridad
Es un grupo que incluye:
.* Jefe Grupo Seguridad.
.* Jefes unidades operativas de seguridad.
7.2.2.3 Atención e Información
7.2.2.3.1 Atención de llamadas telefónicas relacionadas con la emer¬
gencia 1-1-2
Los puestos de operación del Centro de Emergencias que se destinen a las llamadas propias de la emergencia que ha provocado la activación del plan.
Teléfono de información a autoridades
Líneas telefónicas de atención de llamadas a las autoridades de los organismos implicados en la emergencia y de las restantes autoridades políti-co-administrativas
Teléfono de información a medios de comunicación
Líneas telefónicas de atención de llamadas a los medios de comuni¬cación
Teléfono de información a ciudadanos
Líneas telefónicas de atención de llamadas a los ciudadanos no afectados directamente por la emergencia
Atención de llamadas relacionadas con otras emergencias
Los puestos de operación del Centro de Emergencias que se destinen a las llamadas propias de otras emergencias.
1. 8. OPERATIVIDAD
2. 8.1 Fases y situaciones de emergencia
8.1.1 (A) Fase de preemergencia
En esta fase, y teniendo en cuenta que los fenómenos adversos se pre¬sentan a lo largo de todo el año, el plan permanece activado y es la fase en la cual se permanece en estado de alerta por si se produce una situación que, por evolución desfavorable, puede dar lugar a una situación de riesgo que obligue a pasar a otra situación de emergencia.
El objeto de esta fase es alertar a las autoridades y servicios implicados, así como informar a la población potencialmente afectada.
Se corresponderá a nivel verde
8.1.2 (B) FASE DE EMERGENCIA
Esta fase tendrá su inicio cuando del análisis de los parámetros meteo¬rológicos e hidrológicos se concluya que el FMA es inminente o se dispongan de informaciones relativas a que éste ya ha comenzado, y se prolongará durante todo el desarrollo de la incidencia, hasta que se hayan puesto en prác¬tica todas las medidas necesarias de protección de personas y bienes y se hayan restablecido los servicios básicos en la zona afectada.
La gravedad de la emergencia será determinada por el Director del Plan a propuesta del Jefe de Operaciones según los informes del Centro Meteorológico Territorial de las Illes Balears y, en los casos previstos, previa consulta al Grupo de Apoyo Técnico.
8.1.2.1 SITUACIÓN 0 (IG0)
La emergencia se calificará así cuando la información meteorológica permita prever la inminencia de un FMA habitual pero potencialmente peli¬groso con peligro para alguna actividad concreta y se corresponderá también con fenómenos adversos observados que puedan considerarse como incidentes locales menores y controlables mediante una respuesta local y rápida, sin pro¬ducirse daños.
En esta fase se dará aviso desde el Centro de Emergencias SEIB 112 al Grupo de Apoyo Técnico y a los responsables de los diferentes grupos opera¬tivos del Plan con el fin de informarles de la situación y que puedan adoptar las medidas preventivas que, en su caso, consideren oportunas.
Se corresponderá a, l nivel amarillo.
8.1.2.2 SITUACIÓN 1 (IG1)
Se estará en esta situación cuando la información meteorológica permita prever la inminencia de un FMA no habitual con probabilidad elevada de ries¬go para personas y bienes y también se declarará este nivel en aquella situación en la que se ha producido un FMA en zonas localizadas, cuya aten¬ción puede quedar asegurada mediante el empleo de los medios y recursos disponibles en las zonas afectadas pero cuyo seguimiento debe ser supramu¬nicipal.
En esta fase se reunirá el Grupo de Apoyo Técnico para realizar el seguimiento de la evolución del FMA y se activarán los responsables de Grupos y se efectuará una prealerta general de movilización de medios y recursos con el fin de minimizar las consecuencias del FMA, paliar los posi¬bles daños a bienes y personas y procurar a la mayor brevedad posible la restauración de los servicios esenciales básicos para la comunidad.
En esta fase, también, se activará el Plan de Emergencia Municipal o Plan de Emergencia Territorial Mancomunado, se activarán también el Jefe de Operaciones, y los Jefes de Grupos Operativos definidos en el plan Municipal
o territorial mancomunado. Se corresponderá con nivel naranja.
8.1.2.3 Situación 2 (IG2)
Situación en la que se ha producido un FMA no habitual de intensidad excepcional que supera la capacidad de atención de los medios y recursos locales o, aún sin producirse esta última circunstancia, los datos y las predic¬ciones meteorológicas permiten prever una extensión o agravamiento de la situación. Puede requerir entonces la constitución del CECOP/CECOPI y la activación total del Plan.
Se corresponde con nivel rojo
8.1.2.4 Situación 3 (IG3)
Emergencias en las que, habiéndose producido daños catastróficos no controlables con los recursos propios de la CAIB, se declare el interés nacional o se requiera la intervención de recursos extraordinarios de la Administración del Estado o de otras Comunidades Autónomas. En este caso será necesaria la constitución del CECOPI.
Se corresponde con nivel rojo
8.1.3 Fase de Normalización
8.1.3.1 Definición
Durante esta fase se realizarán las primeras tareas de rehabilitación en las zonas afectadas, consistentes fundamentalmente en la inspección del estado de edificios, la limpieza de viviendas y vías urbanas, la reparación de los daños más relevantes, y la rehabilitación de los servicios básicos fundamen¬tales.
8.1.3.2 Duración
Se prolonga desde la finalización de la situación de emergencia hasta el restablecimiento de las condiciones mínimas imprescindibles para un retorno a la normalidad en las zonas afectadas por el FMA.
8.2 Tipos de procedimiento
Se describen a continuación los procedimientos de operatividad del pre-sente protocolo contemplando dos situaciones:
8.2.1 Fenómenos predichos
Procedimiento que se aplicará en el momento de producirse por parte del GPV (Grupo de Predicción y Vigilancia) del CMTIB (Centro Meteorológico Territorial de las Illes Balears) la emisión de un boletín de predicción a corto, muy corto o medio plazo.
