Podrán ser beneficiarias de la subvención las entidades locales municipales y supramunicipales así como las agrupaciones de entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia que cumplan los requisitos del art. 2 de la orden.
Regular la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas para la elaboración de los planes de acción para el clima y la energía sostenible (PACES) destinadas a las entidades locales municipales, supramunicipales y agrupaciones de entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia, firmantes del Pacto de los alcaldes para el clima y la energía (procedimiento MT210La), y hacer pública su convocatoria para el año 2020.
Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivenda.
Un (1) mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG.
