La 16ª reunión de la Conferencia de las Partes (COP) del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) decidió establecer un Órgano Subsidiario permanente sobre el Artículo 8(j) y otras disposiciones del CDB relacionadas con los Pueblos Indígenas y las Comunidades Locales (PICL). En la decisión, la COP solicita a la Secretaría que establezca y apoye una red mundial de puntos focales nacionales sobre el Artículo 8(j) y que colabore con otros procesos y mecanismos mundiales pertinentes para facilitar el intercambio de información sobre la aplicación del Artículo 8(j) y la decisión 15/21. La decisión incluye un Anexo con el programa de trabajo, que incluye elementos sobre conservación y restauración; uso sostenible; participación en los beneficios; conocimiento y cultura; fortalecimiento de la aplicación y seguimiento de los avances; participación plena y efectiva de los PICL; enfoque basado en los derechos humanos; y acceso a financiación.
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