8.2.2 Fenómenos observados
Procedimiento que se aplicará en el momento en el que se haya observa¬do la ocurrencia un fenómeno meteorológico adverso, predicho o no.
8.3 Fases de los procedimientos
8.3.1 Notificación.
Será la fase en la cual el Centro de Emergencias de las Illes Balears ten¬drá la noticia inicial de ocurrencia del fenómeno.
8.3.2 Prealerta y Alerta
Será la fase en la cual el Centro de Emergencias de las Illes Balears pro¬cederá a comunicar a los organismos y entidades implicados la posibilidad de ocurrencia del fenómeno predicho o la ocurrencia del fenómeno observado
8.3.3 Seguimiento y actuación.
Será la fase en la cual el Centro de Emergencias de las Illes Balears, en constante contacto con el CMTIB realizará el seguimiento del fenómeno observado o predicho y procederá a poner en marcha las medidas, los planes y los dispositivos operativos que procedan.
8.3.4 Fin de episodio
Será la fase en la cual, previo boletín de fin de episodio, el Centro de Emergencias de las Illes Balears procederá a decretar el fin del episodio y la vuelta a la normalidad
8.4 Procedimientos correspondientes a los Fenómenos meteorológi¬cos predichos
8.4.1 Notificación
El CMTIB, en el momento de prever la ocurrencia de un Fenómeno meteorológico adverso emitirá un boletín de aviso y lo remitirá por fax o e mail al Centro de Emergencias de las Illes Balears (SEIB 112).
8.4.2 Prealerta y alerta
El centro de Emergencias de las Illes Balears (SEIB 112) procederá a remitir por fax y SMS el boletín de aviso a:
.* Dirección General de Emergencias.
.* Delegación del Gobierno en las Illes Balears.
* Consejos Insulares potencialmente afectados por el FMAque se predice.
.* Ayuntamientos potencialmente afectados por el FMA.
.* Bomberos competentes en las zonas potencialmente afectadas.
.* Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes.
.* Consejería de Medio Ambiente.
.* Consejería de Agricultura y Pesca.
.* Consejería de Salud y Consumo.
.* 061.
.* GESA.
.* Empresas de Telefonía.
.* Autoridad Portuaria.
.* Aeropuertos.
.* Clubes Náuticos.
.* Capitanías de Puertos.
.* Demarcación de Costas de las Illes Balears.
.* Clubes Náuticos de las zonas potencialmente afectadas.
8.4.3 Seguimiento y actuación
El Centro de Emergencias de las Illes Balears (SEIB 112) mantendrá contactos a intervalos de una hora con la finalidad de realizar un seguimiento de la evolución de la predicción. En dichos contactos periódicos, el SEIB 112 y el CMTIB intercambiarán la información que vayan recibiendo acerca del FMA.
En el caso de recibir nuevos boletines que modifiquen la predicción ini¬cial o que anulen algún boletín anterior, la DG de Emergencias remitirá por los mismos medios los boletines recibidos.
También a intervalos de una hora, el SEIB 112 mantendrá contactos con los Ayuntamientos a fin de recabar información sobre la ocurrencia o no del FMA.
Si se materializa el FMA, el SEIB 112 lo pondrá de inmediato en conocimiento del CMTIB y procederá a proponer, en su caso, a la Dirección General de Emergencias la activación del INUNBAL en el nivel de IG corre¬spondiente.
8.4.3.1 Fin de episodio
Al emitirse por parte del CMTIB un boletín de fin de episodio, la Dirección General de Emergencias remitirá el boletín de fin de episodio por fax o SMS a la totalidad de los organismos y entidades a los que se haya envi¬ado el boletín de aviso.
8.5 Fenómenos Meteorológicos Adversos observados
8.5.1 Notificación
1) Si un Ayuntamiento tiene conocimiento de la ocurrencia de un Fenómeno Meteorológico Adverso, lo pondrá inmediatamente en conocimien¬to del Centro de Emergencias de las Illes Balears, SEIB 112, mediante fax o mediante llamada telefónica.
2) Si un operativo de emergencia tiene conocimiento de la ocurrencia de un Fenómeno Meteorológico Adverso, lo pondrá inmediatamente en conocimiento del Centro de Emergencias de las Illes Balears, SEIB 112, medi¬ante fax o mediante llamada telefónica.
3) Si la Delegación del Gobierno, a través de sus operativos o por cualquier otro medio, tiene conocimiento de la ocurrencia de un Fenómeno Meteorológico Adverso, lo pondrá inmediatamente en conocimiento del Centro de Emergencias de las Illes Balears ,SEIB 112, mediante fax o medi¬ante llamada telefónica.
4) Si el CMTIB, por cualquier medio, tiene conocimiento de la ocurren¬cia de un FMA procederá de inmediato a emitir un Boletín de Fenómeno Meteorológico Observado y a ponerlo en conocimiento del Centro de Emergencias de las Illes Balears, SEIB 112, mediante fax.
5) Si el SEIB 112 tiene conocimiento, por cualquier medio, de la ocur¬rencia de un FMA, lo comunicará de inmediato al CMTIB a los fines de que este tome conocimiento y emita un boletín de FMA observado.
8.5.2 Prealerta y alerta
El centro de Emergencias de las Illes Balears, SEIB 112, procederá a remitir el boletín de aviso recibido a:
.* Dirección General de Emergencias.
.* Delegación del Gobierno en las Illes Balears.
* Consejos Insulares potencialmente afectados por el FMAque se predice.
.* Ayuntamientos potencialmente afectados por el FMA.
.* Bomberos competentes en las zonas potencialmente afectadas.
.* Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes.
.* Consejería de Medio Ambiente.
