Corrección de errores.-Orden de 17 de febrero de 2006 por la que se convoca y regula el régimen de concesión de ayudas a empresas que realicen inversiones encaminadas a la prevención y reducción de la contaminación a través de mejoras tecnológicas aplicadas a procesos, cambios en las materias primas y productos y reutilización o valorización no energética.

Diario Oficial de Galicia, 21-03-2006, Núm. 56, Páx. 4136
Advertidos errores en la publicación de la citada orden publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 43, del 2 de marzo de 2006, es necesario hacer las siguientes correcciones: -En la página 3.128, en el artículo 1º, párrafo tercero, donde dice: «...Las actuaciones objeto de esta orden deberán estar finalizadas antes del 31 de octubre de 2006», debe decir: «...Las actuaciones objeto de esta orden deberán estar finalizadas antes del 30 de septiembre de 2006». -En la página 3.129, en el artículo 6º, párrafo segundo, donde dice: «...salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo presten, o salvo que el gasto se realizase con anterioridad a la solicitud de la subvención», debe decir: «...salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo presten». -En la página 3.131, en el artículo 13º, párrafo primero, donde dice: «Para proceder al cobro de las ayudas será indispensable la presentación, antes del 31 de agosto de 2006, de la siguiente documentación:...», debe decir: «Para proceder al cobro de las ayudas será indispensable la presentación, antes del 30 de septiembre de 2006, de la siguiente documentación:...».
Data norma
Organismo
CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE E DESENVOLVEMENTO SOSTIBLE
Ámbito Normativo
Autonómica
Clasificación
AXUDAS E SUBVENCIÓNS
Advertidos errores en la publicación de la citada orden publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 43, del 2 de marzo de 2006, es necesario hacer las siguientes correcciones: -En la página 3.128, en el artículo 1º, párrafo tercero, donde dice: «...Las actuaciones objeto de esta orden deberán estar finalizadas antes del 31 de octubre de 2006», debe decir: «...Las actuaciones objeto de esta orden deberán estar finalizadas antes del 30 de septiembre de 2006». -En la página 3.129, en el artículo 6º, párrafo segundo, donde dice: «...salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo presten, o salvo que el gasto se realizase con anterioridad a la solicitud de la subvención», debe decir: «...salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo presten». -En la página 3.131, en el artículo 13º, párrafo primero, donde dice: «Para proceder al cobro de las ayudas será indispensable la presentación, antes del 31 de agosto de 2006, de la siguiente documentación:...», debe decir: «Para proceder al cobro de las ayudas será indispensable la presentación, antes del 30 de septiembre de 2006, de la siguiente documentación:...».
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