CORRECCIÓN de errores de la Orden de 20 de noviembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las submedidas agroambientales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 y se efectúa su convocatoria para el año 2007

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, 18-02-2008, Núm. 34, Páx. 8
CORRECCIÓN de errores de la Orden de 20 de noviembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las submedidas agroambientales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 y se efectúa su convocatoria para el año 2007 (BOJA núm. 234, de 28.11.2007). Advertidos errores en el texto de la Orden de 20 de noviembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las submedidas agroambientales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 y se efectúa su convocatoria para el año 2007, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 234, de 28 de noviembre de 2007, se procede a su correspondiente rectificación: En el apartado 3 del artículo 12, donde dice: «Contra la Resolución de las ayudas, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Agricultura y Pesca en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación.» Debe decir: «Contra la Resolución de las ayudas, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicte resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la resolución, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la resolución, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.» Sevilla, 6 de febrero de 2008
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AXUDAS E SUBVENCIÓNS
CORRECCIÓN de errores de la Orden de 20 de noviembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las submedidas agroambientales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 y se efectúa su convocatoria para el año 2007 (BOJA núm. 234, de 28.11.2007). Advertidos errores en el texto de la Orden de 20 de noviembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las submedidas agroambientales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 y se efectúa su convocatoria para el año 2007, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 234, de 28 de noviembre de 2007, se procede a su correspondiente rectificación: En el apartado 3 del artículo 12, donde dice: «Contra la Resolución de las ayudas, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Agricultura y Pesca en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación.» Debe decir: «Contra la Resolución de las ayudas, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicte resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la resolución, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la resolución, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.» Sevilla, 6 de febrero de 2008
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