.* Consejería de Agricultura y Pesca.
.* Consejería de Salud y Consumo.
.* 061.
.* GESA.
.* Empresas de Telefonía.
.* Autoridad Portuaria de las Illes Balears.
8.5.3 Seguimiento y actuación
El Centro de Emergencias de las Illes Balears, SEIB 112, mantendrá contactos a intervalos de una hora con la finalidad de realizar un seguimiento de la evolución de la predicción. En dichos contactos periódicos, el SEIB 112 y el CMTIB intercambiarán la información que vayan recibiendo acerca del FMA.
En el caso de recibir nuevos boletines que modifiquen la predicción ini¬cial o que anulen algún boletín anterior, la Dirección General de Emergencias remitirá los mismos a los organismos que procedan.
También a intervalos de una hora, el SEIB 112 mantendrá contactos con los Ayuntamientos a fin de recabar información sobre la evolución del FMA o su ocurrencia si se trata de municipios distintos de aquellos en los cuales se ha observado el FMA pero que están potencialmente afectados por su evolución.
El SEIB 112 procederá a proponer, en su caso, a la Dirección General de Emergencias la activación de los Planes de Contingencia pertinentes en los niveles de IG correspondientes.
8.5.4 Fin de episodio
Al emitirse por parte del CMTIB un boletín de fin de episodio, la Dirección General de Emergencias lo remitirá por fax o SMS a la totalidad de los organismos y entidades a los que se haya enviado el boletín de aviso.
9 GLOSARIO DE TÉRMINOS
9.1 Términos de probabilidad
Serán comunes a todos los FMA excepto al viento y la temperatura.
Posibilidad
o posible Probabilidad de ocurrencia entre el 10 y el 40% Probable Probabilidad entre el 40 y el 70% Muy probable Probabilidad mayor del 70%
9.2 Precipitación
Se considera un hidrometeoro compuesto por agregados partículas acu¬osas, líquidas o sólidas, cristalizadas o amorfas, que caen desde una nube o un grupo de nubes y que alcanzan el suelo.
9.2.1 Tipos de precipitación
Lluvia Precipitación de partículas de agua líquida en forma de gotas de diámetro mayor que 0,5 mm o bien más pequeñas pero muy dispersas
Chubasco Precipitación frecuentemente fuerte y de corta vida, que cae desde nubes convectivas; las gotas o partículas en los chubascos son usualmente mayores que los elementos correspondientes a otro tipo de precipitación. Se caracter¬rizan por su comienzo y final repentinos, generalmente por grandes y rápidos cambios de intensidad
Nieve Precipitación de cristales de hielo en su mayoría ramificados (a veces en forma de estrellas)
Granizo Precipitación de pequeños globos o trozos de hielo (pedrisco) con diámetros entre 5 y 50 mm o algunas veces más y que caen aislados o agrupados irregularmente
9.2.2 Términos de intensidad
9.2.2.1 De lluvias y chubascos
Moderadas Cuando su intensidad es mayor que 2 y menor o igual que 15
mm/hora Fuertes Cuando su intensidad es mayor que 15 y menor o igual a 30 mm/h Muy fuertes Cuando su intensidad es mayor que 30 y menor o igual a 60 mm/h Torrenciales Cuando su intensidad es mayor que 60 mm/h
9.2.2.2 De nevadas
Débiles Los copos son normalmente pequeños y dispersos. Con vien¬to en calma el espesor de la cubierta de nieve aumenta en una cantidad no superior a los 0.5 cm/h.
Moderadas Normalmente consisten en copos de mayor tamaño, cayendo con suficiente densidad como para disminuir la visibilidad sustancialmente. La cubierta de nieve aumenta en una proporción de hasta 4 cm/h. Fuertes Reduce la visibilidad a un valor bajo y aumenta la cubierta de nieve en proporción que excede los 4 cm/h
9.2.3 Términos de distribución espacial
Aisladas o dispersas Cuando afecte a un porcentaje del territorio comprendido entre el 10 y el 30% Generalizadas Cuando el territorio afectado sea mayor del 60%
9.2.4 Términos de evolución temporal
9.2.4.1 Atendiendo a la duración
Ocasionales Duración inferior al 30% de predicción. Persistentes Para duración superior al 60% del período.
9.2.4.2 Atendiendo a la frecuencia
Frecuentes Que se repiten a menudo, de forma que la duración total de la
presencia del fenómeno sea superior a su ausencia Intermitentes Que se producen de manera casi regular, interrumpiéndose durante
cortos intervalos de tiempo. La duración del fenómeno será aproximadamente del 50%.
9.3 Tormentas
En el glosario actual se define una tormenta como una o varias descar¬gas bruscas de electricidad atmosférica que se manifiesta por su brevedad e intensidad (relámpago) o por el ruido seco o un rugido sordo (trueno), sin embargo, dada la imposibilidad de emitir avisos de tormentas según el número de descargas que las acompañan, desde el punto de vista de la aplicación se considerarán las tormentas según su grado de organización.
9.3.1 Intensidad porlos efectos en el suelo
Fuerte Cuando va acompañada de rachas fuertes de viento, preci¬pitación localmente intensa o granizo superior a 1 cm. Organizada Una tormenta está organizada cuando muestra cierto grado de estructura interna.
Ya que la organización no es estrictamente medible en la mayoría de los casos, y menos aún en entornos operativos, se suele estimar indirectamente por su duración e intensidad. Si tomamos como elemento de observación de la tormenta el radar, diremos que una tormenta está organizada cuando su ciclo de vida es superior a la vida media de una tormenta ordinaria, entre 20-30 min. y mantiene los valores de reflectividad significativos para el entorno y la fecha en que se desarrolla.
9.3.2 Distribución espacial y evolución temporal
Se utilizarán los mismos que para las precipitaciones.
