Diario Oficial de Galicia, 06-02-2004, Núm. 25, Páx. 1611
Corrección de errores.-Orden de 29 de diciembre de 2003 por la que se convocan las ayudas para el año 2004 correspondientes a los programas sectoriales de recursos naturales, tecnologías para la innovación y servicios al ciudadano del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica y se actualizan las bases correspondientes aprobadas por las ordenes de 22 y 29 de abril de 2002 (Diario Oficial de Galicia del 30 de abril, 13 y 15 de mayo).
Advertido error en la citada orden publicada en el Diario Oficial de Galicia número 6, del lunes, día 12 de enero de 2004, es necesario hacer la siguiente corrección:
1. En la página 358 donde dice:
«Segundo.- Con el fin de contribuir a paliar las consecuencias del accidente del buque Prestige, tendrán interés prioritario, siempre que reúnan las condiciones de calidad requeridas, los proyectos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica de los programas de Recursos Marinos (anexo II) y Biodiversidad y Recursos Forestales (anexo III) que aborden aspectos relacionados con aquél».
Debe dicir:
«Segundo.- A fin de contribuir a paliar las consecuencias del accidente del buque Prestige, tendrán interés prioritario, siempre que reúnan las condiciones de calidad requeridas, los proyectos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica de los programas de Recursos Marinos (anexo II), Biodiversidad y Recursos Forestales (anexo III), Tecnologías de la Alimentación (anexo VI), Tecnologías Ambientales (anexo VII) y Tecnologías de Diseño y Producción Industrial (anexo XI) que aborden aspectos relacionados con aquél».
2. En la página 363, se añade un nuevo apartado con el siguiente contenido:
«Quinto.- Los solicitantes de alguna de las ayudas que se convocan en esta orden que pertenezcan a hospitales que gestionen sus actividades de investigación a través de fundaciones de interés gallego (Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego), podrán solicitar que la subvención sea librada a favor de estas entidades, aportando a fin la autorización para el libramiento de dichos fondos que será emitida por el responsable del organismo de que depende dicho hospital».
Data norma
Organismo
CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA E COMERCIO
Ámbito Normativo
Autonómica
Rango legal
Orde
Clasificación
INVESTIGACIÓN AMBIENTAL
AXUDAS E SUBVENCIÓNS
Corrección de errores.-Orden de 29 de diciembre de 2003 por la que se convocan las ayudas para el año 2004 correspondientes a los programas sectoriales de recursos naturales, tecnologías para la innovación y servicios al ciudadano del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica y se actualizan las bases correspondientes aprobadas por las ordenes de 22 y 29 de abril de 2002 (Diario Oficial de Galicia del 30 de abril, 13 y 15 de mayo).
Advertido error en la citada orden publicada en el Diario Oficial de Galicia número 6, del lunes, día 12 de enero de 2004, es necesario hacer la siguiente corrección:
1. En la página 358 donde dice:
«Segundo.- Con el fin de contribuir a paliar las consecuencias del accidente del buque Prestige, tendrán interés prioritario, siempre que reúnan las condiciones de calidad requeridas, los proyectos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica de los programas de Recursos Marinos (anexo II) y Biodiversidad y Recursos Forestales (anexo III) que aborden aspectos relacionados con aquél».
Debe dicir:
«Segundo.- A fin de contribuir a paliar las consecuencias del accidente del buque Prestige, tendrán interés prioritario, siempre que reúnan las condiciones de calidad requeridas, los proyectos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica de los programas de Recursos Marinos (anexo II), Biodiversidad y Recursos Forestales (anexo III), Tecnologías de la Alimentación (anexo VI), Tecnologías Ambientales (anexo VII) y Tecnologías de Diseño y Producción Industrial (anexo XI) que aborden aspectos relacionados con aquél».
2. En la página 363, se añade un nuevo apartado con el siguiente contenido:
«Quinto.- Los solicitantes de alguna de las ayudas que se convocan en esta orden que pertenezcan a hospitales que gestionen sus actividades de investigación a través de fundaciones de interés gallego (Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego), podrán solicitar que la subvención sea librada a favor de estas entidades, aportando a fin la autorización para el libramiento de dichos fondos que será emitida por el responsable del organismo de que depende dicho hospital».
| TÍTULO | DATA PUBLICACIÓN | Sen datos dispoñibles |
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