9.4 Tornados
Tempestad giratoria muy violenta de pequeño diámetro, es el más vio¬lento de todos los fenómenos meteorológicos. Se produce a causa de una tor-menta de gran violencia y toma la forma de una columna nubosa proyectada de la base de un Cumulonimbus hacia el suelo.
9.5 Temperatura
Se define la temperatura del aire cómo el nivel alcanzado en un ter¬mómetro que está expuesto al aire y protegido de la radiación solar.
9.5.1 Términos de intensidad
Aumento moderado Para aumentos mayores de 2 y menores o iguales a 6ºC. Aumento notable Para aumentos mayores de 6 y menores o iguales a 12ºC. Descenso moderado Cuando se esperan descensos mayores de 2 y menores o iguales a 6ºC. Descenso notable Para descensos mayores de 6 y menores o iguales a 12ºC.
9.5.2 Términos de evolución espacial
En caso necesario se nombrará la zona y el nuevo valor de la evolución de la temperatura.
9.5.3 Términos de evolución temporal
Si se espera la entrada de una masa de aire frío o cálido a lo largo del período de predicción, que altere total o parcialmente la onda térmica diurna, (es decir, la marcha ‘normal’ de la temperatura), se utilizará el término ‘pro¬gresivo’ en relación con la evolución.
9.6 Olas de calor
Calentamiento importante del aire o invasión de aire muy caliente, sobre una zona extensa. Suelen durar unos días a unas semanas. Los términos que las definen corresponden a lo especificado para la temperatura.
9.7 Olas de frío
Se considera como el enfriamiento importante del aire o la invasión de aire muy frío sobre una zona extensa. (Hay que señalar que para la ola de frío no se considera el concepto de permanencia). Los términos que las definen corresponden a lo especificado para la temperatura.
9.8 Temperatura extrema
Temperatura más alta o más baja alcanzada en un tiempo dado. (Dentro de una ola de calor o frío, se debe considerar una temperatura extrema).
9.9 Viento
Movimiento del aire con relación a la superficie terrestre. Caso de no haber especificación contraria, se considera solamente la componente horizon¬tal del vector velocidad. Al ser una magnitud vectorial, su predicción ha de constar de dirección y velocidad.
9.9.1 Dirección
Se usará la rosa de los vientos de ocho direcciones, es decir: N-NE-E-SE-S-SW-W-NW y cuyas equivalencias en grados sexagesimales son: N Dirección entre 337.5 y 22.5º NE Dirección entre 22.5 y 67.5º E Dirección entre 67.5 y 112.5º SE Dirección entre 112.5 y 157.5º S Dirección entre 157.5 y 202.5º SW Dirección entre 202.5 y 247.5º W Dirección entre 247.5 y 292.5º NW Dirección entre 292.5 y 337.5º
Cuando la oscilación de la dirección del viento vaya a ser de más de 45º, esta se definirá en intervalos de 90º de la siguiente manera: Componente Norte Dirección entre 315 y 45º Componente Este Dirección entre 45 y 135º Componente Sur Dirección entre 135 y 225º Componente Oeste Dirección entre 225 y 315º
Finalmente se debe entender por viento de dirección (VRB) aquel cuya dirección oscila frecuentemente en más de 90º, aunque no hay que confundir con un viento que gire de una dirección a otra durante el período considerado.
9.9.2 Velocidad
La predicción de velocidad se hará de sus valores medios (entendidos como media de diez minutos), pero algunas veces se deberá hacer referencia a los valores de velocidad instantánea (generalmente máximos) denominados rachas.
Racha es una desviación transitoria de la velocidad del viento con respecto a su valor medio.
9.9.2.1 Términos de intensidad
Moderados Velocidad media entre 21 y 40 km/h Fuertes Velocidad media entre 41 y 70 km/h Muy fuertes Velocidad media entre 71 y 120 km/h Huracanados Velocidad media mayor que 120 km/h
9.9.3 Términos de distribución espacial
Se nombrarán las zonas y los nuevos valores del viento esperados en ellas.
9.9.4 Términos de evolución temporal
9.9.4.1 En cuanto a la dirección
Para el cambio de dirección se empleará el término girar.
9.9.4.2 En cuanto a la velocidad
9.9.4.2.1 Atendiendo a la intensidad
Aumentar Cuando la velocidad media del viento vaya a ser de un inter¬
valo superior al periodo inicial de la predicción. Disminuir Si la velocidad pasa a un intervalo inferior. Rachas En el caso de que las variaciones sean instantáneas y signi¬
ficativas, de acuerdo con el criterio arriba indicado
9.9.4.2.2 Atendiendo a la duración
Ocasionalmente Cuando la duración del aumento o disminución de la veloci¬dad del viento vaya a ser alrededor del 10% del tiempo total de predicción Intervalos Cuando la duración de los aumentos y disminuciones de la velocidad del viento vayan a ser en total alrededor del 20% del período total.
9.10 Galernas
Ráfaga súbita que, en la costa septentrional de España, suele soplar entre el oeste y el noroeste. Procede del NW y es el viento frío y húmedo que afecta también a las costas atlánticas de Francia.
9.11 Deshielos
Fusión de la nieve o del hielo o ambos en la superficie de la tierra, por acción de factores climáticos o hidrológicos. Influye la altura de la cubierta nivosa, la de la isoterma de 0º y la precipitación caída en 24 horas.
9.12 Nieblas
Suspensión en la atmósfera de gotas muy pequeñas de agua, que reducen la visibilidad horizontal sobre la superficie del globo a menos de 1 kilómetro.
9.12.1 Términos de distribución espacial
Serán los mismos términos que se han aplicado a precipitaciones y tormentas.
9.12.2 Términos de evolución temporal
Espesándose Cuando la visibilidad se vaya reduciendo en el transcurso del
tiempo Disipándose En caso contrario Persistentes Cuando no se espere ninguna de las evoluciones temporales
anteriores
9.13 Cencellada
Depósito de hielo formado, en general, por la congelación de gotitas de niebla o de nubes subfundidas sobre objetos duros, cuya superficie está a una temperatura próxima a los 0ºC.
9.14 Polvo en suspensión
Partículas de polvo o arena fina que permanecen en la atmósfera durante un período de tiempo apreciable y que son transportadas por el viento desde diferentes regiones de la tierra.
9.15 Rissaga
Oscilación del nivel del mar en puertos, calas o bahías, motivadas por cau¬sas meteorológicas en condiciones de resonancia.
9.16 Alud
Masa de nieve y de hielo que se desploma bruscamente por las laderas de una montaña y arrastra, frecuentemente, tierra, rocas y despojos de toda natura¬leza.
1. 9.16.1 Escala europea del riesgo de aludes
2. 9.17 Viento y oleaje en zonas marítimas costeras
Índice de Estabilidad del manto Probabilidad de desenca
riesgo nivoso denamiento
4. Fuerte En la mayoría de las pendientes Se pueden desencadenar aludes suficientemente propicias de los incluso por sobrecargas débiles en la aludes, el manto nivoso está mayoría de las pendientes débilmente estabilizado. suficientemente propicias a los mismos.
En ciertas situaciones son posibles numerosas salidas espontáneas de aludes de dimensiones medias y a veces grandes.
5. Muy fuerte Inestabilidad generalizada del Se esperan numerosos y grandes manto nivoso. aludes originados espontáneamente incluyendo zonas con pendientes poco propicias.
9.17.1 Mar de viento
Oleaje que resulta de la acción del viento (*) en una extensión marítima sobre la cual sopla. Se aplica la escala Douglas.
(*) En los boletines de predicción marítima la velocidad del viento se expresa mediante la escala Beaufort.
1. 9.17.1.1 Fuerza del viento a partirde la escala beaufort
2. 9.17.2 Marde fondo
F Nudos Nombre
5 17-21 Fresquito
6 22-27 Fresco
7 28-33 Frescachón
8 34-40 Temporal
9 41-47 Temporal Fuerte
10 48-55 Temporal Duro
11 56-63 Temporal Muy duro
12 64 Temporal Huracanado
9.17.1.2 Altura de las olas a partirde la escala douglas
S Metros Nombre
4 1.25-2.5 Fuerte Marejada
5 2.5-4 Gruesa
6 4-6 Muy Gruesa
7 6-9 Arbolada
8 9-14 Montañosa
9 14 Enorme
Oleaje que se propaga fuera de la zona donde se ha generado, pudiendo llegar a lugares muy alejados. También recibe el nombre de mar tendida o mar de leva.
10 Avisos a la población
10.1 Consejos en caso de precipitaciones peligrosas
10.1.1 Actuaciones preventivas
* Infórmate del nivel de riesgo de tu municipio y si el lugar en que vives o trabajas está afectado por una zona inundable.
* Ten preparado un botiquín de primeros auxilios.
* Evita las contaminaciones. Pon los productos tóxicos fuera del alcance del agua.
* Resguarda los objetos de valor y los documentos personales.
* Dispón de una radio y linterna de pilas secas y cargadas.
* Revisa la vivienda. Limpia las bajantes y canalizaciones.
10.1.2 Al iniciarse las precipitaciones
* Cuando se notifique una preemergencia, procura estar informado de la evolución de la situación. Sintoniza las emisoras de radio y televisión que den noticias de ello.
* Retira los vehículos de las zonas que puedan inundarse.
* Aléjate de las riberas de los ríos y barrancos y no permanezcas en los puentes. Pueden desmoronarse y arrastrarte en la caída.
* Usa de manera razonable el teléfono. No colapses las líneas.
* Prepárate para abandonar la vivienda si la situación lo requiere,haciendo caso de los consejos de las autoridades competentes.
* En este caso desconecta la electricidad, el gas y el agua de la casa y cierra y asegura todas las puertas y accesos.
* Nunca propagues rumores o noticias exageradas de daño.
10.1.3 Recomendaciones para los automovilistas
* Usa el vehículo sólo si es absolutamente imprescindible.
* Infórmate de la situación antes de iniciar el viaje.
* Circula preferentemente por carreteras principales y autopistas.
* No intentes nunca cruzar un vado, un lugar inundado o un puente que ofrezca dudas sobre su resistencia.
* Piensa siempre que tu vida es lo más valioso.
10.1.4 Volviendo a la normalidad
* Efectúa una revisión de la vivienda para ver que no hay daños.
* Comprueba que dispones de electricidad, agua, teléfono, etc.
* Sigue las normas sanitarias y de higiene en la limpieza que indiquenlas autoridades competentes.
* Seamos solidarios en las tareas de limpieza y vuelta a la normalidad.
10.2 Consejos en caso de nieve y olas de frío
10.2.1 Antes de las nieves o las olas de frío
* Almacena alimentos y combustibles para un período de aislamiento de una semana.
* Adquiere pilas de repuesto para los aparatos de radio.
* Prepara un botiquín de primeros auxilios y aquellos medicamentos que sean utilizados permanente o esporádicamente por todos o alguno de los miembros de la unidad familiar.
* Dispón de ropa y calzado adecuados para estas contingencias.
* Controla todos aquellos puntos por donde haya contacto con el exterior: cierres de ventanas, puertas, etc.
* Revisa tejados y bajadas de agua.
* Si la calefacción no se va a usar o está averiada, procura que el circuito de agua no tenga mucha presión.
10.2.2 Durante las olas de frío
* Presta atención a las emisoras de radio o T.V. para obtener información del Instituto Meteorológico o de Protección Civil.
* Si pasas mucho tiempo en el exterior, es mejor llevar varias prendas ligeras y cálidas superpuestas que una sola prenda de tejido grueso.
* Las manoplas proporcionan más calor que los guantes.
* El peligro máximo se produce cuando hay ventisca. Evita las salidas o desplazamientos en estos casos.
* Evita la entrada de aire extremadamente frío en los pulmones. Protégete rostro y cabeza.
* Utiliza el teléfono para las llamadas imprescindibles.
* Ten cuidado con las estufas de carbón, eléctricas y de gas, procurando que no estén próximas a visillos y cortinas.
* Toma precauciones para evitar el envenenamiento producido por el uso de braseros de picón o estufas de leña, carbón o gas en lugares cerrados sin renovación de aire. Ten a mano un extintor ante la posibilidad de incendio.
* Desconecta todos los aparatos eléctricos que no sean necesarios. Ten a mano velas, linternas y pilas.
* Mantén un grifo ligeramente abierto en casa, a fin de evitar la rotura por congelación de las tuberías.
10.2.3 Automóvil
* Viaja únicamente si es imprescindible y procura no hacerlo solo. Utiliza, a ser posible, transporte público.
* Si vas a emprender un viaje llena el depósito de gasolina, lleva radio, pala, cuerda, cadenas, una linterna y ropa de abrigo. También algún alimento rico en calorías (chocolate, frutos secos,...).
* Procura no agotar el combustible.
10.3 Consejos en caso de tormentas
10.3.1 Tormentas en el campo
Ante una situación de riesgo provocada por una tormenta en el campo, es recomendable:
* Evitar permanecer en lo alto de las colinas y no refugiarse debajo de árboles, sobre todo, si están solitarios.
* Alejarse de alambradas, verjas y otros objetos metálicos.
* Si va conduciendo y se ve sorprendido por una tormenta, recuerde que un vehículo cerrado puede ser un buen refugio. En todo caso, disminuya la velocidad, extreme las precauciones y no se detenga en zonas donde pueda discurrir gran cantidad de agua.
10.3.2 Tormentas en la ciudad
El peligro de las tormentas para las personas se produce, fundamentalmente, en campo abierto. No obstante, dentro de los núcleos urbanos también hay peligro de rayos. Por tanto, conviene tener presente que:
* En la calle, el abrigo de los edificios protege del riesgo de las descargas.
* Dentro de casa, hay que cuidar que no se produzcan corrientes de aire, pues éstas atraen los rayos. De ahí la recomendación de cerrar puertas y ventanas en caso de tormenta.
* También conviene proteger los electrodomésticos, ordenadores, etc. ... desenchufándolos para evitar que sean dañados por una subida de tensión o que ocasionen descargas eléctricas.
10.3.3 Trombas de agua
Si le sorprende una tormenta y empieza a llover de manera torrencial, piense que el riesgo de inundación existe y, por tanto, es recomendable tomar determinadas precauciones.
En caso de que el aguacero le sorprenda conduciendo en la carretera, no atraviese con su vehículo los tramos que estén inundados. La fuerza del agua puede arrastrarle al hacer flotar el vehículo.
También es importante localizar los puntos más altos de la zona donde se encuentre, ya que puede necesitar dirigirse a ellos en caso de posible inundación.
Si es posible, intente sintonizar las emisoras de radio locales, que seguramente le informarán de las predicciones meteorológicas para la zona en que se encuentre.
10.4 Consejos en caso de calor
10.4.1 Consideraciones para personas obligadas a permaneceren ambientes o en exteriores muy calurosos desarrollando alguna actividad física o trabajo
* Conozca los signos y síntomas de enfermedades causadas por el calor y que se comprenda que debe pararse la actividad cuando se presentan sín¬tomas y tomar rápidamente medidas preventivas.
* Organice el trabajo más pesado en las horas más frescas del día.
* Durante la aclimatación (puede durar hasta 2 semanas) se hace una exposición al calor paulatina, realizando pausas de recuperación frecuentes.
* Procure estar acompañado.
* Tome suficiente agua fresca (un vaso pequeño cada 15-20 minutos, en razón de la sudoración) incluso sin sed.
* Use ropa ligera, floja, y transpirable (por ej: algodón...). Si se está al sol, cubrir la cabeza.
* Tome descansos frecuentes y cortos en lugares frescos y con sombra (que permitan que el cuerpo se refresque).
* Haga comidas frecuentes y ligeras.
* Evite cafeína y bebidas alcohólicas (estas bebidas hacen que el cuerpo pierda agua y aumente el riesgo de desarrollar enfermedades causadas por el calor).
10.4.2 Medidas para el domicilio
* Durante el día, mantenga las ventanas y persianas cerradas para proteger la vivienda del calor.
* Aproveche a ventilar su casa por la noche, cuando las temperaturas han descendido.
* El uso de ventiladores puede aliviar hasta cierto punto los efectos del calor pero no implican un descenso de la temperatura. Para ello puede ser necesario, en su caso, la utilización de aparatos de refrigeración.
10.4.3 Cuidados personales
* Beba mucha agua sin esperar a tener sed. Evite todo tipo de bebidas alcohólicas.
* Si usted está tomando de forma crónica alguna medicación, consulte con su médico; él le recomendará la cantidad de líquidos que puede beber al día de acuerdo con su edad y su estado.
* Evite las comidas calientes o pesadas. Recuerde la dieta tradicional deverano basada en platos fríos, ensaladas y frutas.
* Use ropa apropiada: ligera, no apretada, de colores claros y preferentemente de algodón, evitando la ropa sintética. Utilice sombrero o gorra para protegerse del sol.
* Use protección para los rayos solares. Unos 30 minutos antes de saliral sol aplíquese crema protectora con Factor de Protección mayor de 15 y repita la operación a menudo.
Precauciones en sus actividades cotidianas:
* No es recomendable realizar actividades que exijan esfuerzo físicoimportante cuando está haciendo mucho calor. Si es necesario, realice una hidratación previa al ejercicio y beba de 2 a 4 vasos de agua fresca cada hora. Las bebidas que contienen sales minerales pueden ayudar a reponer lo que se pierden con el sudor (cuidando que no existan contraindicaciones medicas). Si se siente cansado o se marea, interrumpa su actividad y trate de ir a un lugar fresco o con sombra.
* Planee las actividades en la mañana o en el atardecer cuando las temperaturas no son tan altas.
* No deje a niños, ancianos o animales en coches con las ventanas cerradas. Cuide a los mayores y niños.
* Si se encuentran a su cargo personas mayores, vigile estrechamente su situación física, animándoles a beber líquidos aunque no manifiesten sed, supervisando la aparición de algún posible síntoma de deshidratación.
* Preste atención a los familiares mayores que vivan solos.
* Cuide que los niños no realicen ejercicios o juegos expuestos al sol enlas horas punta de calor.
* Si usted vive sólo, trate de mantener contacto periódico con vecinos o familiares.
10.5 Consejos en caso de vientos fuertes
10.5.1 En el hogar
* Revisar las viviendas para que no haya cornisas, balcones y fachadasen mal estado que puedan producir caídas de cascotes y escombros.
* Cerrar puertas y ventanas para evitar corrientes de aire que puedan llevar a la rotura y caída de cristales.
* Asegurar elementos como los toldos, persianas y antenas.
* Retirar macetas, jaulas y cualquier objeto que pueda caer a la calle.
10.5.2 En el campo
* No salgas si no es necesario.
* Aléjate de casas viejas o en mal estado.
* Evita los muros y las vallas publicitarias.
* Los árboles ofrecen el peligro de caída y rotura de grandes ramas. No transites por parques o avenidas arboladas.
* No pases por debajo de andamios o edificios en construcción.
* Los postes de luz y torres de alta tensión son muy peligrosos. Aléjate y en caso de caída avisa al 1•1•2.
10.5.3 En carretera
* Si es posible evita circular. Usa preferentemente el transporte público y en caso de tener que salir, infórmate de la predicción meteorológica.
* Reduce la velocidad a límites de seguridad. Un golpe de viento puede desviarte de la trayectoria.
* Las motos y los vehículos de grandes dimensiones que ofrecen una gran superficie de contacto con el viento (camiones, furgonetas, vehículos con remolque o roulottes) corren el peligro de volcar ante vientos transversales.
* En caso de necesidad, párate en una zona segura y espera a que amaine el viento.
10.5.4 En zonas marítimas
* Protege tu vivienda ante la posible invasión del agua del mar.
* Si estás en un camping permanece atento a la posibilidad de evacuación.
* No te acerques a paseos marítimos, espigones o acantilados. La fuerza del agua te puede arrastrar.
* No circules con vehículos por carreteras cercanas a la línea de playa.
* Abstente de practicar cualquier tipo de deporte náutico. Si dispones de embarcación procura asegurar su amarre en un lugar resguardado.
10.6 Consejos en caso de oleaje en el marpara navegación deportiva
10.6.1 Prevención
* Evitar navegar en estas condiciones siempre que sea posible.
* Infórmese de las previsiones meteorológicas para la zona donde pretenda navegar, evitando la salida en caso de mal tiempo o mala visibilidad.
* El Instituto Nacional de Meteorología (INM), las Estaciones Radiocosteras de Telefónica y los Centros de Salvamento Marítimo difunden Boletines Meteorológicos de forma permanente: acuda a ellos a través del teléfono o de las emisiones radio.
* Mantenga y revise cuidadosamente su embarcación utilizando la listade comprobación o ‘check list’, principalmente: carburante, motor, sistema eléctrico, equipos de navegación y comunicaciones, aparejos, sistemas de seguridad, etc.
* Recuerde que más del 50% de las emergencias provocadas por las embarcaciones de recreo están motivadas por fallos mecánicos o estructurales.
* Deje información en tierra de sus planes de navegación y de las características de su embarcación: en la Capitanía Marítima, en su Club Náutico, a familiares o amigos.
* No altere este plan salvo caso de fuerza mayor.
* Asegure su embarcación y sus tripulantes.
10.6.1.1 Durante la navegación.
* Mantenga una vigilancia constante y respete las Normas del Reglamento Internacional para prevenir los abordajes en la mar.
* Permanezca atento a la evolución del clima. En caso de empeoramiento inesperado no asuma riesgos y busque refugio.
* Haga que su tripulación lleve arneses de seguridad y puestos los chalecos salvavidas.
* Respete el uso del Canal 16 VHF y mantenga una escucha permanente.
10.6.1.2 Ante una situación de emergencia.
* Si la embarcación se encuentra en grave e inminente situación de peli-gro, transmita la señal de socorro MAYDAY, MAYDAY, MAYDAY, mediante el Canal 16VHF o de frecuencia 2.182 KHZ de onda media. Si dispone de radiobaliza, actívela manualmente.
* Si necesita ayuda urgente, pero no está en peligro inminente, deberá emitir la señal PAN, PAN, PAN, en las mismas frecuencias antes citadas.
* El teléfono móvil no es una alternativa cuando el VHF es obligatorio, además tiene el inconveniente de su limitado alcance y difícil localización.
* Si utiliza el VHF, los sistemas de radiogoniometría podrán localizar su posición exacta de manera automática.
* Si no dispone de medios de comunicación (algo que debería hacerle reflexionar sobre su seguridad), utilice las señales de socorro reglamentarias: bengalas, banderas, botes de humo, señales acústicas, etc.
* En caso de solucionar la emergencia por sus propios medios, después de haber hecho la llamada de socorro, avise a los medios de salvamento para poner fin a la emergencia: puede haber desencadenado una compleja y costosa operación de búsqueda y salvamento.
* Si no ha podido resolver la situación, no abandone el barco si no es encaso extremo. En caso de vuelco permanezca en las proximidades para ser localizado más fácilmente. No intente ganar la costa a nado.
10.6.1.3 Si avista o recibe señales de otra embarcación en peligro.
* Acuda rápidamente en su auxilio, siempre que no ponga en peligro su propia seguridad.
* Póngase en contacto (Canal 16VHF ó 2.182 KHZ) con el Centro deSalvamento Marítimo o Estación Radiocostera más próxima y contacte con otros buques en sus proximidades.
* Si no dispone de medios de comunicación, advierta a otras embarcaciones cercanas por medio de señales de socorro. Si no puede prestar ayuda, Diríjase al puerto más cercano para informar de la situación.
10.7 Consejos para la conducción en caso de nieblas
10.7.1 Visibilidad
* La prioridad es ver y ser vistos.
* Encender las luces de corto alcance y las de niebla. Nunca las de largo alcance porque rebotan en la niebla y deslumbran.
* Eliminar el vaho interior con la ventilación hacia el parabrisas.
* Prestar atención a la marcación vial que sirve de guía.
10.7.2 Neumáticos
* Mantenerlos en buen estado (presión correcta y dibujo adecuado).
* Aumentar la distancia de frenado.
10.7.3 Conducción
* Frenar con suavidad.
* Comprobar la eficacia de los frenos con frecuencia.
* Aumentar la distancia de seguridad para evitar accidentes en cadena.
* No adelantar.
11 Implantación
11.1 Aspectos generales de la implantación
11.1.1 Definición
La implantación comprende las acciones que es necesario llevar a cabo para hacer que el protocolo sea una realidad y asegurar, de esta manera, su operatividad en el caso de producirse un FMA.
11.1.2 Órgano Gestor
Corresponde a la Dirección General de Emergencias, órgano gestor del protocolo, y a los responsables de los organismos implicados en el desarrollo del mismo, llevar a efecto cuantas actuaciones sean precisas para asegurar la adecuada implantación y permanente mantenimiento del mismo.
La Dirección General de Emergencias convocará a todas las entidades comprometidas en el correcto cumplimiento del Protocolo a una sesión de coordinación anual (antes del inicio de la época de peligro) y a una reunión anual de evaluación de resultados.
11.2 Acciones de implantación
11.2.1 Consideraciones generales
Las acciones de implantación se regirán por lo establecido en el Capítulo
8. Implantación y Mantenimiento de los Planes de protección Civil del PLATERBAL (Decreto 50/1998, de 15 de mayo).
11.2.2 Comprobación y asignación de medios
* Comprobación de la disponibilidad de los medios y recursos para la aplicación del protocolo.
* Comprobación y dotación de los medios necesarios, en su caso, paraasegurar las comunicaciones y transmisiones a lo largo de la emergencia.
11.2.3 Aseguramiento del conocimiento del Plan
* Asegurar que los intervinientes en la aplicación del Protocolo lo conocen con el nivel que requiere su intervención en el mismo.
* Comprobación de la eficacia del Protocolo implantado mediante larealización de ejercicios y simulacros totales o parciales en los que intervengan los distintos órganos y grupos de la estructura prevista.
11.2.4 Programa de formación
11.2.4.1 Definición
Comprende las acciones formativas para asegurar el conocimiento del plan por parte de la totalidad de los organismos y operativos intervinientes.
11.2.4.2 Públicos objetivo del programa de formación
Los públicos objetivo del programa de formación del Protocolo serán los siguientes:
* Responsables políticos y técnicos de las distintas administraciones y organismos implicados.
* Responsables de los diferentes Grupos Operativos.
* Medios de comunicación.
11.2.4.3 Calendario
En los doce meses siguientes a la entrada en vigor del Plan se desarrollará el programa de formación previsto en este documento que se llevará a cabo en el plazo de nueve meses a partir de la aprobación del Plan.
11.2.4.4 Contenidos
El plan se estructurará a través de:
11.2.4.1Jornadas de formación de directivos
Dirigido a los responsables políticos y técnicos de las instituciones implicadas en el Protocolo versarán sobre:
* Análisis del riesgo y de sus consecuencias.
* Coordinación entre Instituciones.
* Protocolos y procedimientos.
11.2.4.4.2 Cursos de formación para mandos intermedios
Dirigido a los mandos y cuadros técnicos de las instituciones implicadas en el Protocolo versarán sobre:
* Análisis del riesgo y de sus consecuencias.
* Coordinación entre Instituciones.
* Protocolos y procedimientos.
11.2.4.4.3 Cursos de formación para operativos
Dirigido a los operativos de base y voluntarios versarán sobre:
* Análisis del riesgo y de sus consecuencias.
* Protocolos y procedimientos.
11.2.5 Realización de ejercicios y simulacros.
11.2.5.1 Definición
Son las acciones a realizar para que los distintos responsables y efectivos afectados por la aplicación del Protocolo se familiaricen con el mismo.
11.2.5.2 Periodicidad
* Los ejercicios prácticos se realizarán, como mínimo cada semestre delaño siendo responsabilidad de los responsables de los diferentes operativos su planificación y realización.
* Los simulacros se realizarán como mínimo una vez al año en cada islasiendo responsabilidad de la Dirección General de Emergencias, en colaboración con los servicios de emergencia de cada Consejo Insular su planificación y ejecución.
11.2.6 Mantenimiento
11.2.6.1 Definición
Conjunto de actuaciones destinadas a mantener operativo el Protocolo y a mejorar su aplicabilidad
11.2.6.2 Objetivos
* Matener actualizado el Protocolo.
* Incorporar al plan las actualizaciones y medidas que resulten necesarias para incrementar su aplicabilidad.
11.2.6.3 Periodicidad
La Dirección General de Emergencias procederá al menos una vez al año, a efectuar una comprobación de dicha operatividad.
